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miércoles, 29 de julio de 2020

Nueva convocatoria de puesto de perfil informático en la Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS abierta a personal estatutario explícitamente. Siguen sin utilizarse las categorías estatutarias de informática en los puestos informáticos de los Servicios Centrales del Servicio Madrileño de Salud, aunque esté explícitamente contemplado por ley y lo validara hasta el Consejo de Estado. Plazo hasta el 18 de Agosto

Acaba de publicarse en el BOCM de 28/07/2020 la convocatoria de provisión por el procedimiento de libre designación y de un puesto de trabajo de Responsable Administrativo con un perfil informático en cuanto a los méritos exigidos para la "Unidad Técnica de Procesos Selectivos y Concurso de Traslados" de la Subdirección General de Selección del Personal y Provisión fe Puestos de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud  [DGRRHH] de nivel retributivo 18   grupos C/D , con la particularidad llamativa de que está explícitamente abierta en su articulado tanto a personal funcionario como estatutario de la Comunidad de Madrid ,  como ya lo estuvo la convocatoria en 2018  de un puesto de perfil de dirección de proyectos y equipo informáticos en la misma Dirección de Recursos Humanos del SERMAS ,que quedó desierta.

Como ya decíamos en la entrada de aquella convocatoria, curiosamente, en cuanto al personal informático de las categorías estatutarias de Tecnologías y Sistemas  de la Información existentes, y ante las reclamaciones de esta asociación de que el personal informático propio estuviera regulado en las categorías estatutarias y que éstas fueran de uso en lo servicios centrales del SERMAS-, la propia Consejería de Sanidad y esta Dirección General de RRHH defendía en las reuniones de hace unos años con esta asociación que no era posible disponer de personal estatutario en los servicios centrales del servicio de Salud, llegando incluso a haber  un recurso de inconstitucionalidad del propio Gobierno del Estado al artículo de una ley aprobado por la mayoría de la oposición de la Asamblea de Madrid ante nuestra petición con el que se consiguió  extender el ámbito inicial de esas categorías estatutarias específicas de informática a los servicios centrales del SERMAS - totalmente externalizados y adonde se está llevando casi toda la función informática en un proceso de centralización, en parte lógico-.


martes, 28 de julio de 2020

[Gob. Com. de Madrid] 'Díaz Ayuso activa una Estrategia frente al COVID-19 para que Madrid no se pare. Las reuniones privadas se limitan a un máximo de 10 personas, tanto al aire libre como en domicilios. Durante esta semana se duplicará el número de rastreadores disponible hasta alcanzar los 360 y se creará una bolsa a demanda''

'La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha activado hoy la Estrategia frente al COVID-19 para que Madrid no se pare y ha anunciado la modificación de la Orden 668/2020 de la Consejería de Sanidad, que se publica mañana y entra en vigor el jueves, en la que se establecen nuevas medidas para frenar la proliferación del virus, como el uso generalizado de la mascarilla y la limitación de grupos con un máximo de diez personas, tanto al aire libre (parques, terrazas o parcelas particulares) como en domicilios y reuniones privadas.

Durante la comparecencia, la presidenta, acompañada del consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, ha explicado los cinco puntos sobre los que se asienta la nueva Estrategia: medidas de prevención y control, mantenimiento del Sistema Sanitario, atención a colectivos vulnerables, comunicación fluida y de formación para la salud de la población y otras medidas para facilitar la vuelta a la normalidad.

PROYECTO EXPERIMENTAL DE CARTILLA COVID-19

Además, Díaz Ayuso ha adelantado que ha pedido a la Consejería de Sanidad que promueva para el mes de septiembre un proyecto experimental de cartilla COVID-19 que “simule la cartilla internacional de vacunación” y que tenga su réplica en la tarjeta sanitaria virtual, con la idea de que quede reflejado si la persona ha pasado la epidemia, tiene anticuerpos, se ha hecho PCR o ha tenido acceso a otras pruebas. “Es un modelo que debería exportar España y otros países”, ha considerado la presidenta.

En este sentido, ha indicado que esta cartilla ayudaría a evitar confinamientos, acceder con seguridad a establecimientos como los gimnasios, “un sector muy preocupado en estos momentos”, a museos, a cines y, en general, a cualquier recinto cerrado. “Ahora la clave también pasa por que todas aquellas personas que no contagien puedan seguir con una vida normal y extremar las precauciones sobre los vulnerables. La estrategia ahora es no volver atrás y, por eso, pedimos que se estudie esta cartilla, que nos permita demostrar quiénes en estos momentos no pueden contagiar ni ser contagiados y puede volver a la normalidad y proteger al vulnerable”, ha insistido.


