jueves, 13 de junio de 2024

[Europa Press] El Ministro de Funcion Pública ante la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este 13/06/2024 afirma que son "casos históricos" que "atañen a los tribunales" y que ya "tiene una ley para el problema de la temporalidad , la ley 20/2021, que "está dando resultados extraordinarios"

Informa Europa Press en su web este 13/06/2024 de las declaraciones [vídeo en canal de Youtube de Europa Press] a los periodistas en la I Jornada de reflexión sobre los Derechos Digitales, del ministro responsable de la Función Pública, José Luis Escribá, al ser preguntado por la sentencia de este 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE: el ministro ha comentado que se trata  de "casos históricos"     que "atañen fundamentalmente a los tribunales" que "irán resolviendo" mientras que el que el Gobierno "ya tiene una ley con la que se anticiparon"  a este problema de la temporalidad , ley que "está dando resultados extraordinarios", de tal forma que dará cumplimento al objetivo de conseguir "las 300.000 estabilizaciones a final de año".

  

[TVE Telediario 1] El Tribunal de Justicia europeo abre las puertas a no aplicar la doctrina del Supremo sobre el abuso de temporalidad de los interinos y a convertirlos en indefinido sin que pasen a ser funcionarios

El Telediario de la 1 de RTVE se ha hecho eco [vídeo parcial casero] de la sentencia de este 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE , trasladando que el tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado que no es válida la doctrina del Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad de los empleados públicos -doctrina que  los juzgados pueden "saltársela"-, que la "normativa española ni evita ni sanciona los abusos de temporalidad como exige la ley europea" y  ha "apuntado apunta una fórmula convertir: esos interinos en indefinidos pero sin que pasen  a ser funcionarios".

 


 

[CCOO Área Pública] 'Una vez más el TJUE reitera el incumplimiento de España de la Directiva comunitaria ante el abuso y fraude en la contratación en el ámbito público.'

'Esta nueva sentencia, reconoce una vez más el abuso en la contratación y la falta de medidas conforme a la cláusula 5 de la Directiva comunitaria 1999/70, pero insiste en que si bien PUEDE ser una medida idónea la Fijeza -es decir, puede, pero no obliga-, añade algo más claro, aun cuando ya se evidenciaba en las anteriores sentencias: que esa fijeza no se puede contemplar si resulta contraria al ordenamiento jurídico nacional, como así ocurre.


Otra cosa distinta es -y ya también viene siendo recurrente y hemos insistido en ello- que el hecho de contemplar la compensación económica de 20 días/año únicamente para quienes no superen el proceso selectivo no es medida disuasoria- algo que compartimos, por dos motivos por la cuantía y porque lo que hay que evitar es el abuso e ir contra la causa, esto es, contra las administraciones públicas que son quiénes no ponen las medidas para evitar dicho abuso. Dicho esto, debe haber responsabilidad y sanciones en este sentido.


Desde el sindicato seguimos defendiendo la eliminación de la tasa de reposición y la estabilidad de las plantillas, exigiendo la culminación de todos los procesos de estabilización y las ofertas de empleo público que aún están pendientes. Del mismo modo hemos trabajado y seguimos trabajando para dar solución y respuesta a la precaria e indecente situación de temporalidad, de las 600.000 plazas contempladas en los procesos de estabilización, ya son más de 230.000 las que están resueltas, esperamos y exigimos la resolución definitiva de los procesos de estabilización.'

Reacciones en los medios de prensa a la sentencia de este 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE

En esta entrada iremos recogiendo  las diferentes reacciones en los medios de prensa a la sentencia de este 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat, donde el Tribunal de justicia europeo ha afirmado explícitamente que no vale como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina actual  de Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización de la ley 20/2021 así como tampoco la indemnización que contempla dicha ley, por no poder valer como sanción al abuso cualquier indemnización que sea al cese o que tenga un tope.  Además, a nuestro juicio, en esta trascendental sentencia, el Tribunal de Justicia europeo ha afirmado que ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción , los juzgados y tribunales nacionales deben intentar realizar una "interpretación conforme" del derecho nacional, lo más amplia posible pero sin ir contra él, para aplicar la  conversión en personal fijo o "fijeza" como sanción, modificando la jurisprudencia incompatible del Supremo, incluso aunque éste la justifique en principios constitucionales,  siendo posible en este caso esa conversión en fijo con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera.

