'Mediante sus sentencias de hoy, el Tribunal de Justicia, en formación de Gran Sala, se pronuncia
sobre varias peticiones de decisión prejudicial presentadas por unos órganos jurisdiccionales
españoles, uno italiano y uno rumano, relativas a la interpretación de la Directiva 93/13/CEE [1]
sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
Se pregunta al Tribunal de Justicia si principios procesales nacionales, como el de la fuerza de
cosa juzgada, pueden limitar las facultades de los jueces nacionales, en particular de ejecución,
para apreciar el carácter potencialmente abusivo de cláusulas contractuales. ¿Son compatibles
con la Directiva 93/13 unos principios de Derecho procesal interno que no permiten dicha
apreciación en el ámbito de la ejecución, incluso de oficio por el juez que conoce de la ejecución,
debido a la existencia de resoluciones judiciales nacionales previas?
Sobre este particular, el Tribunal de Justicia recuerda la importancia que reviste el principio de
cosa juzgada tanto en el ordenamiento jurídico de la Unión como en los ordenamientos jurídicos
nacionales. Así, con el fin de garantizar tanto la estabilidad del Derecho y de las relaciones
jurídicas como la recta administración de la justicia, es necesario que no puedan impugnarse las
resoluciones judiciales que hayan adquirido firmeza tras haberse agotado las vías de recurso
disponibles o haber expirado los plazos previstos para el ejercicio de esos recursos. [2]
Dicho esto, en primer lugar, el Tribunal de Justicia recuerda que el sistema de protección que
establece la Directiva 93/13 se basa en la idea de que el consumidor se halla en situación de
inferioridad respecto al profesional, tanto en lo relativo a la capacidad de negociación como al
nivel de información. [3] Habida cuenta de esta situación de inferioridad, la Directiva 93/13 prevé
que las cláusulas abusivas no vincularán al consumidor. Se trata de una disposición imperativa
que pretende reemplazar el equilibrio formal del contrato por un equilibrio real. [4]
En segundo lugar, el Tribunal de Justicia señala que el juez nacional deberá apreciar de oficio el
carácter abusivo de una cláusula contractual incluida en el ámbito de aplicación de la Directiva
93/13 [5] y que los Estados miembros están obligados a establecer medios adecuados y eficaces
para que cese el uso de cláusulas abusivas.
En principio, el Derecho de la Unión no armoniza los procedimientos aplicables al examen del
carácter supuestamente abusivo de una cláusula contractual y, por consiguiente, corresponde a
cada Estado miembro establecer dichos procedimientos en su ordenamiento jurídico interno. Las
disposiciones procesales nacionales deben observar el principio de efectividad, es decir, cumplir
la exigencia de tutela judicial efectiva. [7] A este respecto, el Tribunal de Justicia estima que si no
hay un control eficaz del carácter potencialmente abusivo de las cláusulas del contrato de que se
trate, no puede garantizarse el respeto de los derechos conferidos en la Directiva 93/13. 8
Basándose en estas consideraciones, el Tribunal de Justicia pronuncia las cuatro sentencias
de hoy.
Blog de APISCAM
miércoles, 18 de mayo de 2022
[Tribunal de Justicia de la Unión Europea] 'Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores: Los principios procesales nacionales no pueden ser un obstáculo para los derechos que el Derecho de la Unión confiere a los justiciables El principio de efectividad exige un control eficaz del carácter potencialmente abusivo de las cláusulas' [Es decir, "cumplir la exigencia de tutela judicial efectiva"]
[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo considera que el sistema de listas de interinos no previene de los abusos en los nombramientos Considera que no es contrario a Derecho que la interinidad se prolongue hasta que la plaza sea ocupada por funcionario de carrera o se amortice' [es decir, al no estimar el recurso de la Consejería, queda como válida la sentencia que era sólo de conceder un estatus de interinidad de vacante hasta la cobertura o amortización del puesto]
'La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que se pronuncia por primera vez sobre las listas de personal docente interino no universitario para nombramientos temporalmente limitados como mecanismo para combatir los abusos.
La Sala considera que el sistema de listas “no constituye una medida legal equivalente, desde la perspectiva de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, para prevenir y sancionar los abusos en los nombramientos interinos, y que no es contrario a Derecho que la relación mantenida en dicho régimen de interinidad se prolongue en el tiempo hasta tanto la plaza sea ocupada por funcionario de carrera o se amortice”.
El tribunal aborda el caso de un profesor interino de Enseñanza Secundaria que trabajó durante 19 años en centros escolares de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Los sucesivos nombramientos se efectuaron en atención al puesto en que se encontraba en la lista de aspirantes, confeccionada por concurso de méritos, para proveer temporalmente plazas vacantes, efectuar sustituciones o atender necesidades coyunturales. Durante ese tiempo no se convocaron procesos selectivos para proveer con funcionarios de carrera la especialidad del docente.
