lunes, 2 de noviembre de 2020

Recordatorio [22/10/2020] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea , ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués, resuelve en un Auto que ya tiene establecido que es contraria a la Directiva europea una normativa nacional, como la del empleado público en Portugal, que prohíbe la conversión en fijo en todo caso en un sector público, si la normativa nacional no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad en ese sector. Cita, entre otras, la reciente sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros"

[Recordatorio de entrada publicada el 22/10/2020

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha publicado recientemente su decisión en el Asunto C-135/20 o asunto "J.S./Cámara de Gondomar", una "petición de decisión prejudicial"  [consultas vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales nacionales] relacionada con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público, en el caso de una empleado pública portuguesa cesada tras 13 años de contratos temporales en una piscina municipal , petición que había planteado el 12/03/2020 el Tribunal Supremo Administrativo portugués con dos preguntas al Tribunal Europeo en dicha petición, básicamente:
  • si es contraria a dicha cláusula 5ª una normativa nacional que prohíbe "en todo caso" la transformación de los empleados temporales de entidades públicas en fijos
  • si la transformación en fijo es la única medida contra los abusos compatible con la Directiva

Como era de esperar tras la sentencia el año anterior del Tribunal Europeo al  asunto C-331/17 o "Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma", el Tribunal Europeo ha respondido en la forma rápida de Auto (es decir no de Sentencia con su procedimiento normal y muy largo con Vista y Conclusiones), al considerar que la respuesta "puede deducirse claramente de su jurisprudencia",

Así, este Auto de fecha 30/09/2020 [ver aquí el original disponible en portugués, y en francés por el TJUE y ahora también en español gracias a la traducción jurada realizada por el Despacho de Javier Arauz], el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reitera que :

Proposición de Ley del Grupo Plural para regular vía el Estatuto Básico del Empleado Público la posiblidad en cuerpos sin OPE desde 2010 de un turno especial de acceso con hasta el 70% de las plazas para un proceso selectivo de concurso-oposición restringido a los funcionarios temporales más de 10 años en dichos cuerpos

El Grupo Parlamentario Plural, grupo formado por los 12 diputados de  JxCat [8 diputados], Más País [2], Compromís [1] y BNG [1] ha presentado en el Congreso una Proposición de Ley de modificación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público" [EBEP] (nº de iniciativa 122/94), por la que -ante la situación "excepcional" de elevada temporalidad y duración de dicha temporalidad existente en numerosas AAPP que reconoce en su exposición de motivos en la que también hace un repaso de jurisprudencia europea y constitucional- este grupo propone añadir al EBEP disposición transitoria , con la siguiente redacción:


«Disposición transitoria décima. Turno especial de acceso a cuerpos, escalas y categorías que no han sido objeto de oferta de empleo público con posterioridad a 1 de enero de 2010.

domingo, 1 de noviembre de 2020

Entradas más vistas de la semana 25/10/2020-1/11/2020 en este blog: debate en Congreso de PNL de PSOE para "mejorar" regulación del personal interino, Supremo rechaza fijeza a trabajadores de consorcios integrados readmitidos tras despido nulo ya en entidad pública, propuesta de declaración institucional de apoyo a temporales públicos de larga duración en Ayuntamiento de Alicante, moción sobre conversión a fijos en Donostia, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 30 de octubre de 2020

[Min. Sanidad] 'Detectada una campaña de envío masivo de correos electrónicos maliciosos que intentan suplantar la identidad del Ministerio de Sanidad'

'El Ministerio de Sanidad informa de que se ha detectado una campaña de envío masivo de correos electrónicos maliciosos que intentan suplantar la identidad del Ministerio de Sanidad mediante la duplicación de la imagen corporativa y el uso de dominios de correo inexistentes, como @mscbs.gob.es. Estos correos contienen información relacionada con términos como el coronavirus, la COVID-19, Estado de Alarma y otros.

Hay que tener en cuenta que desde el Ministerio de Sanidad no se envían correos desde el dominio @mscbs.gob.es, por lo que todas las direcciones de correo procedentes de ese dominio son falsas: aviso@mscbs.gob.es, covid@mscbs.gob.es, etc.

