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jueves, 12 de septiembre de 2019

[Solidaridad Obrers SESCAM] Primeras sentencias favorables a los cientos de demandas de trabajadores del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) por estar contratados de forma temporal abusiva


'Durante este último año, cientos de trabajadoras y trabajadores del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) han denunciado la situación de abuso de temporalidad y precariedad a la que están siendo sometidos desde hace décadas, ya que mantienen un contrato temporal de forma abusiva y menores derechos que otros trabajadores del SESCAM. Además, con los mal llamados procesos de “estabilización” (OPEs “de estabilización”), todos ven peligrar su puesto de trabajo, pudiendo acabar en el paro tras toda una vida profesional dedicada a la sanidad pública.
El Juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca ha emitido este 12 de septiembre de 2019 sentencia para varias de las demandas de estos trabajadores interinos. El juzgado resuelve a favor de estos trabajadores temporales, dos ellos afiliados a Solidaridad Obrera SESCAM, reconociendo el fraude de ley en la temporalidad del personal estatutario interino, en estos casos con más de 10 años de antigüedad y un único nombramiento.
Según el gabinete que defiende el caso, Cabrera Abogados, la sentencia “no concede fijeza, pero sí prohíbe que el interino pueda ser cesado sino es por la adjudicación de su plaza a un funcionario titular mediante oposición, con lo que se excluye el cese por concurso o promoción interna”. También se reconoce el derecho a la carrera profesional y, muy importante, indemnización en el “momento del cese”, eufemismo que se utiliza en el sector público para decir “despido”. Actualmente la legislación española no contempla indemnización ni sanción que disuada del despido de los trabajadores públicos interinos y eventuales, por lo que, a pesar de décadas de relación contractual o del puesto que ocupen, su despido es libre y gratuito.

Recordatorio. El Tribunal Supremo no admitió a trámite el recurso a la sentencia del Tribunal Superior gallego que declaraba fijos a varios laborales temporales del Ayuntamiento de la Guardia en abuso de temporalidad por un defecto del recurso: el Ayuntamiento no aportó sentencia contradictoria en el momento válido. El Supremo no ha entrado en el fondo y no supone por tanto fijar ninguna doctrina ante el abuso de temporalidad en el empleo público, que sigue siendo como mucho la del indefinido no fijo para ciertos casos de personal laboral.

[Recordatorio de entrada publicada el 8/08/2019]


Tal y como informábamos el pasado 01/07/2019 que había adelantado CNT de Galicia , la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictó un auto (de fecha 13/06/2019) por el que no admitía a trámite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de La Guardia contra la importante  sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que estimaba la pretensión principal de -ni más nimenos-  declarar fijos a varios empleados públicos laborales de dicho Ayuntamiento por su situación de abuso de temporalidad  al tener en cuenta que es necesaria por la normativa europea (la famosa Directiva 1999/70/CE) una sanción a la Administración empleadora y una compensación a los trabajadores y que éstos  habían sido contratados mediante proceso selectivos al fin y al cabo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad aunque dicho proceso de selección no tuviera el nivel de publicidad habitualmente requerida del nivel de Boletín Oficial para un proceso selectivo para ser fijo ni  tampoco hubiera sido derivado de una Oferta Pública de Empleo o instrumento similar, estimando el tribunal superior gallego "justificado" relajar esos niveles ante la exigencia superior europea de una sanción al abuso constatado.

lunes, 9 de septiembre de 2019

Recordatorio. El Tribunal Supremo aplica su afirmación intrigante de la sentencia de 24/04/2019 - "el plazo de 3 años del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público no opera de forma automática" - para no declarar indefinido no fijo al caso de una laboral pública interina de vacante de casi 6 años, por no considerarlo un "plazo inusualmente largo". ¿Estudiar caso por caso si hay plazo inusualmente largo su nuevo criterio (a la baja) para conceder o no la figura no fija de "indefinido no fijo" a laborales públicos en abuso de temporalidad?

