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lunes, 31 de agosto de 2020

[Plataforma Estatal de Trabajadores Públicos en Fraude de Ley] CONVOCATORIA: MANIFESTACIÓN 5 SEPT MADRID 12:00 de Neptuno a Colón " #FijezaYA CONTRA EL ABUSO DE TEMPORALIDAD" como sanción a las AAPP en cumplimiento de la normativa nacional y europea

 


 


'¿POR QUÉ DENUNCIAMOS ABUSO DE TEMPORALIDAD? 


  La Directiva 1999/70/CE, relativa a la contratación temporalexige que, si la normativa española no dispone de medidas equivalentes a las establecidas en la cláusula 5 de su Acuerdo marco, debe transponer la Directiva. En particular: las medidas han de ser el establecimiento de razones objetivas que justifique la temporalidad, el establecimiento de un límite temporal o de un número máximo de relaciones temporales sucesivas.

La normativa nacional vigente contiene medidas equivalentes a las establecidas en la citada cláusula para prevenir el abuso.

Sin embargo, son ineficaces porque se incumplen en el sector público sin consecuencias para el empleador. En consecuencia, España incumple los Tratados UE y toda autoridad nacional -incluida la Administración-, incumple su obligación de eliminar las consecuencias de este incumplimiento con medidas que sancionen el abuso.

La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que la Administración debe comprobar que toda relación temporal respeta esas medidas equivalentes para que, si no es así, se sancione el abuso.

La sanción ha de ser disuasoria para evitar que vuelva a producirse y compense al trabajador con su estabilización efectiva en el empleo o con medidas alternativas de tipo indemnizatorio. Lo contrario, permitiría que España burle el principio de primacía del Derecho de la Unión sobre toda norma nacional, incluida la Constitución.

 

viernes, 28 de agosto de 2020

[La Vanguardia] La Generalitat paraliza las oposiciones de Técnico/a Especialista en Educación infantil ante la gran cantidad de recursos presentados por los empleados de larga duración afectados

 Informa La Vanguardia este 27/08/202 que la Generalitat de Cataluña ha decidido suspender [paralizar en principio temporalmente] las oposiciones -cancelando la publicación anunciada de los listados de admitidos- de 756 plazas de personal laboral de técnico/a especialista en educación infantil [TEEI] con los puestos de sus temporales de larga duración al haber recibido un aluvión de recursos -200-  contra las convocatorias de los propios empleados temporales que argumentan que su situación laboral es de fraude de ley por abuso de temporalidad al no habese ejecutado antes en plazos razonables un proceso selectivo violando el plazo de 3 años exigido por el Estatuto Básico del Empleado Público para cubrir el puesto de tal forma que su temporalidad es injustificadamente larga y contraria a la Directiva 1999/70/CE de la Unión Europea,  Además la Generalitat , que justifica su decisión en la  imposibilidad de "dictar y notificar resolución expresa de todos los recursos presentados en el plazo establecido de un mes" sólo había incluido 376 plazas en los denominados "procesos de estabilización" [para los puestos temporales de más de 3 años] que tienen fase de méritos

miércoles, 29 de julio de 2020

Nueva convocatoria de puesto de perfil informático en la Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS abierta a personal estatutario explícitamente. Siguen sin utilizarse las categorías estatutarias de informática en los puestos informáticos de los Servicios Centrales del Servicio Madrileño de Salud, aunque esté explícitamente contemplado por ley y lo validara hasta el Consejo de Estado. Plazo hasta el 18 de Agosto

Acaba de publicarse en el BOCM de 28/07/2020 la convocatoria de provisión por el procedimiento de libre designación y de un puesto de trabajo de Responsable Administrativo con un perfil informático en cuanto a los méritos exigidos para la "Unidad Técnica de Procesos Selectivos y Concurso de Traslados" de la Subdirección General de Selección del Personal y Provisión fe Puestos de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud  [DGRRHH] de nivel retributivo 18   grupos C/D , con la particularidad llamativa de que está explícitamente abierta en su articulado tanto a personal funcionario como estatutario de la Comunidad de Madrid ,  como ya lo estuvo la convocatoria en 2018  de un puesto de perfil de dirección de proyectos y equipo informáticos en la misma Dirección de Recursos Humanos del SERMAS ,que quedó desierta.