Debate de ayer 29/10/2020 en la Comisión de Función Pública del Congreso donde se aprobó la Proposición No de Ley del Grupo Socialista para instar al Gobierno a reformar el Estatuto Básico del Empleado Público para "mejorar la regulación del personal interino" finalmente en una forma final idéntica a la aprobada en el Senado: buscando una "solución" legal consensuada con las CCAAs y los sindicatos. El PSOE dice que deberá cumplir con la sentencia europea de 19/03/2020 pero también con las novedades de jurisprudencia nacional citando la reciente del Tribunal Supremo [¿la de 24/09/2020, una sentencia que niega el abuso en una situación de único nombramiento de una interinidad de vacante prolongada?]. El Grupo Plural anuncia que ha presentado una Proposición de Ley de un turno especial de acceso restringido a interinos de más de 10 años en cuerpos sin OPE desde 2010]

En el  día de ayer jueves 29 de Octubre 2020, se debatía en la Comisión de Política Territorial y Función Pública del Congreso de los Diputados, según lo previsto en el orden del día, la primera de las propuestas de la   proposición no de ley (PNL) (Núm. Exp. 161/001290/0000) que había presentado en Agosto el Grupo Socialista para instar al Gobierno a modificar el Estatuto Básico del Empleado Público, para (además de regular el teletrabajo entre los empleados públicos, modificación ya acometida) “mejorar la regulación del personal interino, con vistas a eliminar el abuso en el uso de esta figura, evitar que pueda haber personas que estén durante años y décadas en situación de interinidad y contribuir a la reducción de la temporalidad y de la conflictividad, así como su estabilidad” ante

  1. la situación de elevada temporalidad en las AAPP: un 7% del personal de la Administración General del Estado, un 36% del de las CCAA, un 28% del de las entidades locales y un 44% de las Universidades
  2. la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 [de los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros", sentencia que recordemos  dice que también hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción para la que le no puede valer la convocatoria a proceso selectivo libre del puesto del "abusado"] que, según el PSOE en el texto original de su proposición, "redunda en esta necesidad de acelerar y cometer cambios  que conduzcan a la reducción de temporalidad en el empleo público"
Recordemos que en la comparecencia de la Ministra de Función Pública en la Comisión homónima del Senado  del pasado 04/06/2020, la Ministra  se había comprometido a modificar la regulación de los 'interinos' en la Ley del Estatuto Básico de la Función Pública como respuesta a la Sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020, sin aclarar en ningún momento si tenía intención de incluir alguna medida compensatoria para la situación masiva de abuso de temporalidad ya existente, más alla'de la medida ya emprendida de incluir sus puestos en las denominadas Ofertas Públicas de Empleo de "estabilización", acordadas por el Gobierno nacional con los sindicatos de Función Pública estatal en 2017 y 2018.

  • José Luis Aceves Galindo, José Luis (Grupo Socialista) [audio íntegro]: quien
    • informó de una primera autoenmienda obvia de suprimir el apartado sobre teletrabajo que incluía la propuesta original, al haber sido ya aprobada como Ley por el Gobierno
    • recordó las  elevadas tasas de temporalidad en las AAPP, que calificó de situación "estructural"
    • informó de la enmienda presentada sobre el texto para concretar que la modificación debe hacerse de forma legal y desde la base de  consensuarla de las Conferencia de las AAPP y en negociación con los sindicatos de la Función Pública "los representantes de los trabajadores" y debería modificarse teniendo en cuenta tanto la Directiva Europea 1999/70/CE así como la sentencia europea de 19/03/2020 como también otra jurisprudencia que se sigue produciéndo, citando las de hace escasos días del Tribunal Supremo [en probable alusión a a sentencia reciente del Tribunal Supremo de 24/09/2020 que, recordemos, en un caso de una estatutaria interina de vacante 6 años del SACYL cesada, el Supremo indicaba que al ser único nombramiento no se aplica aquí la cláusula 5ª ni su propia jurisprudencia de 2018 establecida exclusivamente para las concatenaciones abusivas de nombramientos eventuales , y sin abuso no cabe indemnización al cese de una interina, mientras que sobre la Sentencia europea de 19/03/2020 se limitó a decir el alto Tribunal "no debe analizarse la aplicación al caso"]
    • comentó que la misma iniciativa ha sido aprobada desde el Senado

jueves, 29 de octubre de 2020

Publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el Decreto que limita la entrada y salida de la Comunidad de Madrid durante los puentes de Todos los Santos y el de La Almudena

