Ha trascendido en redes la respuesta del Gobierno a la pregunta por escrito en el Congreso nº 184/013053 l que presentó la Chunta Aragonesista, vía su diputado en el Grupo Plurinacional SUMAR, Jorge Pueyo, sobre "las medidas que va a adoptar el Gobierno para dar cumplimiento a la sentencia de 22/02/2024 del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] , que rechaza el concepto de indefinido no fijo", cuyo plazo de contestación acaba ayer [enlaces sobre el texto nuestros]
"El Gobierno está estudiando las implicaciones de las sentencias europeas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de Febrero y de 13 de Junio, así como de la Carta de emplazamiento de 3 de Octubre de 2024 recibida de la Comisión Europea (ref C(2024) 6214 final)."
- según la exposición del texto de la pregunta
del diputado de la Chunta, dicha sentencia europea de 22 de Febrero "rechaza el concepto de indefinido no fijo ,
indicando que los jueces nacionales deben modificar su jurisprudencia si
ésta contradice los objetivos de la Directiva 1999/70/CE" y "da la
razón al personal interino y temporal del sector público tras diez años
de reivindicaciones y permite dar una solución justa de estabilidad a más de un millón de trabajadores públicos que se encuentra en una situación de abuso en su contratación temporal",
- la otra sentencia de 13 de Junio del Tribunal de Justicia de la UE citada por el gobierno, sentencia en los asuntos
acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros , donde el alto tribunal europeo ha explicitado en el fallo final que no valen como sanción al abuso de temporalidad
pública ni la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de
estabilización e indemnización al cese o con tope , como los de la ley 20/2021, y
que ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción
los órganos judiciales españoles deben intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho
nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción,
modificando esa jurisprudencia incompatible con Europa del Supremo, siendo posible
una fijeza en los casos de funcionarios internos considerados en la forma de cualquier declaración
de personal indefinido con la misma
condiciones de cese que el funcionario de carrera sin necesidad de adquirir la condición de funcionario de carrera en sí,
- y , por último, la Comisión Europea acaba de instar a ESPAÑA a que mejore medidas sancionadoras del abuso de temporalidad pública mediante el envío de una Carta de Emplazamiento Complementaria en el procedimiento de infracción 2014/4334 de la Comisión Europea [INFR(2014)4334] sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª de la misma Directiva por el abuso de temporalidad , tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917, y por el que el Gobierno anterior aprobó en la Ley 20/2021, tanto medidas a futuro como unos procesos de estabilización, que esas dos recientes sentencias europeas han dictaminado precisamente que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [23/06/2021] En
pregunta en el Congreso de Coalición Canaria sobre "la solución que va a
dar el Gobierno a la situación de fraude de ley por abuso de
temporalidad de los empleados públicos", el Ministro Iceta responde que
procesos de estabilización de concurso-oposición dando la posibilidad
adicional a las CCAA de concursos de méritos
- [20/09/2021] Finalizó
el plazo de enmiendas en el Proyecto de Ley de modificación del Real
Decreto-Ley de reducción de la temporalidad. El PSOE propone permitir a
las AAPP la posibilidad de concurso de méritos libre con las plazas
temporales más de 10 años que no se hayan convocado y, para el resto de
futuras convocatorias de procesos de estabilización, la posibilidad de
que los ejercicios de la oposición no sean eliminatorios. EL Partido
Popular propone ampliar las plazas bajo los procesos de estabilización y
garantizar que las AAPP los ejecuten como concurso-oposición,
proponiendo solamente la posbilidad de no hacer oposición a quien tenga
superarado sin plaza uno de los procesos selectivos anteriores. Podemos
propone concurso de méritos obligatorio con valoración especial de la
antigüedad en el puesto para los puestos temporales más de 5 años y
oposición no eliminatoria para el resto
- [29/12/2021]
Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [23/01/2024] El último Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas publicado por Función Pública reconoce, a Julio de 2023, más de 1 millón 100 mil empleados públicos temporales entre todas las AAPP , el 38% de los empleados públicos. Se puede extrapolar que más de 800 mil puestos estarían en fraude de ley de temporalidad superior a 3 años. La C. de Madrid tiene temporales al 45% de sus empleados públicos, la mayoría en Sanidad, con un 53% de temporalidad en su sector de Administración General.