Como ya decíamos en la entrada de aquella convocatoria, curiosamente, en cuanto al personal informático de las categorías estatutarias de Tecnologías y Sistemas  de la Información existentes, y ante las reclamaciones de esta asociación de que el personal informático propio estuviera regulado en las categorías estatutarias y que éstas fueran de uso en lo servicios centrales del SERMAS-, la propia Consejería de Sanidad y esta Dirección General de RRHH defendía en las reuniones de hace unos años con esta asociación que no era posible disponer de personal estatutario en los servicios centrales del servicio de Salud, llegando incluso a haber  un recurso de inconstitucionalidad del propio Gobierno del Estado al artículo de una ley aprobado por la mayoría de la oposición de la Asamblea de Madrid ante nuestra petición con el que se consiguió  extender el ámbito inicial de esas categorías estatutarias específicas de informática a los servicios centrales del SERMAS - totalmente externalizados y adonde se está llevando casi toda la función informática en un proceso de centralización, en parte lógico-.


lunes, 27 de julio de 2020

[CSIF Andalucía Sector local] 'Por el fin de la precariedad en el empleo en las Administraciones Locales de Andalucía'' [mediante procedimientos en concordancia con la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia del 19/03/2020]


'Los Ayuntamientos y Diputaciones de Andalucía tienen que identificar las plazas que han de estabilizarse y consolidarse, para poder solucionar la enorme temporalidad que existe en nuestras Administraciones Locales. Es su responsabilidad. El plazo acaba el próximo 31 de diciembre, si no hay una prórroga provocada por la situación de paralización de los trámites administrativos que se ha producido durante el Estado de Alarma.

Estos procedimientos deberán tener como referente lo dispuesto en la Directiva Europea 1999/70/CE, la cual prevalece sobre cualquier otra normativa, y estar en concordancia con la Sentencia del TJUE de 19 de Marzo de 2020 sobre abuso de la temporalidad de las Administraciones Públicas en España y su erradicación. En ello se ha basado la Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número cuatro de Alicante, en el orden jurisdiccional español que, aunque no es firme, introduce la declaración a una persona interina como fija con todos los derechos de inamovilidad que tiene el funcionariado.

A esto se suma al reciente anuncio del Ministerio de Función Pública sobre la intención de realizar cambios normativos en el Estatuto del Empleado Público para erradicar el abuso de la temporalidad en las distintas administraciones públicas bajo criterios únicos y romper así con la discrecionalidad que viene estando presente en cada proceso y en cada nivel de la Administración Pública. Es un problema generado desde el nivel político y son ellos los responsables de dar una solución definitiva e inequívoca.


[FeSP UGT Madrid - Sector Autonómico] 'Firma del Acuerdo de la Mesa General de empleadas y empleados públicos de la Comunidad de Madrid sobre el Proyecto de Decreto que regulará el teletrabajo en la Administración regional [para personal funcionario y laboral administración General y de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid; no incluye al personal estatutario del SERMAS, docente, justitica, etc que tiene ámbitos sectoriales de negociación diferentes]

'Hoy 24 de julio se ha celebrado la reunión de la Mesa General de empleadas y empleados públicos de la Comunidad de Madrid, en la que se ha firmado el Acuerdo alcanzado relativo al borrador de proyecto de Decreto por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid.

Este decreto será aplicable al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus organismos autónomos y entes públicos dependientes, incluido dentro del ámbito de aplicación del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid, del Convenio Colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid y del Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid vigentes, o de las normas convencionales que los sustituyan, en su caso.

Este Decreto no afectará a personal docente, ni a personal estatutario, ni a personal al servicio de la Administración de Justicia, porque la regulación del teletrabajo para ellos se ajustará a los acuerdos o disposiciones que se adopten en sus respectivos ámbitos sectoriales.


jueves, 23 de julio de 2020

[CCOO Ayuntamiento de Alicante] 'La Junta de Personal se reunirá para decidir si solicita o no al Sr. Alcalde que no recurra la sentencia del JCA Nº4 de Alicante, sobre el personal interino. Seguiremos trabajando por la reducción del empleo precario en el Ayuntamiento de Alicante con las mayores garantías para el personal afectado'. [CCOO votará en contra de que el Ayuntamiento acate la sentencia que concedía la fijeza a una funcionaria interina de larga duración que había accedido por proceso selectivo como sanción al abuso de temporalidad, sentencia de fijeza en base a la Directiva Europea y las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea especialmente la reciente de 19/03/2020]

[23/07/2020] 'En cumplimiento de lo solicitado mediante instancia del 2 de julio, firmada por 9 compañeros y compañeras interinas del Ayuntamiento de Alicante, mañana, 24 de julio, la Junta de Personal está convocada en sesión plenaria para decidir si solicita o no al Sr. Alcalde que no recurra la sentenciadictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo no 4 de Alicante, el pasado 8 de junio, en cuyo fallo se reconoce para una compañera interina del Ayuntamiento de Alicante la “situación jurídica individualizada de la recurrente al reconocimiento de su condición de empleado público fijo y a permanecer en su puesto de trabajo que actualmente desempeña con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para los funcionarios de carrera comparables, sin adquirir la condición de funcionario de carrera”.