Se ha publicado en u B.O.C.M. extraordinario de hoy 29/10/2020 el Decreto 30/2020, de 29 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que "se establecen medidas de limitación de entrada y salida en la Comunidad de Madrid, adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, del Consejo de Ministros, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2" , que implementan lo anunciado hoy por la Presidenta  de la Comunidad de Madrid: se limita a situaciones excepcionales la entrada y salida de la Comunidad de Madrid durante los puentes de Todos los Santos y el de La Almudena:

[Poder Judicial] 'Declaración del Pleno del Consejo General del Poder Judicial' [ Sobre la controversia que ha suscitado la proposición de ley presentada en el Congreso de los Diputados por los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos para la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial]

'El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, reunido hoy en sesión extraordinaria, ha aprobado por mayoría la siguiente declaración:

“El Consejo General del Poder Judicial ha tenido conocimiento, y es consciente de la controversia que ha suscitado, de la proposición de ley presentada en el Congreso de los Diputados por los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos para la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que afecta, de manera muy principal, a la forma de elección de los vocales del CGPJ de extracción judicial.

[Gob. C. de Madrid] 'Díaz Ayuso firma un nuevo Decreto para limitar la entrada y salida de la Comunidad de Madrid durante el puente de Todos los Santos y el de La Almudena.La Comunidad de Madrid quedará cerrada perimetralmente entre las 00.00 horas de este viernes y las 00.00 horas del martes, 3 de noviembre • En el caso del puente de La Almudena, el cierre es desde las 00:00 horas del viernes 6 de noviembre hasta las 00:00 horas del martes 10 • Los trayectos en tránsito a través de la Comunidad de Madrid quedan permitidos • Se mantienen las restricciones en las zonas básicas de salud con más índice de contagios y el resto de medidas contempladas en el Decreto del pasado lunes'

'La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha firmado hoy un nuevo Decreto para limitar la entrada y salida de la región durante el Puente de Todos los Santos, del viernes 30 de octubre al lunes 2 de noviembre, y el de La Almudena, que abarca los próximos 7, 8 y 9 de noviembre. Esta nueva normativa, que se hace efectiva a partir de esta próxima medianoche tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - BOCM-, permite mantener todas las medidas contempladas en el anterior Decreto firmado por la presidenta el pasado lunes, como las zonas básicas de salud con restricciones o la posibilidad de asistir a cementerios ubicados en áreas también con restricciones.

De esta forma, la región estará cerrada perimetralmente desde las 00.00 horas de este viernes, 30 de octubre, hasta el martes 3 de noviembre a las 00.00 horas, y desde el viernes 6 de noviembre a las 00.00 horas hasta el martes 10 de noviembre a las 00.00 horas. Así, el Gobierno cumple con los siete días mínimos establecidos en el Real Decreto del Estado de Alarma dictado por el Ejecutivo central, este pasado 25 de octubre, y de aplicación a la hora de los límites de entradas y salidas de comunidades autónomas.

[CSIF Madrid] 'La Comunidad de Madrid tiene pendientes de convocar más de 12.000 plazas sin contar la OPE 2020, lo que supone una interinidad del 30% · La Administración regional afrontó la pandemia con 714 puestos de trabajo menos: CSIF exige la convocatoria urgente de las OPE de 2017, 2018 y 2019' [en su gran mayoría de "estabilización" de puestos temporales de más de 6 años]

[28 10 2020] 'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, va a exigir a la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid la convocatoria urgente de más de 12.000 plazas correspondientes a las OPE de 2017, 2018 y 2019, que a punto de terminar 2020 siguen sin convocarse, lo que provoca que la Administración regional cuente con una interinidad superior al 30% de la plantilla estructural. Y todo ello sin contar la OPE de 2020, que todavía no ha comenzado a negociarse.

