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miércoles, 30 de junio de 2021

[Rioja2] El Gobierno del Estado decide presentar recurso de inconstitucionalidad contra la disposición del Parlamento de La Rioja que convirtió en fijos al personal interino de larga duración del propio Parlamento

Informa Rioja2 este 29/06/2021 que el Gobierno del Estado ha decidido presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria del Estatuto del personal de su Parlamento que reconocía directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años ante el fraude de ley de abuso de temporalidad

El Gobierno dice que "vulnera" los principios de igualdad, mérito y capacidad previstos y que además el Parlamento de la Rooja no tiene competencia para esto

viernes, 4 de junio de 2021

[CCOO La Rioja] 'FSC - CCOO lleva al Parlamento de la Rioja al Defensor del pueblo' [Denuncian su Estatuto de su personal por hacer fijos a su personal interino de larga duración "de manera Inconstitucional", sin realizar ningún tipo de proceso selectivo de oposición o concurso oposición]

 'A finales de marzo denunciamos la pretensión del Parlamento de La Rioja, en su nuevo Estatuto de personal, de intentar hacer empleados públicos a su personal interino de manera Inconstitucional, sin realizar ningún tipo de proceso selectivo (oposición o concurso oposición) tal y como establece la Ley.'

Muchos han sido los recursos que intentamos desde el Sector Autonómico de FSC - CCOO antes de ver publicado dicho Estatuto: procuramos estar en la mesa de negociación con la denegación del Parlamento; presentamos alegaciones, incluso un texto alternativo sin ninguna respuesta. Como último recurso decidimos reunirnos con todos los Grupos Parlamentarios de la Cámara con el fin de modificar este y otros puntos del nuevo Estatuto antes de su publicación. Todo en vano.

El 13 de abril se publicaba el BOR, entre sonrisas y palmaditas en la espalda de la clase política. Las mismas personas que defienden el empleo público en las portadas, pero que pretenden gestionar a sus anchas la forma de acceso al mismo, incluso si es por encima de la Constitución Española.

viernes, 23 de abril de 2021

Recordatorio. Publicado en el Boletín Oficial de La Rioja el nuevo Estatuto del personal propio del Parlamento con la disposición transitoria que reconoce directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años que accedieron por proceso selectivo público ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y para dar cumplimiento a la Directiva y sentencias europeas. El personal de las cámaras regionales es personal público con legislación específica propia aparte del propio Estatuto Básico del Empleado Público. Los 5 empleados afectados serán desde mañana , empleados públicos fijos

[Recordatorio de entrada publicada el 15/04/2021] Hoy 15/04/2021 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Rioja el nuevo Estatuto del personal al servicio del propio Parlamento de la Rioja, que fue aprobado el pasado 31/03/2021 por el Pleno de dicho Parlamento y que incorpora una  Disposición transitoria segunda sobre "Consolidación de empleo", que literalmente reza:

"Se reconoce a los empleados temporales nombrados mediante proceso selectivo público, y que a la entrada en vigor del presente Estatuto hayan permanecido desempeñando sus funciones en esta Cámara durante un periodo ininterrumpido de al menos cinco años, como situación jurídica individualizada, su condición de empleados públicos fijos y a permanecer en el puesto de trabajo que actualmente desempeñan, con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para el funcionariado de carrera del Parlamento de La Rioja comparable, sin adquirir la condición de funcionarios y funcionarias de carrera"

y que viene a significar una una de las primeras, sino la primera, AAPP, en realizar una regularización administrativa de "fijeza" como solución a la situación de abuso de temporalidad de sus empleados, muy en la línea de la solución reclamada por colectivos para empleados públicos de más de 3 años y en la del informe de la ex presidenta del Tribunal Constitucional. 
 
favorable a la legalidad de dicha disposición , al "adecúarse al marco jurídico vigente" dicho reconocimiento como "empleados públicos fijos" a los empleados temporales más de 5 años del Parlamento de la Rioja nombrados mediante proceso selectivo público aplicando la Directiva 1999/70/CE de la UE y sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la disposición afecta a sus 5 funcionarios interinos de larga duración, todos ya más de 7 años temporales.
 

jueves, 15 de abril de 2021

Publicado en el Boletín Oficial de La Rioja el nuevo Estatuto del personal propio del Parlamento con la disposición transitoria que reconoce directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años que accedieron por proceso selectivo público ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y para dar cumplimiento a la Directiva y sentencias europeas. El personal de las cámaras regionales es personal público con legislación específica propia aparte del propio Estatuto Básico del Empleado Público. Los 5 empleados afectados serán desde mañana , empleados públicos fijos