CC.OO. Ya hicimos pública nuestra posición respecto a esta sentencia, mediante informeemitido por los Servicios Jurídicos del sindicato pero creemos conveniente recordar esos argumentos: El acceso a la Función Pública en España está regulado por la normativa en vigor y refrendado por el derecho y la jurisprudencia, y no permite la conversión directa del personal interino en fijo, pues para conseguir esa condición debe superarse el correspondiente proceso selectivo, cuestión reconocida por el TJUE y que la sentencia parece ignorar.

Además, ese sistema de acceso es el que defiende CCOO, pues ha sido aceptado por todos los actores sociales desde su establecimiento, es el que garantiza el respeto a la igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia de quienes aspiran a trabajar en ella y que, a su vez, protege a nuestra Administración Pública, la de toda la ciudadanía, del uso partidista que la clase política gobernante pudiera intentar hacer de ella.


miércoles, 22 de julio de 2020

[AMYTS] Informe de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 16 y21 de Julio de de 2020 [bases generales de las convocatorias pendientes de la OPE 2018 y de facultativos especialistas de la OPE 2019 del SERMAS, con procesos de estabilización de puestos temporales de larga duración, concurso de traslados de las convocatorias de la OPE 2017 y 2018 ya en curso, productividad variable 2019,...]

Informa AMYTS el 16/07/ ha tenido lugar el mismo día 2020 y este 21/07/2020  de la reunión ordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar  en esos dos días 16 y 21 de Julio de 2020con este orden del día:

1.- Lectura y aprobación del Acta de la reunión anterior. 
2.- Procesos selectivos por el turno de promoción interna:    
– Características del examen
– Número de temas
– Número de Preguntas
– Tiempo del examen
3.- Concurso de Traslados:
Aprobación del modelo de bases para las categorías cuyos procesos selectivos de estabilización ya han sido convocados.
4.- Procesos selectivos por el turno libre:     
– Aprobación bases generales
– Aprobación baremos
5.- Información sobre las plazas a incluir en los concursos de traslado a convocar.   
6.- Productividad variable por objetivos 2019.   
7.- Ruegos y Preguntas.
 
aportando el sindicato médico madrileño sus habituale amplio resumen, en dos partes correspondientes a cada día [ Informe de AMYTs de la parte del día 16, informe dela parte del dia 21] nuevamente de forma abierta, resumen del que destacamos [con comentarios o datos nuestros en cursiva entre corchetes y con enlaces sobre el texto siempre nuestros] :


  •  Aprobación bases generales OPE [ debemos suponer que de las  46 especialidades médicas pendientes tanto de la OPE 2018 como de la OPE 2019 y del resto de convocatorias de 20 categorías pendientes de la OPE 2018 según se decidió en la anterior reunión de la Mesa]: 
    • Sanidad ha incorporado en la versión final de las bases con las que se publicarán estas convocatorias la solicitud de los sindicatos que no se de opción al tribunal de fijar una nota de corte superior a la pactada de la mitad de la  media de las 10 mejores notas
      ,

lunes, 20 de julio de 2020

[Noticias de Gipuzkoa] El Gobierno del Estado mantiene la discrepancia previa al recurso de inconstitucionalidad que planteó a los procesos restringidos de consolidación de la ley vasca de policía publicada el año pasado, también previstos en el Proyecto de Ley de Función Pública vasca y se remite a los procesos de estabilización de las leyes de presupuestos estatales de 2017 y 2018 -los procesos de estabilización- como los únicos posibles