[Recordatorio de entrada publicada el 18/07/2019]


La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española- ha dictado una sentencia el pasado 11/06/2019 que puede ser importante dado que podría suponer un temido cambio a su doctrina clara desde  marzo de 2017 de conceder la figura del  "indefinido no fijo" -figura indemnizatoria ante el futuro cese por una cobertura fija reglamentaria o amortización del puesto- al laboral interino de vacante más de 3 años en base al fraude del cumplimiento por parte de la AAPP del "plazo improrrogable" de 3 años para la cobertura fija de una necesidad permanente "mediante Oferta Pública de Empleo o instrumento similar", estipulado en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público. De ser así,  se estrecharían aún más las posibilidades de recibir indemnización para los empleados públicos interinos ante la cobertura reglamentaria de su puesto, como por ejemplo una OPE y que hasta ahora parecía restringida en el caso de empleados públicos al personal bajo contrato laboral y de más de 3 años que conseguían la declaración previa al cese de indefinido no fijo por superación de ese plazo.


El caso en cuestión de esta sentencia es el de una laboral interina de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid que ostentaba una interinidad de vacante  desde 2010 de la que fue cesada casi 6 años después al haber sido adjudicado su puesto  en la resolución de una convocatoria de proceso selectivo, con la circunstancia de que la adjudicación quedó desierta y la Consejería contrató a otro temporal para la vacante. El juzgado de lo Social de primera instancia la había declarado indefinida no fija y al despido improcedente con readmisión ante esa circunstancia anómala. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia revocó la declaración de despido improcedente, siendo recurrido por la Comunidad de Madrid ante el Supremo la declaración de indefinido no fija (que al menos le daría derecho a una indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades).




miércoles, 4 de septiembre de 2019

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ante una demanda de una interina de vacante del SESPA de más de 10 años, sentencia que no puede considerarse existencia de abuso si ya se es interino de vacante, aplicando la actual jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 26/09/2018

Se ha publicado recientemente en el CENDOJ la sentencia de 15/07/2019 de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias al recurso nº156/2019 que había presentado una empleada estatutaria interina de vacante durante más de 10 años del Servicio de Salud del Principado de Asturias , defendida por el conocido abogado Raúl Bocanegra, solicitando que se reconozca su situación de abuso de  temporalidad según la cláusula 5ª de la conocida Directiva Europea 1999/70/CE y que como la obligada sanción al abuso se le concediera el reconocimiento del carácter fijo de su relación de servicio  y la estabilidad definitiva en su plaza de Médico de los Servicios de Atención Continuada (SAC), subsidiariamente condición de funcionaria indefinida no fija o situación equivalente, demandas que previamente había desestimado el juzgado

 

martes, 3 de septiembre de 2019

[Redacción Médica] Cesado Francisco Lobo como Secr. Gral Técnico de Sanidad de la Comunidad de Madrid tras su imputación en la Púnica

Informa Redacción Médica este 03/09/2019 que Francisco Lobo ha sido cesado como Secretario General técnico de la Consejería de Sanidad, tras su  imputación ayer por parte del Juez de la trama Púnica sobre desvíos de fondos públicos al Partido Popular, según ha anunciado el vicepresidente de la Comunidad de Madrid y portavoz del Ejecutivo autonómico, Ignacio Aguado, y tal y como se preveía por el pacto de Gobierno de su partido, Ciudadanos con el Partido Popular, que impide a imputados por corrupción seguir siendo altos cargos.

lunes, 2 de septiembre de 2019

[El Confidencial] 'Aguirre, Cifuentes e Indra, imputadas por financiación ilícita y desvío de dinero público'' [vía contratos de la ex Agencia de Informática de la Com. de Madrid con la empresa Indra para pagos mediante empresas instrumentales de gastos electorales del PP de Madrid]. [El Mundo] Imputados los ex-consejeros deSanidad Lamela y Güemes por participar en el sistema de desvíos de fondos públicos de sus consejerías. [SER] Imputado el actual Secretario General Técnico de Sanidad.

