Se ha publicado recientemente en el CENDOJ la sentencia de 15/07/2019 de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias al recurso nº156/2019 que había presentado una empleada estatutaria interina de vacante durante más de 10 años del Servicio de Salud del Principado de Asturias , defendida por el conocido abogado Raúl Bocanegra, solicitando que se reconozca su situación de abuso de temporalidad según la cláusula 5ª de la conocida Directiva Europea 1999/70/CE y que como la obligada sanción al abuso se le concediera el reconocimiento del carácter fijo de su relación de servicio y la estabilidad definitiva en su plaza de Médico de los Servicios de Atención Continuada (SAC), subsidiariamente condición de funcionaria indefinida no fija o situación equivalente, demandas que previamente había desestimado el juzgado
Pero, este Tribunal Superior regional estima litealamente que "no cabe apreciar un abuso en la utilización de nombramientos eventuales ya que, desde el año 2008 ostenta un nombramiento de interinidad, no pudiendo declarase la de fijeza solicitada por la actora en su demanda ya que ello supondría vulnerar los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública recogidos en los art. 14, 23.2 y 103.1 de la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, para poder adquirir la condición de fijeza o equivalente, y lo mismo cabe decir de la pretensión subsidiaria de conformidad con lo establecido por el Tribunal Supremo en las Sentencias de 26 de septiembre de 2018 toda vez que de apreciarse fraude en la utilización de nombramientos eventuales, por ser la necesidad permanente y estructural y no coyuntural o extraordinaria la única consecuencia es dar estabilidad en el tiempo al nombramiento eventual hasta que la Administración Pública proceda a aplicar el art. 9.3 del E.M esto es hasta que proceda a estudiar y en su caso, crear plaza vacante en plantilla orgánica; pero en el caso de autos, la actora no es eventual sino que ya es interina, al haber procedido conforme al mencionado precepto, sin que por tanto quepa apreciar abuso o fraude en la contratación temporal, razones todas ellas que llevan a la desestimación del recurso de apelación interpuesto y consiguiente confirmación de la Sentencia apelada".
Recordemos que para el personal funcionario interino o el estatutario temporal la sentencia del Tribunal Supremo de 26/09/2018 establecía como jurisprudencia vigente de nuestro alto tribunal sólo reconocer fraude de abuso de temporalidad a la concatenación de contratos de funcionarios interinos de programa o de obra y servicio (para estatutarios se llaman "eventuales") de más de 3 años, siendo la "solución" que aportaba el Supremo la mera interinización en una vacante expuesta al cese por amortización o cobertura reglamentaria sin indemnización alguna más que una muy hipotéticas de daños y perjuicios cuya carga de la prueba se hace recaer en el temporal y no en la administración; para el personal ya interino en una vacante, estima ba que NO puede haber abuso por años que hayan pasado sin incluirse el puesto a OPE -o amortizarse-
Así parece interpretar dicha jurisprudencia del Supremo este Tribunal cuando sencillamente viene a a firmar que no puede haber abuso de temporalidad en una situación de ya interinidad de vacante, y desestima todas las pretensiones de la demandante condenando en costas de hasta 300 euros a los demandantes.
Recordemos por otro lado que precisamente si puede darse abuso de temporalidad en una interinidad de vacante es una de las importes cuestiones que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea podrá dirimir en la esperada sentencia al asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álavrez y otros", , a raíz de unas cuestiones planteadas por dos juzgados de Madrid por los casos de un informático estatutario del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid [SERMAS], "estatutario" [un tipo de funcionario de los Servicios de Salud] interino de
vacante ya 20 años de nuestra Asociación - de hecho, es nuestro Presidente-
y de 5 odontólogas también del
SERMAS, todas interinas de vacante cuando presentaron la demanda,
algunas de ellas tras decenas de nombramientos estatuarios "eventuales" (por obra y servicio o de fecha de fin) previo. Es de esperar que esta próxima sentencia europea dé un vuelco a la desoladora situación judicial actual para el personal interino de larga duración,
- [04/10/2018] [delaJusticia.com] El Tribunal Supremo rechaza la figura del indefinido no fijo y su indemnización prefijada para empleados públicos estatutarios eventuales de Servicios de Salud y funcionarios de programa en abuso de duración de temporalidad en sus dos recientes sentencias a recursos del Gobierno Vasco a sentencias favorables del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. [El Tribunal viene a entender que la conversión a interino de vacante es solución suficiente, admitiendo sólo y en casos indemnizaciones por daños y perjuicios acreditados]