Informa Noticias de Gipuzkoa este 20/07/2020 que el acuerdo parcial al que han llegado el Gobierno del Estado con el Gobierno Vasco en la Comisión Bilateral por las discrepancias [previas a recurso de inconstitucionalidad]  planteadas por el gobierno estatal a varias leyes del parlamento vasco, entre ellas la Ley vasca 7/2019 de modificación de la Ley de Policía publicada el año pasado, no ha incluido tal y como se publica en el mismo día de hoy el Boletín Oficial de ambas partes, acuerdo alguno sobre la Disposición transitoria décima de la citada ley regional de "Procesos selectivos de consolidación de empleo en los cuerpos de Policía local",  que establecía para el caso de la policía de las AAPP de esta CCAA, y al igual que el "Proyecto de Ley de Empleo Público Vasco" para todas sus AAPP, que las entidades locales cuyo Cuerpo de Policía local tenga un  porcentaje de interinidad superior al 40% pudieran realizar procesos especiales de consolidación de empleo con un turno diferenciado de acceso restringido a los propios interinos con más de 8 años de antigüedad en la administración convocante  en la categoría de las plazas convocadas, apuntando el medio que, si bien estos procesos contarían además de la fase de méritos con una fase de oposición, ésta sería práctica con pruebas de pericia en las tareas habituales del puesto.


lunes, 13 de julio de 2020

Recordatorio. Jueza de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, premio a la Calidad del CGPJ, en una "didáctica" sentencia reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayuntamiento de Alicante siguiendo la Directiva Europea 1999/70/CE y las sentencias del Tribunal Europeo, especialmente la reciente de 19/03, asunto Sánchez Ruiz, que sigue minuciosamente para determinar que el abuso es evidente, que no vale como sanción ni OPE ni el proceso de estabilización ya emprendido con su puesto, ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco indemnizaciones al no existir para los funcionarios y ser inasumibles si se crearan específicas y realmente disuasorias, considerando más sensata la fijeza que además respeta el ordenamiento jurídico español al haber superado un proceso selectivo la demandante. UGT discrepa que sea legal, CSIF y CCOO exigen medidas sancionadoras urgentes a la vez que instan a ejecutar los procesos de estabilización ya acordados. La sentencia no es firme: el Ayuntamiento de Alicante recurrirá la sentencia.

[Recordatorio de entrada publicada el 17/06/2020] Este pasado jueves conocíamos la pionera sentencia de la magistrada titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Alicante del8 de Junio  (en el rec. nº 813/2019) , en la que declaraba la  transformación en fija a una funcionaria interina 13 años delAyuntamiento de Alicante, con "derecho a permanecer en su puesto de trabajo y  con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que tiene los  funcionarios de carrera", aunque sin adquirir esa denominación como tal, como sanción según la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE al fraude de ley por abuso de temporalidad que reconoce como "evidente" aplicando tanto para este reconocimiento del fraude del abuso como para la determinación de la debida sanción la jurisprudencia previa del Tribunal Europeo y  muy especialmente la reciente e importante  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" . Decimos que es una sentencia pionera porque es la primera sentencia del ámbito de los contencioso-administrativo, es decir, sobre personal empleado público de tipo funcionarial (funcionario o estatutario de servicio de salud) que además de reconocer el abuso en un funcionario interino ya de vacante en base a la normativa europea no aplicando la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo decide conceder la fijeza como sanción.  

Esta misma solución ya está siendo concedida por algunos juzgados de lo Social y por la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia  , para la misma situación en empleados públicos temporales de larga duración pero bajo contrato de personal laboral y  que han superado algún tipo de proceso selectivo de libre concurrencia para acceder a ese puesto, siempre como sanción al abuso de temporalidad en base a la citada directiva europea que regula los límites de los empleos temporales.


Recordemos que esa esperanzadora sentencia del Tribunal de Justiica de la Unión Europea de 19/03/2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  determinó que -en contra en la práctica de la jurisprudencia superior contencioso-administrativa española-  también hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal empleado público bajo relación administrativa, que como exige la normativa europea ante el abuso constatado , requiere de forma "indispensable" de una sanción, sentenciando que le corresponde al ordenamiento español fijar pero realizando la orientación de que en todo caso que no puede valer como tal sanción ni la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de los procesos de estabilización decididos desde el Gobierno del Estado como solución para todos los puestos temporales de más de 3 años- ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco una indemnización salvo que  sea específica contra el abuso y suficientemente disuasoria. En cuanto a la fijeza el más Alto Tribunal  se limitó a recordar que no es una sanción obligatoria siendo "indispensable" que en todo caso existe una medida de sanción suficiente y disuasoria, y que el juzgado remitente de las cuestiones prejudiciales había afirmado que el ordenamiento jurídico español no permite obtener la fijeza si no se ha superado un proceso selectivo.