Este profesor solicitó que se le reconociera la condición de personal
indefinido, con antigüedad de 1999; pretensión que fue desestimada por
la Consejería de Educación. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, como la de instancia, declaró la existencia de
abuso y que subsistía la relación funcionarial de este docente con la
Administración educativa riojana mientras que no se provean las plazas
por los cauces legales o se amorticen. Además, recordó que los programas
temporales no podían servir para solucionar necesidades estructurales y
permanentes y que su plazo máximo es de 3 años.
Este miércoles 18 de Mayo en la Comisión de Hacienda de la Asamblea de Madrid , pregunta de Unidas Podemos sobre el coste previsto en indemnizaciones por los ceses de los procesos de estabilización de la Comunidad de Madrid. Dir. Gral de RRHH: ahora mismo es imposible de prever
Este miércoles 18/05/2022 desde las 16 horas había reunión de la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madrid , contando en su orden del día, entre otros puntos, con:
- la Pregunta de contestación oral en comisión (PCOC 1791/22 de Soledad Sánchez Maroto , del Grupo Parlamentario Unidas Podemos, al Gobierno de la Comunidad de Madrid sobre el "coste que ha previsto el Gobierno que tendrá indemnizar a aquellos trabajadores y trabajadoras interinas que no superen los procesos que deberían servir para estabilizar el empleo público en la Comunidad de Madrid".
[Europa Press] La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha convocado al comité de huelga de los médicos especialistas y de urgencias a una reunión hoy
Informa Europa Press este 17/05/2022 que la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha convocado al comité de huelga de la huelga de facultativos hospitalarios de l Servicio Madrileño de Salud, formado por las plataformas de Médicos y FEA No Fijos de Madrid , MUD y Somos Urgencias junto con el sindicato AMYTS, a una reunión hoy a la 12 horas, trasladando las declaraciones del Consejero de que "su departamento tratará de explicar a los convocantes de la huelga de cuál es el escenario, que es un tema de interpretación jurídica" de la nueva Ley estatal de Temporalidad 20/2021.
Las organizaciones convocantes "han reiterado la petición para
paralizar las 3.247 plazas de facultativos de la Oferta Pública de
Empleo (OPE) de los años 2018-2019 que se publicaron en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) en diciembre de 2021", días antes de
que se aprobara definitivamente la citada Ley estatal de Temporalidad 20/2021 [que introducía la consolidación pro concurso de méritos para plazas como todas esas] afirman según el medio "aunque la Consejería se parapeta en que no puede haber ninguna
solución porque se están ateniendo a la legalidad, es lo mismo que
decían a principios de marzo y han mejorado las plazas y aún hay un
enorme pool de plazas de temporales que para Europa sin lugar a dudas
son temporales aunque para la Administración no lo sean por no
considerarlas estructurales y esto requiere únicamente meterlos en
plantilla tras un acuerdo con Hacienda de la mano de la presidenta de la
Comunidad de Madrid".
martes, 17 de mayo de 2022
[Salellas Advocats] El Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona estima petición y eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea "cuestión prejudicial" sobre incumplimiento del derecho de la Unión Europea por la Ley 20/2021 y la jurisprudencia ratificada en Diciembre de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad en empleados públicos
Publica el despacho Salellas Advocats su cuenta de twitter este 16/05/2022 que el juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona nº 17 ha estimado su petición de elevar una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Jusitica de la Unión Europea [TJUE] sobre "el incumplimiento del derecho europeo" que supone la ley 20/2021 [la nueva ley de 28 de diciembre ce 2021 para la reducción de la temporalidad] y la jurisprudencia actual de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad en los empleados públicos en España.
[El Mundo/Cadena SER/20 minutos] "Caídas" intermetientes y puntuales de la historia clínica electrónica del Servicio Madrileño de Salud durante el fin de semana y esta mañana provocan ciertos retrasos
Informan numerosos medios como El Mundo , la Cadena SER o 20 minutos este 17/05/2022 de las "caídas"de la historia clínica electrónica o la receta electrónica del Servicio Madrileño de Salud que han sufrido de forma intermitente durante el fin de semana seguida de una nueva caída puntual durante un rato del sistema HCIS en la mañana de este martes , provocando retrasos en la atención sanitaria tanto de Atención primaria como en hospitales. según explican los profesionales. "No se puede atender a los pacientes en Atención Primaria, ni se les puede solicitar analíticas, ni radiografías, ni tramitarles una baja, solo hacerles recetas a mano
Según los medios, la Consejería de sanidad ha asegurado que se ha tratado de "problemas
intermitentes" con "el mismo origen" y se habrían resuelto durante la mañana.
lunes, 16 de mayo de 2022
[Gob de Castilla-La Mancha] 'La Mesa General de Negociación del personal empleado público aprueba la oferta de empleo de estabilización, con 4.058 plazas en los tres sectores. Del total de plazas, 2.070 se convocarán mediante el sistema de concurso-oposición y 1.988 por el sistema de concurso. '
'El Gobierno regional y los sindicatos mayoritarios de la función
pública, CCOO, CSIF y UGT, han aprobado hoy, en la reunión de la Mesa
General de Negociación del personal empleado público, la propuesta de
Oferta de Empleo Público (OEP) de estabilización en la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022 en Administración General,
Educación y Sanidad, que asciende a 4.058 plazas.
