Del resumen de AMYTS al que hemos tenido acceso destacamos (como es habitual entre corchetes, comentarios in situ del editor de este blog):
- derogación exclusivamente de los puntos 1 y 2 del artículo 13.2 de la Ley 4/2012 de 4 de Julio de extinción de 26 categorías no sanitarias , pero no del artículo completo [ver N.E. 1 abajo] ni otros de la misma ley referentes a la privatización de servicios [como el propio punto 3 del artículo 13.2: "Se procederá de manera progresiva a la externalización de los servicios no sanitarios ..." cuya derogación no iría en el proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas aprobado por el gobierno, que todavía está sujeto a las que resultarán esenciales para la redacción final de dicha Ley enmiendas de adición, supresión o modificación por parte de los grupos de la Asamblea de Madrid]
- extinción de las empresas públicas de los Hospitales Infanta Cristina, Infanta Sofía, Sureste, Henares, Infanta Leonor y Tajo (pero NO de la Unidad Central de Radiodiagnóstico):