GRUPOS MÁXIMOS DE 10 Y CIERRE NOCTURNO A LAS 1.30 HORAS

Entre las nuevas medidas, destaca el límite de grupos con un máximo de diez personas, al aire libre, como pudieran ser parques, zonas comunes, jardines y terrazas. En el caso de los domicilios o parcelas particulares, el Gobierno regional recomienda también que no haya reuniones privadas con más de diez integrantes.

En concreto, en el ámbito de la hostelería y ocio nocturno, se limita también la afluencia de personas a un máximo de 10 en torno a una o varias mesas. Además, estos establecimientos podrán permanecer abiertos hasta la 01.30 horas y no podrán admitir clientes a partir la 01.00 horas.


lunes, 27 de julio de 2020

El Ayuntamiento de Utrera utiliza el concurso de méritos puro -y puntuando especialmente la antigüedad en los puestos-para los procesos de estabilización de su personal laboral y dice que así tiene en cuenta la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020

Informa este 24/07/2020 el Ayuntamiento de Utrera que 23 plazas laborales del Ayuntamiento de Utrera van a pasar a ser fijas mediante un proceso selectivo por concurso de méritos , con el objetivo de  "seguir mejorando la estabilidad general del empleado público municipal", "dando cumplimiento a la sentencia del Tribunal Superior de la Unión Europea sobre las interinidades", entendiendo que el tribunal comunitario "dejaba abierta la puerta a hacer fijos a los interinos o a indemnizarlos".

En las bases, publicadas con anterioridad  en lás págs 67 a 71 del Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla de 5/03/2020,  el Ayuntamiento recuerda que el sistema de concurso de valoración de méritos está permitido por el Estatuto Básico del Empleado Público, junto con el de oposición o concurso-oposición como sistema de proceso selectivo para alcanzar la condición de  personal laboral fijo, y detalla que las plazas convocadas en este proceso  corresponden con las plazas de la Oferta Pública de Empleo del Ayuntamiento de 2019 (publicada en el B.O.P . de Sevilla el 13/03/2019) computadas por la tasa adicional de estabilización  permitidas sin límite de la tasa por el  artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales de 2018 del Estado, tras el segundo acuerdo de Mejora del Empleo Público estatal. Por tanto son todas plazas temporales más  de  3 años a 31/12/2017 (y más de 5 en la actualidad)


[@UnionTTPs] La diputación de Almeria aprueba por unanimidad la moción del PSOE para posponer las OPEs con los puestos temporales de larga duración ante la inseguridad jurídica tras la sentencia europea de 19/03/2020

Informa Trabajadores Temporales Públicos en su twitter este 24/07/2020 que ha sido aprobada por unanimidad de los partidos políticos de la Diputación de Almería una moción presentada por el Partido Socialista de la Diputación de Almería para posponer la ejecución de la OPEs  de "estabilización" -que se habían publicado con los puestos de sus temporales de larga duración y que seguían pendientes- ante la inseguridad jurídica tras la Sentencia del TJUE de 19 de Marzo de 2020 sobre abuso de la temporalidad de las Administraciones Públicas en España y la Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número cuatro de Alicante, concediento a una funcionaria interina  la "fijeza" como sanción al abuso de temporalidad en base a la jurisprudencia del Tribunal Europea;  instando al Gobierno nacional y a la Junta de Andalucía a que cumplan la Directiva 1999/70/CE y dicha jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea


miércoles, 22 de julio de 2020

[AMYTS] Informe de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 16 y21 de Julio de de 2020 [bases generales de las convocatorias pendientes de la OPE 2018 y de facultativos especialistas de la OPE 2019 del SERMAS, con procesos de estabilización de puestos temporales de larga duración, concurso de traslados de las convocatorias de la OPE 2017 y 2018 ya en curso, productividad variable 2019,...]

Informa AMYTS el 16/07/ ha tenido lugar el mismo día 2020 y este 21/07/2020  de la reunión ordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar  en esos dos días 16 y 21 de Julio de 2020con este orden del día:

1.- Lectura y aprobación del Acta de la reunión anterior. 
2.- Procesos selectivos por el turno de promoción interna:    
– Características del examen
– Número de temas
– Número de Preguntas
– Tiempo del examen
3.- Concurso de Traslados:
Aprobación del modelo de bases para las categorías cuyos procesos selectivos de estabilización ya han sido convocados.
4.- Procesos selectivos por el turno libre:     
– Aprobación bases generales
– Aprobación baremos
5.- Información sobre las plazas a incluir en los concursos de traslado a convocar.   
6.- Productividad variable por objetivos 2019.   
7.- Ruegos y Preguntas.
 
