viernes, 12 de noviembre de 2021

[El Independiente] El consejero de la Comunidad de Madrid Lasquetty califica el acuerdo de concurso de méritos de precupante y demagógico/

 Informa El Independiente este 12/11/2021 que el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty , [con las competencias de Función Pública] ha calificado de  extraordinariamente preocupante» y «concesión demagógica» el acuerdo  de PSOE, Unidas Podemos,  ERC y PNV para que las plazas ocupadas por temporales  desde antes de 1/1/2016 se convoquen por concursos puros de méritos sin fase de oposición, aprovechando para afirmar que no se debería encaminar hacia ess modelo de plaza en propiedad sino hacia un modelo flexible "que permita el movimiento entre sector público y sector privado"


firmado sobre declaraciones del 

[Area Publica CCOO nacional] ' CCOO exige al Gobierno una respuesta con seguridad jurídica para el colectivo de interinos/as y que no genere más incertidumbre en el empleo público'

 'Para CCOO, tanto el Acuerdo del 5 de julio que suscribimos con el Gobierno, trasladado al Real Decreto 14/2021, como la Ponencia que acabamos de conocer, persiguen un solo objetivo: acabar con la temporalidad en el sector público. Por ello, desde el sindicato hemos trasladado a los distintos grupos parlamentarios con los que nos hemos reunido que la respuesta definitiva no puede generar una mayor incertidumbre o una nueva discriminación, y que además debe contar con seguridad jurídica. Seremos respetuosos con los cambios que se puedan introducir, siempre y cuando sirvan para dar una solución definitiva y que no acabe en un largo proceso judicial.

El Real Decreto 14/2021 garantiza procesos para estabilizar las plantillas y acabar con la temporalidad tanto en puestos de estructura como en eventuales, al igual que en otras situaciones en fraude de ley.

[Noticias de Antena 3] Empleados públicos temporales de muy larga duración denuncian que es deja fuera la letra pequeña de la medida anunciada ayer de que temporales de más de 5 años podrán ser fijos sin opositar, como todos los que tienen su plaza convocada en los procesos de estabilización de las leyes anteriores. Los opositores también se quejan

Las noticias de Antena 3 de este 12/11/2021 se han hecho eco de  la noticia de ayer de que PSOE y Unidas Podemos han pactado con ERC y PNV una enmienda al proyecto de ley de reducción de temporalidad pública, para que las plazas cubiertas de forma temporal y seguida desde antes de 1/1/2016 se convoquen por concursos puros de méritos sin fase de oposición pero de libre concurrencia , difundida de forma confusa y errónea por muchos medios como que se hará fijo sin oposición automáticamente al personal temporal público de  más de 5 años.

 



 Y han querido dar voz a afectados que según la letra pequeña creen que se quedarían fuera o podrían no acabar fijos por esta medida, como por ejemplo todos los temporales que ya tengan convocada su plaza en los procesos masivos con oposición de los procesos masivos de "estabilización" de la anterior ley [que no se paralizarían con estas enmiendas en  la nueva].


Aunque ya está por fin el Informe preceptivo con el primer filtro de enmiendas, no tendrá lugar todavía al menos una semana más el primer debate de las enmiendas al Proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad. Sí tendrá lugar comparencia en Comisión de Hacienda y Función Pública de la Ministra el Jueves 18.

Se ha actualizado hoy  la página web del Congreso de los Diputados con la  agenda del Congreso para esta semana que viene  y no figura debate en Comisión de Hacienda y Función Pública ( cuya página sobre sus sesiones acaba de estrenar contenido) del ya famoso "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), destinado presumiblemente a mejorar el Real-Decreto Ley  publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que entró en vigor desde el 8 de Julio  y fue finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate en Pleno del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí,. con lo que el Real Decreto-Ley sigue en vigor en sus términos. Tampoco  habrá sesión del Pleno del Congreso.