- [04/10/2018] [PoderJudicial] 'El Tribunal Supremo ha declarado nulo el cese de interinos [de programa y estatutario eventual] al considerar abusiva la utilización de contratos de duración determinada y reconoce su derecho a mantenerse en sus puestos de trabajo, percibiendo las retribuciones no abonadas, mientras la Administración no cumpla con la normativa vigente' [que la plaza se cubra con un funcionario fijo] [ Revoca la declaración previa de indefinidos no fijos del Tribunal Superior de Justicia Vasco]
- [10/05/2019] IMPORTANTE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acumula los dos asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS y celebrará el juicio oral el próximo 15 de Mayo. La amplia batería de cuestiones lanzadas en ambos casos, al tratrarse de forma conjunta, podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la aplicación posterior en los tribunales nacionales. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede s ser una de las medida válidas que exige la Directiva europea
- [16/05/2019] [Cinco Días/ El País] La Comisión Europea afirma en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que España no tiene medidas contra el abuso de la temporalidad en el empleo público, descartando como válidas las OPEs de estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusados
- [30/05/2019] Cuestiones
prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos
de casación en el Tribunal Supremo en curso sobre estabilidad,
indemnización ante ceses, etc en empleados públicos temporales de
duración excesiva. Novedades recientes.Lectura general no profesional de
la compleja y cambiante situación
, - [05/06/2018] Asunto Montero Mateos. El Tribunal de Justicia Europeo recula y sentencia que no es contrario a la normativa europea la normativa española de no conceder indemnización alguna al laboral interino cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), pero aunque no se le preguntaba, observa que si la "duración es inusualmente larga" debería examinarse si "recalificarlo como contrato fijo"
- [21/11/2018] Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su 2ª sentencia sobre el caso de la laboral pública interina de sustitución prolongada De Diego Porras, tras las dudas del Supremo en rebajar o ni dar indemnización alguna, responde que no es contraria a la norma europea la ley española que no indemniza al laboral interino de sustitución cesado por la cobertura normal de su puesto, salvo que se constate abuso de temporalidad para lo que debe existir al menos una medida eficaz para sancionarlo, algo que deja dirimir al Supremo. Y responde con carácter orientativo que la indemnización ante el cese planteada no es una medida suficiente por sí sola para sancionar el abuso en duración de temporalidad, si bien también le incumbe apreciarlo al juzgador nacional, en este caso un Tribunal Supremo que sostuvo que el pago de 12 días por año contemplado para los ceses de laborales por obra y servicio o por tiempo determinado sí sería una medida adecuada
- [29/03/2019] [Cinco Días/Ignasi Beltrán] El Tribunal Supremo dictamina en la resolución final del caso De Diego Porras que no tienen derecho a indemnización los empleados públicos laborales interinos cesados de forma reglamentaria. No entra a valorar el fraude de ley del abuso de duración de temporalidad
- [16/05/2019] [Cinco Días/ El País] La Comisión Europea afirma en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que España no tiene medidas contra el abuso de la temporalidad en el empleo público, descartando como válidas las OPEs de estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusados
- [24/05/2019] El Tribunal Supremo aplica a laboral interina de vacante 20 años de la Xunta de Galicia -sin necesidad de usar su doctrina de indefinido no fijo ante superación del plazo de los 3 años del EBEP en laboral- el famoso apartado 64 de la sentencia europea del asunto Montero Mateos ("si la duración es inusualmente larga deber examinarse si recalificar como contrato fijo") para declararla ... indefinida no fija. Y aunque no lo usa, intriga afirmando que ese plazo de 3 años no opera de modo automático
- [14/06/2019] El Tribunal Supremo confirma que laborales públicos interinos de vacante, aún de años, cesados como tales interinos por la cobertura reglamentaria de su puesto -como una OPE- tampoco tienen derecho a indemnización alguna. Aquí no se valoraba el Fraude de Ley por abuso de temporalidad.
- [16/07/2019] El Tribunal Supremo se reafirma que empleados públicos laborales interinos de vacante, aún de años, cesados como tales interinos por la cobertura reglamentaria de su puesto -como un concurso de traslados- tampoco tienen derecho a indemnización alguna. No se valoraba el Fraude de Ley por abuso de temporalidad y no usa el famoso apartado 64 de la sentencia europea del asunto Montero Mateos ("si la duración es inusualmente larga deber examinarse si recalificar como contrato fijo") . Nuevamente intriga afirmando que el plazo de 3 años del EBEP no opera de modo automático
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