viernes, 10 de febrero de 2017

El Tribunal Constitucional tajante contra los argumentos del Estado en su recurso a la interinización de eventuales de la ley de acompañamiento: no contradice el EStatuto Marco sino que le da cumpliemiento. Califica de "irregular situación" la de los eventuales

En el día de ayer saltaba la noticia de la sentencia del Tribunal Constitucional [TC] sobre el recurso interpuesto del Gobierno del Estado , el num 5190/2016, a varios a artículos que la oposición había aprobado en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid, desestimando la mayor parte del recurso, estando entre lo desestimado la demanda de anulación del artículo de estatutarización del personal laboral y funcionario informático de los SSCC del SERMAS o del artículo de interinización automática de los eventuales de más de 2 años si existen vacantes que tratamos más en detalle en esta entrada, ya con el texto íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional.

(Aparte, el TC estimó
sólo parcialmente, el recurso contra el artículo de estatutarización, movilidad y promoción del personal del H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCRa decidiendo mantener intacto el apartado que posibilita su estatutarización o la participación en los procesos selectivos  estatutarios computando su antigüedad igualmente)

Sobre el recurso a la interinización, empecemos recordando el texto de la Disposición Final Primera.4 de la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa o "ley de acompañamiento de los presupuestos", aprobado a propuesta y con los votos a favor de la oposición en la Asamblea de Madrid, y , con el voto en contra del Gobierno de la Comunidad de Madrid:

"Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, regule un procedimiento extraordinario de nombramiento en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud de todo el personal estatutario eventual que lleve más de dos años encadenando contratos sucesivos y ocupando una plaza prevista en la plantilla orgánica como personal estatutario interino."







 

Como puede verse en el texto íntegro del recurso interpuesto por el Estadola Abogacía del Estado argumentaba que esa disposición de la ley de acompañamiento:
  • viola la ley del Estatuto Marco del Personal estatutario de los Servicios de Salud  en su artículo 9.3,  que establece que la Administración "podrá" estudiar la creación de una plaza vacante (que se podría cubrir temporalmente sólo por personal interino) pasados 2 años de sucesivos nombramientos de personal eventual en un puesto, pero no establece la obligación de crear dicha vacante, como pretendía la disposición recurrida según el abogado del Estado [sic!] [N.E.: nótese que el Estatuto Marco no recoge como obligación de creación de dicha plaza pero tampoco recoge ninguna prohibición expresa a creaciones automáticas de plazas en las circunstancias de la ley recurrida].

  • viola el mismo artículo de dicho Estatuto Marco porque pasaría a tener el nuevo interino unas condiciones de cese diferentes (las de interino fijadas en el artículo 9.2) de las establecidas por el Estatuto como condiciones de fin para un eventual y que eran las asumidas por su nombramiento inicial de eventual [sic, dicho de otro modo, el abogado del estado plantea ilegal la transformación de un eventual en un interino porque entonces ... ¡ya no sería eventual!]

El Tribunal Constitucional se opone tajantemente a estos argumentos. , en la línea además de las alegaciones presentadas por la "letrada de la Asamblea de Madrid"
[no del SERMAS] a este recurso de inconstitucionalidad . 

Del primer argumento razona ampliamente:

[Redacción Médica] El Constitucional deja sin efecto parte de la Ley de presupuestos que afecta a los hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada. Interpretación de la Consejería de Sanidad de la sentencia.


Informa Redacción Médica este 09/02/2017 de la sentencia del Tribunal Constitucional [que publica íntegra] por la que estima pacialmente parcialmente el recurso que había realizado el Gobierno del Estado contra varios artículos de la ley de acompañamiento  de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid , declarando nulos el punto 2 del Artículo 27 y la parte del punto 3 donde se dice “incluidos los procesos internos de movilidad voluntaria y promoción interna, que se convoquen por el Servicio Madrileño de Salud, en las mismas condiciones que el personal estatutario”, y traslada la intepretación a esta sentencia de la Consejería de Sanidad: que los efectos prácticos a su entender  es que se  "deje  los trabajadores laborales de estos hospitales y de la UCR como estaban así como su su " lamento" por la  "inseguridad jurídica" que a su juicio los grupos de la oposición habían introducido por “hacer un guiño a los trabajadores”, traslada el medio.

