[Recordatorio de entrada publicada el 20/12/2017] Gracias a la novedad de una entrada del blog de Ignasi Beltrán el pasado 12/12/2017 conocimos una nueva e importante sentencia disponible públicamente en la web del Consejo General del Poder Judicial: la sentencia de la sección 7 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso 1186/2016 presentado por una estatutaria cesada del SUMMA112
que había encadenado 60 nombramientos estatutarios de sustitución y 54
eventuales durante casi 7 años y que reclamaba se le reconociese la
condición de personal fijo o en su defecto una indemnización de 45 días
por año, o subsidiariamente la condición de indefinido no fijo y con
indemnización de 20 de días por año por analogía con el personal
laboral, aduciendo que los múltiples nombramientos temporales eran
fraudulentos ya que siempre había realizado las misma funciones, por
tanto, estructurales y apelando a las famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público.
El
Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Madrid, con fecha 7
de octubre de 2016, había dictado en esta primera instancia judicial
sentencia contraria a estas demandas, presentando recurso de apelación
la eventual del SERMAS cesada.
Ahora el juez del Tribunal Superior de Justicia de Madrid examinaba el recurso y razona que para el personal estatutario sanitario,
con "nombramientos" o contratación bajo vinculación de carácter
administrativo y no laboral - y por tanto, con sus demandas vistas en el
orden contencioso-administrativo de la justicia o derecho
administrativo-, el marco legislativo español no contempla medidas alguna como la de fijeza, la readmisión o indemnizatorias para reparar el fraude producido, que sí lo reconoce por el abuso de temporalidad, desestimando el recurso, recalcando que no es aplicable para este personal lo contemplado para el personal laboral bajo el Estatuto General de los trabajadores.
sobre
fijeza o readmisión e indemnizaciones. Así , a la hora de determinar si
hay posibilidad de cobro de indemnización alguna para la situaciones de
cese normal planteadas de un estatutario temporal, la sala de lo
contencioso del tribunal madrileño resuelve que debe compararse con el
personal funcionario/estatutario fijo, por lo que ni el funcionario
interino ni el estatutario temporal tienen derecho a la indemnización
por despido [por situaciones de cese "normal"] porque no lo tiene el personal funcionario o estatutario fijo [¡si bien es cierto que tampoco tienen la posibilidad de ese cese normal!]
Blog de APISCAM
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lunes, 25 de junio de 2018
[Recordatorio] El Tribunal Superior de Justicia de Madrid niega la fijeza, readmisión e indemnización alguna así como la condición de indefinido no fijo a estatutaria temporal cesada tras 7 años y afirma que personal de carácter funcionario interinos no tiene derecho a indemnización ni indefinido no fijo por no ser laboral pese a las sentencias europeas, si bien está pendiente la jurisprudencia al respecto del Supremo
miércoles, 13 de junio de 2018
Concurso de méritos en el Ayuntamiento de Getafe para alcanzar la condición de empleado público laboral fijo
El pasado 15 de Febrero se publicaba en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid las bases para cubrir en régimen de laboral fijo cinco plazas de la categoría de animador del Ayuntamiento de Getafe con la importante particularidad de que el sistema selectivo elegido es el del concurso de méritos
puro en turno libre, es decir, alcanzar la condición de personal fijo sin fase de oposición, algo contemplado
"excepcionalmente" como posibilidad directa para los puestas de régimen laboral por el artículo 61.7 del Estatuto
Básico del Empleado Público [EBEP] . Para
los puestos con vinculación de empleo bajo régimen administrativo, es decir, funcionarios y
estatutarios de los Servicios de Salud también lo contempla el EBEP en su artículo 61.6 pero
"en virtud de ley" (es decir, requiere que se aprueba una ley , algo
que es sólo competencia del Estado o la CCAA).
Los méritos valorados en estas convocatorias se reparten principalmente así:
- hasta 18 puntos por antigüedad en la misma categoría en un ayuntamiento de población superior a 150.000 habitantes (como Getafe), para otras AAPP la puntuación máxima es de 3 puntos
- 2 puntos por haber superado el ejercicio de oposición en algún proceso selectivo público
- 5 puntos en formación
Es decir, el peso máximo con mucha diferencia recae en la antigüedad de un puesto similar de categoría idéntica.
Precisamente, la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP (regional y entidades locales) en la Comunidad de Madrid exige exige , tanto a la Asamblea de Madrid como al Gobierno de la Comunidad , que habiliten una ley que permita convocar un proceso excepcional de consolidación por concurso de méritos por la vía de los art. 61.6 y 61.7 del EBEP ya en todos los casos (funcionarios y laborales) para las plazas de empleados públicos de la administración regional y entidades locales en fraude de ley por abuso de temporalidad por parte de la Comunidad de Madrid, ayuntamientos y otras Administraciones públicas regionales y locales tras incumplir sus gobiernos reiteradamente la normativa europea de obligado cumplimiento sobre empleo temporal.
En esa situación se encuentran más de 50 mil empleados públicos en la Comunidad de Madrid
Y esta plataforma pide además que se suspenda la solución diseñada desde el Estado por su Gobierno y sindicatos : sacar
a OPEs convencionales esas plazas en fraude de ley, lo que puede suponer un
ERE de empleados públicos, masivo e ilegal, además de un incumplimiento de la normativa de la Unión Europea, cuyo Parlamento acaba de aprobar una importante resolución en la que insta a España y otros países a la
conversión a fijo como medida ante este abuso de temporalidad , condenando el despido por este
fraude de ley del personal afectado
martes, 12 de junio de 2018
[Plat Pers Temp CM ] 'Carta abierta a los sindicatos de la mesa de la función pública de la Comunidad de Madrid (CCOO,UGT, CSIT, CSI-F) '
'Las Administraciones Públicas, durante décadas, han preferido no
convocar de forma regular las plazas que era necesario cubrir con
personal fijo, lo que se ha materializado en recortes de plantilla y
precarización por abuso de temporalidad, que en la Comunidad de Madrid
afecta a más de 50.000 trabajadores. Mientras, los sindicatos visteis
pasar los años viendo crecer el número de trabajadores temporales
tomando medidas insuficientes ante esta situación a la que no
conseguisteis poner freno.