aportando el sindicato médico madrileño sus habituale amplio resumen, en dos partes correspondientes a cada día [ Informe de AMYTs de la parte del día 16, informe dela parte del dia 21] nuevamente de forma abierta, resumen del que destacamos [con comentarios o datos nuestros en cursiva entre corchetes y con enlaces sobre el texto siempre nuestros] :


  •  Aprobación bases generales OPE [ debemos suponer que de las  46 especialidades médicas pendientes tanto de la OPE 2018 como de la OPE 2019 y del resto de convocatorias de 20 categorías pendientes de la OPE 2018 según se decidió en la anterior reunión de la Mesa]: 
    • Sanidad ha incorporado en la versión final de las bases con las que se publicarán estas convocatorias la solicitud de los sindicatos que no se de opción al tribunal de fijar una nota de corte superior a la pactada de la mitad de la  media de las 10 mejores notas
      ,

martes, 21 de julio de 2020

[DXC] 'DXC Technology anuncia la venta del negocio de software de DXC para organizaciones proveedoras de servicios de salud a Dedalus Group por 525 millones de dólares. El negocio de software de DXC para organizaciones proveedoras de servicios de salud se une a Dedalus, compañía líder en Europa en el sector software de salud y sistemas de diagnóstico sanitario, para crear una de las compañías líderes en el mundo, verticalmente especializas en TIC Salud. DXC continúa su estrategia de desbloquear valor, ayudar a nuestros clientes y hacer crecer nuestro negocio a través del Enterprise Technology Stack'

' DXC Technology (NYSE: DXC) anuncia hoy un acuerdo definitivo para vender el negocio de software para organizaciones proveedoras de servicios de salud a Dedalus Group por 525 millones de dólares, en una única operación.

El acuerdo une el negocio de software de DXC para organizaciones proveedoras de servicios de salud con Dedalus, compañía líder en Europa en el sector software de salud y sistemas de diagnóstico sanitario, para crear una sinergia global aún más fuerte en los campos de TI clínica de sistemas información hospitalaria (HIS), atención primaria y sociosanitaria, atención integrada y diagnóstico. El negocio resultante estará focalizado únicamente en acelerar la transformación digital de la actividad sanitaria y, en consecuencia, la efectividad de los sistemas de salud.

La línea de negocio de software de DXC para organizaciones proveedoras de servicios de salud es reconocida como líder en el sector de la salud. Entre sus innovaciones se encuentra una plataforma de salud digital abierta que ayuda a mejorar los resultados en salud, mediante la generación de conocimiento contextual y accionable a lo largo de todo el ecosistema sanitario.


lunes, 20 de julio de 2020

[Noticias de Gipuzkoa] El Gobierno del Estado mantiene la discrepancia previa al recurso de inconstitucionalidad que planteó a los procesos restringidos de consolidación de la ley vasca de policía publicada el año pasado, también previstos en el Proyecto de Ley de Función Pública vasca y se remite a los procesos de estabilización de las leyes de presupuestos estatales de 2017 y 2018 -los procesos de estabilización- como los únicos posibles

Informa Noticias de Gipuzkoa este 20/07/2020 que el acuerdo parcial al que han llegado el Gobierno del Estado con el Gobierno Vasco en la Comisión Bilateral por las discrepancias [previas a recurso de inconstitucionalidad]  planteadas por el gobierno estatal a varias leyes del parlamento vasco, entre ellas la Ley vasca 7/2019 de modificación de la Ley de Policía publicada el año pasado, no ha incluido tal y como se publica en el mismo día de hoy el Boletín Oficial de ambas partes, acuerdo alguno sobre la Disposición transitoria décima de la citada ley regional de "Procesos selectivos de consolidación de empleo en los cuerpos de Policía local",  que establecía para el caso de la policía de las AAPP de esta CCAA, y al igual que el "Proyecto de Ley de Empleo Público Vasco" para todas sus AAPP, que las entidades locales cuyo Cuerpo de Policía local tenga un  porcentaje de interinidad superior al 40% pudieran realizar procesos especiales de consolidación de empleo con un turno diferenciado de acceso restringido a los propios interinos con más de 8 años de antigüedad en la administración convocante  en la categoría de las plazas convocadas, apuntando el medio que, si bien estos procesos contarían además de la fase de méritos con una fase de oposición, ésta sería práctica con pruebas de pericia en las tareas habituales del puesto.


viernes, 17 de julio de 2020

[Arauz] NOTAS SOBRE LA SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 14 DE MADRID, QUE PLANTEÓ LA CUESTIÓN PREJUDICIAL QUE HA DADO LUGAR A LA STJUE DE 19 DE MARZO DE 2020

'El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid, acaba de dictar sentencia en el asunto que dio lugar a la cuestión prejudicial que derivaría en la STJUE de 19 de marzo de 2020.
En relación con esta sentencia, debemos hacer las siguientes consideraciones:

PRIMERA.- A título personal, quiero manifestar mi rechazo hacia aquellos que no se alegraron cuando el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Alicante transformó en fija a una funcionaria interina aplicando la STJUE de 19 de marzo de 2020, y que, sin embargo, sin leerla, se han apresurado a celebrar el fallo del Juzgado nº 14, pensando que dicho Juzgado, en esta sentencia, optaba por la indemnización como única medida sancionadora a favor de los empleados públicos víctimas de un abuso.