 

  • [El País] El TJUE insiste en que España haga indefinidos a los empleados públicos que encadenan contratos temporales durante años. La justicia europea sugiere que aunque estos trabajadores no se conviertan en funcionarios, su relación laboral con las Administraciones debe ser indefinida y su cese solo sería posible por motivos disciplinarios
  • [El Mundo] Nuevo golpe del Tribunal de la UE a España: insiste en convertir los interinos en indefinidos, vía que ve acorde al Supremo
  • [rtve] La Justicia europea insiste y avala que los interinos puedan pasar a ser fijos sin convertirse en funcionarios. La sentencia, que no obliga a los tribunales españoles, podría servir para sancionar estos abusos en el sector público 
  • [Cadena Ser]  La justicia europea avala con condiciones la conversión de interinos en fijos en la administración pública Propone que, aunque no se conviertan en funcionarios de carrera, pasen a ser fijos siempre que estén sujetos a las mismas causas de cese de despido que los funcionarios

[Araúz] 'La Sentencia del Tribuna de Justicia de la UE [TJUE] de 13 de junio de 2024. nuevamente, obliga a la transformación en fijos del personal temporal del sector público víctima de un abuso'

'La Sentencia del Tribuna de Justicia de la UE [TJUE] de 13 de junio de 2024, nuevamente obliga a la transformación en fijos del personal temporal del sector público víctima de un abuso.

PRIMERO.- La sentencia da un varapalo importante al Gobierno de España y al Tribunal Supremo, al declarar tajantemente que es contrario a la Directiva una jurisprudencia y una normativa que contemplan como medidas sancionadoras el mantenimiento del empleado público afectado hasta la convocatoria y la resolución de procesos selectivos, y la convocatoria de estos procesos y el abono de una compensación económica con un doble límite máximo en favor únicamente al empleado público que no supere dichos procesos.

Es decir, la sentencia declara que ni la jurisprudencia del Tribunal Supremo, ni los procesos de estabilización de la Ley 20/2021 cumplen con los requisitos de la Directiva 1999/70

SEGUNDO.- La sentencia declara que, ante la inexistencia de medidas sancionadoras para garantizar el cumplimiento de la Directiva 1999/70, en nuestro país, sólo cabe la transformación en fijo del personal temporal víctima de un abuso.

 

Sentencia de este 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera

Este mismo jueves 13/06/2024, como  estaba previsto, ha tenido lugar la lectura -transmitida en streaming en la web del TJUE- y publicación de la importante sentencia del  Tribunal de Justicia de la UE a a las cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona en los asuntos acumulados (como asunto "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros" que podemos abreviar en asunto "Generalitat de Catalunya" o #GenCat):

En estos asuntos se cuestionaba
  1. si puede ser válida la actual doctrina de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo para el abuso de temporalidad del empleado público funcionario o estatutario interino y sobre la fijeza como sanción necesaria cuando no hay ninguna medida válida contemplada en la normativa aplicable al sector de trabajadores en cuestión [ver un repaso de las  preguntas aquí]
  2. si los procesos de estabilización de la ley 20/2021 pueden considerarse una medida válida de sanción/reparación del abuso
    [ver un repaso de las  preguntas aquí]

 

Finalmente, acaba de  publicarse  la sentencia íntegra con estos puntos fundamentales en su texto:

