[Recordatorio de entrada publicada el 10/01/2024] Se acaba de publicar en el CENDOJ la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 12 de Diciembre de 2023 al recurso de casación (n° 174/2022) que había interpuesto el Instituto Catalán de la Salut contra la sentencia de 20/07/2021 de la sección 4ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que, teniendo en cuenta la entonces muy reciente jurisprudencia europea de las "trascendentales" sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 al asunto "Sánchez Ruiz" y de 03/06/2021 del asunto IMIDRA, consideró que había abuso de temporalidad en la situación de temporalidad durante ¡24 años! de una enfermera hasta su cese y que era necesaria establecer una sanción al abuso encontrando una "interpretación conforme" de la normativa española a la sentencia europea. Así estimó la solicitud subsidiaria de indemnización concediendo -por analogía- la indemnización al cese de 20 días para los cesados en procesos de estabilización del entonces recientemente aprobado Real-Decreto Ley 14/2021 de 6 de julio de 2021 (indemnización mantenida en la posterior ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021) aún cuando el cese, y así concedió una indemnización de 20 días por año trabajado.