Tengo que decirles que, la sentencia del Juzgado nº 14 también opta por la fijeza como solución para dar cumplimiento a la Directiva en nuestro país.
Nos explicamos:


martes, 14 de julio de 2020

lunes, 13 de julio de 2020

[Diario 16] Sentencia del juzgado de uno de los casos de la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020: la fijeza sería una opción en casos de procesos selectivos superados así como una indemnización disuasoria fuerte que no se pedía en este caso. Desestima la única petición de fijeza al no darse la condición de proceso selectivo exigida [Texto íntegro de la sentencia

Informa este 3 de Juliode 2020 Diario 16 que ya se ha dictado sentencia por parte del juzgado remitente de uno de los asuntos de de la Sentencia Europea de 19/03/2020  [ en concreto el    asunto "Fernández Alvárez y otros" , el segundo acumulado -el de las 5 odontólogas del SERMAS,  NO en el asunto de nuestro informático] y donde la jueza habría interpretado la sentencia europea en la práctica como la de Alicante entendiendo que si se ha superado un proceso selectivo libre respetuoso con los principios exigidos de acceso-  se podría conceder la fijeza por abuso de temporalidad, más en concreto si:
  •  el temporal aprobó un proceso selectivo convocado para obtener la condición de fijo sin obtener plaza
  • o accedió al puesto interino tras superar un proceso selectivo convocado para obtener la condición de interino, estando el concurso de méritos permanente de una bolsa de empleo incluido en este caso
Pero en estos casos  [de las odontólogas], según Diario 16, la sentencia habría desestimado la petición de fijeza al no darse esas condiciones de acceso por proceso selectivo en los casos.
Según el medio, la jueza también entiende que siempre sería una medida válida una indemnización disuasoria al abuso ya cometido y que para que sea acorde a las exigencias de la sentencia europea debe ser específica y gradual con la duración del abuso para lo que razona podría servir de base la indemnización tasada que se concede en el caso del despido improcedente, si bien tampoco la concede porque no puede hacerlo, dado que una indemnización no estaba entre las peticiones de la demanda de los casos .

Esto, junto con su opinión de que dicha sentencia es un "auténtico tratado de derecho" lleva al medio de prensa a calificar esta sentencia de "victoria total de los interinos" sugiriendo que marcará el camino a a seguir [recordemos en todo caso que se trata de una sentencia de primera instancia ante la que cabe recurso]


NOTA DEL EDITOR:  Recordemos en cuanto al caso sentenciado en primera instancia que se trata del  procedimiento judicial P.A. 125/2017 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid de 5  Facultativos Especialistas de Odontología del Servicio Madrileño de Salud,  que presentaron la demanda con el despacho Araúz de Robles  a iniciativa del sindicato médico AMYTS, tras haber acumulado entre 12 y 15 años de temporalidad, todas ellas al comienzo en la forma de nombramientos estatutarios temporales eventuales (en una de ellas hasta ¡224!), transformados finalmente en interinidades de vacante con posterioridad  [ver más detalles de los casos en el auto judicial de planteamiento al Tribunal Europeo de las cuestiones prejudiciales] .

Recordemos una vez más que en la esperanzadora sentencia europea de 19/03/2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  determinó que

Recordatorio. Jueza de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, premio a la Calidad del CGPJ, en una "didáctica" sentencia reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayuntamiento de Alicante siguiendo la Directiva Europea 1999/70/CE y las sentencias del Tribunal Europeo, especialmente la reciente de 19/03, asunto Sánchez Ruiz, que sigue minuciosamente para determinar que el abuso es evidente, que no vale como sanción ni OPE ni el proceso de estabilización ya emprendido con su puesto, ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco indemnizaciones al no existir para los funcionarios y ser inasumibles si se crearan específicas y realmente disuasorias, considerando más sensata la fijeza que además respeta el ordenamiento jurídico español al haber superado un proceso selectivo la demandante. UGT discrepa que sea legal, CSIF y CCOO exigen medidas sancionadoras urgentes a la vez que instan a ejecutar los procesos de estabilización ya acordados. La sentencia no es firme: el Ayuntamiento de Alicante recurrirá la sentencia.