Tras el proceso de negociación colectiva, la distribución de la OEP para
la estabilización del empleo público queda repartida, por sectores, en
2.651 plazas para personal estatutario del Servicio de Salud de
Castilla-La Mancha (SESCAM), 917 para personal funcionario docente no
universitario y 490 para la Administración General que, a su vez, se
reparten entre 219 plazas de personal funcionario y 271 de personal
laboral.
Del total de plazas, 2.070 se convocarán mediante el sistema de
concurso-oposición, concretamente, 105 en Administración General, 801 en
Educación y 1.164 en Sanidad. El resto, 1.988 plazas, se convocarán por
el sistema de concurso: 385 en Administración General, 116 en Educación
y 1.487 en Sanidad.
Recordatorio. [Arauz] 'El Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona accede a nuestra petición y eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestiones prejudiciales de absoluta relevancia' [Auto y extracto con las preguntas formuladas]
[Recordatorio de entrada publicada el 10/05/2022]
'Celebramos un Auto como este, de planteamiento de tales cuestiones prejudiciales, porque:
- Es valiente, exhaustivo -plantea hasta 12 cuestiones- y necesario.
- Confronta y cuestiona directa y llanamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la aplicación de la Directiva.
- Cuestiona, sin ambages, la conformidad de la Ley 20/2021 a la Directiva, en cuanto sanción frente a los abusos.
- Surge en relación con el personal público sujeto a una relación estatutaria (personal funcionario y estatutario), por lo que viene a sumarse a las importantes cuestiones prejudiciales ya planteadas respecto del personal laboral.'
Fuente: Nota del abogado Javier Arauz de 10/05/2022 recibida en APISCAM
[ADDENDUM 20:30] EXTRACTO del Auto completo: Preguntas
formuladas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el Juzgado
de lo contencioso nº 17 de Barcelona en Auto de de mayo de 2022
PRIMERA.- Si las medidas acordadas en sus Sentencias del Tribunal Supremo [STS] nº 1425/2018 y 1426/2018, de 26 de septiembre de 2018, cuyo criterio se mantiene hasta el día de hoy ( 30 de noviembre de 2021,
) -consistentes en mantener al empleado público víctima de un abuso en
el mismo régimen de precariedad abusiva en el empleo hasta que la
Administración empleadora determine si existe una necesidad estructural y
convoque los correspondientes procesos selectivos para cubrir la plaza
con empleados públicos fijos o de carrera-, son medidas que cumplen con los requisitos sancionadores de la Cláusula 5 del Acuerdo marco anexo a la Directiva 1999/70
[SEPMA] Conferencia de Javier Araúz sobre el proceso de estabilización, en Málaga organizada por el Sindicato de Empleados Públicos de Málaga. [Vídeo con la conferencia]
[Gob. de Navarra] ' El Gobierno de Navarra estabilizará 3.589 plazas de empleo temporal en la Administración Foral de las que 80.5% serán por concurso y 19.5% por concurso oposición Se cumple así con lo recogido en el Acuerdo Programático y lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre para reducir la temporalidad del empleo público'
Asimismo, se ha trasladado el texto de propuesta del Decreto-Ley Foral de medidas que el Gobierno de Navarra tiene previsto aprobar para su posterior debate y convalidación en el Parlamento de Navarra que supone la adaptación de la normativa estatal al ámbito competencial de Navarra y en el que se recogen los criterios que se han tenido en cuenta a la hora de definir las plazas afectadas por este proceso de estabilización y se determinan los procedimientos selectivos.
domingo, 15 de mayo de 2022
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'Celebramos un Auto como este, de planteamiento de tales cuestiones prejudiciales, porque: Es valiente, exhaustivo -plantea hasta 12 c...
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El Gobierno del Estado ha dado contestación a la pregunta de Respuesta Escrita (nº de iniciativa 684/53681 de 30/03/2022) que había rea...