Pero sí consta que habrá, la que va a ser la primera tras las reordenaciones ministeriales, Sesión de la Comisión de Hacienda y Función Pública (tras las reordenaciones ministeriales), este Jueves 18 a las 10.00, y según su orden del día, estará dedicada a la comparecencia de la Ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero Cuadrado, para informar , a petición propia, de las líneas generales de su departamento, entre ellas a buen seguro el Proyecto de Ley citado. Podrá seguirse en este enlace.

Por otro lado  la página web de la iniciativa del Proyecto de Ley ha cambiado su estado a (pendiente de) Dictamen de la Comisión de Hacienda y Función Pública, es decir, de que tenga lugar Sesión de la Comisión de Hacienda y Función Pública para debatir y votar públicamente las enmiendas al articulado del Proyecto de ley partiendo de la lista clasificada en el Informe de la Ponencia y emitir como salida el texto del Proyecto de Ley  modificado por las enmiendas que se apruebe (ese texto se denomina "Dictamen de la Comisión"). Las enmiendas que sean rechazadas en su votación en Comisión todavía pueden pasar a ser debatidas y votadas en Pleno  del Congresosi así lo estiman sus proponentes (lo habitual).

 Por tanto. la  Ponencia cerró ayer su Informe en la reunión que tenía prevista.

[CSIF] 'CSIF reclama a los grupos parlamentarios seguridad jurídica para evitar que los tribunales tumben los procesos selectivos - Enmiendas al proyecto de Ley sobre temporalidad: los grupos deben explicar los criterios para la fase de concurso con 5 años'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, reclama a los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados que garanticen la seguridad jurídica en el proyecto de Ley sobre temporalidad para evitar que los tribunales tumben los procesos selectivos y ocasionen más perjuicios al personal temporal.

CSIF afronta la tramitación de esta norma con prudencia. No podemos hacer una valoración precisa hasta conocer el resultado de las enmiendas pactadas entre los diferentes grupos parlamentarios y el texto final de la norma.

Desde el respeto a la decisión que adopte el Parlamento, como no puede ser de otra manera, CSIF considera necesario aclarar los criterios para determinar que las plazas que hayan estado cubiertas durante más de cinco años (con anterioridad al 1 de enero de 2016) se cubran por el sistema de concurso. Hay que recordar que el Tribunal Supremo modificó su jurisprudencia y estableció que aquellos contratos temporales que excedan de los tres años se consideran abusivos.

[Araúz] 'Nota sobre las enmiendas transaccionales al Proyecto de LEY para la reducción de la temporalidad en el empleo público' ["aunque implican un avance, son insuficientes" y "podría vulnerar la Directiva 1999/70/CE" porque el concurso de méritos libre es de futuro incierto y no cubre a todo el person temporal de más de 3 años]

'En relación con las enmiendas transaccionales publicadas en el día de ayer, debemos hacer los siguientes comentarios.

Primero.- Si miramos de dónde veníamos, en cuanto que hasta ahora, el personal público temporal estaba sometido a un régimen de despido prácticamente libre y gratuito, y con un RDL, el 14/2021, que fijaba como solución la convocatoria de concursos-oposiciones, las enmiendas transaccionales al nuevo proyecto de Ley suponen comparativamente un avance, en cuanto que optan por un concurso de méritos -sin oposición-, como sistema para estabilizar al personal público temporal, para aquellas plazas que estén ocupadas por personal público temporal desde el 1 de enero de 2016.

 
Segundo.- Sin embargo, a nuestro juicio, estas enmiendas transaccionales, aunque implican un avance, son insuficientes y podrían entrañar una vulneración de la Directiva 1999/70/CE, en un doble sentido:

a) Porque el concurso de méritos, aunque es más favorable para el personal temporal víctima de un abuso que un concurso-oposición, es lo cierto que es un proceso abierto, y en él pueden participar quienes no son víctimas de un abuso, de tal forma que, el concurso de méritos como medida sancionadora, puede ser contrario a lo que dictaminaba el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] en su Auto de 2 de junio de 2021, cuando afirmaba que los procesos selectivos abiertos, precisamente porque en ellos pueden participar quienes no son víctimas de un abuso, y no garantizan a las víctimas del abuso adquirir la condición de fijos, no permitiendo el cumplimiento de los objetivos de la Cláusula 5 del Acuerdo marco de la Directiva 1999/70/CE.