En las leyes laborales existen mecanismos de control y sanción para los excesos de los empleadores en el ámbito privado, pero no es así en el ámbito público. El empleo temporal no debería tener una duración superior a 3 años, pero los gobernantes no han previsto sanciones para la administración que incumpla ni compensaciones para el trabajador sobre el que se ejerce este atropello. Vosotros tampoco habéis conseguido que se legisle en este sentido.
Ante esta situación, a todas luces abusiva, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en septiembre de 2016, sentencia que la Administración española (Estatal, Autonómica y Local) viene realizando desde hace años contratos/nombramientos en FRAUDE DE LEY, abusando de la temporalidad.
La solución que el GOBIERNO y los SINDICATOS con mayor representación en el ámbito de la Función Pública (CSIF, UGT y CC.OO.) han acordado para resolver esta situación, ante la amenaza de sanción de 100 millones de euros de la Unión Europea, firmada el 29 de marzo de 2017 con el nombre de "Mejora del Empleo Público", no tiene en cuenta el FRAUDE ni el ABUSO cometido, ni contempla compensaciones de ningún tipo para los trabajadores afectados. Lo que se acuerda es resolver la temporalidad con procesos selectivos de O.P.E. por oposición o concurso-oposición. Esto aboca al despido a miles de trabajadores con gran experiencia tras años de servicio a la administración, y su sustitución por trabajadores más nuevos y más baratos ¿Dónde queda la defensa al trabajador sobre el que se comete fraude por abuso de temporalidad tras la firma del ”ACUERDAZO”? Trabajadores con más de 10, de 20 y de 30 años de antigüedad. Esto es lo que ha generado que los trabajadores, al margen de los sindicatos, nos hayamos visto obligados a organizarnos en plataformas. No nos sentimos defendidos ni representados y cada vez somos más.
En una resolución aprobada el 31 de mayo de 2018, el Parlamento Europeo, insta a la Administración Pública española (y a la de otros estados miembros) a resolver la situación de ABUSO POR TEMPORALIDAD, convertir al personal objeto de abuso en fijo como elemento compensador, a sancionar a las administraciones incumplidoras y condena que se despida a este personal reconocido en FRAUDE DE LEY (personal con más de 3 años de antigüedad).
Por todo esto, desde la PLATAFORMA DE PERSONAL TEMPORAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, solicitamos la solución mediante CONCURSO DE MÉRITOS como contempla el T.R.E.B.E.P. (artículos 61.6 y 61.7). Os pedimos que rectifiquéis los términos del “Acuerdazo”. Aún estamos a tiempo de dialogar, encontrar puntos en común y presionar al gobierno de la Comunidad de Madrid para llevar a cabo las directrices europeas, manteniendo la dignidad y el respeto al trabajador sobre el que se ha cometido abuso.'
En las leyes laborales existen mecanismos de control y sanción para los excesos de los empleadores en el ámbito privado, pero no es así en el ámbito público. El empleo temporal no debería tener una duración superior a 3 años, pero los gobernantes no han previsto sanciones para la administración que incumpla ni compensaciones para el trabajador sobre el que se ejerce este atropello. Vosotros tampoco habéis conseguido que se legisle en este sentido.
Ante esta situación, a todas luces abusiva, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en septiembre de 2016, sentencia que la Administración española (Estatal, Autonómica y Local) viene realizando desde hace años contratos/nombramientos en FRAUDE DE LEY, abusando de la temporalidad.
La solución que el GOBIERNO y los SINDICATOS con mayor representación en el ámbito de la Función Pública (CSIF, UGT y CC.OO.) han acordado para resolver esta situación, ante la amenaza de sanción de 100 millones de euros de la Unión Europea, firmada el 29 de marzo de 2017 con el nombre de "Mejora del Empleo Público", no tiene en cuenta el FRAUDE ni el ABUSO cometido, ni contempla compensaciones de ningún tipo para los trabajadores afectados. Lo que se acuerda es resolver la temporalidad con procesos selectivos de O.P.E. por oposición o concurso-oposición. Esto aboca al despido a miles de trabajadores con gran experiencia tras años de servicio a la administración, y su sustitución por trabajadores más nuevos y más baratos ¿Dónde queda la defensa al trabajador sobre el que se comete fraude por abuso de temporalidad tras la firma del ”ACUERDAZO”? Trabajadores con más de 10, de 20 y de 30 años de antigüedad. Esto es lo que ha generado que los trabajadores, al margen de los sindicatos, nos hayamos visto obligados a organizarnos en plataformas. No nos sentimos defendidos ni representados y cada vez somos más.
En una resolución aprobada el 31 de mayo de 2018, el Parlamento Europeo, insta a la Administración Pública española (y a la de otros estados miembros) a resolver la situación de ABUSO POR TEMPORALIDAD, convertir al personal objeto de abuso en fijo como elemento compensador, a sancionar a las administraciones incumplidoras y condena que se despida a este personal reconocido en FRAUDE DE LEY (personal con más de 3 años de antigüedad).
Por todo esto, desde la PLATAFORMA DE PERSONAL TEMPORAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, solicitamos la solución mediante CONCURSO DE MÉRITOS como contempla el T.R.E.B.E.P. (artículos 61.6 y 61.7). Os pedimos que rectifiquéis los términos del “Acuerdazo”. Aún estamos a tiempo de dialogar, encontrar puntos en común y presionar al gobierno de la Comunidad de Madrid para llevar a cabo las directrices europeas, manteniendo la dignidad y el respeto al trabajador sobre el que se ha cometido abuso.'
viernes, 8 de junio de 2018
[Plat Pers TEmporal CM] 'Llamamiento a la movilización este sábado 9 de Junio a las 12h de todos los trabajadores de las administraciones públicas en la Comunidad de Madrid afectados por la temporalidad y el mal llamado proceso de estabilización '
'TU PUESTO DE TRABAJO ESTÁ EN EL AIRE
Los pasos para el despido de miles de empleados públicos de la administración siguen produciéndose de forma inexorable.