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'Los procesos selectivos de las categorías de Informática del Sescam, derivados de la OPE 2018 de Castilla-La Mancha, han sido paraliza...
viernes, 13 de mayo de 2022
[UGT Servicios Públicos Madrid] 'UGT dice si a la propuesta de oferta de empleo de estabilización en la sanidad madrileña' [La Mesa General de Empleados públicos de la C. de Madrid ratifica la OPE extraordinaria 2022 por ley 20/2021 del SERMAS, con 9574 plazas a Concurso de Méritos y del Hospital Fundación Alcorcón]
'Hoy, 13 de mayo de 2022 ha tenido lugar la reunión de la Mesa General de Negociación de las empleadas y empleados públicos de la Comunidad de Madrid, al objeto de ratificar el acuerdo alcanzado en la Mesa Sectorial del Personal Estatutario del Servicio Madrileño de Salud referente a la oferta de empleo público extraordinaria 2022, en virtud de la Ley 20/2021 de 2022.
La propuesta de plazas de estabilización alcanza las 9.574, a las que se añaden 30 plazas de personal laboral del Hospital Universitario Fundación Alcorcón.
Con la ratificación de este Acuerdo en la Mesa General celebrada hoy, se concreta la negociación de la oferta de plazas dentro del marco de la Ley 20/21, para lograr la reducción de temporalidad y estabilización en el empleo para profesionales de todas las categorías y que, por acuerdo de todas las organizaciones sindicales de la Mesa, será, casi en su totalidad, por el sistema de concurso de méritos.
[CSIF Sanidad Madrid] 'CSIF Sanidad Madriddice no a la Oferta Pública de Empleo en Sanidad de la Comunidad de Madrid. a documentación se nos ha hecho llegar solamente una hora y media antes de la reunión donde se debía aprobar la OPE' [Prevista su aprobación en Consejo de Gobierno de la C. de Madrid el 25/05/2022 para publicar en el BOCM antes del 1 de junio]
'Hoy ha tenido lugar en Madrid la reunión de la Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para aprobar el total de plazas acordadas en Mesa Sectorial Extraordinaria del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) en relación a la Ley de Temporalidad 20/21.
CSIF, como sindicato integrante de la Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid, tras la reunión celebrada hoy, ha votado en contra por los siguientes motivos:
[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO aprueba 9.577 plazas por concurso de méritos para la Sanidad Pública madrileña. En marzo 2022, el SERMAS tenía 36.000 trabajadores/as fijos en plantilla de un total de 83.000 Este acuerdo conseguirá una estabilidad de 92,6% en el empleo de este sector público'
'CCOO hace los deberes y garantiza la reducción de la temporalidad en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), tal y como establece la nueva Ley Estatal, llevando a Concurso de Méritos 9.577 plazas. De esta manera se da la oportunidad de que los profesionales del SERMAS, que actualmente se encuentran en situación de temporalidad, muchos de los cuales en fraude de ley, garanticen su estabilidad en el empleo y mejoren sus condiciones laborales.
Es importante destacar que el acuerdo alcanzado supone la convocatoria de más de 1.700 plazas para personal facultativo, sobre la propuesta de 900 que se ofrecían inicialmente por parte de la Consejería de Sanidad. Para el resto del personal sanitario se acordó la convocatoria de más de 4.700 plazas, cuando la oferta inicial era de 3.400. En el caso de personal de gestión y servicios, la negociación concluyó con un total de más de 3.000 puestos a estabilizar, frente a los 2.213 que defendía la Administración.
Todo ello, sumado a las Ofertas de Estabilización de Empleo de los años 2017, 2018 y 2019, que CCOO negoció y acordó en la Mesa Sectorial con la Administración Sanitaria, suponen un total de casi 40.000 puestos de trabajo de todas las categorías profesionales del SERMAS que adquirirán la condición de personal estatutario fijo. Éstos sumados a los más de 36.000 fijos de plantilla actual, permitirán alcanzar (según datos portal estadístico SERMAS de marzo 2022) el 92,6% de fijeza en la Sanidad Pública madrileña.
Recordatorio. El Ministerio de Sanidad abre audiencia pública al Anteproyecto de Ley del Gobierno de modificacion de la Ley del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, limitándose a trasladar las recientes modificaciones del Estatuto Básico del Empleado Público del RDL 14/201 yla Ley 20/2021
[Recordatorio de la entrada publicada el 06/05/2022] El Ministerio de Sanidad acaba de abrir este 5 de mayo trámite de audiencia pública al Anteproyecto del Gobierno
de la futura Ley de modificación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre,
del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud,
para , entre otras cosas, adaptarse a las modificaciones del Estatuto
Básico del Empleado Público aprobadas el año pasado por el Real Decreto-Ley 14/2021 de Julio, que daba plazo hasta el 7 de Julio, y finalmente la Ley 20/2021 de 28 de Diciembre, que mantuvo el plazo.
La fecha de finalización de envío de aportaciones es el 13 de mayo de 2022, siendo el buzón para el envío de aportaciones, informacion.publica@mscbs.es, mediante correo electrónico con asunto "DG/27/22 APORTACIONES + NOMBRE DE LA ENTIDAD O PERSONA".