Publicadas más convocatorias de las OPEs de "estabilización" (con las plazas temporales ya más de 7 años) de personal de la Administración y Servicios de la C. de Madrid con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se ha esperado a las nuevs posibilidades de la reforma del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad actualmente en el Congreso. Además, estas convocatorias de estabilización fijan que las bolsas de empleo que se formen con los que no obtengan plazan sólo se utilizarán cuando se agoten las bolsas formadas con las convocatorias ordinarias

En el BOCM de este 11/11/2021 y este 12/11/2021 se han seguido publicando , como en días anteriores, más convocatorias de más procesos selectivos de las Ofertas Pública de Empleo de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid de estabilización -de puestos- , convocatorias con plazas todas de temporales más de 7 años ya en la práctica y que sigue en la Orden con los criterios generales previamente publicada para las convocatorias de los procesos de estabilización de puestos temporales de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

Esa Orden de criterios generales trasladaba a su vez  el acuerdo de Febrero de 2021, entre la C. de Madrid y  CCOO, UGT y CSIF, completando el acuerdo previo de 2018 en la misma Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid, y por el que el sistema selectivo para dichas convocatorias  con las plazas de los apartados de estabilización de las OPEs 2017 a 2020, derivadas de las leyes estatales de 2017 y 2018, siempre exclusivamente en cuanto a esa orden del personal de Administración y servicios de la Comunidad de Madrid (es decir, no para personal docente ni para el personal del Servicio de Salud ni de la Administración de Justicia o empresas públicas de la C. de Madrid que tienen sus mesas de negociación sobre OPEs  y procesos selectivos diferentes y, ni muchos menos, para los ayuntamientos y universidades en la C. de Madrid), consistía en

  • Convocatorias exclusivamente de turno libre , es decir de libre concurrencia "sin que puedan tener ningún tipo de carácter restringido, sin perjuicio de la reserva de plaza al cupo de discapacidad)
  • Concurso-oposición salvo para los cuerpos de funcionarios A1 Administración General y los cuerpos/categorías de menos de 5 plazas  que serán oposición pura
  •  oposición eliminatoria pasando a fase de méritos los aprobados, puntuando 55% oposición, 45% méritos cuando sea concurso-oposición
  • 80% de los méritos por antigüedad en mismo cuerpo puntuando igual la antigüedad en cualquier AAPP, es decir un 36% del total


Nótese que el famoso REAL DECRETO-LEY  del Gobierno del Estado publicado el 7/07/2021 , en vigor desde el día siguiente en cuanto a los procesos de estabilización, regula que las convocatorias de procesos de estabilización pendientes pasaban a tener como tope para su convocatoria el 31/12/2022 y que por otro lado está en tramitación un  Proyecto de Ley para modificarlo que probablemente  introdzca nuevas posibilidades de concurso de méritos para las  convocatorias de todas estas plazas de estabilización, sobre todo si no han sido ya convocadas. Así el propio PSOE del EStado propuso en sus enmiendas origianales  que los puestos de temporales de más de 10 años no inmersos ya en convocatorias publicadas tengan la posibilidad de que su AAPP los convoque por concurso puro de méritos, y PSOE y Podemos pactaron ayer  con ERC y PNV  presentar y apoyar enmiendas  conjuntas para que las plazas temporales  desde antes de 1/1/2016 se convoquen por concurso de méritos , siempre y cuando no estén las plazas ya en convocatorias publicadas.
 

[CSIF Sanidad] ' CSIF exige a Sanidad un ‘mapa’ sobre el abuso de la temporalidad y que se apliquen las medidas pactadas con Función Pública. Mesa técnica de temporalidad: Sanidad despacha a los sindicatos sin ideas ni propuestas ante las carencias y los despidos en hospitales y centros de salud de todas las CC.AA'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, exigió hoy al Ministerio de Sanidad un mapa sobre el abuso de la temporalidad.