Desde las distintas instituciones europeas se insta a la Administración Pública española a resolver la situación de ABUSO POR TEMPORALIDAD que sufren los empleados públicos en nuestro país, a convertir al personal objeto de abuso en fijo como elemento compensador, a sancionar a las administraciones incumplidoras y condena que se despida a este personal reconocido en “fraude de ley” (personal con más de 3 años de antigüedad).
La solución que el GOBIERNO y los SINDICATOS con mayor representación en el ámbito de la Función Pública (CSIF, UGT y CC.OO.) han acordado para resolver esta situación no tiene en cuenta el FRAUDE DE LEY ni el ABUSO cometido, ni contempla compensaciones de ningún tipo para los trabajadores afectados. Lo que se acuerda es resolver la temporalidad con procesos selectivos de O.P.E. por oposición o concurso- oposición. Esto aboca al despido a miles de trabajadores con gran experiencia tras años de servicio a la Administración, y su sustitución por trabajadores más nuevos y más baratos ¿Crees que a la empresa privada se le hubiera permitido semejante abuso de poder contra el trabajador? ¿No te parece indignante?
En estos últimos meses estamos viendo cómo distintos colectivos han salido a la calle para dar visibilidad al atropello del que estaban siendo objeto y se ha visto cómo esta presión ha hecho que los responsables reconsiderasen sus decisiones y modificasen sus posturas.
Nuestra fuerza está en el número. Tras tantos años de temporalidad cronificada por las AA.PP. de la Comunidad de Madrid se estima que más de 50.000 empleados públicos (unos 700.000 a nivel nacional) están afectados por esta O.P.E. Puedes quedarte en casa o salir a la calle y reivindicar que te tengan en cuenta, que valoren tu experiencia y el servicio prestado, y que eso se materialice en un proceso de estabilización de trabajadores y no de plazas ni puestos de trabajo, solicitando que se compense el abuso realizando la estabilización a través de un proceso selectivo de concurso de méritos, donde se le dé gran peso a la experiencia, que puede ser llevado a cabo en situaciones de excepcionalidad como la actual (artículos 61.6 y 61.7 del T.R.E.B.E.P.).
Si eres trabajador interino, eventual, laboral o temporal de cualquier tipo, estás directamente afectado por esta situación. Puedes asumirla y que administraciones y sindicatos continúen con su plan. PERO TAMBIÉN PUEDES SALIR A LA CALLE Y HACER VISIBLE UNA PETICIÓN QUE CONSIDERAMOS JUSTA Y DENTRO DEL MARCO LEGAL VIGENTE. La presión ciudadana puede inclinar la balanza. Por todo esto, LA PLATAFORMA DE PERSONAL TEMPORAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, REALIZA UN LLAMAMIENTO A LA MOVILIZACIÓN ESTE SÁBADO 9 DE JUNIO A LAS 12:00, para realizar una MANIFESTACIÓN desde la Plaza de Santa Bárbara a la sede del PP (actual partido en el gobierno en la Comunidad de Madrid) en la calle Génova.
HAZ OÍR TU VOZ. TU PRESENCIA Y TU TRABAJO SON IMPORTANTES'
Los pasos para el despido de miles de empleados públicos de la administración siguen produciéndose de forma inexorable.
Desde las distintas instituciones europeas se insta a la Administración Pública española a resolver la situación de ABUSO POR TEMPORALIDAD que sufren los empleados públicos en nuestro país, a convertir al personal objeto de abuso en fijo como elemento compensador, a sancionar a las administraciones incumplidoras y condena que se despida a este personal reconocido en “fraude de ley” (personal con más de 3 años de antigüedad).
La solución que el GOBIERNO y los SINDICATOS con mayor representación en el ámbito de la Función Pública (CSIF, UGT y CC.OO.) han acordado para resolver esta situación no tiene en cuenta el FRAUDE DE LEY ni el ABUSO cometido, ni contempla compensaciones de ningún tipo para los trabajadores afectados. Lo que se acuerda es resolver la temporalidad con procesos selectivos de O.P.E. por oposición o concurso- oposición. Esto aboca al despido a miles de trabajadores con gran experiencia tras años de servicio a la Administración, y su sustitución por trabajadores más nuevos y más baratos ¿Crees que a la empresa privada se le hubiera permitido semejante abuso de poder contra el trabajador? ¿No te parece indignante?
En estos últimos meses estamos viendo cómo distintos colectivos han salido a la calle para dar visibilidad al atropello del que estaban siendo objeto y se ha visto cómo esta presión ha hecho que los responsables reconsiderasen sus decisiones y modificasen sus posturas.
Nuestra fuerza está en el número. Tras tantos años de temporalidad cronificada por las AA.PP. de la Comunidad de Madrid se estima que más de 50.000 empleados públicos (unos 700.000 a nivel nacional) están afectados por esta O.P.E. Puedes quedarte en casa o salir a la calle y reivindicar que te tengan en cuenta, que valoren tu experiencia y el servicio prestado, y que eso se materialice en un proceso de estabilización de trabajadores y no de plazas ni puestos de trabajo, solicitando que se compense el abuso realizando la estabilización a través de un proceso selectivo de concurso de méritos, donde se le dé gran peso a la experiencia, que puede ser llevado a cabo en situaciones de excepcionalidad como la actual (artículos 61.6 y 61.7 del T.R.E.B.E.P.).