  • se puede considerar que existe  abuso de temporalidad cuando  las relaciones de empleo temporales  excede de dos años "si  no satisfacen necesidades del empleador de que se trate que sean provisionales, sino permanentes y estables" y no se cumple los plazos que marca la norma nacional [el Estatuto Básico del Empleado Publico] para proveer la plaza ocupada por el empleado público temporal

  • viola la normativa europea  la  jurisprudencia nacional (la doctrina de la Sala de lo Contencioso)  que contempla como medidas para sancionar el abuso de temporalidad  el mantenimiento del empleado público afectado hasta la convocatoria y la resolución de procesos selectivos por la Administración empleadora, procesos que son abiertos  y que no garantizan la estabilidad del personal en abuso

  • viola la normativa europea   la normativa nacional (ley 20/2021) que contempla  la convocatoria de procesos selectivos  de  ese tipo y el abono de una compensación económica con un doble límite máximo en favor
    únicamente del empleado público que no supere dichos procesos, tanto por ser al cese como por tener un tope

  • es indispensable una sanción, que no tiene por qué ser necesariamente la fijeza, pero la fijeza siempre es válida - y por sí sola- como sanción

  • y ante la falta en la normativa nacional de  medidas válidas  de sanción para este personal :

[Gob. de la C. de Madrid/Consejería de Economía, Hacienda y Empleo] 'La Comunidad de Madrid aprueba 6.559 plazas en su nueva Oferta de Empleo Público priorizando Sanidad y Educación. Cuenta con el respaldo unánime de la Mesa General de Negociación en la que están representados los sindicatos' [6.559 plazas, 2.613 del SERMAS]

'El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy la nueva Oferta de Empleo Público (OPE) para este año con un total de 6.559 plazas y priorizando muy especialmente Sanidad y Educación. La convocatoria está dirigida al personal funcionario, laboral, estatutario de instituciones sanitarias y personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias, de la Administración regional, sus organismos autónomos y demás entes públicos.

Según el acuerdo, la práctica totalidad (el 92%) son puestos de nuevo ingreso (6.036) y de ellas 2.635 tienen como destino las enseñanzas no universitarias, 2.613 las instituciones sanitarias y 569 los funcionarios de administración y servicios, entre otras.

[Gob. C. de Madrid/Consejería de Sanidad] 'La Comunidad de Madrid define como problema de Estado la falta de profesionales sanitarios '

'La consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Fátima Matute, ha reiterado hoy la “acuciante falta” de profesionales sanitarios, “un problema de Estado que afecta a todo el Sistema Nacional y por el que en Madrid seguimos peleando diariamente”. Así lo ha manifestado durante su intervención en la inauguración de las II Jornadas de Atención Primaria, organizadas por el Colegio de Médicos de Madrid en su sede de la capital. El objetivo de este encuentro ha sido poner sobre la mesa el papel que juega el primer nivel asistencial como eje central del sistema sanitario. Asimismo, los expertos han explicado los avances y novedades asistenciales en Atención Primaria.

Recordatorio. Concentraciones en toda España por el Movimiento 13J y otros por la fijeza ante el abuso de temporalidad en el empleo público este jueves 13 de Junio con motivo de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE al asunto acumulado #GenCat

 [Recordatorio de entrada publicada el 11/06/2024

El "Movimiento 13J", formado para "dar visibilidad" a la reivindicación de que se resarza el abuso de temporalidad en el  empleo público español con la estabilidad directa del personal en abuso ("fijeza")  "manifestándose ante organismos de toma de decisiones" y "reclamando que se cumplan las Sentencias del Tribunal de Justicia de la UE", con motivo  de que el "próximo jueves 13 de junio el Tribunal de Justicia Europea (TJUE)  va a dictar una sentencia clave sobre trabajadores temporales" ,  convoca varias concentraciones en diferentes ciudades de España bajo el lema de ¡Fijeza Ya!. Otros colectivos organizan o co-organizan movilizaciones el mismo día o siguientes.

La sentencia está prevista que se dicte  a las 09:30 de la mañana.