CSIF, durante la mesa técnica de temporalidad con el Ministerio, ha reclamado información sobre las plazas afectadas y las tasas de temporalidad por CCAA, así como actuaciones que penalicen el abuso y el fraude. Además, urge eliminar las tasas de reposición en la Sanidad y planificar las ofertas de empleo público, ante las graves necesidades de personal agravadas por la pandemia.

Pese a la grave situación de la sanidad en España, el Ministerio de Sanidad ha planteado la reunión como un mero trámite y se ha presentado sin datos y sin aportar ninguna solución o al menos alguna propuesta que permita reducir el problema de la temporalidad y las carencias que afronta el Sistema Nacional de Salud.

Los centros de salud y los hospitales siguen bajo mínimos: operaciones aplazadas o retrasadas, listas de espera de hasta un año para ir al especialista … la situación es insostenible y desde el Ministerio, de manera incomprensible, no se ofrece ninguna respuesta.

En este sentido, hemos pedido que se apliquen de una vez por todas las medidas pactadas entre Función Pública y los sindicatos para resolver el problema de la temporalidad, que se sitúa en nuestras administraciones públicas en casi un 32 por ciento, diez puntos por encima de la tasa del sector privado.

[COM Salud] 'Se celebra un concurso de soluciones digitales contra los bulos El primer hub de eSalud contra los bulos impulsará tecnologías contra la desinformación en vacunas . La Inteligencia Artificial y los bots pueden ayudar a identificar, predecir y contrarrestar los bulos de vacunas

 'Más de 30 expertos en Inteligencia Artificial, profesionales sanitarios y divulgadores de salud han constituido el primer grupo de trabajo multidisciplinar basado en la tecnología para luchar contra los bulos de salud en español, el Hub eSalud sin Bulos. Está impulsado por el Instituto #SaludsinBulos, que mantiene acuerdos con más de 70 organizaciones científicas y tecnológicas contra los bulos de salud y forma parte de la Alianza contra los Bulos en Vacunas. Este grupo ha consensuado un decálogo de medidas para combatir la desinformación en vacunas con la ayuda de tecnologías que ya se están empleando para difundir bulos, como la Inteligencia Artificial y los bots, pero que todavía no se emplean para contrarrestarlos.

jueves, 11 de noviembre de 2021

[IMPORTANTE] [El Periódico] PSOE y Unidas Podemos pactan con ERC y PNV enmiendas al proyecto de ley de reducción de temporalidad pública, entre ellas que las plazas cubiertas de forma temporal ininterrumpidamente desde antes de 1/1/2016 se convoquen por concurso de méritos

Informa El Periódico  este 11/11/2021 que PSOE, Unidas Podemos, ERC y PNV han firmado un pacto para presentar enmiendas conjuntas [que serían modificaciones de algunas enmiendas originalmente registradas por esos grupos] del Proyecto de Ley de reducción de la temporalidad pública actualmente en trámite en el Congreso,  entre ellas una enmienda que [de aprobarse en votaciones de las cámaras sin modificaciones] introduciría una disposición adicional [inexistente en el Real Decreto-Ley 14/21 actualmente en vigor , norma legal que modificaría esta Ley que se tramita y cuyo texto base es precisamente el mismo que el del RDL 14/21] con este literal:

"Las Administraciones publicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016"

[por tanto, por ser un concurso de los previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público actual, un concurso de méritos puros de libre concurrencia]

Según el medio se habría introducido también que los ejercicios de la oposición no sean eliminatorios [no queda claro si la fase de oposición en sí] para los futuros concurso-oposición con el resto de plazas temporales más de 3 años [a 31/12/2020 según el artículo 2.1 del RDL y de esta Ley si no lo modifica alguna enmienda que se apruebe] pero no se habría pactado enmienda para aumentar la indemnización para los temporales que no superen los futuros procesos selectivos [los 20 días por años trabajado con tope de 12 mensualidades que contempla el artículo 2.6 del RDL en vigor y también de esta futura Ley salvo que alguna enmienda que se apruebe lo varíe].