Hoy 15/04/2021 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Rioja el nuevo Estatuto del personal al servicio del propio Parlamento de la Rioja, que fue aprobado el pasado 31/03/2021 por el Pleno de dicho Parlamento y que incorpora una  Disposición transitoria segunda sobre "Consolidación de empleo", que literalmente reza:

"Se reconoce a los empleados temporales nombrados mediante proceso selectivo público, y que a la entrada en vigor del presente Estatuto hayan permanecido desempeñando sus funciones en esta Cámara durante un periodo ininterrumpido de al menos cinco años, como situación jurídica individualizada, su condición de empleados públicos fijos y a permanecer en el puesto de trabajo que actualmente desempeñan, con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para el funcionariado de carrera del Parlamento de La Rioja comparable, sin adquirir la condición de funcionarios y funcionarias de carrera"

y que viene a significar una una de las primeras, sino la primera, AAPP, en realizar una regularización administrativa de "fijeza" como solución a la situación de abuso de temporalidad de sus empleados, muy en la línea de la solución reclamada por colectivos para empleados públicos de más de 3 años y en la del informe de la ex presidenta del Tribunal Constitucional. 
 

jueves, 8 de abril de 2021

Recordatorio. El Parlamento de la Rioja aprueba el Proyecto de nuevo Estatuto del personal propio del Parlamento con una disposición transitoria que reconoce directamente con su publicación en el Boletín Oficial de la Rioja la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años que accedieron por proceso selectivo público ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y para dar cumplimiento a la Directiva y sentencias europeas. El personal de las cámaras regionales es personal público con legislación específica propia aparte del propio Estatuto Básico del Empleado Público. Votaron a favor PSOE y el Grupo Mixto y en contra PP y Cs que exigen un informe juridico externo adicional de los favorables de los servicios internos y del Letrado Mayor de la Cámara. CCOO de La Rioja opina que viola la Constitución Española y hará todo lo que esté en su mano para frenar "esta locura jurídica"

 [Recordatorio de entrada publicada el 31/03/2021Hoy 31/03/2021, según su orden del día, tenía lugar en el último lugar en el Pleno del parlamento de La Rioja el debate del Proyecto de modificación del Estatuto del personal al servicio del propio Parlamento de la Rioja (nº de iniciativa 10L/EPPR-0001) que, según su texto final propuesto publicado en el Boletín Oficial del Parlamento de La Rioja de 29/03/2021, incorpora una  Disposición transitoria segunda. sobre "Consolidación de empleo", que literalmente reza:

"Se reconoce a los empleados temporales nombrados mediante proceso selectivo público, y que a la entrada en vigor del presente Estatuto hayan permanecido desempeñando sus funciones en esta Cámara durante un periodo ininterrumpido de al menos cinco años, como situación jurídica individualizada, su condición de empleados públicos fijos y a permanecer en el puesto de trabajo que actualmente desempeñan, con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para el funcionariado de carrera del Parlamento de La Rioja comparable, sin adquirir la condición de funcionarios y funcionarias de carrera"

De aprobarse, se trataría de una de las primeras, sino la primera, AAPP, en realizar una regularización administrativa de "fijeza" como solución a la situación de abuso de temporalidad, muy en la línea de la solución reclamada por colectivos para empleados públicos de más de 3 años y en la del informe de la ex presidenta del Tribunal Constitucional. 


[ADDENDUM]: Intervenciones del debate con relación a la disposición transitoria de consolidación:

viernes, 2 de abril de 2021

[Letrado Mayor del Parlamento de la Rioja] 'Informe sobre la adecuación al marco normativo vigente de la disposición transitoria segunda del proyecto de Estatuto de Personal del Parlamento de la Rioja' [por el que "se adecúa al marco jurídico vigente" el reconocimiento como "empleados públicos fijos" a los empleados temporales más de 5 años del Parlamento de la Rioja nombrados mediante proceso selectivo público aplicando la Directiva 1999/70/CE de la UE y sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea]

'En reunión celebrada el día 12 de marzo de 2021, la Mesa de conformidad con la Junta de Portavoces, acordó que por parte de los Servicios Jurídicos de la Cámara se elabore un informe sobre la adecuación al marco jurídico vigente de la disposición transitoria segunda del proyecto de Estatuto de Personal del Parlamento de La Rioja. De conformidad con dicho acuerdo, se emite el siguiente

INFORME

Primero. - El Estatuto de Personal del Parlamento de La Rioja. El artículo 18.3 del Estatuto de Autonomía de La Rioja establece que el Parlamento fijará el estatuto de su personal, que ha de aprobarse por el pleno, de acuerdo con el artículo 164 del Reglamento de la Cámara.