Si eres trabajador interino, eventual, laboral o temporal de cualquier tipo, estás directamente afectado por esta situación. Puedes asumirla y que administraciones y sindicatos continúen con su plan. PERO TAMBIÉN PUEDES SALIR A LA CALLE Y HACER VISIBLE UNA PETICIÓN QUE CONSIDERAMOS JUSTA Y DENTRO DEL MARCO LEGAL VIGENTE. La presión ciudadana puede inclinar la balanza. Por todo esto, LA PLATAFORMA DE PERSONAL TEMPORAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, REALIZA UN LLAMAMIENTO A LA MOVILIZACIÓN ESTE SÁBADO 9 DE JUNIO A LAS 12:00, para realizar una MANIFESTACIÓN desde la Plaza de Santa Bárbara a la sede del PP (actual partido en el gobierno en la Comunidad de Madrid) en la calle Génova.
HAZ OÍR TU VOZ. TU PRESENCIA Y TU TRABAJO SON IMPORTANTES'
martes, 5 de junio de 2018
Asunto Montero Mateos.El Tribunal de Justicia Europeo recula y sentencia que no es contrario a la normativa europea la normativa española de no conceder indemnización alguna al laboral interino cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), pero aunque no se le preguntaba, observa que si la "duración es inusualmente larga" debería examinarse si "recalificarlo como contrato fijo"
Recordemos que tras las famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público,
especialmente por una de ellas, la del caso "Diego de Porras", parecía
"claro" que los laborales interinos, incluidos los empleados públicos
(es decir, específicamente al menos los de relación de empleo laboral
temporal bajo "contratos" laborales"), tendrían derecho a indemnización y
además de 20 días por año, cuando fueran despedidos ("cesados") al
producirse la cobertura de su puesto por una de las situaciones
previstas en su contrato de interino: una sustitución, un proceso
selectivo para cubrir la vacante, el fin de la obra y servicio, etc.
Además
varias voces y algunas sentencias de juzgados de lo
Contencioso-Administrativo sobre empleados públicos funcionarios
interinos, es decir con relación de empleo administrativa (aquí entran
los estatutarios temporales de los servicios de Salud) apuntaban que
estas indemnizaciones también deberían extenderse a este personal que
ostenta nombramientos (y no contratos) de funcionario interino (y estatutario temporal) por el
principio de no discriminación con sus compañeros bajo contrato laboral.
Pero otras voces y juzgados y algún Tribunales Superior de Justicia
autonómicos se decantaba por aplicar el principio de no discriminación
sólo con su comparable fijo, es decir con el funcionario fijo, que no tiene
indemnización alguna por esos tipos de cese (precisamente porque no se le puede cesar por esas condiciones que sí se aplican al interino), y por tanto negando en base a esa "radical" argumentación toda indemnización al
funcionario interino (y al estatutario temporal ), como es en el caso de Madrid sin ir más
lejos).
lunes, 4 de junio de 2018
Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
Como resultado de numerosas peticiones que llegaron a la Unión Europea sobre precariedad laboral y abuso de la relación de empleo temporal, incluyendo entre ellas especialmente los abusos cometidos en la administración pública de varios estados miembros con sus empleados públicos [en la que destacan numerosas AAPP de España como la misma Comunidad de Madrid con un Servicio Madrileño de Salud con un 39% de temporalidad en la inmensa mayor parte de casos sobre puestos que son de necesidades evidentemente permanentes (el propio SERMAS ha reconocido más de 22 mil puestos ocupados de forma temporal más de 3 años a fecha 31/12/2016)] , la Presidenta del Comité de Peticiones, Cecilia Wikström, decidió dar traslado al Parlamento Europeo por la vía de una pregunta oral que hatrató en el Parlamento Europeo la semana pasada, acompañada de una de una propuesta de resolución del parlamento como respuesta (la iniciactiva parlamentaria RSP 2018/2600)
Hay que avisar que la normativa europea, formalizada en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal - norma que está por encima de toda la legislación española-, utiliza la nomenclatura de "contratos de duración determinada" para denotar cualquier relación de empleo con fin definido por una fecha o por una condición preestablecida como sería el ejemplo de la cobertura del puesto por un proceso selectivo de una Oferta de Empleo Público en una Administración Pública española. De esta manera un empleado público interino de vacante , incluyendo los que están bajo relación de empleo administrativa (como la de los funcionarios y la de los estatutarios de los Servicios de Salud , también es un "contrato de duración determinada" y no sólo lo es el empleado público temporal ( funcionario o laboral) con nombramientos o con contratos de, por ejemplo un año o meses (la denominación para el personal estatutario de los servicios de salud es de estatutario eventual) [Es más, pareciera que la relación de "indefinido no fijo", creada y asentada jurisprudecialmente en España en el ámbito de empleados públicos laborales, ¿no debería considerar igualmente un "contrato de duración determinada" en la terminología europea -es decir, una temporalidad en cuanto las condiciones de cese- a la vista evidente de que tiene como condición de cese la cobertura de su puesto ofrecido a OPE?]
Finalmente, el Parlamento Europeo decidió aprobar una Resolución el 31/05/2018 [ver aquí el texto de esta Resolución definitiva aprobada ]
que ha mantenida intacta la propuesta que se trataba en cuanto a los puntos sobre empleo público. Así la Resolución aprobada del Parlamento Europeo contiene estos importantes puntos [comentarios nuestros entre corchetes] para el problema del fraude de ley por abuso de temporalidad en la Administraciones públicas españolas [y, por ende para las reivindicaciones de estabilidad directa por parte de los centenares de miles de empleados públicos temporales en situación de abuso de temporalidad, que ahora quedan, sin duda, reforzadas]:
- [punto 16] se denuncia que el uso continuado de "contratos de trabajo de duración determinada" para cubrir necesidades permanentes es una violación de la Directiva 1999/70/CE [y esto incluye por tanto la situación de un nombramiento interino de vacante de duración larga en el tiempo, más de 3 años según la jurisprudencia española]
- [punto 17] se recuerda que
el Tribunal de Justicia Europeo ya ha dictaminado en su sentencia de
26/11/2014 del asunto "Mascolo" que la conversión de "contrato de
duración determinada" [es decir, de una relación de empleo temporal en la terminología española], en un contrato de duración indefinida [relación fija o como la del personal fjio en la terminología
española] es una medida adecuada a la normativa europea para "prevenir el
uso abusivo de los contratos de duración determinada "
[Nótese que precisamente una petición judicial de la conversión a equivalente a fijo de
un estatutario interino de 17 años del SERMAS está ya en manos del Tribunal de Justicia Europeo,
al considerar el juzgado español que la normativa española no da una
respuesta a este abuso de la temporalidad en el empleo público adecuada a
la exigida por la normativa europea].