 

CSIF pedirá esta convocatoria urgente en la reunión que mantendrá mañana con Función Pública y el resto de sindicatos para negociar los criterios de los procesos selectivos que han de regir las convocatorias de promoción interna, funcionarización y estabilización.

Recordatorio: [Diario Lírico] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo sentencia la fijeza a 5 contratados temporales del Ballet Nacional porque su regulación laboral especial con la entidad pública del INAEM no excluye la aplicación de la transposición de la Directiva Europea de abuso de temporalidad al Estatuto General de los Trabajadores

 [Recordatorio de entrada publicada el 21 de Octubre de 2020]

Informaba Diario Lírico este 18/10/2020 de la sentencia de 23/09/2020 de la Sala de lo Social [la que lleva los casos de personal público con contrato laboral] del Tribunal Supremo  (sentencia al recurso de casación para la unificación de doctrina nº 791/2020 que el medio reproduce íntegramente al final de su noticia)  por la que el alto tribunal español  ratifica a sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había declarado fijos a una cantaora y cuatro músicos con contrato laboral de la entidad pública Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música [INAEM] para trabajar el Ballet Nacional de España  por mantenerlos durante  mas de 5 años y medio con contratos temporales, cuando realizan "labores estructurales y ordinarias" .

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la regulación de la relación laboral especial de los artistas con este organismo público (el Real Decreto 1435/1985),  pese a que dicha regulación autoriza en su artículo 5 las "prórrogas sucesivas de los contratos de duración determinada" sin límite alguno,  no excluye la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores", el artículo que ordena la conversión a fijo del temporal durante más de 24 meses en un periodo de 30 meses incorporado al derecho español la cláusula sobre abuso de temporalidad de la famosa Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE, directiva europea que para esta Sala de lo Social del Supremo "es de obligado cumplimiento" y " está por encima de lo que señala el Real Decreto específico para los artistas"

NOTA DEL EDITOR: recordemos  que antes el  Supremo había decidido esta doctrina sobre personal laboral de entidad pública con una regulación especial en su sentencia de Febrero de 2020 en el  caso de una bailarina temporal 10 años también del Ballet Nacional. En cambio la misma Sala de lo Social del Tribunal Supremo niega por ahora esa aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores al personal de entidades públicas con contratos laborales que considere esté bajo el ámbito del Estatuto Básico del Empleado Público , aunque está por ver si la sentencia esperanzadora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] de 19/03/2020  y  las cuestiones prejudiciales pendientes en el TJUE específicas sobre laborales de precisamente la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid cambian algo esta doctrina para empleados bajo el EBEP.

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid dedica más de 21 millones de euros en nuevos EPIs y material sanitario frente al COVID-19

'El Consejo de Gobierno ha sido informado hoy de la tramitación de distintos contratos para la adquisición de nuevos equipos de protección individual (EPI) y otro material sanitario para hacer frente a la situación creada por el COVID-19 en la Comunidad de Madrid. Los contratos ascienden a 21.402.744,25 euros.

[Gob. C. Madrid] ' La Comunidad de Madrid adquiere test de antígenos para COVID-19 por 22,5 millones de euros La Consejería de Sanidad ha realizado 287.990 pruebas rápidas desde su implantación a mediados de septiembre Cerca de 120.000 de estos test se han llevado a cabo en cribados poblacionales'

 


Fuente: Nota de Prensa del Gobierno de la Comunidad de Madrid de 29 10 2020

[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO, CSIT Unión Profesional, UGT y CSSF se suman a las movilizaciones convocadas en la sanidad publica de todo el Estado el 29 de octubre'. Concentración "¡Más invesión, mas profesionales y más camas públicas!" este 29 de octubre a las 12h en el Ministerio de Sanidad. [Empleo: piden eliminar la tasa de reposición y "causalizar" la contratación temporal]

 'La crisis sanitaria ha evidenciado las debilidades y carencias de las que adolece el sistema Nacional de salud como consecuencia de años de recortes y austeridad, que también afectan a la sanidad madrileña y que urge corregir.