Se recoge así, para el Parlamento de La Rioja, el principio de autonomía de personal de las asambleas parlamentarias, principio que con carácter general se recoge en el artículo 4 del Estatuto Básico del Empleado Público sobre personal con legislación específica propia, según el cual, sus disposiciones solo se aplicarán directamente cuando así lo disponga su legislación específica, al personal funcionario de las Cortes Generales y de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas.

miércoles, 31 de marzo de 2021

El Parlamento de la Rioja aprueba el Proyecto de nuevo Estatuto del personal propio del Parlamento con una disposición transitoria que reconoce directamente con su publicación en el Boletín Oficial de la Rioja la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años que accedieron por proceso selectivo público ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y para dar cumplimiento a la Directiva y sentencias europeas. El personal de las cámaras regionales es personal público con legislación específica propia aparte del propio Estatuto Básico del Empleado Público. Votaron a favor PSOE y el Grupo Mixto y en contra PP y Cs que exigen un informe juridico externo adicional de los favorables de los servicios internos y del Letrado Mayor de la Cámara. CCOO de La Rioja opina que viola la Constitución Española y hará todo lo que esté en su mano para frenar "esta locura jurídica"

Hoy 31/03/2021, según su orden del día, tenía lugar en el último lugar en el Pleno del parlamento de La Rioja el debate del Proyecto de modificación del Estatuto del personal al servicio del propio Parlamento de la Rioja (nº de iniciativa 10L/EPPR-0001) que, según su texto final propuesto publicado en el Boletín Oficial del Parlamento de La Rioja de 29/03/2021, incorpora una  Disposición transitoria segunda. sobre "Consolidación de empleo", que literalmente reza:

"Se reconoce a los empleados temporales nombrados mediante proceso selectivo público, y que a la entrada en vigor del presente Estatuto hayan permanecido desempeñando sus funciones en esta Cámara durante un periodo ininterrumpido de al menos cinco años, como situación jurídica individualizada, su condición de empleados públicos fijos y a permanecer en el puesto de trabajo que actualmente desempeñan, con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para el funcionariado de carrera del Parlamento de La Rioja comparable, sin adquirir la condición de funcionarios y funcionarias de carrera"

[CCOO de La Rioja] 'El Parlamento riojano, por encima de la Ley' [ "se reconoce a empleados públicos temporales [más de 5 años] su condición de Empleados Públicos Fijos", "si este documento se aprueba, ¿qué les vamos a decir al resto de interinos de otras Administraciones Públicas?", "haremos todo lo que esté en nuestras manos para frenar esta locura jurídica y que no se vulneren derechos ni leyes con tanto peso moral"]

 'El nuevo Estatuto de Personal del Parlamento Riojano, que se vota este miércoles, 30 de marzo, incluye disposiciones que vulneran la Constitución Española y el derecho de cualquier persona a acceder a la función pública conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad, al favorecer al personal interino frente al fijo y permitir que consoliden su plaza si llevan cinco años en el puesto.

La Delegación de CCOO ha presentado alegaciones a este estatuto, incluso un texto alternativo, sobre el que se solicitó derecho a la negociación. Un punto que fue denegado por la Mesa del Parlamento.

[...] También se permite el acceso a cuerpos y escalas superiores, integrando al personal solo con la titulación establecida. Quien no la posea que no sufra, ya que percibirá un “complemento salarial” como si estuviera en dicha categoría.

Y como guinda de un pastel inesperado, contemplamos que su publicación es la excusa para crear una nueva categoría de personal público a través de la “consolidación de empleo”.

jueves, 18 de febrero de 2021

Debate este jueves 18 en el Parlamento de la Rioja de la Proposición No de Ley de IU por el Grupo Mixto para instar al Gobierno regional a medidas de inspección y sanción contra el fraude en la contratación y abuso de la temporalidad en el sector público, similar a la implementada para el sector privado, para dar cumplimiento a la directiva y sentencia europeas. Se aprueba la realización de una inspección de los puestos en abuso pero se rechaza el punto de las reglas para determinarlo. El PSOE, por el Gobierno de la Rioja, vota a todo en contra por "entrañar graves problemas de ilegalidad". Ciudadanos se muestra de acuerdo pero pide que se plantee concretar una solución. PP y PSOE avanzan que la solución deben consensuar en la conferencia estatal, debe respetar los principios constitucionales y ser convocatorias de libre concurrencia.