Informa El Confidencial este 02/09/2019  que finalmente el juez instructor del caso "Púnica", Manuel García Castellón,, ha atendido la  solicitud de  la Fiscalía Anticorrupción del Estado  ha "imputado" , es decir,  citado como investigadas  a las ex-Presidentas de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre y Cristina Cifuentes así como al ex-Presidente de Indra, Javier Monzón por financiación ilícita, desvío de dinero público y falsedad documental

Así el juez investiga el pago de gastos electorales del Partido Popular mediante fondos públicos desviados a contratos de la antigua Agencia de Informática y Comunicaciones  de la Comunidad de Madrid [ICM] con la empresa adjudicataria  Indra y de ésta a empresas instrumentales que no corresponderían con trabajos reales.

jueves, 29 de agosto de 2019

[Arauz] Notificación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social [suspensión de procedimientos de reclamación de fijeza por espera a sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS ]

'Nos alegra comunicaros que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha suspendido la tramitación de unas reclamaciones de fijeza que habíamos formalizado en representación de varios funcionarios interinos dependientes de dicho Departamento Ministerial, suspensión de los procedimientos acordada hasta que el TJUE sentencie los asuntos prejudiciales, C-103/18 y C-429/18.

 

Creemos que esto es un indicio de que el Ministerio teme una sentencia favorable a la fijeza por parte del TJUE y, desde luego, resuelve las dudas y suspicacias que se estaban planteando por algunos de vosotros a raíz de la suspensión del trámite de conclusiones de la Abogada General de la UE, previstas para el próximo día 5 de septiembre, poniendo de manifiesto que esta suspensión del trámite de conclusiones nada tiene que ver con unas supuestas presiones por parte del Gobierno de España al Tribunal para que dicte una sentencia favorable a las Administraciones empleadoras.'


viernes, 23 de agosto de 2019

[CCOO Nacional Area Pública] Información del Coordinador y Secr. Gral de la FSC: 'Cambio de fecha conclusiones de la Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea'

'Hemos tenido conocimiento de un nuevo aplazamiento de fecha por parte del TJUE acerca de las Conclusiones (previas y no vinculantes) de la Abogada General sobre las cuestiones prejudiciales de la situación de interinidad.

Como recordaréis, es la segunda vez que se cambia desde la vista que tuvo lugar el 15 de Mayo, donde se quedó que la fecha de las conclusiones de la abogada general (TJUE) se publicaran el 11 de julio, posteriormente "sobrecarga de trabajo" se retrasó al próximo 5 de septiembre. Y ahora sin fecha se ha vuelto a posponer.


jueves, 22 de agosto de 2019

[FeSP UGT Andalucía Sanidad] 'Reclamación de fijeza para interinos' [de Sanidad de la Junta Andalucía con una antigüedad ininterrumpida de al menos 3 años; a la espera de la sentencia del Tribunal europeo]

'Estamos a la espera de que, previsiblemente antes de final de año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie acerca de la declaración de fijeza de casi medio millón de emplead@s temporales públicos.



A estos efectos, desde FESP-UGT Sector Sanidad, hemos preparado un modelo de reclamación, en materia de reconocimiento de derecho para nuestros afiliad@s, que sean personal interino, con una antigüedad de, al menos, tres años, ininterrumpidos, a fecha de presentación de la reclamación.'

martes, 20 de agosto de 2019

Nuevamente pospuesta la fecha de presentación del informe de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz y otros" en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de demandas de fijeza como sanción al fraude de ley del abuso de temporalidad de nuestro informático y 5 odontólogas empleados públicos del Servicio Madrileño de Salud. Estaba previsto para el 5 de Septiembre tras un primer retraso. Pendiente la comunicación de la nueva fecha. Este juicio europeo ha saltado a los medios generales recientemente y podría suponer un vuelco a la negativa jurisprudencia española, recientemente reducida más si cabe por el Tribunal Supremo, para las posibilidades de indemnizaciones o estabilidad real por sentencia de los empleados públicos en abuso de temporalidad

Se nos acaba de comunicar por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se ha pospuesto -sin comunicar todavía nueva fecha- el Informe de la Abogada General de la Unión Europea previsto para el 5 de Septiembre del  "asunto Sánchez Ruiz y otros" - el asunto originalmente "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª, y al que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros"  del caso de 5 odontólogas también del SERMAS-. Ver aquí la nota informativa del retraso por parte de nuestro abogado en este caso.