En Madrid se ha convocado una concentración a las 12:00 frente  al CONGRESO DE LOS DIPUTADOS :




[Economist & Jurist] Este jueves 13 de Junio el Tribunal de Justicia de la UE resuelve las cuestiones prejudiciales del juzgado de Barcelona "clave para el futuro de miles de interinos en fraude de ley en nuestro país"

Informa el medio especializado Economist&Jurist este 12/06/2024 de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE,  "clave para el futuro de miles de interinos en fraude de ley en nuestro país", que se dictará este mismo jueves 13 de Junio a las 09.30 , como sentencia conjunta a las cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona en los asuntos acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros", con preguntas donde se se cuestiona tanto si puede ser válida la actual doctrina de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo para el abuso de temporalidad del empleado público funcionario o estatutario interino como si los procesos de estabilización de la ley 20/2021 pueden considerarse una medida válida de sanción/reparación del abuso.

El medio avanza que "fuentes cercanas al Tribunal Supremo  explican a este diario que habrá pocas novedades prácticas" tras esa sentencia, dado que "hay un conflicto entre la legislación nacional y los principios constitucionales con la jurisprudencia comunitaria"

 

[UGT Sanidad Madrid] 'Resumen de la reunión con la Consejera de Sanidad Doña Fátima Matute del dia 11-06-2024 '

 [11/06/2024] 'En la mañana del día de hoy UGT ha celebrado una reunión con la Consejera de Sanidad Dña. Fátima Matute. 

Desde UGT Servicios Públicos de Madrid, sindicato representativo tanto a nivel de la Comunidad de Madrid como en la Mesa sectorial de Sanidad de todos los trabajadores, hemos trasladado nuestra insatisfacción con la gestión llevada a cabo por su Consejería desde la anterior reunión mantenida hace aproximadamente un año. Y aunque es verdad que alguna de las demandas planteadas en julio del 2023 han sido iniciadas por parte de la Administración, aún quedan muchas de esas demandas, conflictos, inquietudes y propuestas de mejoras que protagonizan la relación laboral actual por abordar. 

Es imprescindible para UGT, y así se lo hemos manifestado, frenar el deterioro de las condiciones de trabajo de los profesionales sanitarios, el aumento de ratios paciente por profesional, el incremento de jornada laboral con jornadas adicionales, deterioro de las economías familiares por el recorte económico de los ingresos, la disminución e incluso ausencia de la contratación necesaria para la cobertura imprescindible de las incidencias en los servicios, entre otros. 

[Comisión Europea] 'La Comisión Europea ha publicado el cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2024'

 'La Comisión Europea ha publicado hoy el cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2024, que ofrece un análisis comparativo de la calidad, la independencia y la eficiencia de los sistemas judiciales de los Estados miembros de la UE. Esta es ya la duodécima edición y ofrece un panorama general a largo plazo de la manera en que ha evolucionado la situación en los Estados miembros en los tres aspectos que caracterizan una justicia eficaz, esto es, eficiencia, calidad e independencia.

¿Qué es el cuadro de indicadores de la justicia en la UE?

El cuadro de indicadores de la justicia en la UE es una herramienta de información comparativa destinada a ayudar a la UE y a los Estados miembros a mejorar la eficacia de los sistemas judiciales nacionales. Para ello, ofrece datos sobre la eficiencia, la calidad y la independencia de los sistemas judiciales de todos los Estados miembros. Es uno de los instrumentos del conjunto de herramientas de la Unión al servicio del Estado de Derecho que utiliza la Comisión para supervisar las reformas judiciales emprendidas por los Estados miembros.

El cuadro contribuye a determinar las mejoras prácticas y las posibles carencias. También indica las tendencias en el funcionamiento de los sistemas judiciales nacionales a lo largo del tiempo. No presenta una clasificación general única, sino un panorama global del funcionamiento de los sistemas judiciales, basado en varios indicadores de interés común para todos los Estados miembros.

