[23/07/2020] 'En cumplimiento de lo solicitado mediante instancia del 2 de julio, firmada por 9 compañeros y
compañeras interinas del Ayuntamiento de Alicante, mañana, 24 de julio, la Junta de Personal está
convocada en sesión plenaria para decidir si solicita o no al Sr. Alcalde que no recurra la sentenciadictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo no 4 de Alicante, el pasado 8 de junio, en cuyo fallo
se reconoce para una compañera interina del Ayuntamiento de Alicante la “situación jurídica
individualizada de la recurrente al reconocimiento de su condición de empleado público fijo y a
permanecer en su puesto de trabajo que actualmente desempeña con los mismos derechos y con
sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para los funcionarios de carrera
comparables, sin adquirir la condición de funcionario de carrera”.
CC.OO. Ya hicimos pública nuestra posición respecto a esta sentencia, mediante informeemitido por los Servicios Jurídicos del sindicato pero creemos conveniente recordar esos argumentos: El acceso a la Función Pública en España está regulado por la normativa en vigor y refrendado por el derecho y la jurisprudencia, y no permite la conversión directa del personal interino en fijo, pues para conseguir esa condición debe superarse el correspondiente proceso selectivo, cuestión reconocida por el TJUE y que la sentencia parece ignorar.
Además, ese sistema de acceso es el que defiende CCOO, pues ha sido aceptado por todos los actores sociales desde su establecimiento, es el que garantiza el respeto a la igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia de quienes aspiran a trabajar en ella y que, a su vez, protege a nuestra Administración Pública, la de toda la ciudadanía, del uso partidista que la clase política gobernante pudiera intentar hacer de ella.