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viernes, 14 de septiembre de 2018

[El Diario] Un Juzgado de Madrid anula las convocatorias de proceso de consolidación de la Universidad Complutense de plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios, derivado de la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, por favorecer demasiado en méritos a los interinos cuyos puestos se convocan, estimando la demanda de un particular

Informa El Diario este 13/09/2018  [comentarios nuestros en cursiva entre corchetes] que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 20 de Madrid ha dictado sentencia, ante la demanda particular del conocido trabajador del Ayuntamiento de Málaga -y abogado- Wencesalo Alonso, de anulación de las convocatorias de la Universidad Complutense de más de 100 plazas de personal funcionario de administración y servicios , todas cubiertas de forma interina desde antes de 2005 [ y muy probablemente con personal temporal de más de 13 años de antigüedad en la mayoría de los casos], que la Universidad había convocado según la Disposición Transitoria 4ª de Procesos de Consolidación del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP], una vez que el uso de esta Disposición fue permitido por la ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 para  la totalidad de los puestos interinos anteriores a 2005 en cualquier Administración Pública sin límites de tasa de reposición.


Recordemos que la Universidad había elegido [en aparente consonancia con la propia Disposición Transitoria 4ª del EBEP , en especial su punto 3º, y a buen seguro que en compensación al daño cometido al mantener tantos años en fraude de ley estos puestos], un concurso-oposición con la fase de oposición eliminatoria como exige esa Disposición para esos procesos de consolidación según EBEP, y  con una fase de concurso de méritos con la principal puntuación, 20 puntos de los 22 puntos , por un apartado de "experiencia profesional" que baremaba sólo la antigüedad en los propios puestos convocados, posibilidad que parece expresamente recogida en dicho punto 3ª de la Disposición Transitoria 4ª del EBEP: "podrá valorarse, entre otros méritos [...]  la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria." [posibilidad que parece razonable si es que han de llamarse procesos de "consolidación"]. En consonancia con el "entre otros méritos" de la Disposición, la fase de méritos incluía también un apartado de méritos en formación, si bien solamente de 2 puntos.

El juez ha estimado las demandas de Wenceslao Alonso acerca de que se favorecía de forma excesiva hasta el punto de considerarla ilegal a los interinos cuyos puestos son los que se convocaban porque:

miércoles, 18 de enero de 2017

[CCOO Sanidad] 'El Ministerio de Sanidad y los sindicatos se reúnen por primera vez para abordar la temporalidad en el SNS' [Sanidad plantea medidas, entre ellas posible OPE extraordinaria de consolidación]

'La primera reunión de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud (SNS), integrada por el Ministerio de Sanidad, las Comunidades Autónomas y los sindicatos del Ámbito de Negociación tuvo lugar ayer, 16 de enero de 2016. Tras su encuentro con las Comunidades, el Ministerio se reunió con los sindicatos y acordaron la creación de tres grupos de trabajo o ponencias técnicas que versarán sobre la política de provisión, los procedimientos para abordar la oferta de plazas y tasa de reposición, y la modificación de normativa.

Tras explicar su criterio sobre las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la temporalidad del personal público, el subdirector general de Recursos Humanos del SNS, José Luis Dopico, planteó las posibles soluciones que barajan desde el Ministerio:

a) Desarrollar por parte de cada Comunidad Autónoma el procedimiento de revisión de la continuidad o desaparición de las causas que motivaron la designación temporal.
b) Elaboración de una guía para analizar la necesidad de efectivos de las plantillas con respecto a la actividad asistencial.
c) Obligación de convocar, al menos cada 2 años, concursos de traslados, así como concurso-oposición en relación con las plazas ofertadas en la OEP anual.
d) Fijar el compromiso de ofertar todas las plazas vacantes.
e) Obligación de crear puestos estructurales en plantilla para el caso de concatenación de nombramientos, en el sentido expuesto en el último párrafo del apartado 3 del artículo 9 del Estatuto Marco.
f) Fijar, en su caso, la duración máxima del nombramiento de personal interino, por deberse ofertar las plazas, al menos cada 2 años, en los procesos de movilidad y oposición.
g) Modificación de la tasa de reposición.
h) Posible convocatoria de una OPE extraordinaria de consolidación.

martes, 17 de enero de 2017

[CSIF] 'Sanidad contempla ya una oferta de empleo público extraordinaria, como plantea CSIF'. 'CSIF respalda eliminar la tasa de reposición, planteada en la Conferencia de Presidentes y reclama, de inmediato, una oferta de empleo público'


'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, respalda eliminar la tasa de reposición en la futura oferta de empleo público, para reforzar las plantillas, más allá de las jubilaciones, tal y como ha sido planteado en la Conferencia de Presidentes.

En la actualidad, las plantillas de las administraciones registran un déficit de 170.000 empleos, desde julio de 2011 (periodo en el que se tocó techo a nivel de empleo público y se empezaron a destruir puestos de trabajo en este ámbito). Además, 119.174 personas en la Administración General del Estado tienen más de 50 años (más de 27.000 se encuentran ya a las puertas de la jubilación), con lo cual el problema se va a agravar hasta situar las plantillas en una situación insostenible.
Los responsables autonómicos reunidos en la Conferencia de Presidentes recogen de esta manera la postura que ha trasladado CSIF estos días, a través de diferentes reuniones, para dar solución al problema acuciante de las plantillas, como estamos comprobando, por ejemplo en el caso de la sanidad pública a raíz de la epidemia de gripe.

De hecho, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad nos ha trasladado ya que contempla una oferta de empleo público en la que se oferten “todas las plazas vacantes” sin reserva de ningún tipo, para solucionar el abuso de la interinidad planteado desde los tribunales europeos y españoles. Según datos de CSIF, en el caso de la Sanidad, la interinidad afecta al 30 por ciento de la plantilla (unas 104.000 personas).

Asimismo, en línea con los planteamientos de CSIF, Sanidad valora realizar una oferta de empleo público extraordinaria para consolidar empleo, establecer un límite de 2 años al ‘interinaje’, realizar una guía para adecuar las plantillas, convocar concursos de traslados, así como la obligación de crear plaza cuando se detecte una necesidad estructural .