- [08/02/2024] Comparativa
del número de plazas a concurso de méritos de estabilización con las
cifras de temporales en los sectores de Administración General,
docentes no universitarios e instituciones sanitarios del personal de
las propias CCAA a Julio de 2023 publicadas en Boletín Estadístico del
Personal al servicio de las Administraciones Públicas : al menos 3/4 del
personal en abuso de temporalidad de esos sectores, más de medio millón
de empleados, no ha podido obtener fijeza por esos concursos de méritos
- [22/02/2024] El
Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024
reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido
durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura
del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público
como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos
de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal
remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es
constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la
fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social
del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más
cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [18/03/2024] Coalición Canaria presenta una Proposición No de Ley para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia del Tribunal de justicia dela UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021
- [15/04/2024] Retirada la Proposición No de Ley que presentó Coalición Canaria para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia de 22 de Febrero del Tribunal de Justicia de la UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021
- [13/06/2024] Sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
- [02/08/2024] Chunta Aragonesista presenta una Pregunta en el Congreso sobre las medidas qué va a adoptar el Gobierno para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de justicia de la UE de 22 de Febrero de 2024, que "da la razón al personal interino" y "permite dar una solución de estabilidad a más de un millón" de trabajadores públicos en abuso de temporalidad
- [16/09/2024] En trámite la pregunta de la Chunta Aragonesista en el Congreso sobre las medidas qué va a adoptar el Gobierno para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de justicia de la UE de 22 de Febrero de 2024, que "da la razón al personal interino" y "permite dar una solución de estabilidad a más de un millón" de trabajadores públicos en abuso de temporalidad
- [03/10/2024] IMPORTANTE [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de octubre: Cartas de emplazamiento. 'La Comisión insta a ESPAÑA a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [ "Las nuevas normas nacionales" -ley 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" ]
32 comentarios:
Patada pa`lante
Pues que estudie, y lo haga rapidito y bien, y si lo hace así, RAPIDITO Y BIEN, pues que transponga la Directiva 1999/70/CE. COMO LO HA HECHO ESTOS DÍAS CON OTROS ASUNTOS BASTANTE CONTROVERTIDOS
Para ayudar al gobierno en su "estudio" tenemos que ser miles y hacer mucho ruido el próximo sábado 19 de Octubre en la manifestación de Madrid.
De lo contrario lo seguirán estudiando hasta que acaben con todos los interinos.
Ok . Y que pone esa referencia que se cita en la carta.
La referencia es, la segunda carta de emplazamiento.
¿Podemos disponer de la misma?
O nos están haciendo una "envolvente" o synalagma el Gobierno y la Comisión Europea ??. Luz y taquígrafos por favor, más transparencia!!!!.
Ja,ja,jaaa.... Estamous trabahando en eyo, como Aznar
"Está estudiando las implicaciones..."
No debería ser más bien. ....
Un.... "Vamos a legislar" .... BASTA YA!!!!!!!!!
Saben perfectamente el Coste que tiene NO LEGISLAR!!!!!
Todos le decimos, absolutamente TODOS ,,, QUE LEGISLE YA , POR FAVOR!!!
Y que lo haga en este cuatrimestre, si no será MAL ESTUDIANTE!!!!! Soluciones antes de Febrero , por favor!!!!!
En cualquier caso, estamos con avances de caracol....
Hemos pasado del, a ver que pasa con Obadal, al estamos estudiando .... . La pregunta es.
Van a legislar antes de Obadal? SI o NO????
Quien quiera que conteste ....
Mi respuesta es que SI, pero lo harán después de Semana Santa.
Esperar a Obadal, es demasiado arriesgado. Es "arriesgarse" a tener que compensar con 33 días, SI o SI.
Ya lo dice Parada. Esto es un "cara o cruz". ¿O Legislas o 33 días?
Yo me pido Cara ..
Estudias o Trabajas ? Pues evidentemente trabajo ....
Tienen que legislar y transponer la Directiva, gracias a la Chunta Aragonesista a Jorge Pueyo y todos los politicos que quieran hacer una cosa que es de justicia, Palante!!!!!!
33 dias para todo aquel que denuncie y que este en fraude...y en plazo de reclamacion...matizar a la hora de decirlo...que aun hay gente que lo cesan y se piensan que les van a indemnizar sin haber presentado la denuncia previa...ni ir a juicio...aqui nadie va a regalar nada...que nos quede claro...para 4 que pueden beneficiarse en el ultimo momento de lo que quede en los concursos de meritos y de las plazas residuales...el resto va a ser via judicial...y el que quiera luchar...como todo...hasta el año que viene ni el tjue ni el ts legislan al respecto sobre las prejudiciales...aun queda un año para aquellos que no se hayan puesto las pilas...luego a llorar a la via del tren
Aprovechemos ESTE CONTEXTO en el que nos encontramos. Debemos acudir en masa a la manifestación del 19 de octubre. Por favor, en un momento crucial.
Y mientras tanto. 17.000 compañeros en Aragón jodidos.