miércoles, 8 de julio de 2020

Nueva sentencia de Juzgado de lo Contencioso de Murcia nº 3 cita la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 en una demanda con petición máxima de fijeza de un funcionario interino ya de vacante expuesta a OPE tras concantenar interinidades de programa durante más de 9 años y reconoce que aquí sí hay abuso de temporalidad pero la "sanción" que aplica es la actual doctrina del Tribunal Supremo, en este caso, quedarse como ya estaba de interino de vacante expuesto a una OPE ya publicada y sin derecho ganado a indemnización. CCOO de Murcia, que llevaba su caso, "muestra su satisfacción" por la sentencia y resalta que obliga a que no se oculten pruestos estructurales que se convoquen a procesos selectivos como los de estabilización ya acordados con los puestos temporales de larga duracion

La misma magistrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Murcia que ya dictara una sentencia determinando, pese a la sentencia del Tribunal Europeo de  19/03/2020  del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros",  que no se daba abuso de temporalidad  en el caso  un funcionario interino en misma vacante 10 años que demandaba de exclusión de su puesto de una OPE,  al estimar que el puesto había sido convocado  4 veces antes a concursos de provisión (para ya fijos) y promoción interna y tratarse de un único nombramiento, ha dictado una nueva sentencia el 25/06/2020 en la que también analiza los posibles efectos a un caso de esta famosa sentencia europea.

Se trata en concreto de la sentencia a la demanda de una funcionaria interina 12 años que concatenó durante 9 años, más de los 3 años como máximo previsto por el Estatuto Básico del Empleado Público,  nombramientos de funcionaria interina de programa para un programa municipal del Ayuntamiento de Murcia, acabando transformada de oficio  en interina de vacante en 2017, vacante incluida en la OPE de 2018 del Ayuntamiento de Murcia, y demanda  en la que solicitaba como sanción al abuso de temporalidad en base a las cláusula 5ª de la Directiva europea  y ante la ausencia de medidas sancionadoras eficaces en la legislación española, la "transformación de su nombramiento  en otro de carácter estable": "funcionaria de carrera", "empleada pública fija" o "indefinida" (por ese orden).


lunes, 6 de julio de 2020

Publicados los listados de aprobados de la fase de oposición de 2 categorías del primer grupo de convocatorias 2019 de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de "estabilización" de puestos temporales de larga duración: Pinche y Técnico de Radiodiagnóstico

El pasado viernes 04/07/2020 se publicaban  los llistados de aprobados de la  fase de oposición  de 2 categorías más  de las  convocatorias publicadas  en Febrero  de 2019 de los procesos selectivos de las categorías  incluidas en el primer grupo de categorías  de la OPE 2018 del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización" del los puestos temporales de más de 3 años, es decir ,   con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se derivaba  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  (que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, instando a que la temporalidad quedara reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos):

fijándose el plazo para presentación de méritos de la fase de concurso del 6 al 24 de juloo de 2020 (ambos inclusive).

Ya se habían publicado los listados de aprobados de la fase de oposición de la OPE 2017 y de 4 categorías de las OPE 2018  del SERMAS con plazas de "estabilización" de los puestos temporales  de más de 3 años y están pendientes de convocatorias una parte de los procesos  de estabilización de la OPE 2018 y todos de la OPE 2019 del SERMAS.



Recuérdese que las bases son las que se acordaron por gran mayoría, pero no unanimidad, en la  Mesa Sectorial:

[Área Pública de CCOO nacional] 'El secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública se compromete con CCOO a negociar un nuevo acuerdo y a cumplir íntegramente los anteriores Tras conocer la valoración y los datos expuestos por CCOO, el secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública trasladará a las CCAA y a la FEMP la necesidad de cumplir los acuerdos y la urgencia de culminar las ofertas de empleo público ordinarias y los procesos de estabilización y consolidación.'

'Este jueves ha tenido lugar la reunión de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo, tras largos meses de ausencia de convocatorias.
En primer lugar, CCOO ha puesto de manifiesto la falta de diálogo durante tanto tiempo. Si bien ha podido estar justificada por la crisis sanitaria producida por la Covid-19, no es menos cierto que este se podía haber tenido como se ha hecho en el ámbito de la mesa de coordinación del empleo público con las CCAA y la FEMP.

Esta ausencia de diálogo ha generado una falta de coordinación de las medidas que se han ido implementando en las distintas administraciones públicas durante todo el período de confinamiento y desescalada, y una falta de desarrollo de los acuerdos suscritos con función pública en los años 2017 y 2018, hecho que ha repercutido gravemente en los servicios públicos, solo resuelto en parte por el empeño y profesionalidad de las empleadas y empleados públicos.