[El Mundo] El Tribunal Constitucional tumba el recurso del Estado contra la estatutarización del personal laboral y funcionario informático de los SSCC del SERMAS. También tumba el recurso contra el artículo de interinización de los eventuales de más de 2 años que aprobó la oposición. Estimasólo parcialmente el recurso contra la estatutarización de H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR. Texto del fallo de la sentencia

Publica El Mundo este 09/02/2017 que el Tribunal Constitucional ha dictado sentencia el pasado 2 de Febrero sobre el recurso que había interpuesto  el Gobierno del Estado al Tribunal Constitucional contra varios  artículos que se había aprobado con los votos de la oposición en la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa, más conocida como ley de acompañamiento de los presupuestos 2016 de la Comunidad de Madrid:

  • la Disposición Final 1ª.3  que posibilita la integración voluntaria del personal laboral y funcionario informático de los Servicios Centrales  del SERMAS en las categorías estatutarias de informática del SERMAS que la misma ley extendía allí en su  artículo 24: el Tribunal Constitucional ha decidido desestimar esta parte del recurso, por lo que volvería a ser vigente este artículo (suspendido por prerrogativa del Presidente del Gobierno al presentar el recurso)
  • la Disposición Final 1ª.4 sobre la necesidad de un proceso extraordinario de interinización para los eventuales de más de 2 años existiendo plazas vacantes: esta parte del recurso también ha decidido desestimarla  el Tribunal Constitucional, por lo que vuelve a ser vigente
  • el artículo 27  de estatutarización,  movilidad y promoción de personal laboral propio de los  hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la UCR, que el Tribunal Constitucional estimado parcialmente y quedarían anulados los apartados 27.2 -quedar en situación de ‘Servicio en otras Administraciones Públicas’ tras estatutarizarse, y parte del 27.3 - participación en movilidad voluntaria y promoción interna- , con lo que  no se anula el apartado 27.1 o la  opción de la estatutarización en sí ni lo contemplado en el resto del 27.3: podrán participar en todos los procesos de selección de estatutarios, computándose igualmente el tiempo trabajado

[enlace al texto íntegro de la sentencia que publica Redacción Médica;
reproducimos íntegro a continuación el texto del fallo::

"SENTENCIA del 2 de febrero del TC en relación el recurso de inconstitucionalidad núm. 5190/2016 interpuesto por el Presidente del Gobierno contra el art. 27 y los apartados 3 y 4 de la disposición final primera de la Ley 9/2015, de 8 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid

FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido estimar parcialmente el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia:

1) Declarar que son inconstitucionales y nulos el art. 27.2 y el inciso "incluidos los procesos internos de movilidad voluntaria y promoción interna, que se convoquen por el Servicio Madrileño de Salud, en las mismas condiciones que el personal estatutario" del art. 27.3 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid.

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado". Dada en Madrid, a 2 de febrero de 2017]



NOTA DEL EDITOR: Recordemos que previamente el Consejo de Estado había "tumbado" en su informe preceptivo previo a la interposición final del recurso del Estado, la demanda que también realizaba el Gobierno del Estado de anulación del artículo 24 de esa ley de acompañamiento y que establecía la extensión o posibilidad de uso de las las categorías estatutarias de informática en los Servicios Centrales [SSCC] del SERMAS , artículo también aprobado por la oposición.