Recordemos que la primera fecha publicada fue el 11 de Julio tal y como ya avisó la propia Abogada presencialmente en el juicio oral que tuvo lugar el 15 de Mayo en Luxemburgo, pero la Abogada General ya había decidido retrasar una primera vez esa fecha por carga de trabajo al 5 de septiembre y que este informe  de la Abogada General, ahora nuevamente pospuesto, NO es la sentencia del Tribunal, que seguiría semanas después. En la mayoría de los casos, la sentencia final suele ir alineada con este informe de la Abogada General, pero no siempre es así y en todo caso lo (máximamente) vinculante es la sentencia del Tribunal. El TJUE ya ha actualizado su calendario actualmente con agenda hasta el 20 de Septiembre (no apareciendo la presentación de este informe en este tramo).

martes, 13 de agosto de 2019

[FeSP UGT Andalucía Enseñanza] 'Reclamación de fijeza para los docentes interinos' [con una antigüedad ininiterrumpida de al menos 3 años y antes de que sean cesados si no tienen vacante donde mantener la relación laboral; a la espera de la sentencia del Tribunal europeo]

'Actualmente estamos a la espera de que, previsiblemente antes de final de año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie acerca de la declaración de fijeza de casi medio millón de empleados/as temporales públicos.

A estos efectos, desde FESP-UGT Sector de Enseñanza, hemos preparado un modelo de reclamación, en materia de reconocimiento de derecho para nuestros afiliados/as, que sean personal interino, con una antigüedad de, al menos, tres años, ininterrumpidos, a fecha de presentación de la reclamación y que no obtengan vacante en la adjudicación de destinos provisionales, para el curso 2019-2020.

[...] 'siempre antes del 31 de agosto, fecha de ruptura del vínculo laboral y contractual con la Consejería, puedes presentar la reclamación que hemos preparado para nuestros afiliados y afiliadas' [...] 

lunes, 12 de agosto de 2019

Recordatorio. Publicada la nueva fecha del 05/09/2019 para las conclusiones de la Abogada General de la UE en los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en el SERMAS en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuyo juicio oral fue el pasado 15 de Mayo. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede ser una de las medida de sanción válidas que exige la Directiva europea. La sentencia europea se espera en torno a Octubre

[Recordatorio de entrada publicada el 05/08/2019]

Acaba de publicarse en la paǵina web del asunto C-103/18 o asunto Sánchez Ruiz - el asunto de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tras su demanda con el gabinete de Araúz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª -   la fecha del 05 de Septiembre (a las 09:30) para la presentación del informe no vinculante de conclusiones de la Abogada General  de la Unión Europea, Juliane Kokott, de  los dos trascendentales asuntos para la vía de la demanda de fijeza ante el abuso de temporalidad, el primero del informático del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS], el asunto C-103/18   y el segundo, el asunto C-429/18, de 5 odontólogas también del SERMAS que el más tribunal europeo decidió acumular. 
 
Recordemos que la primera fecha publicada fue el 11 de Julio tal y como ya avisó la propia Abogada presencialmente en el juicio oral que tuvo lugar el 15 de Mayo en Luxemburgo, pero la Abogada General retrasó esta fecha a primeros de septiembre por carga de trabajo. Este informe NO es la sentencia, que seguirá semanas después, si bien en la mayoría de los casos, la sentencia final suele ir alineada con este informe, pero no siempre es así y en todo caso lo (máximamente) vinculante es la sentencia del Tribunal. 
 
Precisamente en días pasados este  asunto que recientemente había saltado por fin a los medios generales tras una rueda de prensa concedida por el abogado, el informático del caso y algunos empleados públicos en situación de abuso. También desde el juicio han tenido lugar varias paralizaciones de Ofertas Públicas de Empleo de AAPP a la espera de la sentencia de este asunto, que seguirá semanas después de la presentación del  esperado informe de la Abogada General.

jueves, 8 de agosto de 2019

El Tribunal Supremo no admitió a trámite el recurso a la sentencia del Tribunal Superior gallego que declaraba fijos a varios laborales temporales del Ayuntamiento de la Guardia en abuso de temporalidad por un defecto del recurso: el Ayuntamiento no aportó sentencia contradictoria en el momento válido. El Supremo no ha entrado en el fondo y no supone por tanto fijar ninguna doctrina ante el abuso de temporalidad en el empleo público, que sigue siendo como mucho la del indefinido no fijo para ciertos casos de personal laboral.