En un período cuya característica ha sido la ausencia de negociación, desde CCOO, CSIT UNION PROFESIONAL, UGT y CSIF creemos que para la mejora del sistema sanitario, es imprescindible abordar una serie de medidas, en las que destacan 4 ejes sobre el conjunto de las reivindicaciones,

Articulado sobre empleados públicos del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 presentado por el Gobierno: subida del sueldo un 0,9%, sin nuevos "procesos de estabilización" ampliándose el plazo hasta 31/12/2021 para publicar los procesos de estabilización de puestos temporales más de 3 años a 31/12/2017 en las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles, fundaciones y consorcios del sector público y el límite del 90% a 100% para hacerlo sin imputar en tasa de reposición los procesos ya autorizados en Servicios de Salud y otros sectores de la AAPP en la Ley de PGE de 2017 . Ya se había ampliado igualmente para las OPEs de estabilización de las Administraciones Públicas. Modificación del EBEP en regulación de ciertos permisos

Ya está disponible  en la web del Congreso el Proyecto de Presupuestos Generales para el año 2021, presentado por el Gobierno, y en cuanto a su  su articulado, recoge, entre otras, estas disposicionessobre personal de las AAPP:


En el Título III el dedicado a  los "gastos de personal”, 

  • artículo 18.2: tanto las retribuciones del personal al servicio del sector público como la masa salarial del personal laboral no podrán experimentar un crecimiento superior al 0,9% respecto de los vigentes a 31 de diciembre de 2020,
  • artículo 19.Uno: La  Oferta de Empleo Público en las AAPP se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 100%. y del 110% en sectores prioritarios como Educación, personal de los Servicios de Salud, letrados y funcionarios de la Administración de Justicia. etc, y del 115% en  Fuerzas y Cuerpos de Seguridad incluyendo policía local, computándose la tasa con los datos de altas y bajas del ejercicio anterior, no computando para el límite máximo de tasa de reposición el personal indefinido no fijo (como en los años anteriores)
    ,
  • artículo 19.Dos: "de acuerdo al artículo 70 del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico" , las plazas dentro de la tasa autorizada se incluirán en una Oferta Pública de Empleo que debe aprobarse antes de que finalice el año , abriéndose desde la publicación de la OPE un plazo improrrogable de 3 años para la publicación de la convocatoria [Nótese que la literalidad del artículo 70 del EBEP habla de un plazo de 3 años para el "desarrollo" de la"ejecución" de la " oferta de empleo público o instrumento similar" que haya elegido la AAPP para cubrir "las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria", sin aclarar si el plazo cuenta desde la necesidad en sí -lo lógico si fuera una medida destinada a evitar que la temporalidad no se demorara más de 3 años-o desde la publicación de la OPE o el instrumento similar como aquí parece entender el Gobierno del Estado, que también  parece entender que se "desarrolla" la ejecución en este caso de una OPE con la mera publicación de las convocatorias del proceso selectivo, aunque luego éstas puedan demorarse mucho en sus pasos -publicación de listas de aspirantesy del tribunal, fechas de las pruebas y baremaciones, listados  de puntuaciones, listados definitivos, etc]

    ,
  • artículo 19.Cuatro: [como siempre se incluye, otra cosa es que se cumpla y se cubran necesidades permanentes con temporales ad infinitum]  "No se podrá contratar personal temporal, ni realizar nombramientos de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables"

miércoles, 28 de octubre de 2020

[Congreso de los Diputados] 'La ministra de Hacienda entrega a la presidenta del Congreso el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2021, que inicia su tramitación parlamentaria' [Documentación de los Presupuestos]

'La presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, ha recibido hoy, miércoles 28 de octubre, de manos de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, que inician su tramitación parlamentaria. 

La ministra de Hacienda ha comparecido ante los medios gráficos en el Patio de Floridablanca, acompañada de la subsecretaria de Estado de Hacienda, Pilar Paneque, la secretaria de Estado de Presupuestos, María José Gualda, y la secretaria de Estado de Hacienda, Inés Bardón.