De esta manera, caen TODAS las discrepancias que había visto el Gobierno del Estado a la presencia de informáticos de Sanidad en los Servicios Centrales del SERMAS. tema que ya había provocado "agrios" debates en el Pleno de la Asamblea de Madrid entre oposición -incluido Ciudadanos, socio de "investidura" del Gobierno regional- y el partido del Gobierno regional

Este artículo 24 resulta esencial para el futuro de la inmensa mayor parte del colectivo de personal informático propio del Servicio Madrileño de Salud, el "estatutario",  y para poner freno a la privatización "encubierta" de la informática de Sanidad emprendida por el Gobierno de Esperanza Aguirre mediante la fórmula de una centralización creciente y -prevista casi total- de la función informática que se realiza en los centros sanitarios del SERMAS a unos SSCC de Informática del SERMAS que conformó 100% externalizados mediante contratos a empresas de cada una de sus unidades y que irían creciendo según crecían las unidades al ir centralizando la función informática que actualmente se realiza desde los hospitales, privatizando la informática del SERMAS en la práctica.  Es más, la Consejería de Sanidad habría estado utilizando como "excusa" para privatizar la informática el supuesto hecho de que "no podía tener informáticos propios en los SSCC del SERMAS" , cuando bastaba un sencillo artículo para modificar el ámbito inicial de las categorías de informática -restringido a los centros sanitarios-, algo que ha quedado demostrado ser totalmente legal como ha establecido el propio Consejo de Estado.



[SER Madrid] El Constitucional avala que el personal de H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR sean estatutarios

Informa la Cadena SER de Madrid este 09/02/2017 que una sentencia del Tribunal Constitucional  ha estimado sólo parcialmente el recurso que había realizado el Gobierno del Estado contra el artículo 27 de la última ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid, sobre "estatutarización", movilidad y promoción del personal laboral propio de los centros de Sanidad tipo "empresa  pública", Hospitales de Fuenlabrada y de Alcorcón y la Unidad Central de Radiodiagnóstico [UCR], de tal forma que, en especial. el Tribunal ha decidido que debe mantenerse intacto el apartado 27.1 que establece  que este personal opte a ser nombrado personal estatutario [el "funcionario" especial que puede haber en los servicios de Salud], mientras que sí habría estimado anular el artículo  27.2 y [parte de] el 27.3, que, de no haberse anulad,permitiría participar al dicho personal en los procesos de movilidad voluntaria y promoción interna en todo el SEMAS.


[Redacción Médica] Una interoperabilidad centrada en el paciente según IDIS

Informa Redacción Médica este 9/02/2016 de la intervención de Adolfo Fernández-Valmayor, presidente de Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad [IDIS] [la "patronal" de la sanidad privada],en la Jornada de la Asociación SaludDigital  "El reto de la Cronicidad, qué puede aportar la salud digital" y las TI que tuvo lugar ayer en Madrid, y en la que el presidente de IDES enumeró la relevancia de las TI en slaud como el ‘new big data’, la medicina no presencial o telemedicina, la "m-health" o salud móvil, la u-health (salud ubícua), los ‘wearables’,  la gamificación, la realidad virtual, la robótica, la modelización, el e-learning o el Internet de las cosas así como las clásicas   historia clínica electrónica y la interoperabilidad,esta última de la que IDIS ha propuesto un modelo centrado en el paciente, presentando una aplicación práctica: su plataforma informátic 'MI e-Salud"


[Madridiario] El Consejero de Sanidad anuncia 130 millones para rehabilitar hospitales madrileños

Informa Madridiario este 09/02/2017 que en su comparecencia, a petición del Grupo Socialista, prevista de ayer en el Pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid,, Jesús Sánchez Martos, ha anunciado  una inversión de  130 millones de euros hasta 2019 en rehabilitaciones de hospitales, principalmente de  4 de los grandes hospitales Gregorio Marañón, 12 de Octubre, La Paz y Ramón y Cajal, detallando la reforma de cada uno.