El cuadro de indicadores no promueve ningún tipo concreto de sistema judicial y trata a todos los Estados miembros en pie de igualdad. Con independencia del modelo de sistema judicial nacional o de la tradición jurídica en que se fundamente, la diligencia, la independencia, la asequibilidad y la facilidad de acceso son algunas de las características esenciales de un sistema judicial eficaz.

¿Por qué son importantes los sistemas judiciales nacionales para la UE?

Unos sistemas judiciales eficaces son esenciales a la hora de aplicar y hacer cumplir el Derecho de la UE y de defender el Estado de Derecho y otros valores en los que se funda la UE y que comparten los Estados miembros. Garantizan que las personas y las empresas puedan disfrutar plenamente de sus derechos, refuerzan la confianza mutua y contribuyen a crear un entorno favorable a las empresas y las inversiones en el mercado único. Contar con sistemas judiciales eficaces es fundamental para la aplicación del Derecho de la UE, ya que los órganos jurisdiccionales nacionales actúan como tribunales de la UE a la hora de aplicar ese Derecho.

Recordatorio. Publicadas en el BOCM más declaraciones de proceso superado del concurso de méritos del SERMAS según la ley 20/2021: categorías de grupos A2 y C1 Sistemas y.T.I. - con personal de otros Servicios de Salud y discapacidad que desplazan a personal propio-, grupo A2 de la F. Administrativa y 4 de oficios

 [Recordatorio de entrada publicada el 30/05/2024] Este 30/05/2024 se ha publicado en el BOCM   y en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos , junto con algunas correcciones, una nueva tanda de declaraciones de personas que han superado el proceso de  convocatorias 2022 de procesos de estabilización de empleo temporal de la OPE 2022 del SERMAS  del Concurso de Méritos según  Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad  en el caso del Servicio Madrileño de Salud, en concreto de las categorías:

  • Técnico de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información, la categoría de "informática" de grupo A2, categoría que tenía  convocadas 35 plazas (2 reservadas al cupo de discapacidad) 
  • Técnico Especialista de S.T.I., la categoría informática de grupo C1, categoría que tenía 47 plazas convocadas (3 reservadas al cupo de discapacidad) 
  • Grupo de Gestión de Función Administrativacategoría que tenía 43 plazas convocadas , 3 de ellas a cupo de discapacidad, y en la que obtuvieron más de 21 puntos en experiencia 105 personas. Obtienen  plaza fija 2 de los 4  informáticos  del SERMAS que seguían fuera  de las ategorías de informática  por esta categoría
  • Peluquero, Calefactor, Cocinero, y Gobernanta

abriéndose el proceso de elección de plazas ofertadas con  un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación (hasta el día 13 de Junio incluido por tanto)) .  21 puntos es la puntuación que se conseguía con 6 años de antigüedad en la categoría en el SERMAS,

[Gob. España] 'La Comisión Europea aprueba el cuarto desembolso del Plan de Recuperación, por el que España recibirá unos 10.000 millones de euros Hacienda - 12.6.2024 España ha cumplido satisfactoriamente con 60 de los 61 hitos y objetivos vinculados al cuarto desembolso. Ello supondría recibir casi el 99% del total solicitado. El 1% restante, equivalente a unos 158 millones de euros, se recibirá en los próximos meses tras el cumplimiento del objetivo pendiente.'

 'La Comisión Europea ha aprobado el cuarto desembolso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) destinado a España, después de que en su evaluación preliminar haya valorado positivamente el cumplimiento de 60 hitos y objetivos (44 hitos y 16 objetivos) vinculados a ese cuarto pago. Ello supone que España recibirá casi 10.000 millones de euros correspondientes a este desembolso.