- [punto 18] la normativa de cada Estado debe incluir "sistemáticamente" la transformación de un "contrato de duración determinada" en un contrato de duración indefinida" [es decir, según la terminología española- la conversión de relación personal de empleo temporal en fija] como manera efectiva de sancionar el abuso en la temporalidad del empleo temporal tanto en el sector público como en el privado
- [punto 19]esa transformación a relación indefinida ["fija"] no exime de la obligación de sancionar al empleador, existiendo además la posibilidad de indemnizar al empleado por los perjuicios sufridos pro el abuso de temporalidad
[Parlamento Europeo] 'El Parlamento Europeo insta a los países de la UE a combatir el empleo precario y el abuso de la contratación temporal tanto en el sector público como en el privado' [Resolución aprobada: obligación de transformar los contratos temporales reiterados en indefinidos]
'La Cámara aprobó con 312 votos a favor, 75 en contra y 155
abstenciones, una resolución preparada por la comisión de Peticiones,
tras recibir numerosas peticiones ciudadanas desde diferentes Estados
miembros sobre casos de contratos laborales que bordean la legalidad.
Más inspecciones
Los estados miembros deben luchar contra el empleo precario, como los denominados contratos de "cero horas”, y velar por que se respete el precedente establecido por el Tribunal de Justicia de la UE en legislación laboral, señala el texto. Los contratos de “cero horas”, frecuentes sobre todo en Reino Unido, son una fórmula que no garantiza un mínimo de horas de trabajo.
Los eurodiputados también piden inspecciones para asegurar que los trabajadores sujetos a contratos temporales o flexibles se beneficien, como mínimo, de la misma protección que el resto de trabajadores.
Recuerdan, asimismo, la obligación de transformar los contratos temporales reiterados en indefinidos, en cumplimiento de la interpretación del Tribunal de la UE, y piden que esto se incorpore de manera coherente en los marcos jurídicos nacionales.
La resolución también
Más inspecciones
Los estados miembros deben luchar contra el empleo precario, como los denominados contratos de "cero horas”, y velar por que se respete el precedente establecido por el Tribunal de Justicia de la UE en legislación laboral, señala el texto. Los contratos de “cero horas”, frecuentes sobre todo en Reino Unido, son una fórmula que no garantiza un mínimo de horas de trabajo.
Los eurodiputados también piden inspecciones para asegurar que los trabajadores sujetos a contratos temporales o flexibles se beneficien, como mínimo, de la misma protección que el resto de trabajadores.
Recuerdan, asimismo, la obligación de transformar los contratos temporales reiterados en indefinidos, en cumplimiento de la interpretación del Tribunal de la UE, y piden que esto se incorpore de manera coherente en los marcos jurídicos nacionales.
La resolución también
- pide a la Comisión y a los países de la UE que garanticen la igualdad de retribución por idéntico empleo en el mismo lugar;
- subraya que la Directiva sobre la ordenación del tiempo de trabajo debe aplicarse a los trabajadores con contratos de "cero horas", de modo que queden sujetos a las normas sobre períodos mínimos de descanso y duración máxima del trabajo;
- invita a los estados miembros a mejorar las condiciones de trabajo en los puestos de trabajo atípicos o no convencionales, proporcionando, como mínimo, un conjunto de normas mínimas sobre protección social, salario mínimo y formación;
- denuncia la renovación de los contratos temporales para cubrir necesidades que no son de carácter temporal, sino permanente y duradero, y
martes, 29 de mayo de 2018
[Voz Populi] La Justicia española pregunta al Tribunal de Justicia Europeo si es posible hacer fijo al estatuario temporal de Sanidad de más de 3 años de antigüedad por el caso de un informático del SERMAS
Informa Voz Populi el 26/05/2018 de la importante noticia de la que nos hacíamos eco aquí semanas antes cuando su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea: el Tribunal de Justicia Europeo debe dar respuesta a la "cuestión prejudicial" planteada por el Juzgado
Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid por la demanda de un
informático del SERMAS estatutario interino durante más de 17 años sobre si puede adquirir la condición de fijo el
personal estatutario temporal en situación de abuso de temporalidad [más de 3 años] en
base a la Directiva 1999/70/CE sobre empleo temporal, norma de la Unión Europea por
encima de la legislación española.
[El personal estatuario es el tipo de empleado público normal de los Servicios de Salud, y , como el funcionario, se rige por una relación de empleo administrativa y
no laboral, y por tanto se trata en la Jusiticia por el orden de lo
Contencioso-Administrativo y no del Social]
El medio se hace eco de las afirmaciones de la jueza nacional [ver su auto judicial] que ha planteado esta importante cuestión sobre que la legislación nacional no se ha acogido de forma adecuada a lo obligado por la directiva europea. También comenta el medio que una sentencia favorable podría obligar a estabilizar a los más de 100.000 mpleados públicos estatutarios de los servicio de salud que se encuentren en situación de temporalidad desde hace
más de 3 años.
viernes, 25 de mayo de 2018
[Plat Pers Temporal CM] Entregadas en la Asamblea de Madrid más de 13 mil firmas de empleados pùblicos en la Comunidad de Madrid pidiendo el concurso de méritos como solución a la ilegalidad del abuso en la temporalidad
'La Plataforma de Personal Temporal de las AAPP de la Comunidad de Madrid
hizo entrega este Jueves 24 de Mayo de 2018 de 13.734 firmas a los grupos políticos de la Asamblea de
Madrid
Esta Plataforma agrupa a todo el personal temporal de las Administraciones Públicas con ubicación en la Comunidad de Madrid (administración regional y local) y que está integrada en la Plataforma de nivel Nacional de interinos, temporales y eventuales [PI] en exigir una solución al excepcional fraude de ley por temporalidad de duración excesiva -situación especialmente masiva en la Comunidad de Madrid con decenas de miles de personas-, mediante la vía de un concurso de méritos, así mismo excepcional, pero contemplada en la propia normativa española del Empleado Público, mientras el Estado o la CCAA, publique una ley habilitándola. Y que el nuevo empleo y reposición se oferte anualmente mediante concursos-oposición regulares de todas las nuevas plazas para que no vuelva a reproducirse el fraude.