[Madridiario] Sanidad de Madrid ahorrará con la internalización de la impresión de sus nuevas tarjetas sanitarias

Informa Madridiario este 09/02/2017 que en su respuesta a la pregunta prevista en el Pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid, a petiicón del grupo Popular , el  Consejero de Sanidad, Jesús Sánchez Martos, ha anunciado que la Consejería de Sanidad comprará  máquinas impresoras específicas e internalizará la producción de sus nuevas tarjeetas sanitarias, que incoorporarán como novedad un código QR, , estimando un ahorro de más de 388 mil euros

jueves, 9 de febrero de 2017

[Redacción Médica] El Ministerio quiere acuerdo en dos meses sobre temporalidad. Eliminaría la tasa de reposición

Informa Redacción Médica este 09/02/2017 de la segunda reunión de la Comisión de Recursos Humanos del SNS sobre el problema de la temporalidad laboral en la Sanidad pública trasladando declaraciones del Secr. Gral de Sanidad de CCOO, Antonio Cabrera según el cual:
  • el Ministerio de Sanidad quiere cerrar un acuerdo en menos de dos meses
  • estarían de acuerdo Ministerio, CCAA y  sindicatos en eliminar la tasa de reposición, coordinar  OPEs extraordinarias con bases homogéneas pero de cada CCAA
  • las CCAA no consideran necesario modificar la normativa , mientras que los sindicatos sí y las CCAA no quieren sacar todas las plazas estructurales
  • los sindicatos piden soluciones para los interinos estatutarios en Sanidad, tras conocer que el grupo de expertos del Min. de Empleo no sobre las Sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público no los ha considerado , por estar fuera del Estatuto Básico de los Trabajadores

Pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid de hoy: Lista de espera quirúrgica, mantenimiento y limpieza hospitales, ...

Este jueves 12/91/2016 hay Pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid y según su Orden del Día  contará con algunos puntos de Interés para las temáticas habituales de este blog, de materias sanitarias:

  • Comparecencia del Consejero de Sanidad,  Jesús Sánchez Martos, a petición propia, sobre el "balance anual del Plan Integral de Mejora de la Lista de Espera Quirúrgica"
  • Comparecencia del Consejero de Sanidad,  Jesús Sánchez Martos, a petición del Grupo Socialista propia, sobre "situación de los hospitales públicos de Madrid en lo relativo al mantenimiento arquitectónico y de las instalaciones"
  • Pregunta de Contestación Oral en Pleno del Portavoz de Sanidad del Grupo Podemos, Mónica García Gómez, al Gobierno regional sobre "cómo valora la Consejería de Sanidad la externalización de los servicios de mantenimiento y limpieza de los hospitales de la Comunidad de Madrid"

Orden del Min. de Sanidad de regulación de acceso de MIR y alumnos a información clínica

Este lunes 6/02/2016 se publicaba en el BOE la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero, del Ministerio de Sanidad que traslada un Acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se aprueba el protocolo "mediante el que se determinan pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los alumnos y residentes en Ciencias de la Salud", recogiendo modelos de firma de compromisos de confidencialidad tanto para alumnos como para residentes y un apartado de "garantía de acceso a los datos clínicos", que incluye normativa importante sobre protección de datos y limitación de acceso ala información clínica electrónica según los diversos actores y ,que por su interés para la temática de este blog  reproducimos íntegramente [resaltados nuestros]:


miércoles, 8 de febrero de 2017

Reunión hoy del grupo de trabajo de la Mesa Sectorial de Sanidad sobre interinizaciones de eventuales en el SERMAS

Tal y como informaba AMYTSAMYTS esta tarde de miércoles 8 de Febrero tendrá lugar una  nueva reunión del Grupo de Trabajo de la Mesa Sectorial de Sanidad sobre interinizaciones de personal eventual del SERMAS.


Recordemos que recientemente, según CGT/SAS/SUSH/SUMMAT, en una reunión con estos sindicatos "alternativos" o no presentes en la Mesa Sectorial, el Dir. Gral de RRHH del SERMAS les habría trasladado que continuaban como objetivos de la Consejería de Sanidad "la estabilización de la plantilla y acabar con las enormes tasas de temporalidad", para lo que realizarían en el el primer trimestre de año 6.000 conversiones de nombramientos eventuales a interinos de Atención Especializada y SUMMA 112 , en concreto  "todos los eventuales de más de dos años en el puesto que ocupan", y si no había vacantes suficientes en la Plantilla Orgánica "se solicitaría ampliación". Yen el caso de existir más vacantes que eventuales, pues las vacantes sobrantes se utilizarían para eventuales de menos de 2 años, sustitutos y personal en bolsas.