Tal y como informábamos el pasado 01/07/2019 que había adelantado CNT de Galicia , la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictó un auto (de fecha 13/06/2019) por el que no admitía a trámite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de La Guardia contra la importante  sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que estimaba la pretensión principal de -ni más nimenos-  declarar fijos a varios empleados públicos laborales de dicho Ayuntamiento por su situación de abuso de temporalidad  al tener en cuenta que es necesaria por la normativa europea (la famosa Directiva 1999/70/CE) una sanción a la Administración empleadora y una compensación a los trabajadores y que éstos  habían sido contratados mediante proceso selectivos al fin y al cabo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad aunque dicho proceso de selección no tuviera el nivel de publicidad habitualmente requerida del nivel de Boletín Oficial para un proceso selectivo para ser fijo ni  tampoco hubiera sido derivado de una Oferta Pública de Empleo o instrumento similar, estimando el tribunal superior gallego "justificado" relajar esos niveles ante la exigencia superior europea de una sanción al abuso constatado.

Recordemos que la sentencia de primera instancia no había estimado la pretensión principal de fijeza de los demandantes sino la subsidiaria y así  los había declarado indefinidos no fijos por llevar más de 3 años bajo contrato laboral temporal siguiendo la jurisprudencia del Supremo de conceder esa figura judicial  para el fraude del abuso de duración de temporalidad del empleado público laboral interino empelado público (mientras que ante el abuso del temporal de la empresa privada es la fijeza por el propio Estatuto de los Trabajadores) , pero el Tribunal Superior de Justicia  sorprendía en su sentencia citando el principio general de la estabilidad de la Directiva Europea y , especialmente,  el importante Auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11/12/2014  del asunto León Medialdea en el que el Tribunal europeo, de primacía sobre la jurisprudencia española,  asentaba que el indefinido no fijo español es un "contrato de duración determinada"  (como se llama al "temporal" o a los contratos no estables en la terminología de la normativa europea) dado que se cesa al indefinido no fijo por cobertura reglamentaria de su puesto como tras la convocatoria de una OPE o por la mera amortización justificada del puesto,  y, según el Tribunal Europeo, el "indefinido no fijo" cae por tanto en el ámbito de la Directiva citada , directiva que exige una sanción y compensación eficaces ante el abuso en la duración de relación de empleo bajo  contratos de duración determinada,


miércoles, 7 de agosto de 2019

Recordatorio. Tribunal Supremo confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declaró fijos a varios laborales del Ayuntamiento de La Guardia en abuso de temporalidad que habían sido contratados mediante proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

[Recordatorio de entrada publicada en este blog el 01/07/2019]

Publica CNT que el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declaró fijos a varios laborales del Ayuntamiento de La Guardia en abuso de temporalidad que habían sido contratados mediante proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Y el Alto Tribunal lo hace no estimando, por razones técnicas (falta de sentencia de contraste o caso similar con sentencia contraria), la admisión a trámite del recurso que puso el Ayuntamiento.


lunes, 5 de agosto de 2019

Publicada la nueva fecha del 05/09/2019 para las conclusiones de la Abogada General de la UE en los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en el SERMAS en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuyo juicio oral fue el pasado 15 de Mayo. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede ser una de las medida de sanción válidas que exige la Directiva europea. La sentencia europea se espera en torno a Octubre

Acaba de publicarse en la paǵina web del asunto C-103/18 o asunto Sánchez Ruiz - el asunto de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tras su demanda con el gabinete de Araúz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª -   la fecha del 05 de Septiembre (a las 09:30) para la presentación del informe no vinculante de conclusiones de la Abogada General  de la Unión Europea, Juliane Kokott, de  los dos trascendentales asuntos para la vía de la demanda de fijeza ante el abuso de temporalidad, el primero del informático del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS], el asunto C-103/18   y el segundo, el asunto C-429/18, de 5 odontólogas también del SERMAS que el más tribunal europeo decidió acumular. 
Recordemos que la primera fecha publicada fue el 11 de Julio tal y como ya avisó la propia Abogada presencialmente en el juicio oral que tuvo lugar el 15 de Mayo en Luxemburgo, pero la Abogada General retrasó esta fecha a primeros de septiembre por carga de trabajo. Este informe NO es la sentencia, que seguirá semanas después, si bien en la mayoría de los casos, la sentencia final suele ir alineada con este informe, pero no siempre es así y en todo caso lo (máximamente) vinculante es la sentencia del Tribunal. 
Precisamente en días pasados este  asunto que recientemente había saltado por fin a los medios generales tras una rueda de prensa concedida por el abogado, el informático del caso y algunos empleados públicos en situación de abuso. También desde el juicio han tenido lugar varias paralizaciones de Ofertas Públicas de Empleo de AAPP a la espera de la sentencia de este asunto, que seguirá semanas después de la presentación del  esperado informe de la Abogada Generakl.

