jueves, 1 de octubre de 2015

Publicada en el BOCM una nueva composición del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud

En el BOCM de ayer (nº 232 de 30/09/2015) se publicó el  DECRETO 211/2015, de 29 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica  el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud , que, entre otras cosas, fija la composición del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud,

Aparte de introducir a los titulares de las nuevas Direcciones Generales de la estructura de la Consejería de Sanidad y del SERMAS en dicho Consejo de Administración, está la novedad de introducir en su composición al titular de la Agencia Madrileña de Atención Social y extender los vocales nombrados por el Consejero de Sanidad de 5 a 7, incluyendo ahora la obligación de haber uno del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid además de los que  ya había del Colegio de Médicos y del de Enferemería, así como otros tres de los "restantes" Colegios Oficiales de profesiones sanitarias que haya en la Comunidad de Madrid.

En concreto la composición del Consejo de Administración queda así
a) Presidente: El titular de la Consejería de Sanidad.
b) Vicepresidente: El titular de la Viceconsejería de Sanidad.
c) Vocales:
— Los titulares de las Direcciones Generales del Servicio Madrileño de Salud.
— Los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería de Sanidad.
— El titular de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.
— El titular de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
— El titular de la Agencia Madrileña de Atención Social.
— Tres representantes de las organizaciones sindicales con presencia en la Mesa Sectorial de Sanidad, con rango de Secretario General.
— Siete Vocales nombrados por el Consejero de Sanidad entre profesionales de reconocido prestigio, de los cuales tres serán a propuesta del Colegio Oficial de Médicos, de Enfermería y de Farmacéuticos de Madrid, respectivamente, y otros tres a propuesta de los restantes Colegios Oficiales representados en el Pleno de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la Comunidad de Madrid, y un vocal nombrado libremente por el Consejero de Sanidad entre profesionales de reconocido prestigio.
d) Secretario: El titular de la Secretaría General del Servicio Madrileño de Salud, quien asistirá con voz pero sin voto”.

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