 Este jueves 18 de Febrero por la tarde tendrá lugar en el Pleno del Parlamento de la Rioja el debate y votación de la Proposición No de Ley (nº 10L/224) presentada por Henar Moreno Martínez, de Izquierda Unida de la Rioja  y Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Mixto el pasado 08/02/2021 para que  "el Parlamento de La Rioja inste al Gobierno riojano a presentar un proyecto de ley para la reforma de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, donde se incluyan medidas contra el fraude en la contratación y abuso de la contratación temporal en el sector público, similar a la implementada para el sector privado, a través de planes de inspección y sanciones para el empleador público".

En su exposición de motivos se traslada que según la Plataforma de Interinos de La Rioja, la temporalidad en la función pública de La Rioja se aproxima al 36%, motivándose la PNL en la obligación que tienen "todas las autoridades de los Estados miembros a adoptar todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que garanticen los resultados fijados por la Directiva" europea 1999/70/CE, siendo imprescindible para ello "comprobar en cada caso que las relaciones laborales temporales no se utilicen para atender necesidades permanentes y duraderas en materia de personal, sin que razones de índole presupuestaria puedan justificar la falta de medidas que prevengan el uso indebido de los sucesivos contratos de trabajo temporales". En caso contrario "la ausencia de comprobación o inspección para detectar las relaciones temporales sucesivas (en la acepción amplia, la que incluye aquellas relaciones de servicio objeto de prórroga tácita, como establece la Sentencia del TJUE de 19 de marzo de 2020) mantiene
ocultas las conductas abusivas, impidiendo el objetivo de la directiva citada"

 

El texto dispositivo propuesto de la PNL reza así:

'El Parlamento de La Rioja insta al Gobierno riojano a que:
1. Presente un proyecto de ley para la reforma de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, donde se incluyan medidas contra el fraude en la contratación y abuso de la contratación temporal en el sector público, similar a la implementada para el sector privado, a través de planes de inspección y sanciones para el empleador público.


2. Que todos los empleados públicos en régimen funcionarial, estatutario o laboral, que vengan prestando servicios en condición temporal, sea con vinculación a una plaza vacante o puesto de trabajo sin plaza, sean objeto del correspondiente procedimiento de comprobación o inspección para determinar si tales nombramientos o contratos han sido objeto de utilización sucesiva sin razón que la justifique.

martes, 16 de febrero de 2021

[Cadena SER] Entrevista a Jorge Azón de la Plataforma de Interinos de la Rioja: la administración incumple con sus trabajadores la normativa europea que exige a las empresas y practica con ellos el despido libre y gratuito

Entrevistaba ayer 15/02/2021 el programa Hoy por Hoy de la Cadena Ser en su emisión de La Rioja a Jorge Azón, de la Plataforma de Interinos de La Rioja, con motivo de las concentraciones simultáneas que tenían lugar en 40  ciudades de toda España el mismo Lunes 15 de febrero por parte de trabajadores  públicos temporales que denuncia una situación de abuso de temporalidad con despido libre y gratuito tras el incumplimiento sistemático por parte de la Administración de no convocar a OPEs en su debido momento los puestos y  mantenerlos temporales durante años,demandando una reforma legal que conceda la estabilidad para dar cumplimiento a lo dictado por la justicia europea [en la  sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020].

El entrevistado reseña cómo la Administración no cumple con sus propios empleados la normativa europea vigente hace más de 20 años en materia de temporalidad mientras que sí se lo exige a la empresa privada y señala que aunque ahora llega a reconocer en general que ahí abuso no hace nada para detectarlo con una inspección y evitar el despido libre y gratuito de personal con decenas de años de antigüedad como está sucediendo en La Rioja, con lo que el personal está "harto" , siendo de esperar que la conflictividad aumenten hasta la huelga.

martes, 17 de noviembre de 2020

[Min. Sanidad] 'Más de 115.000 funcionarios de MUFACE se incorporan al servicio de interoperabilidad de la receta electrónica del Sistema Nacional de Salud De esta forma, se culmina la interoperabilidad de la receta electrónica para toda la población atendida por el SNS'