El cuarto desembolso contempla un total de 34 reformas y 26 inversiones, en áreas como la transformación digital y la transición energética de la economía, las pensiones, la investigación, desarrollo e innovación, la educación, el tratamiento de agua, la digitalización de los servicios públicos, incluida la justicia, o en materia de cooperación interterritorial.

miércoles, 12 de junio de 2024

Preguntas al Tribunal de Justicia de la UE de los dos asuntos acumulados #GenCat de cuestiones prejudiciales que sentencia este jueves 13: II - cuestiones sobre la validez de la ley 20/2021 como sanción al abuso de temporalidad existente antes

 

Este jueves 13 de Junio a las 09.30 , tal y como  publica la agenda del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE],  la Sala Sexta del TJUE dictará sentencia conjunta a las cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona en los asuntos acumulados (como asunto "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros" que podemos abreviar en asunto "Generalitat de Catalunya" o incluso #GenCat):

  • el asunto "HM y VD/Generalitat de Catalunya" C-332/22,   por el primer auto de 06/05/2022 elevado por el juzgado  , por un caso del abogado  Javier Araúz  sobre dos funcionarias interinas de la Administración de Justicia de Cataluña con 37 años y 17 años respectivamente de temporalidad,  8 y 9 años de ellos, respectivamente, en el último nombramiento de funcionaria interina de vacante,  y en el  que el juzgado planteaba 12 preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, publicadas en el Diario Oficial de la Unión  Europea [DOUE] del 12/12/2022
  • el asunto  "KT/DG de la Función Pública,  Generalitat de Catalunya" o C-331/22 , el segundo auto  de 12/05/2022 elevado elevado por el  mismo juzgado, esta vez por un caso de Salellas Advocats sobre una funcionaria interina de la Generalitat de Cataluña desde 2005 (desde 2009 en la misma plaza), y en el  que el juzgado planteaba 5 preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europeapublicadas en el DOUE  el 19/09/2022 .  Por la web de cada asunto, se observa que este asunto, que es el se registró primero en el TJUE, es el que va a quedar como principal de entre los dos asuntos acumulados (es decir, donde se publica la fecha de pronunciamiento y donde se espera se publicará la sentencia, única, de ambos asuntos).
En estos asuntos se cuestionan tanto si puede ser válida la actual doctrina de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo para el abuso de temporalidad del empleado público funcionario o estatutario interino como si los procesos de estabilización de la ley 20/2021 pueden considerarse una medida válida de sanción/reparación del abuso.
 
En otra entrada previa hemos repasado someramente las  cuestiones de ambos asunto que preguntan por la validez de  la doctrina del Supremo y la necesidad de la fijeza como sanción cuando no hay ninguna medida válida de sanción en la normativa,

 
Ahora trasladamos el segundo bloque de preguntas que versan explíctamente sobre la Ley 20/2021, de 28 de Diciembre, publicada en el BOE el 29 de Diciembre y que entró en vigor al día siguiente.  Antes de nada, puede llamar la atención que se pregunte en el marco de unos procesos judiciales contencioso-administrativos por una norma legal que entró en vigor después de la fecha de  las correspondientes reclamaciones de los trabajadores.  A este respecto  podría ocurrir  que el Tribunal de Justicia de la UE declarara hipotéticas todo este bloque de preguntas sobre la ley 20/2021 , porque dijera que  no son de aplicación al caso del procedimiento nacional.

 Pero como indica el juzgado en su  auto  del asunto C-331/22 : "Aunque la nueva norma [ la ley 20/2021] tiene como objeto principal evitar y prevenir los abusos futuros en la contratación temporal en el empleo público, sin embargo, también contempla las medidas sancionadoras a aplicar a aquellos empleados públicos temporales que ya se encontraban en una situación de abuso contrario a lo  establecido en la Directiva de forma previa a su entrada en vigor", es decir, tiene efectos retroactivamente sobre situaciones de abuso  como es la de la trabajadora de ese asunto , por ejemplo. Además, la Administracion catalana, hizo uso de la existencia de la Ley 20/2021 en su defensa en el recurso judicial, entendiendo "que dicha ley permite resolver la situación de los funcionarios interinos".