'Ante las sentencias del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 14 de
septiembre de 2016 en los asuntos acumulados C 184/15 y C 197/15, y C
16/15, sobre sucesivos contratos de duración determinada en el sector de
la sanidad pública, la Federación de Sanidad y Servicios
Sociosanitarios de CCOO exige revisar el Estatuto Marco y cumplir lo que
declara el contenido de las sentencias
La Federación de Sanidad y Servicios Sociosanitarios de CCOO ha alertado reiteradamente de la situación actual de precariedad en el empleo sanitario público y el abuso que se está cometiendo en la concatenación de contratos en las distintas Administraciones Públicas. Entienden que los contenidos de estas Sentencias son de aplicación en todos los sectores de empleo público y, por tanto, de aplicación en el Sistema Nacional de Salud (SNS).
Por ello, exige la modificación de los artículos 9, 17, 29, 30, 44 y 45 del Estatuto Marco para, por un lado, generar una nueva situación administrativa, similar a la existente en la relación laboral para los empleados públicos, como es la de laboral indefinido no fijo, así como posibilitar la jubilación voluntaria parcial, establecer una indemnización en caso de cese y evitar así la discriminación que se produce entre la contratación de empleo público y la que se produce en el sector privado.
La Federación de Sanidad y Servicios Sociosanitarios de CCOO ha alertado reiteradamente de la situación actual de precariedad en el empleo sanitario público y el abuso que se está cometiendo en la concatenación de contratos en las distintas Administraciones Públicas. Entienden que los contenidos de estas Sentencias son de aplicación en todos los sectores de empleo público y, por tanto, de aplicación en el Sistema Nacional de Salud (SNS).
Por ello, exige la modificación de los artículos 9, 17, 29, 30, 44 y 45 del Estatuto Marco para, por un lado, generar una nueva situación administrativa, similar a la existente en la relación laboral para los empleados públicos, como es la de laboral indefinido no fijo, así como posibilitar la jubilación voluntaria parcial, establecer una indemnización en caso de cese y evitar así la discriminación que se produce entre la contratación de empleo público y la que se produce en el sector privado.