CCOO no puede aceptar la visión inicial, planteada por el Secretario de Estado, de que el grado de cumplimiento del Acuerdo es bueno en general. El sindicato no considera que se hayan cumplido los objetivos principales, ni de recuperación de poder adquisitivo ni de disminución de la temporalidad y la precariedad.

Dicho lo anterior, desde el Área Pública de CCOO hemos reclamado al Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública un calendario que nos permita impulsar los compromisos adquiridos e iniciar la negociación de un nuevo acuerdo que permita seguir recuperando empleo y salarios, implementar las medidas de igualdad y corresponsabilidad en todas las administraciones públicas, recuperar la jornada de 35 horas, una regulación seria del teletrabajo o modalidad no presencial, jubilación anticipada, entre otros.

En este sentido, para el sindicato es necesario acabar con la precariedad laboral implantada en el ámbito de las administraciones públicas y terminar con la alta tasa de temporalidad existente, así como recuperar el empleo público perdido desde la anterior crisis de 2008. Para ello es imprescindible eliminar la tasa de reposición y culminar las ofertas de empleo público ordinarias, así como los procesos de estabilización y consolidación.


viernes, 3 de julio de 2020

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón usa la sentencia europea de 19/03/2020 junto con otras como la del Asunto Mascolo - el caso similar de docentes italianos - para determinar que una situación de acumulación en un profesor de interinidades por curso, aún sin contrato en verano, ante la carencia de convocatorias para cubrir el puestos de forma fija, es un fraude de ley por abuso de temporalidad de la Directiva Europea y ante demanda de equivalente a indefinido no fijo concede derecho a una indemnización disuasoria por abuso a determinar en caso de cese

La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, como ya hizo el de La Rioja, acaba de utilizar en dos sentencias (la 124/2020 de 18/05/2020  y la sentencia  de 139/2020 de 9 de Junio  donde reitera tal cual la doctrina de la anterior) la famosa sentencia europea de 19/03/2020 , la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto  acumulado Sánchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros  (por dos demandas de casos del SERMAS (un caso de un informático nuestro y el otro caso de 5 odontólogas)  junto con otras sentencias europeas como la del Asunto Mascolo - el caso similar de docentes italianos - para determinar que una situación de acumulación en un profesor de interinidades por curso -12 cursos en la 2ª sentencia-, aún  sin contrato en verano, ante la carencia de convocatorias para cubrir el puestos de forma fija, es un fraude de ley por abuso de temporalidad de la Directiva Europea, tal y como fundamentaba el letrado de los empleados públicos, el conocido Fabián Valero Moldes,  y ante una demanda con petición del equivalente al a figura del laboral indefinido no fijo concede el derecho a una indemnización disuasoria por abuso de temporalidad en el caso de cese y  a determinar en ese momento (bajo la óptica de que sea disuasoria se entiende que debería ser).

Estas sentencias son importantes porque además de que se dan en un sector donde no se solía reconocer el abuso a las interinidades por curso, el Tribunal  regional llegar a esa conclusión tras trasladar los pasajes de la sentencia europea  de 19/03/2020 que determinan:
  • la mera referencia en el propio nombramiento de que es por "urgencia y necesidad" no vale para admitir que se da esa "causa objetiva" que evitaría el establecimiento del abuso
  • establecido el abuso se requiere de forma "indispensable" una sanción efectiva, proporcionada y disuasoria que le corresponde al ordenamiento español fijar pero orientando el Alto Tribunal  que en todo caso que no puede valer como tal sanción ni la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de los procesos de estabilización decididos desde el Gobierno del Estado como solución para todos los puestos temporales  más de 3 años- ni la figura del indefinido no fijo y  una indemnización por si sola solamente podría valer si es específica contra el abuso y suficientemente disuasoria

[Fesp UGT nacional] 'UGT denuncia que la temporalidad en las Administraciones Públicas ha aumentado en más de cuatro puntos entre 2017 y 2020. El sindicato reclama una solución definitiva y negociada al problema de la precariedad laboral y pide articular mecanismos para frenar su uso abusivo' [Además, entre las medidas propuestas está "agilizar las convocatorias para culminar los procesos de estabilización"]

'La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos asiste este jueves a la reunión de la Comisión de Seguimiento de los  acuerdos de 2017 y 2018 con un objetivo prioritario: buscar una solución definitiva y negociada al problema de la temporalidad en las Administraciones Públicas. El sindicato ha hecho un balance de los acuerdos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, firmado en 2017 y 2018.