Recordemos que el asunto Sánchez Ruiz se trata del caso de un informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años del  Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid (ver aquí  más información del caso) con preguntas del juez nacional, entre otras, de
  •  si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica dicha cláusula 5ª, entendiendo el juez nacional que sí,

    ,
  • o la de si hacer fijo a temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la Constitución, entendiendo el juez nacional también que lo sería.

domingo, 4 de agosto de 2019

El Tribunal Supremo se reafirma que empleados públicos laborales interinos de vacante, aún ¡de 18 años!, cesados como tales interinos por la cobertura reglamentaria de su puesto -como un reingreso de un fijo en excedencia- tampoco tienen derecho a indemnización alguna, aplicando su doctrina por el asunto De Diego Porras. No se valoraba el Fraude de Ley por abuso de temporalidad y no usa el famoso apartado 64 de la sentencia europea del asunto Montero Mateos ("si la duración es inusualmente larga deber examinarse si recalificar como contrato fijo"), que en voto particular una magistrada del Supremo estima sí debería haberse aplicado

La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española- está dictando una serie de sentencias que siguen de forma rutinaria la línea de la importante  sentencia del pasado 10/05/2019  que, y tal y como era de prever , aplicaba ya como doctrina para todos los empleados públicos laboreles interinos su sentencia de 13/03/2019  (recurso 3970/2016) o la resolución final del caso De Diego Porras, tras una segunda consulta al Tribunal de justicia Europeo del propio Supremo, en la que el Tribunal Supremo revocaba la sentencia del tribunal regional para dictaminar que no le corresponde indemnización alguna al personal laboral interina de vacante cesado por cobertura reglamentaria de su puesto aunque lleve muchos años, mientras sea una interinidad "legal" es decir no se  haya cuestionada judicialmente esa situación por fraude de ley por irregularidad del tal forma que ya no sea esa figura. El caso Diego de Porras se trataba de una laboral interina de sustitucion prolongada, pero como ya avanzábamos la exposición del Supremo parecía aplicable a todo laboral interino, incluido los de vacante ante cobertura reglamentaria de supuesto, como ya sucedio en esa  sentencia del pasado 10/05/2019 y en la que se abordaba el cese de laboral interino de vacante por la cobertura fija de su puesto tras una Oferta  Pública de Empleo.

En el caso  que elegimos ahora se trata de la sentencia de 17/07/2019 (nº de recurso 1955/2016),  por tratarse del caso de un laboral interino de  vacante de más de 3 años (de ¡18 años! en concreto , del País Vasco) que se ve  cesado tras la cobertura de su puesto al ser elegido para el reingreso por un fijo que estaba en excedencia (por tanto , ni siquiera tras un proceso selectivo  en el que tuviera oportunidad de presentarse a él) siendo cesado sin indemnización alguna, tal y como contempla la ley española.

viernes, 2 de agosto de 2019

[El Diario/El Confidencial/El País] La Fiscalía Anticorrupción pide que se imputen en la Púnica a las ex-presidentas de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre y Cristina Cifuentes, por supuestos desvíos de fondos al PP madrileño de contratos con Indra

Informan El DiarioEl Confidencial, entre otros, este 02/08/2019 que la Fiscalía Anticorrupción del Estado ha solicitado al juez instructor del caso "Púnica", Manuel García Castellón, que cite como investigadas [lo que antes se denominaba "imputar"] a las ex-Presidentas de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre y Cristina Cifuentes así como al ex-Presidente de Indra, Javier Monzón, tras los informes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil [UCO] , que sostienen una presunta financiación irregular del PP , al menos un millón de euros entre 2008 y 2013,  a través del pago por parte de Indra a una red de sociedades  controladas por el empresario Óscar Sánchez Moyano,  utilizando el dinero de contratos  adjudicados por el Gobierno Regional [por su ICM] a esta gran empresa de informática para servicios por esas empresas que realmente no se prestaban , siendo desviado los fondos al Partido Popular. Según el informe de la UCO, Isabel Gallego, la antigua directora general de Medios, habría reconocido la existencia de estos desvíos de fondos  y reuniones de la trama en las que Esperanza Aguirre habría participado. En cuanto a Cifuentes se la relaciona con pagos irregulares para campañas electorales del PP u la adjudicación de la cafetería de la Asamblea de Madrid al grupo Cantoblanco.