[Cinco Días/El País] PSOE y Unidas Podemos han alcanzando un acuerdo con ERC y PNV para rebajar a 5 años los que se exigirían de temporalidad en una plaza para estabilizarla sin oposición

Informa el periódico económico de El País, Cinco Días  este 11/11/2021 que, según  EL Periódico y fuentes cercanas, el PSOE y Unidas Podemos han alcanzando un acuerdo con ERC y PNV en la negociación de las enmiendas del Proyecto de ley de reducción de la temporalidad pública para rebajar a la mitad, 5 años (en concreto, anterior a 01/1/2016), el plazo de 10 años que inicialmente se había comprometido el PSOE de temporalidad ininterrumpida en una plaza para poder incluirla (si no está ya convocada)  en un concurso de méritos [el medio realmente dice años para hacer fijo sin opositar, probablemente en una confusión o titular periodístico].


Según un documento que circula por las redes, la Secretaría de Función Pública del Gobierno habría propuesto enmiendas "transaccionales" para el Proyecto de Ley de modificación del RDL 14/21 de reducción de la temporalidad para que se convoquen concursos de méritos puros libres las plazas de todas las AAPP ocupadas de forma temporal ininterrumpidamente desde antes de 01/01/2016. También se incluirían las vacantes ocupadas por un interino que haya estado así (quizás cambiando de plaza) desde antes de 01/01/2016. Actualizaría a que las convocatorias de procesos de estabilización anteriores ya publicadas a la fecha de entrada en vigor de la Ley "deben finalizar" (antes de 31/12/2024).

Circula un documento por las redes, del que desconocemos si puede ser auténtico o modificado por alguien a posteriori, que , en su caso, sería de  la Secretaría de Estado de Función Pública del Gobierno y destinado a la asesora parlamentaria   de la Ministra de Hacienda y Función Pública, por el que a la vista de las enmiendas registradas por los grupos políticos del Congreso del"Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público"  este órgano del Gobierno del Estado propone que se planteen unas enmiendas "transaccionales" al articulado (es decir, unas enmiendas con un texto modificado partiendo de otras presentadas por los grupos).

 

Recordemos que este Proyecto de Ley (nº de iniciativa  121/000063) tiene como objeto  modificar el Real-Decreto Ley de reducción de la temporalidad  publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 y que entró en vigor desde el 8 de Julio, regulando, en cuanto a la temporalidad pública de larga duración, más procesos de estabilización con OPEs libres de concurso-oposición con las plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020.  

Ya resumimos en esta otra entrada algunas enmiendas presentadas por los partidos a este Proyecto de Ley , que precisamente hoy podría haber dado el siguiente paso de tener redactado el denominado "Informe de la Ponencia", con el primer descarte y modificación de las enmiendas registradaq para tener la lista de enmiendas que se debatirían y votarían con posterioridad (normalmente en Comisión primero, pero hubo "avocación" al Pleno del Congreso). 

Es decir, una enmienda original o "transaccional" que figure en este informe,  no significa que vaya a ser aprobada, pero , evidentemente, tienen el mayor interés por su mayor probabilidad de acabar aprobadas, las enmiendas que pueda presentar el partido del Gobierno , quizás transaccionales y pactadas ya con mayorías.

Según ese documento, el Gobierno habría propuesto en esta fase modificar el RDL  para:

[PNV] 'El Parlamento Vasco ha aprobado hoy la Ley que facilitará los procesos de acceso al empleo público y consolidación del empleo temporal. '

 ' “Actuamos desde la seguridad jurídica y dentro de nuestro marco competencial. La ley, con las limitaciones que impone la normativa del Estado, será determinante para avanzar hacia la estabilidad y reducir la temporalidad”, ha dicho Estibaliz Larrauri'

 

Una sección del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sostiene que la fijeza es la sanción al abuso de temporalidad para los laborales interinos de vacante de más de 3 años , aunque sean de la propia AAPP, reiterando lo ya dicho en su sentencia sobre Correos: el indefinido no fijo no es medida suficiente y no hay medidas de sanción válidas en la ley española, con lo que sólo cabe la fijeza según las sentencias europeas.

