'El Tribunal General ha modificado su Reglamento de Procedimiento para optimizar la duración de los procedimientos judiciales, en particular aclarando o simplificando determinadas disposiciones. Estas modificaciones responden también a ciertas necesidades, como la posibilidad de hacer uso de la videoconferencia para las vistas orales. Asimismo, favorecen la gestión proactiva de los asuntos y tienen en cuenta la evolución de la normativa sobre protección de datos personales de las personas físicas.
Las propuestas de modificación han sido avaladas por el Tribunal de Justicia y aprobadas por el Consejo de la Unión
Europea. [1]
El Tribunal General ha modificado además sus Normas Prácticas de Desarrollo del Reglamento de
Procedimiento. [2]
¿Qué es lo que cambia?
Las modificaciones de las normas de procedimiento aclaran, completan o simplifican determinadas
disposiciones. Entre otras ventajas, limitan los supuestos de subsanación de los escritos de las partes y ofrecen
asimismo respuestas que el Tribunal General y su Secretaría han aportado a ciertas necesidades.
Videoconferencia
El Tribunal General prevé así en sus textos la posibilidad de hacer uso de la videoconferencia para las vistas
orales, dotándose de un marco jurídico y técnico en la materia. Este dispositivo demostró ser esencial para
garantizar la continuidad de la justicia durante el período de crisis sanitaria. La solicitud de uso de la
videoconferencia presentada por un representante que se vea en la imposibilidad de comparecer físicamente en la
vista deberá basarse en «motivos sanitarios, de seguridad u otros motivos graves» (artículo 107 bis del Reglamento
de Procedimiento). Los requisitos técnicos que deben cumplirse para participar en la vista por videoconferencia se
especifican en las Normas Prácticas de Desarrollo del Reglamento de Procedimiento. El documento
«Recomendaciones prácticas para los representantes que presenten observaciones orales por videoconferencia»
completa el conjunto.
Firma electrónica
Deseoso de fomentar una justicia moderna y eficiente, el Tribunal General empezó a firmar de forma electrónica
sus sentencias y autos en marzo de 2022. Las Normas Prácticas de Desarrollo del Reglamento de Procedimiento del
Tribunal General precisan la regulación de la firma electrónica cualificada de sus resoluciones y las reglas de
conservación permanente y segura de las versiones originales electrónicas de dichos documentos.