[Recordatorio de entrada publicada el 17/06/2020] Este pasado jueves conocíamos la pionera sentencia de la magistrada titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Alicante del8 de Junio  (en el rec. nº 813/2019) , en la que declaraba la  transformación en fija a una funcionaria interina 13 años delAyuntamiento de Alicante, con "derecho a permanecer en su puesto de trabajo y  con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que tiene los  funcionarios de carrera", aunque sin adquirir esa denominación como tal, como sanción según la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE al fraude de ley por abuso de temporalidad que reconoce como "evidente" aplicando tanto para este reconocimiento del fraude del abuso como para la determinación de la debida sanción la jurisprudencia previa del Tribunal Europeo y  muy especialmente la reciente e importante  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" . Decimos que es una sentencia pionera porque es la primera sentencia del ámbito de los contencioso-administrativo, es decir, sobre personal empleado público de tipo funcionarial (funcionario o estatutario de servicio de salud) que además de reconocer el abuso en un funcionario interino ya de vacante en base a la normativa europea no aplicando la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo decide conceder la fijeza como sanción.  

Esta misma solución ya está siendo concedida por algunos juzgados de lo Social y por la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia  , para la misma situación en empleados públicos temporales de larga duración pero bajo contrato de personal laboral y  que han superado algún tipo de proceso selectivo de libre concurrencia para acceder a ese puesto, siempre como sanción al abuso de temporalidad en base a la citada directiva europea que regula los límites de los empleos temporales.


Recordemos que esa esperanzadora sentencia del Tribunal de Justiica de la Unión Europea de 19/03/2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  determinó que -en contra en la práctica de la jurisprudencia superior contencioso-administrativa española-  también hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal empleado público bajo relación administrativa, que como exige la normativa europea ante el abuso constatado , requiere de forma "indispensable" de una sanción, sentenciando que le corresponde al ordenamiento español fijar pero realizando la orientación de que en todo caso que no puede valer como tal sanción ni la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de los procesos de estabilización decididos desde el Gobierno del Estado como solución para todos los puestos temporales de más de 3 años- ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco una indemnización salvo que  sea específica contra el abuso y suficientemente disuasoria. En cuanto a la fijeza el más Alto Tribunal  se limitó a recordar que no es una sanción obligatoria siendo "indispensable" que en todo caso existe una medida de sanción suficiente y disuasoria, y que el juzgado remitente de las cuestiones prejudiciales había afirmado que el ordenamiento jurídico español no permite obtener la fijeza si no se ha superado un proceso selectivo.


viernes, 10 de julio de 2020

[Blog de Ignasi Beltrán] Sentencia de Tribunal Superior de Madrid que haciendo uso de la sentencia europea Sanchez Ruiz y otras, estima la demanda de alcanzar la condición de "indefinido" a una laboral interina de sustitución 9 años de una empresa pública, sin entrar en si indefinida fija o indefinida no fija porque no se detallaba en la dema da, apuntando el Tribunal que la concesión de la figura del indefinido no fijo como sanción por sí sola al abuso pueda ser válida tras la sentencia la de 19/03/2020z.

Informaba en su blog el pasado 8/07/2020 el profesor Ignasi Beltrán de una nueva sentencia que hace uso de la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 en el asunto acumulado Sánchez Ruiz/Fernández Alvarez y otros.

Se trata de una sentencia de una Sala de lo Social de nada más ni menos que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, [suponemos por su carácter positivo para el empleado público de contrato laboral temporal que la misma sección que elevó recientemente cuestiones perjudiciales al Tribunal Europeo cuestionando que la jurisprudencia de la Sala de lo Social del Supremo pueda ser compatible con la claúsula 5 sobre abuso de temporalidad de la Directiva Europea. Otra sección de la misma Sala del TSJM por contra está siendo especialmente "negativa" para las aspiraciones de los temporales, estando alineada en sus tesis el Supremo ]

En concreto , la sentencia "de la STSJ Madrid 24 de junio 2020 (rec. 237/2020)," que haciendo uso de la doctrina Sanchez Ruiz y otras, especialmente la del caso Impact), estima la demanda de alcanzar la condición de "indefinido" a un laboral interina de sustitución 9 años de una empresa pública, sin entrar en si indefinida fija o i definida no fija porque no se detallaba en la dema da, apuntando el Tribunal eso sí que la concesión de la figura del indefinido no fijo como sanción por sí sola al abuso pueda ser válida tras la sentencia la del asunto Sánchez Ruiz.