Gracias a la ingente labor de recopilación del profesor Ignasi Beltrá n en su blog hemos conocido  la importante sentencia de 21/07/2021  de la Sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso nº 427/2021 "de suplicación", es decir, en segunda instancia , de  la Consejería de Sanidad de Madrid contra la sentencia del Juzgado de lo Social que había estimado la demanda de reconocimiento de abuso de temporalidad y figura del indefinido no fijo como sanción , a una laboral interina en vacante durante 14 años, que no vio incluida su plaza en una OPE hasta la OPE 2018 de la Comunidad  de Madrid (muy probablemente dentro de las OPEs de estabilización que estos días están viendo publicadas sus convocatorias).

(Recordemos una vez más que la Sala de lo Social lleva los casos de empleados públicos bajo contrato laboral mientras que la Sala de lo Contencioso es la que lleva los casos de empleados públicos funcionarios y estatutarios de Servicios de Salud).

La sentencia resulta especialmente importante porque , además de aprovechar para realizar un didáctico compendio de todas las sentencias europeas en la materia, esta sección de un tribunal regional (y de Madrid):
  1. mantiene el  criterio que ya sostuvo en su sentencia de 17/02/2021  en el caso de un empleado de la sociedad pública  Correos, ahora con una empleada de la propia Administración Pública : la fijeza y no la figura del indefinido no fijo es la sanción adecuada al abuso de temporalidad en personal laboral público y está en esta situación de abuso también el interino de vacante durante más de 3 años, en aplicación de la jurisprudencia europea y ante la legislación vigente cuando se interpuso la demanda
    ,
  2. y lo hace trae el "golpe"  a las excusas utilizadas por el Supremo para no declarar la existencia de abuso, que supuso la contundente sentencia del Tribunal Europeo de 03/06/2021 del asunto IMIDRA  : la interinidad prolongada en único nombramiento también es abuso - sugiriendo que se tome de umbral los 3 años fijados por el EBEP-y no vale la excusa de la crisis económica

Recordatorio. No tendrá lugar todavía al menos esta semana el primer debate de las enmiendas en el Proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad pero sí retoma su tramitación con una reunión este Jueves 11 de la Ponencia encargada de redactar el informe preceptivo previo al debate

 [Recordatorio de entrada publicada el 09/11/2021Se ha actualizado la página web del Congreso de los Diputados con la  agenda del Congreso para esta semana  así como las sesiones del Pleno del Congreso, y no figura debate, ni en Comisión de Hacienda y Función Pública ( cuya página sobre sus sesiones sigue sin estrenar contenido) ni en Pleno del Congreso, del ya famoso "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), destinado presumiblemente a mejorar el Real-Decreto Ley  publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que entró en vigor desde el 8 de Julio  y fue finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí, con lo que el Real Decreto-Ley sigue en vigor en sus términos.

Pero sí consta una nueva reunión, este Jueves 11 a las 8.30 y antes del Pleno del Congreso a las 09.00, de la  Ponencia de la Comisión de Hacienda y Función Pública formada para este Proyecto de Ley d mientras que en la página web de la iniciativa, el Proyecto de Ley sigue, precisamente, en el estado de pendiente de su Informe  [es decir, el Informe de la Ponencia de  la  Comisión de Hacienda y Función Pública], siendo el último paso conocido el del día 21/10/2021 cuanto iba a tener lugar la primera reunión de dicha Ponencia de la que se publicó solamente (en el Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 509,  pag 2) que "sólo se trataba de constituirla", lo que se hizo con  esta composición (esta Ponencia es un reducido grupo de miembros de la Comisión encargado de realizar el trámite del Informe).