Esta Plataforma agrupa a todo el personal temporal de las Administraciones Públicas con ubicación en la Comunidad de Madrid (administración regional y local) y que está integrada en la Plataforma de nivel Nacional de interinos, temporales y eventuales [PI] en exigir una solución al excepcional fraude de ley por temporalidad de duración excesiva -situación especialmente masiva en la Comunidad de Madrid con decenas de miles de personas-, mediante la vía de un concurso de méritos, así mismo excepcional, pero contemplada en la propia normativa española del Empleado Público, mientras el Estado o la CCAA, publique una ley habilitándola. Y que el nuevo empleo y reposición se oferte anualmente mediante concursos-oposición regulares de todas las nuevas plazas para que no vuelva a reproducirse el fraude.
jueves, 24 de mayo de 2018
[Blog de Ignasi Beltrán] El Tribunal Supremo reconoce la posiblidad de la promoción profesional a empleados públicos LABORALES "indefinidos no fijos" pero mantiene su carácter temporal ante convocatorias de OPEs de su puestos
Informaba Ignasi Beltrán en su blog el pasado 18/05/2018 de la sentencia de 02/04/2018 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en el recurso de casación por el caso de unos empleados públicos con contratos laborales indefinidos "no fijos", en concreto de una empresa pública de la CCAA de Andalucía, la Empresa de Gestión Medioambiental
En esta sentencia el alto Tribunal español reconoce el derecho a poder participar en procesos de promoción profesional (reservados a personal fijo) a esta figura ya asentada en la jurisprudencia española para el caso de fraude de ley de abuso de temporalidad en empleados públicos bajo contrato laboral
En esta sentencia el alto Tribunal español reconoce el derecho a poder participar en procesos de promoción profesional (reservados a personal fijo) a esta figura ya asentada en la jurisprudencia española para el caso de fraude de ley de abuso de temporalidad en empleados públicos bajo contrato laboral
miércoles, 23 de mayo de 2018
[Plat. Pers. Temp CM] Jueves 24 de Mayo: entregan de más de 13 mill firmas de empleados públicos en la Comunidad de Madrid demandando a la Asamblea de Madrid una ley para sus estabilidad ante el abuso ilegal en temporalidad de las Administraciones Públicas
'Por motivos logísticos y de registro, el propio día 17 de Mayo de nuestra concentración, no se pudieron
entregar las firmas de trabajadores que se habían estado recogiendo en las distintas
administraciones públicas de la Comunidad de Madrid, regionales y locales, para pedir una ley a la
Asamblea de Madrid con las convocatorias de concurso de méritos como solución a la
ilegalidad del abuso en tiempo de temporalidad en dichas AAPP.
El acto de entrega de las 13.374 firmas finalmente va a ser este Jueves 24 de Mayo, a las 10:00 en la Asamblea de Madrid, acto al que naturalmente estáis invitad@ a asistir.
El acto de entrega de las 13.374 firmas finalmente va a ser este Jueves 24 de Mayo, a las 10:00 en la Asamblea de Madrid, acto al que naturalmente estáis invitad@ a asistir.
viernes, 18 de mayo de 2018
[EFE/ABC] Unos mil interinos se concentran ante la Asamblea de Madrid para exigir estabilidad ante el fraude elgal del abuso de temporalidad
Informa EFE vía ABC este 17/08/2018 que aproximadamente mil interinos empleados públicos en la Comunidad de Madrid, convocados por la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid, se concentraron en la Asamblea de Madrid para pedir
que se paralicen las ofertas de empleo con la consiguientes
convocatorias de oposiciones
que el Gobierno del Estado ha autorizado en todas las AAPP con las
llamadas "plazas de estabilización" , que son las
de personal temporal que lleva "10-15 o hasta 20 años" trabajando
jueves, 17 de mayo de 2018
[Cadena SER] Interinos de muchos años en la Comunidad de Madrid denuncian que la próximas convocatorias son un ERE encubierto y se concentrarán ante la Asamblea de Madrid
[AMYTS] 'AMYTS ante la temporalidad desmedida de los profesionales sanitarios'
'Como hemos venido denunciando reiteradamente desde hace años, la situación de temporalidad que sufren los médicos del sistema público sanitario es sonrojante, y alcanza al 37,5% de los facultativos del SERMAS y al 43,7% de los que ejercen en el ámbito hospitalario. Entendemos que la situación, completamente ilegal, se ha producido por la continua dejación de funciones de la Administración al no llevar al día procesos selectivos,
perpetuando las contrataciones en situación de interinidad, y el abuso
que ha supuesto cubrir -insuficientemente- las necesidades asistenciales
con contrataciones eventuales mantenidas en el tiempo. Todo ello
supone, además, un franco incumplimiento de los acuerdos sindicales del 2007.
Por todo ello, desde AMYTS hemos promovido, en colaboración con el Despacho de Abogados Araúz de Robles, la que hemos llamado “vía europea contra la precariedad”
y que ya había obtenido alguna sentencia favorable en otros ámbitos de
la Administración. Y se han interpuesto varias demandas interesando la
aplicación de la Directiva 1999/70/CE, “para que se condene a
transformar la relación temporal abusiva mantenida por el Servicio
Madrileño de Salud (SERMAS) con sus empleados estatutarios temporales,
en una relación fija estable, o al menos equiparable a la de los
empleados estatutarios fijos”- en palabras del mismo Javier Araúz.