Según datos de FeSP-UGT, el empleo público se ha incrementado en 74.545 efectivos durante el periodo de vigencia del acuerdo. Este aumento se ha producido principalmente en las Comunidades Autónomas y entidades locales, mientras que en la Administración General del Estado ha disminuido en 9.299 personas.

El aumento de empleo que se ha experimentado durante este periodo ha sido precario, se han destruido más de 60.000 puestos fijos y se ha incrementado el empleo temporal e interino en 118.862 plazas, lo que supone pasar de una temporalidad del 16,67% al 20,77%, cuatro puntos más que cuando se firmó el primer acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos en 2017.

El pasado mes de enero, UGT denunció el importante retraso que se estaba produciendo en los procesos de estabilización de empleo destinados a reducir la precariedad en las Administraciones. Hasta esa fecha solo la Administración de Justicia había cumplido la convocatoria de plazas comprometidas. Esta situación se ha agravado con la crisis de Covid-19.


[CSIF nacional] 'Reunión con el Ministerio de Función Pública. El ministerio cita a los sindicatos para negociar un nuevo acuerdo en septiembre. CSIF pide refuerzo y estabilidad para las plantillas de las administraciones públicas' [CSIF reclamó el desarrollo de las ofertas de empleo público pendientes de ejecución.]

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, reclamó hoy al Ministerio de Política Territorial y Función Pública el refuerzo urgente de las plantillas y el desarrollo de las ofertas de empleo público pendientes de ejecución.

CSIF mantuvo hoy una reunión de seguimiento de los acuerdos de estabilidad y mejora de las condiciones laborales firmados en 2017 y 2018. Entonces, el Gobierno se comprometió a rebajar la tasa de temporalidad del 23 al 8 por ciento en 2020. Pues bien, por la parálisis e inestabilidad política de los últimos años, así como la falta de eficacia de las diferentes administraciones, nos encontramos con que la temporalidad se sitúa en la cifra récord del 27,8 por ciento (cifras EPA).  Además, según datos de CSIF, el 64 por ciento de las ofertas de empleo público aprobadas desde 2017 están sin ejecutar.

jueves, 2 de julio de 2020

[FesP de UGT/CCOO/USO Diputación de Sevilla] Comunicado conjunto de 24/06/2020 [aprobada su propuesta de anular el calendario de OPEs de estabilización en la Diputación y esperarse a conocer la propuesta de modificación del EBEP del Ministerio de Función Pública]

[24/06/2020] 'En el día de hoy se ha celebrado Mesa General de Negociación, solicitada por las secciones sindicales de UGT, CCOO y USO , para tratar el tema de la suspensión de las Ofertas Públicas, tanto de Consolidación como de Estabilización como las libres ocupadas por personas que pudieran estar en fraude de ley en virtud de la Sentencia del Contencioso-Administrativo num 4 de Alicante y las posibles modificaciones que pudieran llevarse al EBEP.

Con respecto a nuestra propuesta se ha aprobado las siguientes medidas:
  • Anular la actual planificación de calendario para la realización de los exámenes de las oposiciones de Consolidación, Estabilización y OPEs libres con plazas de personas potencialmente afectadas por ser interinos de larga duración con el objetivo de ralentizar las convocatorias
  • Esperar a conocer la propuesta que desde el Ministerio de Política Territorial y Función Pública se pueda hacer del EBEP que pueda dar solución a la situación de interinidad de larga duración.
  • Una vez conocido el alcance de la misma, previsto para el próximo mes de septiembre, sentarnos para su aplicación en la Diputación
  • Lo que han dejado claro es que no van a dejar caducar las Ofertas Públicas, aunque han señalado que hoy ha salido publicado en el BOE el Real Decreto 23/2020, de 20 de junio, por el que se aprueban medidas de reactivación de la actividad económica y en cuyo artículo 11 se establece que la caducidad de las Ofertas de Consolidación y Estabilización se extiende a final de 2021
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miércoles, 1 de julio de 2020

[Área Pública CCOO nacional] 'CCOO exige a Función Pública el cumplimiento de los acuerdos' [de Mejora del Empleo Público de 2017 y 2018, incluidas OPEs de estabilización; reunión este jueves de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público]

'CCOO va a exigir a la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, en la reunión de mañana de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo, su compromiso claro, rotundo e ineludible con los acuerdos suscritos en todos sus puntos: empleo, estabilización y consolidación, planes de igualdad, retribuciones, jornada y resto de materias contenidas en el acuerdo.