'A lo largo de este año se ha producido una progresiva incorporación de este colectivo en la receta electrónica de cada Servicio Autonómico de Salud, lo que lleva aparejada la posibilidad de interoperar en todo el SNS. El pasado 5 octubre entraron en servicio las primeras 6 CCAA (Asturias, Aragón, Extremadura, La Rioja, Navarra y País Vasco), y en este mes de noviembre se han ido incorporando otras 3 CCAA (Andalucía, Cantabria y Murcia), beneficiando a 115.171 mutualistas de MUFACE que ya pueden retirar las recetas prescritas en cualquiera de dichas comunidades. El servicio está disponible en los 2.166 centros de salud y 8.200 oficinas de farmacia de esos territorios.

martes, 16 de junio de 2020

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja usa la sentencia europea de 19/03/2020 junto con otras como la del Asunto Mascolo - el caso similar de docentes italianos - para determinar que una situación de acumulación en un profesor de interinidades por curso, aún con cambio de centro y sin contrato en verano, ante la carencia de convocatorias para cubrir el puestos de forma fija, es un fraude de ley por abuso de temporalidad de la Directiva Europea y rechaza en su sentencia el recurso de la Consejería de Educación a la sentencia del juzgado que había estimado la demanda, "sustancialmente" de interinidad de vacante, de un profesor funcionario interino por cursos durante 18 años. Idem con otra profesora 17 años interina por cursos

Recientemente se publicaba en el CENDOJ una sentencia de  la Sala de lo Contencioso -es decir, de la que trata los asuntos de los empleados públicos de tipo funcionarial (funcionarios y estatutarios de servicio de salud)- del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja  de 30/03/2020 (rec. nº 128/201), sentencia importante a nuestro juicio porque
  1. considera  en la práctica y a nivel de Tribunal superior regional que la situación del interino del caso de  acumulación de numerosos nombramientos de interinidades por curso consecutivos, aún con interrupciones en el verano y con cambios de centro educativo cada año sin haber procedido a las convocatorias regulares, es un fraude de ley de abuso de temporalidad en el sentido de la cláusula 5ª contenida en la famosa Directiva europea 1999/70/CE, cuando la CCAA no ha convocado  procesos selectivos o suficientes plazas en los procesos selectivos
  2. para llegar a esta conclusión en el caso en cuestión esta Sala del Tribunal Superior de La Rioja  hace uso de la no menos famosa sentencia europea de 19/03/2020 , la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del sunto Sánchez Ruiz y otros  por casos del SERMAS (el principal, de un informático nuestro) , emitida sólo 11 días antes, así como , entre otras, de la sentencia europea del asunto Mascolo, un caso sobre docentes italianos muy similar
 Con esta sentencia regional además de ser posiblemente una de las primeras de toda España que aplica en algo esa sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020, se abre más la puerta a que se decidan a reclamar la situación del abuso de temporalidad muchos de las decenas de miles de profesores  de las Consejerías de Educación de las CCAA que se encuentran en una situación similar

Esta sentencia de 30/03/2020 ha venido seguida por otra sentencia de 04/05/2020 de la misma sala y de idéntico contenido ante una situación casi totalmente idéntica.

Por supuesto, además del abuso, hasta ahora negado generalmente en los tribunales españoles para este personal así como para el funcionario interino de vacante, está la cuestión central de cuál es la sanción o sanciones en orden de subsidiariedad, al abuso  que se demanda, especialmente tras los apartados a este respecto de la sentencia europea de 19/03/2020.

Recordemos que en la esperanzadora sentencia europea de 19/03/2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  determinó que
  • -en contra en la práctica de la jurisprudencia superior contencioso-administrativa española-  también puede haber abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada de personal empleado público de tipo funcionarial  además de redundar y aclarar más si cabe la ya establecida en su sentencia de 2016 en los Asuntos Martínez Andrés/Castrejana López en la situación de concatenación excesiva de nombramiento de  interinidades de programa, obra y servicio  (estatutarios eventuales en el caso de servicios de salud), cuando se utilizan para atender necesidades estructurales de forma permanente, y que como tales deberían haber sido cubiertas de forma fija en el plazo de los 3 años establecidos por el Estatuto Básico del Empleado Público mediante procesos selectivos en su tiempo
  • la mera referencia en el propio nombramiento de que es por "urgencia y necesidad" no vale para admitir que se da esa "causa objetiva" que evitaría el establecimiento del abuso
  • establecido el abuso se requiere de forma "indispensable" una sanción efectiva, proporcionada y disuaoria que le corresponde al ordenamiento español fijar pero orientando el Alto Tribunal  que en todo caso que no puede valer como tal sanción ni la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de los procesos de estabilización decididos desde el Gobierno del Estado como solución para todos los puestos temporales  más de 3 años- ni la figura del indefinido no fijo y  una indemnización por si sola solamente podría valer si es específica contra el abuso y suficientemente disuasoria
  • en cuanto a la fijeza se  recuerda que no es una sanción obligatoria y que el juzgado remitente de las cuestiones prejudiciales había afirmado con claridad que el ordenamiento jurídico español no  la permite si no se ha superado un proceso selectivo cumpliendo con los principios constitucionales de igualdad, mérito , capacidad y publicidad
Este caso concreto de la sentencia del Tribunal Superior de 30/03/2020 se puede desprender del texto de la sentencia del Tribunal Superior, que se trata de un recurso ("de apelación") de la Consejería de Educación de La Rioja a la sentencia del juzgado de primera instancia que habría estimado "sustancialmente" la demanda de una condición "indefinida" con "fundamento en lo establecido" en una de las dos sentencias de la Sala de lo contencioso del Tribunal Supremo de 26/09/2018. (idénticas, una para un funcionario de programa y otra para el homólogo estatutario eventual).