Esta vía europea contra la precariedad,
iniciada por AMYTS en junio de 2016, se consolida ahora con la
publicación de una cuestión prejudicial en el Diario Oficial de la Unión Europea del 7 de mayo. Dicha cuestión prejudicial fue planteada por el Juzgado de lo Contencioso nº 8 de Madrid el pasado mes marzo,
en relación con los reiterados incumplimientos del SERMAS en la
aplicación de dicha directiva europea, que prohíbe los contratos
temporales sucesivos para cubrir puestos de actividad ordinaria. De esta
manera, se oficializa la consulta al TSJE que emitirá un
pronunciamiento vinculante sobre esta cuestión, dictaminando si hay que
hacer fijo al personal de Sanidad en situación de abuso de temporalidad
en relación al caso de un informático del SERMAS estatutario interino
más de 17 años que se acogió a esta vía de reclamación impulsada por
AMYTS. Entendemos que así se busca una solución judicial a lo
que, en realidad, es una situación clara injusticia y de ilegalidad
mantenida por parte de la Administración.
Por el camino, se produjo un acuerdo
entre el Gobierno Central y los sindicatos UGT y CCOO que pretendía,
mediante la organización de una OPE de estabilización coordinada a nivel
de Comunidades Autónomas, poner solución a la elevada temporalidad
mediante la convocatoria de todas las plazas disponibles en las que se
hubiera acumulado una antigüedad mínima.
miércoles, 16 de mayo de 2018
APISCAM apoya la concentración #LosQueEstánSeQuedan de este Jueves 17 de Mayo a las 18h ante la Asamblea de Madrid por la estabilidad de los miles de empleados públicos temporales
Por
decisión de la asamblea del colectivo de informáticos de la semana pasada, esta Asociación de Profesionales de Informática [de la
Consejería]de Sanidad de la Comunidad de Madrid , APISCAM, apoya la concentración que tendrá lugar este Jueves 17 de Mayo a las 18h ante la Asamblea de Madrid convocada por la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid, para
denunciar la situación de abuso de temporalidad de decenas de miles de
empleados públicos en la Comunidad de Madrid, "en fraude de ley" en los
casos de duraciones superiores a más de 3 años - el caso de la inmensa
mayoría del personal informático del SERMAS- y para exigir como
solución excepcional para la estabilidad del personal temporal de larga
duración la contemplada por el Estatuto Básico del Empleado Público, en
sus artículos 61.6 y 61.7 del concurso de méritos, así como OPEs
regulares ya con los nuevos puestos.
Precisamente un primer
proceso de consolidación para el personal informático del SERMAS, ha
sido una de las reivindicaciones históricas de este colectivo, junto con
la inclusión previa de todo este personal en plantilla de categorías
propias del SERMAS (las categorías estatutarias de informática, sólo
parcialmente resuelta a día de hoy al seguir exlcuyendo a una parte de
personal en categorías de la función administrativa, pese a los compromisos
del Gobierno de la Comunidad sobre personal informático y gobierno
propio de las TI del SERMAS que siguen pendientes. [Redacción Médica] El Estatuto Básico del Empleado Público contempla la vía del concurso de méritos para pasar a fijo sin examen, y clave para las demandas de los empleados públicos en abuso de temporalidad
Informa Redacción Médica este 14/01/2018 -tras la importante noticia de que el Tribunal de Justicia Europeo tendrá que decidir,
por el caso de un informático del SERMAS, si con la normativa de
rango superior de la Unión Europea sobre empleo temporal se puede sentenciar la condición de fijo al personal [estatutario] de la Sanidad pública en situación de abuso de temporalidad- que la propia ley española del Estatuto Básico del Empleado Público contempla en sus artículos 61.6 y 61.7 una posibilidad de carácter excepcional para alcanzar la realizar la condición de empleado público fijo sin examen, la de convocar tras una ley sistemas selectivos con únicamente fase de valoración de méritos., opinando que este hecho podría ser clave en la cuestión que valorar á el Tribunal de Justicia Europeo
[CGT C. de Madrid] CGT Apoya las reivindicaciones de los interinos para defender sus puestos de trabajo. Concentración 17 de Mayo convocada por la Plataforma de Personal Temporal en las AAPP
' Tras el compromiso que CGT
adquirió en la asamblea celebrada en Alenza, el 24 de abril de 2018 de informar
y apoyar todas las reivindicaciones de los interinos para defender sus puestos
de trabajo, os informamos de que la “Plataforma
de Personal Temporal de las Administraciones Públicas” ha convocado a todos
los empleados públicos temporales a una concentración frente a la Asamblea de
Madrid el día 17 de mayo de 2018 a las 18:00hrs.'
[MATS] 'Apoyemos al personal interino y temporal: “Si Ganan, Ganamos Tod@s' [Concentracion #LosQueEstánSeQuedan #17Mayo 18h ante #AsambleaCM]
'Desde hace unos meses se vienen movilizando trabajadoras y
trabajadores de las administraciones públicas. El motivo es denunciar
que en este país alrededor de 700.000 empleados públicos se encuentran
en una situación de fraude de ley según sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Durante años y años, muchos empleados públicos fueron encadenando contratos temporales, por culpa de unas administraciones que incumplieron la ley con el único objetivo de precarizar las condiciones laborales y disminuir los gastos sociales. No había ningún motivo para que todas las plazas estructurales –de más de tres años- fuesen saliendo a concurso oposición para convertirse en plazas fijas.
Tras la llamada de atención de la UE, el gobierno no tuvo más remedio que inventarse un plan de “estabilización” de empleo público sacando miles de plazas a concurso oposición. Dicho plan fue acordado con los sindicatos CCOO, UGT y CSIF el 29 de marzo de 2017. Pero el plan es un caramelo envenenado para decenas de miles de empleados públicos que, en caso de no aprobar un examen, se encontrarán de patitas en la calle tras diez, quince o veinte años de sufrir la precariedad laboral.
