martes, 9 de abril de 2024

Publicadas en el BOCM más declaraciones de proceso superado del concurso de méritos del SERMAS según la ley 20/2021: categorías de Controlador de Suministros, Pintor, Mecánico y Costurera

 Este 08/04/2024 se han  publicado en el BOCM   y en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos las terceras declaraciones de personas que han superado el proceso de  convocatorias 2022 de procesos de estabilización de empleo temporal de la OPE 2022 del SERMAS  calificaciones definitivas del Concurso de Méritos según  Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad  en el caso del Servicio Madrileño de Salud, en concreto para las categorías de  Controlador de Suministros  , Pintor y Costurera, categorías que contaban con 4 plazaas, 8 plazas y 9 plzas todos, respectivamente , abriéndose además el proceso de elección de plazas ofertadas, en ambos casos igual en número al de personas que han superado el proceso y ninguna reservada al turno de discapacidad.

 

Este proceso de elección de plazas ofertadas tiene la particularidad, en comparación con la de las primeras categorías publicadas, al ser ya de categorías  de un cierto número de plazas, de ser , ya por el sistema de un formulario web de “Elección de plaza y documentación acreditativa”, por el que los que han superado el proceso selectivo tienen que rellenarlo en un plazo de días hábiles y donde deben marcar por orden los centros de preferencia para su destino. 

 

Las plazas ofertadas "se adjudicarán de acuerdo con la solicitud de elección de plazas y siguiendo el orden de puntuación final alcanzado por las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo".

 

Con toda probabilidad, este mismo procedimiento, y con la mismas instrucciones,  se utilizará para el resto de categorías como las de S.T.I.

 

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16 comentarios:

Anónimo dijo...


Es Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, ya sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.

Lo hace imponiendo unos dos mil euros en tasas a los trabajadores que han sufrido durante décadas el abuso de temporalidad en el sector público.


https://www.heraldo.es/noticias/aragon/2024/04/10/supremo-rechaza-dos-recursos-interinos-negativa-dga-hacerles-fijos-1725027.html



Después de 24 años de la Directiva 70/99 y más de 100 sentencias del TJUE al respecto. No sería serio que al Tribunal Supremo le surjan dudas después de las prejudiciales de Barcelona.

Eso por no hablar de la salud física y mental de las víctimas del abuso de temporalidad, por no haber tenido hijos o tener menos de los deseados, o por no haber podido establecer un hogar o como les ha afectado en sus relaciones sociales.



Anónimo dijo...

Completamente de acuerdo. Me uno a los daños de los queno se hablan y tienen que ver con tu salud física y mental además de las cosas que has dejado de hacer por la inestabilidad laboral.

Desgraciadamente todavía no han salido las prejudiciales del Contencioso y no se dan ni minimamente aludidos con la sentencia de los laborales a pesar de que el TJUE habla de temporalidad sin distinguir laborales o estatutarios y que la única mención que es diferente es la del INF que en el Contencioso no existe y es un invento de lo social.

Anónimo dijo...

Son unos pedazos de corruptos que no tienen escrúpulos y les importa una mierda los trabajadores. Hay que seguir el camino...,ir al TC y seguir hasta TEDH si se da el caso. Ya queda menos para la resolución del TJUE del contencioso. Hay que resistir...!!!

Anónimo dijo...

15:24 eso de resistir ??? Que lo digan los abogados que judicializaron esto y ahora estan desaparecidos, esto huele a estafa.
Prejudiciales ? Sera bis 22/02/2024 yyyy???Insisto donde estan los letrados que tenian apariciones diarias? Parece que se termino el curro, anda ya…

Anónimo dijo...

Troll

Anónimo dijo...

15:53

Resistir...!!! Es la manera de ganar está guerra de desgaste.

Anónimo dijo...



Para los que están en abuso de temporalidad, la solución llegará con las prejudiciales de Barcelona o con el procedimiento de infracción que la Comisión dijo que actuaría después de las prejudiciales.

Y para los que han estado en abuso de temporalidad y consoliden en un proceso de libre concurrencia (no es sanción según TJUE). Deben solicitar que se les indemnice por el abuso sufrido



https://twitter.com/pauamarti/status/1778009514786140237?s=35

Anónimo dijo...

Acaso 5000 euros le resuelve la vida? Eso es de enhorabuena? Eso es una M.
Eso no es sanción.

Anónimo dijo...

21:36 efectivamente, enlaces bulos sueños y cuentos , donde estan los iluminados letrados que aseguraron “ LA FIJEZA” no se los ve, ahh cdo tengan 76 prejudiciales y una mer , es una estafa hay que ir a por ellos , pillaron pasta y desaparecieron “ MALA PRAXIS” hay que demandarlos.

tritors dijo...

Llevo 6000 euros en procesos jurídicos en 3 denuncias (dos en 1° instancia y una con contencioso)...de momento 1 a 1 soy inf por abuso de temporalidad...mal que me pese en este país tenemos malas costumbres a que nos den todo hecho y a anteponer el dinero a lo que importa ...nuestros derechos..cuanta gente conocéis que vaya a tedh?...que son 12000 euros con el trabajo seguro y la compensación posterior?...conocéis a algún caso?...mientras que los juzgados no colapsen...nos iremos desangrando y a los últimos les quedarán las migajas...y serán los mínimos os lo aseguro...

Anónimo dijo...

16:28 Enhorabuena a los que ganan batallas, pero la guerra se ganará cuando los abusados estemos completamente reparados y los abusadores sancionados. Si no es así nada les impide volver a repetir abusos, fraudes y malas artes, ya sean nuevos o los por todos aceptados, deben pagar tanto los abusadores como sus cómplices necesarios, los sindicatos.

Anónimo dijo...

22:36. La de los cinco mil euros había superado un proceso de consolidación de empleo.
Es por cesar en su plaza, consolidó en otra.

Anónimo dijo...

Claro 22.23. Hay que leerlo todo.😉


https://www.xunta.es/rcp/listas/rcp_opo/opo_novas.jsp?rcpNUM_ORDEN=4381&lang=es

34,09 🤫

Anónimo dijo...

Un porrón de INF

https://www.xunta.gal/ficheiros/funcion-publica/normativa/relacion-postos-traballo/rpt-medio-rural.pdf

¿Van a ser Fijos?

Anónimo dijo...

22,23 no lo había entendido bien. Es la indemnización por el cese en su plaza...
Pero suena raro porque es como admitir que la indemnización es lo correcto. La indemnización debería ser más cuantiosa y por sanción no la de 20 días que ya dijo el tjue que no vale. O darle a elegir q le hicieran fija en su plaza anterior.

Anónimo dijo...

22:12 Qué reclamas en el TEDH, la falta de tutela judicial en España?