lunes, 10 de febrero de 2020

[Rioja2] La Plataforma de Interinos de La rioja denuncia que el proceso de "estabilización" de Auxiliares Administrativos temporales de larga duración del Servicio Riojano de Salud acaba en "escabechina" y el "despido libre" sin indemnización de más del 80%

Informa Rioja2 este 08/02/2020 que la Plataforma de Empleados Públicos Temporales e Interinos de La Rioja [PIR]  denuncia el inminente "despido libre y gratuito" al que se verán sometidos  50 Auxiliares Administrativos del Servicio Riojano de Salud, en su mayoría mujeres, con una edad media de 52 años , que no han superado los denominados "procesos de estabilización" con sus puestos temporales de larga duración, que tildan de "escabechina" al consistir en una fase previa [eliminatoria] de oposición "memorística" con el resultado final de que sólo el 17% de los temporales de larga duración cuyos puestos se convocaban continuarán trabajando , mientras que el resto se enfrentan al cese inminente sin derecho de indemnización alguna pese a contar con una antigüedad media de 15 años.


miércoles, 28 de agosto de 2019

Resultados finales de la OPE extraordinaria de "estabilización" para puestos de Celadores y Auxiliar Administrativo del Servicio Riojano del Salud: "escabechina" entre los interinos de larga duración cuyos puestos se convocaban

El Servicio Riojano de  Salud  (SERIS) está publicando relaciones definitivas de los procesos selectivos de concurso-oposicón que se convocaron on plazas de las denominadas OPE extraordinarias "de estabilización" derivadas de la Oferta Público de Empleo de 2018 de "estabilización" del SERIS  -acumulada con su OPE de 2017 - OPE de "estabilización" de puestos en base a la  Normativa aprobada en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017  tras el   acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  y que habilitaba a los servicios de Salud, entre otros sectores, a convocar hasta el 90% de su personal temporal de más de 3 años de antigüedad (y todo el de antes de 2005) a ofertas públicas de empleo sin fijar que sean de consolidación de los propios temporales -en fraude de ley por abuso de temporalidad e incumplimiento de la o- cuyos puestos son los que se convocan, y debiendo quedar la temporalidad tras estos procesos por debajo del 8%

Entre otras concreto se han publicado las relaciones de dos convocatorias de las que nos hicimos eco aquí para fijarnos en sus bases:
siendo muy llamativo las escasas puntuaciones obtenidas en la fase del concurso de méritos obtenidas por los aspirantes que han superado la el procesos selectivo, lo que indicaría que la gran mayor parte del personal temporal de muchos años de antigüedad y cuyos puestos eran los que se convocaban no habrían superado el proceso al quedar eliminados en la fase de oposición, estando por tanto bajo la gran amenazados de un cese próximo  sin indemnización cuando se complete la fase de asignación de destinos de los aspirantes que sí han superado el proces.