La petición de incluir a todos los interinos de más de 2 años ya la habían realizado insitentemente  sindicatos de la Mesa Sectorial, sin ir más lejos en la reunión anterior del 9 de Enero.

[CCOO Sanidad Madrid] 'La presión de CCOO propicia un calendario de reuniones con la Consejería de Sanidad A raíz de la denuncia que el sindicato hizo por la inexistencia de los principios de igualdad, mérito y capacidad en las contrataciones de personal eventual'

' CCOO ha exigido en numerosas ocasiones a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad la presentación de un calendario de reuniones y la creación de grupos de trabajo para resolver varios asuntos pendientes que deberían solucionarse de manera urgente.

Entre ellos está el incumplimiento reiterado para la cobertura de puestos de trabajo de carácter eventual, a pesar de que el pasado 5 de febrero de 2016 se firmó un acuerdo para la selección de personal temporal en las Instituciones Sanitas adscritas al SERMAS, motivo por el cual CCOO anunció la presentación de un requerimiento contra la Consejería de Sanidad.

[El Diario] Conclusiones de los expertos del Min. de Empleo sobre las sentencias del Tribunal Europeo en las contratos laborales de interinidad

Informa El Diario.es este06/02/2017 de las conclusiones a las que ha llegado el "comité de expertos" nombrado por el Ministerio de Empleo para analizar las consecuencias de las sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo públicos , pero sólo en el caso de contrataciones laborales ( excluyendo los casos de nombramientos funcionariales, es decir funcionarios y personal estatutario de los servicios de salud temporales): hay que limitar mediante normativa la duración de los contratos de interinidad y debe pagarse una indemnización al fin de dichos contratos, oscilando entre la postura mayoritaria de 12 días -si bien a la espera de que el Tribunal Supremo establezca jurisprudencia- y la minoritaria de 20 días.

El Diario también informa que la CCAA de Galicia va  aprobar la transformación de miles de trabajadores laborales interinos en funcionarios interinos, lo que califica el abogado Fabián Valero de  “jugada maquiavélica”, presumiblemente, según este abogado para ahorrarse las indemnizaciones de futuros ceses de este personal temporal que lleva prestando servicios en muchos casos durante años.


REC: Carta de Higienista Dental del SERMAS con su plaza de 15 años convocada a oposiciones injusta

[Recordatorio de entrada publicada el 11/10/2016] 'Buenos días, me siento en la obligación de escribir esta carta para que se conozcan las historias de personas con nombres y apellidos estamos detrás de la situación de maltrato que venimos padeciendo.
Después de 15 años trabajando en el servicio madrileño de salud en el mismo puesto de trabajo con las mismas obligaciones que los trabajadores fijos pero no con los mismos derechos, y sin que se nos diera la oportunidad de opositar a una plaza desde la últimas oposiciones que se plantearon donde se produjo una consolidación de empleo en la que lógicamente se tenía más en cuenta la experiencia profesional, vemos ahora con perplejidad como estamos en el caso contrario en el que se plantea un concurso oposición a la medida de los recién licenciados y en la que la experiencia profesional de 15 años no vale nada.

Calificaciones de la oposición del primer grupo de convocatorias 2015 del SERMAS: higienistas dentales y otros técnicos sanitarios y terapeutas

El SERMAS hacía públicos ayer las calificaciones del ejercicio de oposición del primer grupo de categorías de las convocatorias 2015 que se han desarrollado en acorde al último cronograma establecido:, en concreto se han publicado las de las categorías de


Veamos más en detalle el caso de los Higienistas Dentales ( que ya protestaron por las bases injustas de esta oposición para los interinos de larga duración cuyos puestos son los que se juegan, al no darles justa oportunidad de que se puedan valorar sus méritos, limitando el acceso a la fase de méritos en vez de por nota de aprobado de examen por número limitado y reducido de aspirantes que pueden pasar a dicha fase) :