Apreciación última en la que coincide el profesor pero en cambio discrepa con que una sustitución real de esa duración sea un abuso, considerando que podría ser una "razón objetiva" de las permitidas por la Directiva


jueves, 9 de julio de 2020

[CCOO Sanidad Marid] 'CCOO consigue, que el personal interino estatutario del SERMAS tenga derecho a cobrar la Carrera Profesional. CCOO gana la primera sentencia firme que reconoce el pago de Carrera Profesional al personal estatutario interino.'

'La sentencia judicial condena al SERMAS a abonar el complemento de carrera profesional a una profesional estatutaria interina, con nivel asignado en los listados definitivos. 

La sentencia reconoce además del cobro mensual del nivel de carrera alcanzado, el abono de los atrasos correspondientes desde que el personal fijo comenzó a cobrar, todo ello tras el acuerdo de reactivación firmado por CCOO.

Desde CCOO instamos nuevamente a la Consejeria de Sanidad y a la Consejeria de Hacienda y Función Pública a que abone de oficio el nivel de Carrera que corresponde a cada profesional, evitando así que todos los afectados tengan que recurrir a los tribunales.'

NOTA DEL EDITOR: recordemos que conceder el derecho la carrera profesional al estatutario temporal ya es doctrina y desde hace más de un año del Tribunal Supremo gracias a casos de estatutarios de otros servicios de Salud 


lunes, 6 de julio de 2020

Publicados los listados de aprobados de la fase de oposición de 2 categorías del primer grupo de convocatorias 2019 de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de "estabilización" de puestos temporales de larga duración: Pinche y Técnico de Radiodiagnóstico

El pasado viernes 04/07/2020 se publicaban  los llistados de aprobados de la  fase de oposición  de 2 categorías más  de las  convocatorias publicadas  en Febrero  de 2019 de los procesos selectivos de las categorías  incluidas en el primer grupo de categorías  de la OPE 2018 del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización" del los puestos temporales de más de 3 años, es decir ,   con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se derivaba  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  (que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, instando a que la temporalidad quedara reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos):

fijándose el plazo para presentación de méritos de la fase de concurso del 6 al 24 de juloo de 2020 (ambos inclusive).

Ya se habían publicado los listados de aprobados de la fase de oposición de la OPE 2017 y de 4 categorías de las OPE 2018  del SERMAS con plazas de "estabilización" de los puestos temporales  de más de 3 años y están pendientes de convocatorias una parte de los procesos  de estabilización de la OPE 2018 y todos de la OPE 2019 del SERMAS.



Recuérdese que las bases son las que se acordaron por gran mayoría, pero no unanimidad, en la  Mesa Sectorial:

[Área Pública de CCOO nacional] 'El secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública se compromete con CCOO a negociar un nuevo acuerdo y a cumplir íntegramente los anteriores Tras conocer la valoración y los datos expuestos por CCOO, el secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública trasladará a las CCAA y a la FEMP la necesidad de cumplir los acuerdos y la urgencia de culminar las ofertas de empleo público ordinarias y los procesos de estabilización y consolidación.'

'Este jueves ha tenido lugar la reunión de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo, tras largos meses de ausencia de convocatorias.
En primer lugar, CCOO ha puesto de manifiesto la falta de diálogo durante tanto tiempo. Si bien ha podido estar justificada por la crisis sanitaria producida por la Covid-19, no es menos cierto que este se podía haber tenido como se ha hecho en el ámbito de la mesa de coordinación del empleo público con las CCAA y la FEMP.

Esta ausencia de diálogo ha generado una falta de coordinación de las medidas que se han ido implementando en las distintas administraciones públicas durante todo el período de confinamiento y desescalada, y una falta de desarrollo de los acuerdos suscritos con función pública en los años 2017 y 2018, hecho que ha repercutido gravemente en los servicios públicos, solo resuelto en parte por el empeño y profesionalidad de las empleadas y empleados públicos.

CCOO no puede aceptar la visión inicial, planteada por el Secretario de Estado, de que el grado de cumplimiento del Acuerdo es bueno en general. El sindicato no considera que se hayan cumplido los objetivos principales, ni de recuperación de poder adquisitivo ni de disminución de la temporalidad y la precariedad.

Dicho lo anterior, desde el Área Pública de CCOO hemos reclamado al Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública un calendario que nos permita impulsar los compromisos adquiridos e iniciar la negociación de un nuevo acuerdo que permita seguir recuperando empleo y salarios, implementar las medidas de igualdad y corresponsabilidad en todas las administraciones públicas, recuperar la jornada de 35 horas, una regulación seria del teletrabajo o modalidad no presencial, jubilación anticipada, entre otros.