Durante años y años, muchos empleados públicos fueron encadenando contratos temporales, por culpa de unas administraciones que incumplieron la ley con el único objetivo de precarizar las condiciones laborales y disminuir los gastos sociales. No había ningún motivo para que todas las plazas estructurales –de más de tres años- fuesen saliendo a concurso oposición para convertirse en plazas fijas.
Tras la llamada de atención de la UE, el gobierno no tuvo más remedio que inventarse un plan de “estabilización” de empleo público sacando miles de plazas a concurso oposición. Dicho plan fue acordado con los sindicatos CCOO, UGT y CSIF el 29 de marzo de 2017. Pero el plan es un caramelo envenenado para decenas de miles de empleados públicos que, en caso de no aprobar un examen, se encontrarán de patitas en la calle tras diez, quince o veinte años de sufrir la precariedad laboral.
[SUSH/SAS] '17 de mayo concentración en la Asamblea de Madrid del personal temporal de la Administración.'
'Ante la convocatoria de la Plataforma de Personal Temporal de la Administración Pública de la Comunidad de Madrid, de una concentración en la Asamblea de Madrid, el jueves 17 de
mayo de 2018 a las 18:00h., pidiendo un concurso de méritos para la
consolidación de empleo del personal temporal de la Administración
Pública de la Comunidad de Madrid.
Creemos oportuno hacer público el presente comunicado.
En enero de 2017 las organizaciones
Sindicato de Sanidad de Madrid (CGT), Sindicato Asambleario de Sanidad
de Madrid (SAS), Asociación Sindical del SUMMA 112 (SUMMAT) y Sindicato
Único de Sanidad e Higiene de la CAM (SUSH), entregamos a todos los
grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid, e hicimos pública,
nuestra propuesta para acabar con la excesiva temporalidad en el Servicio Madrileño de Salud.
A fecha de hoy, y en base a los datos
ofrecidos en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, los
números de temporalidad en el SERMAS son aún más escandalosos que
entonces (ver cuadro siguiente), habiendo pasado del 35,52 al 38,34%.
Por ese motivo, compartimos la
indignación de los colectivos afectados, apoyamos las movilizaciones y
nos remitimos de nuevo a nuestra propuesta de enero de 2017 a la que
podéis acceder en el siguiente enlace:
http://www.sush.es/?q=node/453 'lunes, 14 de mayo de 2018
[Redacción Médica] La Justicia española pregunta al Tribunal de Justicia Europeo si declarar fijo por la normativa europea al estatuario temporal de Sanidad con más de 3 años de antigüedad en fraude de ley por el caso de un informático del SERMAS
Informaba Redacción Médica el 11/05/2018 de la importante noticia de la que nos hacíamos eco aquí días antes: el Tribunal de Justicia Europeo estudiará el abuso de temporalidad de la Comunidad de Madrid con su personal [estatutario] de la Sanidad pública [el personal
"estatutario" que se rige por una relación de empleo administrativa y
no laboral, como el funcionario, y por tanto se juzga por el orden de lo
Contencioso-Administrativo y no del Social] y dictaminará si puede adquirir la condición de fijo el
personal estatutario temporal (interino de vacante, eventual o de
sustitución) en situación de abuso de temporalidad o "fraude de ley" en
base a la Directiva 1999/70/CE sobre empleo temporal, norma de la Unión Europea por
encima de la legislación española, a consulta de un Juzgado
Contencioso-Administrativo tras la demanda de un
informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años
El medio se hace eco de las consecuencias de esta consulta, que en caso de ser favorable en sus cuestión sobre fijeza podría obligar a estabilizar a más de 100.000 empleados públicos de todos los servicios públicos de salud que se encuentren en situación de temporalidad desde hace más de 3 años, sin pasa por ningún proceso de oposición.
ACTUALIZACION: [Reflejo y comentarios a esta noticia en Menéame]
El medio se hace eco de las consecuencias de esta consulta, que en caso de ser favorable en sus cuestión sobre fijeza podría obligar a estabilizar a más de 100.000 empleados públicos de todos los servicios públicos de salud que se encuentren en situación de temporalidad desde hace más de 3 años, sin pasa por ningún proceso de oposición.
ACTUALIZACION: [Reflejo y comentarios a esta noticia en Menéame]
NOTA DEL EDITOR:
Por un lado, nótese que la noticia de Redacción Médica es una noticia a partir de una noticia nuestra sobre la consulta realizada hace unos meses por el Juzgado nº8 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, y ahora publicada su recepción por el Tribunal de Justicia Europea el Diario Oficial de la Unión Europea . Agradecemos a Redacción Médica la difusión de esta información. OJO lógicamente , y como es habitual, el medio de prensa utiliza una lenguaje periodístico no técnico y sin precisión jurídica con el fin de que sea comprensible. Para una completa precisión sobre el contexto, razonamientos y cuestiones vinculantes presentadas al tribunal europea, consultar el propio auto de la jueza o las cuestiones judiciales que tendrá que responder el Tribunal de Justicia Europeo.
Por un lado, nótese que la noticia de Redacción Médica es una noticia a partir de una noticia nuestra sobre la consulta realizada hace unos meses por el Juzgado nº8 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, y ahora publicada su recepción por el Tribunal de Justicia Europea el Diario Oficial de la Unión Europea . Agradecemos a Redacción Médica la difusión de esta información. OJO lógicamente , y como es habitual, el medio de prensa utiliza una lenguaje periodístico no técnico y sin precisión jurídica con el fin de que sea comprensible. Para una completa precisión sobre el contexto, razonamientos y cuestiones vinculantes presentadas al tribunal europea, consultar el propio auto de la jueza o las cuestiones judiciales que tendrá que responder el Tribunal de Justicia Europeo.
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