lunes, 22 de julio de 2019

[Punto Magenta] 'Negativas del Tribunal Supremo a elevar cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia europeo sobre abuso de temporalidad en empleo público: Guión de explicación de los hechos'

'Los últimos meses el equipo jurídico que soporta la lucha de los denunciantes de corrupción hemos interpuesto varios procedimientos de denuncia (no archivadas, es decir en plena investigación) contra el Estado Español por encontrarnos que en varios procedimientos, sistemáticamente, al instar una cuestión prejudicial dirigida al Tribunal de Justicia de la UE, eran todas rechazadas.

Hablamos de las Salas 3a, 4a y 5a del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y Catalunya, así como la Audiencia Provincial de Sevilla.

[CCOO de la Comunidad Valenciana] 'La central sindical señala que la única forma de estabilizar empleo público temporal es mediante la superación de los correspondientes procesos selectivos en desarrollo de la Ofertas Públicas de Empleo. Así lo ha defendido el sindicato en el Ayuntamiento de Sax (Alicante)' [Opina que la sentencia del TJUE nunca va a suponer la fijeza y que el Tribunal Supremo está marcando el camino]

'CCOO manifiesta que en ningún caso este sindicato ha avalado o apoyado la paralización de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Sax. Según José Manuel Martí, permanente sindical de CCOO y miembro de la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Sax como sindicato mayoritario, ha habido una “confusión” en la que “se ha expuesto una postura totalmente contraria a lo defendido por CCOO”. 

La postura del sindicato, según Martí, es clara: "La única forma de reducir la temporalidad y la precariedad en las Administraciones Públicas es mediante la convocatoria de OPE”. Además, señala que no existe otra solución.


[CSIT-UP] 'CSIT UNIÓN PROFESIONAL continúa defendiendo la estabilización del empleo para todo el personal temporal de larga duración contratado de manera abusiva' [Defienden mantener el calendario programado de OPEs mientras esperan la resolución del Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en personal sanitario que creen afectará a todos los empleados no fijos de los Servicios Públicos]

'En estos días ha habido mucho revuelo con la posible desconvocatoria de la OPE de Médicos de Urgencia hospitalaria. 

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL y su sindicato médico federado, SIME, siempre hemos apoyado medidas para combatir la precariedad laboral y que estabilicen en el empleo al personal temporal de larga duración contratado de manera abusiva por la Administración. Por este motivo, apostamos intensamente por la reconversión de eventuales en interinos de plantilla y por la estabilización en empleo fijo. Hasta la fecha, la legislación vigente obliga a todos los empleados públicos a conseguir la plaza fija mediante concurso oposición, unos criterios que se mantuvieron también en procesos previos de regularizaciones masivas del empleo temporal en Sanidad. Por ello, en Madrid, todos los sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad hemos firmado las convocatorias de OPEs en las diferentes categorías y especialidades de la sanidad madrileña, acatando la normativa vigente, desde el mejor contexto posible. Así, hemos negociado unas bases del concurso-oposición que permitan el acceso a la plaza fija al personal no fijo de larga duración, porque viene sufriendo una situación de interinidad provocada por el reiterado incumplimiento que la administración pública hace de las convocatorias.

No obstante, en septiembre, esperamos noticias del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) que tiene que dictaminar sobre los derechos adquiridos por el personal sanitario temporal que se encuentra encadenando contratos temporales desde hace más de 3 años. Aunque desconocemos el dictamen final de esa Resolución, entendemos que, sea cual sea, afectará a todos los empleados no fijos de los Servicios Públicos y no solo de Sanidad.  Por ello, y para evitar daños mayores a los trabajadores, en caso en que la Resolución no pase por poner en marcha un sistema de selección distinto del concurso-oposición, consideramos que el calendario de OPEs se debe mantener de acuerdo a lo programado mientras esperamos el dictamen de la justicia. Quedamos expectantes para actuar conforme al pronunciamiento judicial y dentro de la legalidad.