El sindicato exigirá también la negociación urgente de un nuevo acuerdo que garantice el poder adquisitivo y siga mejorando las condiciones de las trabajadoras y trabajadores de los servicios públicos, destierre definitivamente la precariedad, incremente las plantillas y elimine las limitaciones generadas por la tasa de reposición.

Las ofertas de empleo público ordinarias y los procesos de estabilización y consolidación del empleo público acumulaban un enorme retraso, ya antes de la pandemia del Covid-19. Como hemos denunciado desde CCOO, entre los diferentes sectores públicos hay 293.257 plazas pendientes de ejecutarse de las ofertas de 2017, 2018 y 2019, teniendo pendiente aún la mayoría de los sectores la negociación de 2020.

Es imprescindible que las administraciones públicas que no están respetando los compromisos adquiridos cumplan los acuerdos, tanto en los aspectos de empleo como en los retributivos. Acuerdos que, en ambas materias, están trasladados íntegramente a los Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018, y que, al tener carácter básico, son de obligado cumplimiento para todas las administraciones públicas y el sector público empresarial. En caso de no respetarse, se estaría incurriendo en una ilegalidad. Igualmente, se deben legislar, sin más dilación, las medidas sancionadoras a este respecto y realizar modificaciones normativas que frenen el abuso en la contratación temporal.


martes, 30 de junio de 2020

[Europa Press] Interinos de la Región de Murcia reclaman un puesto fijo por abuso de temporalidad en base a la normativa europea . Aluvión de demandas tras la sentencia favorable de un juzgado de Alicante

Informa Europa Press estr 29/06/2020 que  la Asociación de Interinos Docentes de la Región de Murcia (AIDMUR) ha informado que 120 interinos de la Región de Murcia ya han presentado demandas judiciales solicitando ser fijos por abuso de temporalidad en base a la directiva europea 1999/70/CE  y que se "espera un aluvión" de nuevas demandas entre los  8 mil empleado públicos temporales en dicha situación  tras la  sentencia que el medio repasa de la jueza del juzgado de lo Contencioso nº4  de Alicante  - sentencia que el medio repasa  y que reconocía y sancionaba el abuso de temporalidad estimando la demanda de transformación en fija a una funcionaria interina de 13 años del mismo  Ayuntamiento [ aplicando la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" ]-,

viernes, 26 de junio de 2020

[Diario Información] El concejal de RRHH del Ayuntamiento de Alicante informa de sentencia de otro juzgado que rechaza convertir en fija a otra funcionaria interina suya de más de 10 años


Informa Diario Información este 25/06/2020 que durante el pleno de ayer del Ayuntamiento de Alicante  tras la  sentencia que el medio repasa de la jueza del juzgado de lo Contencioso nº4  de Alicante  - sentencia que reconocía y sancionaba el abuso de temporalidad estimando la demanda de transformación en fija a una funcionaria interina de 13 años del mismo  Ayuntamiento aplicando la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 [del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" ]-, el concejal de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Alicante ha informado de otra sentencia de otro Juzgado, el nº2  de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, en la que se desestima una demanda idéntica de fijeza de otra funcionaria  interina más de 10 años, si bien este juzgado también admite que es "indiscutible" que la administración local ha "desnaturalizado" la figura del funcionario interino por el tiempo transcurrido siendo "evidente" que atendía a necesidades estructurales, pero este juzgado afirma que la sentencia europea  "no prevé la conversión en empleado público fijo" y "no modifica" lo establecido por el Tribunal Supremo.





jueves, 25 de junio de 2020

[FesP UGT Nacional] 'El Gobierno prorroga hasta 2021 el periodo para ejecutar la OPE y los procesos de estabilización comprometidos en los acuerdos de 2017 y 2018'

'UGT reclamó esta medida en la primera reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas que se celebró el pasado 15 de junio.

La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos ha calificado de muy buena noticia la publicación hoy en el BOE de una medida que permitirá ampliar las habilitaciones para ejecutar la Oferta de Empleo Publico y los procesos de estabilización de empleo temporal, tal como reclamó UGT.

UGT fijó como una de sus prioridades en la negociación el empleo público. El sindicato incidió, en la primera reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, en la necesidad de culminar los procesos de estabilización y consolidación para disminuir la precariedad. Estos procesos ya arrastraban un importante retraso en su ejecución, una circunstancia que se ha agravado con la paralización de las convocatorias durante la crisis del Covid-19.