Aceituno y Mr 155. ERRE Q ERRE.
https://www.eldiario.es/aragon/80-plazas-interinos-gobierno-aragon-ofertadas-concurso-traslados-quedan-desiertas_1_11718266.amp.html
A 17:02 El buscador de documentos de la Unión Europea, que incluye los COM de la Comisión, no devuelve ningún resultado para COM 2024 6214 :
https://eur-lex.europa.eu/advanced-search-form.html
Creo que las Cartas de Emplazamiento no se publican
Bueno. Portugal, hace más de 11 años y sus profesores.
Question for written answer E-009059/13
to the Commission
Inês Cristina Zuber (GUE/NGL)
(25 July 2013)
Subject: Employment of teachers in Portugal
Available data on contract teachers in Portugal show that 37 565 teachers have been on temporary contracts for four or more years and that 11 526 have been similarly employed for 10 or more years. These teachers work year after year in precarious circumstances, without any certainty that their contracts will be renewed at the end of each year and under less favourable conditions than permanent teachers, particularly with regard to salaries, social protection and being able to choose their working hours, among other aspects.
This week it was announced that only three teachers obtained permanent teaching posts in this year’s national external competition for the admission of teachers, out of a total of 45 431 teachers who applied.
Directive 1999/70/EC of 28 June 1999 establishes an agreement on fixed-term contracts, laying down principles of non-discrimination (Article 4) and provisions to prevent abuse (Article 5).
The figures quoted above show that contract teachers are employed in order to cover permanent needs in the educational system.
How does the Commission view this situation, particularly in light of the abovementioned directive?
Answer given by Mr Andor on behalf of the Commission
(5 September 2013)
The Honourable Member is referred to the answer by the Commission to Written Question E-1291/2013. The Commission already sent a letter of formal notice to the Portuguese authorities on 30 September 2011. A supplementary letter of formal notice, covering further issues arising during the Commission services' investigations, was sent on 1 October 2012. The services are completing their analysis of the replies provided by the national authorities together with the material contained in various complaints and a petition. Upon completion of this assessment, the appropriate action will be taken in line with the competence of the Commission in ensuring the correct application of EC law.
Completando su análisis.
Después de recibir respuesta de las autoridades portuguesas.
(Ojo. Desde Octubre del 12 a Septiembre del 13). Todavía no habían acabado su análisis....
Eso quiere decir, que para la Comisión Europea, hasta mínimo Septiembre del 25 , "estamos en el limbo" ... Ay señor!!!
Uno estudian, otros analizan ... !!! Vaya un cachondeo...!!!!
Less favourable treatment of fixed-term teachers in public schools by Portugal contrary to the Framework Agreement annexed to Council Directive 1999/70/EC
12-11-2021 Formal notice Art. 258 TFEU INF_21_5342
15-07-2022 Reasoned opinion Art. 258 TFEU inf_22_3768
Van un poco más avanzados. Pero tampoco tanto. Nos sacan 2 años y medio. Y ... lo que les falta.
INFR(2021)4050
Es solo para Azores.
In addition, Portuguese law does not include adequate measures to prevent possible abuses that could arise from the use of successive fixed-term employment contracts or relationships applicable in the territory of the Azores.
Desde hace 2 años, siguen igual!!!!!!
Pues había otro previo.
INFR(2010)4145
Portugal
29/09/2011 Formal notice Art. 258 TFEU
27/09/2012 Additional formal notice Art. 258 TFEU
20/11/2013 Reasoned opinion Art. 258 TFEU
24/09/2015 Closing of the case
Caso cerrado 3 años más tarde. Nos vamos al 2027 ¿?
Si alguien averigua como se cerró aquello que lo diga ...
Quién tiene prisa, Será por tiempo? Es lo único de lo que disponemos...🤦🏻♀️
Llevamos 25 años trabajando en ello. Si no os gusta preparar a vuestros hijos a qué vivan al en Europa. Al norte de los Pirineos.
Spañistang es Spañistang y no puede cambiar.
Y los tontos de turno, aquí están dando lecciones.
https://www.salamanca24horas.com/local/pronostican-colapso-en-centros-sanitarios-despues-sanidad-prescinda-15000-empleados_15128525_102_amp.html
20.02. pregúntaselo a Mr. Andor... 😎
A ppios del 2023 hubo huelgas. 👀
https://www.reuters.com/world/europe/tens-thousands-teachers-march-lisbon-demand-better-pay-conditions-2023-01-28/
Les da para pensar que si se fijan indemnizaciones eso no impide que la gente se pueda presentarse a oposiciones y ser llamados de bolsa.
Pero que empresario es tan inútil que indemniza y contrata otra vez....la administración! Yo no se como permitimos en españa todo lo que hay aquí.
El empresario no lo hace porque es una estupidez, no juega con su dinero su dinero ni su trabajo. La Administración, mejor dicho, sus irresponsables, tiran con pólvora ajena y ése es el problema. Si respondieran con su bolsillo de todos los contra legem que han cometido, tendrían más cuidado, pero el herario público y la política española lo aguanta todo.
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