En este sentido, para el sindicato es necesario acabar con la precariedad laboral implantada en el ámbito de las administraciones públicas y terminar con la alta tasa de temporalidad existente, así como recuperar el empleo público perdido desde la anterior crisis de 2008. Para ello es imprescindible eliminar la tasa de reposición y culminar las ofertas de empleo público ordinarias, así como los procesos de estabilización y consolidación.


viernes, 3 de julio de 2020

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón usa la sentencia europea de 19/03/2020 junto con otras como la del Asunto Mascolo - el caso similar de docentes italianos - para determinar que una situación de acumulación en un profesor de interinidades por curso, aún sin contrato en verano, ante la carencia de convocatorias para cubrir el puestos de forma fija, es un fraude de ley por abuso de temporalidad de la Directiva Europea y ante demanda de equivalente a indefinido no fijo concede derecho a una indemnización disuasoria por abuso a determinar en caso de cese

La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, como ya hizo el de La Rioja, acaba de utilizar en dos sentencias (la 124/2020 de 18/05/2020  y la sentencia  de 139/2020 de 9 de Junio  donde reitera tal cual la doctrina de la anterior) la famosa sentencia europea de 19/03/2020 , la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto  acumulado Sánchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros  (por dos demandas de casos del SERMAS (un caso de un informático nuestro y el otro caso de 5 odontólogas)  junto con otras sentencias europeas como la del Asunto Mascolo - el caso similar de docentes italianos - para determinar que una situación de acumulación en un profesor de interinidades por curso -12 cursos en la 2ª sentencia-, aún  sin contrato en verano, ante la carencia de convocatorias para cubrir el puestos de forma fija, es un fraude de ley por abuso de temporalidad de la Directiva Europea, tal y como fundamentaba el letrado de los empleados públicos, el conocido Fabián Valero Moldes,  y ante una demanda con petición del equivalente al a figura del laboral indefinido no fijo concede el derecho a una indemnización disuasoria por abuso de temporalidad en el caso de cese y  a determinar en ese momento (bajo la óptica de que sea disuasoria se entiende que debería ser).

Estas sentencias son importantes porque además de que se dan en un sector donde no se solía reconocer el abuso a las interinidades por curso, el Tribunal  regional llegar a esa conclusión tras trasladar los pasajes de la sentencia europea  de 19/03/2020 que determinan:
  • la mera referencia en el propio nombramiento de que es por "urgencia y necesidad" no vale para admitir que se da esa "causa objetiva" que evitaría el establecimiento del abuso
  • establecido el abuso se requiere de forma "indispensable" una sanción efectiva, proporcionada y disuasoria que le corresponde al ordenamiento español fijar pero orientando el Alto Tribunal  que en todo caso que no puede valer como tal sanción ni la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de los procesos de estabilización decididos desde el Gobierno del Estado como solución para todos los puestos temporales  más de 3 años- ni la figura del indefinido no fijo y  una indemnización por si sola solamente podría valer si es específica contra el abuso y suficientemente disuasoria

[Fesp UGT nacional] 'UGT denuncia que la temporalidad en las Administraciones Públicas ha aumentado en más de cuatro puntos entre 2017 y 2020. El sindicato reclama una solución definitiva y negociada al problema de la precariedad laboral y pide articular mecanismos para frenar su uso abusivo' [Además, entre las medidas propuestas está "agilizar las convocatorias para culminar los procesos de estabilización"]

'La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos asiste este jueves a la reunión de la Comisión de Seguimiento de los  acuerdos de 2017 y 2018 con un objetivo prioritario: buscar una solución definitiva y negociada al problema de la temporalidad en las Administraciones Públicas. El sindicato ha hecho un balance de los acuerdos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, firmado en 2017 y 2018.

Según datos de FeSP-UGT, el empleo público se ha incrementado en 74.545 efectivos durante el periodo de vigencia del acuerdo. Este aumento se ha producido principalmente en las Comunidades Autónomas y entidades locales, mientras que en la Administración General del Estado ha disminuido en 9.299 personas.

El aumento de empleo que se ha experimentado durante este periodo ha sido precario, se han destruido más de 60.000 puestos fijos y se ha incrementado el empleo temporal e interino en 118.862 plazas, lo que supone pasar de una temporalidad del 16,67% al 20,77%, cuatro puntos más que cuando se firmó el primer acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos en 2017.

El pasado mes de enero, UGT denunció el importante retraso que se estaba produciendo en los procesos de estabilización de empleo destinados a reducir la precariedad en las Administraciones. Hasta esa fecha solo la Administración de Justicia había cumplido la convocatoria de plazas comprometidas. Esta situación se ha agravado con la crisis de Covid-19.