Recordemos que las bases que fijaban que el sistema elegido fueron
  • concurso-oposición con 60% peso de oposición y 40% peso de concurso , tal y como recomendaba el  documento del gobierno a las AAPP sobre criterios comunes para estps procesos de estabilización (no vinculante)
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria
  • la oposición consiste en dos test eliminatorias que se supera con el 50% de la máxima nota, no existiendo , eso sí, límite en número los que pueden pasar a la fase de concurso
  • en la fase de concurso (quien llegue) la experiencia puntúa un 60%  siendo el 40% restante por formación
  • la antigüedad como Auxiliar Administrativo superior a 15 años en el propio SERIS no se tiene en cuenta
  • el mes de a antigüedad como Auxiliar Administrativo en cualquier otro Servicio de Salud  cuenta igual que en el de la propia AAPP que convoca, yel dede Auxiliar Administativo en cualquier otra AAPP puntúa el 60% que en el de la propia AAPP que convoca
Es decir , la experiencia (donde se computa los puntos por antigüedad) , al igual que en el caso de Castilla y León venía a supoenr menos de la cuarta parte de la puntuación total del proceso selectivo que se realiza con los puestos de los temporales en "fraude de ley" por abuso de temporalidad, a los que sólo se le valorará su antigüedad si supera la oposición al quedar entre las mejores notas . Además las plazas interinas de vacante desde antes de 2005 no se les aplicar la posibilidad,  dispuesta en la Disposición Transitoria 4ª de "Procesos de consolidación" del EBEP, de valorar  de forma especial la experiencia en los puestos de trabajo "objeto de la convocatoria" (puntúa por igual la antigüedad en cualquier puestos de las categoría convocadas del SERIES que enla  de cualquier otro servicios de Salud; es más el mes de  antigüedad como Auxiliar Administrativo en c cualquier otra AAPP puntúa el 60% que en el de la propia AAPP que convoca)

lunes, 4 de febrero de 2019

[LaRioja.com] Miles de trabajadores temporales de la administración temen que la convocatoria histórica de oposiciones que se les 'avecina' les deje en la calle después de décadas de ocupar la misma plaza

Informa LaRioja.com este 04/02/2018 de la situación a la que se enfrentan miles de empleados públicos temporales de La Rioja ante las convocatorias de sus puestos a oposiciones por la  oferta de empleo público calificada por el Gobierno regional de "histórica" [derivada de las leyes del Estado de los Presupuestos Generales de 2017 y de 2018 tras sendos acuerdos sindicales estatales para "resolver" mediante convocatorias de OPE el masivo problema de los puestos públlñicos con exceso de duración de temporalidad], yu por la que muchos empleados temen que acaben en la calle y sin indemnización alguna , aunque en muchos casos lleven décadas realizando el trabajo en la misma plaza en la administración, que no cumplió convocando en su momento

viernes, 7 de diciembre de 2018

El Servicio Riojano de Salud publica convocatorias de la OPE extraordinaria de "estabilización" para puestos de Celadores y Auxiliar Administrativo como concurso oposición primando la oposición, eliminatoria, y suponiendo la antigüedad menos de la cuarta parte

El Servicio Riojano de  Salud  (SERIS) está publicando desde este verano las convocatorias de procesos selectivos con plazas de las denominadas OPE extraordinarias "de estabilización" derivadas de la Oferta Público de Empleo de 2018 de "estabilización" del SERIS  -acumulada con su OPE de 2017 - OPE de "estabilización" de puestos en base a la  Normativa aprobada en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017  tras el   acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  y que habilitaba a los servicios de Salud, entre otros sectores, a convocar hasta el 90% de su personal temporal de más de 3 años de antigüedad (y todo el de antes de 2005) a ofertas públicas de empleo sin fijar que sean de consolidación de los propios temporales -en fraude de ley por abuso de temporalidad e incumplimiento de la o- cuyos puestos son los que se convocan, y debiendo quedar la temporalidad tras estos procesos por debajo del 8%

Entre otras concreto se han publicado las convocatorias de dos categorías más cuyas fechas futuras de examen ya se estaban avanzando por acuerdos entre varias CCAAs en el interterritorial de Sanidad)  de:
con la particularidad en cuanto al Decreto de OPE de que todas las plazas habían sido contabilizadas por la parte del 90% de las de más de 3 años de antigüedad y ninguna se ha contabilizado como como interinas de vacante desde antes de 2005, y a las que se les debía aplicar lo dispuesto en la Disposición Transitoria 4ª de "Procesos de consolidación" del EBEP

Y lo hace con unas bases que fijan que el sistema elegido será
  • concurso-oposición con 60% peso de oposición y 40% peso de concurso , tal y como recomendaba el  documento del gobierno a las AAPP sobre criterios comunes para estps procesos de estabilización (no vinculante)
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria
  • la oposición consiste en dos test eliminatorias que se supera con el 50% de la máxima nota, no existiendo , eso sí, límite en número los que pueden pasar a la fase de concurso
  • en la fase de concurso (quien llegue) la experiencia puntúa un 60%  siendo el 40% restante por formación
  • la antigüedad como Auxiliar Administrativo superior a 15 años en el propio SERIS no se tiene en cuenta
  • el mes de a antigüedad como Auxiliar Administrativo en cualquier otro Servicio de Salud  cuenta igual que en el de la propia AAPP que convoca, yel dede Auxiliar Administativo en cualquier otra AAPP puntúa el 60% que en el de la propia AAPP que convoca
Es decir , la experiencia (donde se computa los puntos por antigüedad) , al igual que en el caso de Castilla y León supondrían menos de la cuarta parte de la puntuación total del proceso selectivo que se realiza con los puestos de los temporales en "fraude de ley" por abuso de temporalidad, a los que sólo se le valorará su antigüedad si supera la oposición al quedar entre las mejores notas . Además las plazas interinas de vacante desde antes de 2005 no se les aplicar la posibilidad,  dispuesta en la Disposición Transitoria 4ª de "Procesos de consolidación" del EBEP, de valorar  de forma especial la experiencia en los puestos de trabajo "objeto de la convocatoria" (puntúa por igual la antigüedad en cualquier puestos de las categoría convocadas del SERIES que enla  de cualquier otro servicios de Salud; es más el mes de  antigüedad como Auxiliar Administrativo en c cualquier otra AAPP puntúa el 60% que en el de la propia AAPP que convoca)

lunes, 7 de mayo de 2018

[CCOO Sanidad La Rioja] 'El Tribunal Superior de Justicia reconoce el derecho del personal temporal del SERIS a tener Carrera y Desarrollo Profesional'

'El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, a instancias de la delegada de FSS-CCOO en el SERIS, ha reconocido el derecho del personal laboral de este servicio a tener Carrera y Desarrollo Profesional. Y es que ha anulado la Resolución de la Presidencia del SERIS por considerarla contraria a derecho.

Como consecuencia de la demanda presentada por la FSS-CCOO, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja ha declarado que “la exclusión del modelo de carrera profesional y desarrollo profesional del personal estatutario y funcionario con nombramiento temporal es injustificada”.

En consecuencia, el Tribunal declara contraria a derecho la Resolución 9/2017, de 24 de febrero, de la Presidencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se aprobaba el modelo y se regulaba el procedimiento de reconocimiento de los grados I, II, III y IV correspondiente al periodo ordinario de la carrera y desarrollo profesional del personal estatutario y funcionario al servicio de los centros e instituciones sanitarias del Servicio Riojano de Salud.

miércoles, 22 de marzo de 2017

Resumen de la inauguración y mesa de Consejeros de #INFORSALUD 2017. El Gasto TI en Sanidad baja al 1.23% del total. Reducción del 5% del gasto público total en TI de Sanidad. Ausencia del Consejero de Sanidad de Madrid

Del 21 al 23 de Marzo está teniendo  lugar en Madrid el XX Congreso Nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2017], organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) [@SEISeSalud bajo el lema "La transformación digital del sector de la salud".La tarde de ayer comenzaba con la mesa de inauguración del Congreso y la mesa de autoridades , finalmente con 3  Consejeros, tras no asistir el Consejero de Sanidad de Madrid.



En la mesa de inauguración, el presidente de la SEIS, Luciano Sáez  Ayerra, aprovechando que es el 20 aniversario del Congreso, recordó el origen de la SEIS en 1977 bajo el el nombre de Sociedad Española de Informática Médica y cómo el primer Congreso tuvo un inicio complicado al sufrir un incendio la sede prevista pocos días antes.  Afirmó que la tecnología disponible está provocando ya un cambio en la forma de prestación de la salud. Finalizó, como es tradicional, adelantando algunos datos globales del Estudio del gasto en Tecnologías de la Información y Comunicaciones [TIC] en Sanidad del año anterior o ÍNDICE SEIS que finalizarán en unas semanas: se experimenta un ligero crecimiento del gasto TIC en Sanidad pero de menor ritmo que el total, con lo que la proporción de gasto TI en Sanidad sobre el total baja , situándose en el 1,23% . En concreto, en 2016 las Comunidades Autónomas [CCAA] dedicaron 677 millones de euros a las TIC en Sanidad. Además,  si se añade la inversión del Ministerio de Sanidad y el ente estatal Red.es, menor que en 2015, la cifra total de gasto público en TI de Sanidad habría sido en 2016 de 688 millones, casi un 5% menos que el de 2015 [724 millones], hecho que Luciano Sáez calificó de "decepcionante".

Discurso del presidente de la SEIS, junto a la Dir. Gral.


viernes, 11 de marzo de 2016