[CSIF nacional] 'Reunión con el Ministerio de Función Pública. El ministerio cita a los sindicatos para negociar un nuevo acuerdo en septiembre. CSIF pide refuerzo y estabilidad para las plantillas de las administraciones públicas' [CSIF reclamó el desarrollo de las ofertas de empleo público pendientes de ejecución.]

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, reclamó hoy al Ministerio de Política Territorial y Función Pública el refuerzo urgente de las plantillas y el desarrollo de las ofertas de empleo público pendientes de ejecución.

CSIF mantuvo hoy una reunión de seguimiento de los acuerdos de estabilidad y mejora de las condiciones laborales firmados en 2017 y 2018. Entonces, el Gobierno se comprometió a rebajar la tasa de temporalidad del 23 al 8 por ciento en 2020. Pues bien, por la parálisis e inestabilidad política de los últimos años, así como la falta de eficacia de las diferentes administraciones, nos encontramos con que la temporalidad se sitúa en la cifra récord del 27,8 por ciento (cifras EPA).  Además, según datos de CSIF, el 64 por ciento de las ofertas de empleo público aprobadas desde 2017 están sin ejecutar.

jueves, 2 de julio de 2020

[FesP de UGT/CCOO/USO Diputación de Sevilla] Comunicado conjunto de 24/06/2020 [aprobada su propuesta de anular el calendario de OPEs de estabilización en la Diputación y esperarse a conocer la propuesta de modificación del EBEP del Ministerio de Función Pública]

[24/06/2020] 'En el día de hoy se ha celebrado Mesa General de Negociación, solicitada por las secciones sindicales de UGT, CCOO y USO , para tratar el tema de la suspensión de las Ofertas Públicas, tanto de Consolidación como de Estabilización como las libres ocupadas por personas que pudieran estar en fraude de ley en virtud de la Sentencia del Contencioso-Administrativo num 4 de Alicante y las posibles modificaciones que pudieran llevarse al EBEP.

Con respecto a nuestra propuesta se ha aprobado las siguientes medidas:
  • Anular la actual planificación de calendario para la realización de los exámenes de las oposiciones de Consolidación, Estabilización y OPEs libres con plazas de personas potencialmente afectadas por ser interinos de larga duración con el objetivo de ralentizar las convocatorias
  • Esperar a conocer la propuesta que desde el Ministerio de Política Territorial y Función Pública se pueda hacer del EBEP que pueda dar solución a la situación de interinidad de larga duración.
  • Una vez conocido el alcance de la misma, previsto para el próximo mes de septiembre, sentarnos para su aplicación en la Diputación
  • Lo que han dejado claro es que no van a dejar caducar las Ofertas Públicas, aunque han señalado que hoy ha salido publicado en el BOE el Real Decreto 23/2020, de 20 de junio, por el que se aprueban medidas de reactivación de la actividad económica y en cuyo artículo 11 se establece que la caducidad de las Ofertas de Consolidación y Estabilización se extiende a final de 2021
  • [...]'

miércoles, 1 de julio de 2020

[Área Pública CCOO nacional] 'CCOO exige a Función Pública el cumplimiento de los acuerdos' [de Mejora del Empleo Público de 2017 y 2018, incluidas OPEs de estabilización; reunión este jueves de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público]

'CCOO va a exigir a la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, en la reunión de mañana de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo, su compromiso claro, rotundo e ineludible con los acuerdos suscritos en todos sus puntos: empleo, estabilización y consolidación, planes de igualdad, retribuciones, jornada y resto de materias contenidas en el acuerdo.

El sindicato exigirá también la negociación urgente de un nuevo acuerdo que garantice el poder adquisitivo y siga mejorando las condiciones de las trabajadoras y trabajadores de los servicios públicos, destierre definitivamente la precariedad, incremente las plantillas y elimine las limitaciones generadas por la tasa de reposición.

Las ofertas de empleo público ordinarias y los procesos de estabilización y consolidación del empleo público acumulaban un enorme retraso, ya antes de la pandemia del Covid-19. Como hemos denunciado desde CCOO, entre los diferentes sectores públicos hay 293.257 plazas pendientes de ejecutarse de las ofertas de 2017, 2018 y 2019, teniendo pendiente aún la mayoría de los sectores la negociación de 2020.

Es imprescindible que las administraciones públicas que no están respetando los compromisos adquiridos cumplan los acuerdos, tanto en los aspectos de empleo como en los retributivos. Acuerdos que, en ambas materias, están trasladados íntegramente a los Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018, y que, al tener carácter básico, son de obligado cumplimiento para todas las administraciones públicas y el sector público empresarial. En caso de no respetarse, se estaría incurriendo en una ilegalidad. Igualmente, se deben legislar, sin más dilación, las medidas sancionadoras a este respecto y realizar modificaciones normativas que frenen el abuso en la contratación temporal.