lunes, 1 de marzo de 2021

[CAS] 'Comunicado de CAS sobre los graves acontecimientos ocurridos en la manifestación de Madrid [contra la privatización de la Sanidad convocada por CAS Estatal]'

[27/02/2021] 'En la manifestación convocada hoy en Madrid junto a otras 60 ciudades y pueblos de todo el Estado por la Coordinadora Antiprivatización de la Sanidad (CAS), se han producido graves acontecimientos que, una vez más, ponen en entredicho el papel de la policía. De nuevo, asistimos a comportamientos por parte de las «fuerzas del orden» de protección hacia los fascistas y de agresión hacia manifestaciones pacíficas.

domingo, 28 de febrero de 2021

Entradas más vistas de la semana 22/02/2021-28/02/2021 en este blog: Proposición de Ley de Compromís para regularizar al empleado temporal público más de 3 años, el Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación de abuso de temporalidad de médicos estatutarios, sentencia de fijeza a trabajadores temporales del Ayuntamiento de Azuqueca , ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

[El País] Miquel Iceta, el nuevo Ministro de de Política Territorial y Función Pública, reconoce como "gran problema" de la Administración el "de los interinos" y que es una "de las observaciones de la Unión Europea" afirmando que "hay que resolverlo en 1-3 años"

Publica El País este 27/02/2020 una entrevista a Miquel Iceta, el nuevo Ministro de de Política Territorial y Función Pública, quien ante la observación de las compensaciones que otros países han dado a sus funcionarios responde que muchos recursos movilizados "han ido más al escudo social y a la reactivación de la economía" para a continuación reconocer motu proprio que "nosotros tenemos el gran problema de los interinos, de la temporalidad en los empleados públicos" afrimando que "ahora nos lo dice también la Unión Europea, es una de las observaciones. Nos dice que tenemos una temporalidad muy alta" y que "hay que resolverlo en uno, dos, tres años" añadiendo que "también tenemos que abordar el acceso a la Administración... necesitamos mecanismos de acceso que se ajusten más a lo que se les va a pedir".

Publicada en el Boletín Oficial de la C. de Madrid el Decreto que prorroga el actual horario de restricciones nocturas y la Orden que actualiza las zonas con restricciones de movilidad extraordinarias ante la pandemia de COVID-19

 

 Se han publicado en el B.O.C.M. de ayer 27/02/2021:

  • el Decreto 9/2021, de 26 de febrero, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que "se modifica el Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen las medidas de contención adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y el Decreto 7/2021, de 12 de febrero, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen medidas temporales para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2"     y por el que se prorroga hasta el 15 de Marzo la medida actual en toda la comunidad de Madrid de restricción nocturna a a la movilidad entre las 23:00 horas y l las 06:00 horas,
  • la   Orden 226/2021, de 26 de febrero, de la Consejería de Sanidad de la C. de Madrid, por la que "se prorroga la Orden 154/2021, de 12 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica", que implementa lo también anunciado por la Comunidad de Madrid el día anterior , dactualizando  en la C. de Madrid a las zonas  con restricciones extraordinarias de movilidad  (las medidas de la Orden 1405/2020, de 22 de octubre) desde las 00 horas del día 01/03/2021 a:


viernes, 26 de febrero de 2021

Iniciativas parlamentarias nacionales en curso de relevancia para el abuso de temporalidad en el empleo público: una Proposición de Ley, una Proposición No de Ley y varias solicitudes de comparecencia del Ministro, pregunta al e informe del Gobierno

Las iniciativas parlamentarias nacionales en curso de las que tenemos constancia, de ciertas relevancia para el abuso de temporalidad en el empleo público son, por cámara, partido e iniciativa:

  • [Senado, Compromís] Proposición de Ley de medidas para garantizar en el ámbito del empleo público, el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE (nº de iniciativa 622/57 de 15/02/2021). Publicada en el BOCG de 26 de Febrero, en plazo hasta el 16/03/2021 para la "Presentación de otras proposiciones de ley sobre el mismo objeto o materia".
  • [Congreso, Ciudadanos] Proposición NO de Ley de  medidas de inspección y sanción contra el abuso de la temporalidad en las Administraciones Publicas [ texto íntegro ] (nº 161/1894 de 11/01/2021)
  • [Congreso, Partido Popular] Proposición NO de Ley por la que " se insta al Gobierno a la preparación y negociación con las organizaciones sindicales más representativas en el sector público, de un III Acuerdo para la mejora del Proposición No de Ley [ texto íntegro (nº 161/1576)

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  • [Senado, Compromís]  Solicitud de comparecencia del inicialmente la Ministra anterior y ahora el Ministro de Función pública para informar de medidas que se contempla realizar contra el abuso (nº 711/369 de  06/07/2020)
  • [Senado, PAR]  Solicitud de comparecencia del Ministro de Función pública para informar de medidas que se contempla realizar contra el abuso (nº 711/500  de 03/02/2021)

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[Gob. C de Madrid] 'La Comunidad de Madrid prorroga la prohibición de reuniones de no convivientes en los domicilios' [Criterios para las restricciones adicionales en zonas: 'umbral superior a 500 casos, observación de transmisión comunitaria y la tendencia.']

 

  • La Consejería de Sanidad recuerda que el 80% de los contagios de COVID-19 se produce en el ámbito familiar
  • Se prorroga la limitación de movimientos desde las 23:00 a las 06:00 horas
  • Sanidad insiste en la obligatoriedad de ventilar de manera adecuada los establecimientos y llevar de manera permanente la mascarilla en interiores, y retirarla solo en el momento de la ingesta de comida o bebida
  • Se mantienen las restricciones de movilidad en Torrejón de Ardoz, Collado Villalba, San Sebastián de los Reyes, las zonas de Andrés Mellado, General Oraá y Vinateros-Torito en Madrid capital, la zona de Villanueva del Pardillo y la localidad de Hoyo de Manzanares
  • Sólo se introduce como nueva zona básica limitada la de María Curie, en Leganés
'La Comunidad de Madrid va a prorrogar dos semanas más -hasta el 14 de marzo, inclusive- la prohibición de las reuniones de no convivientes en domicilios, salvo que se trate de cuidados a terceras personas (mayores, dependientes, menores de edad o personas vulnerables). En este sentido, la Consejería de Sanidad recuerda que el 80% de los contagios de COVID-19 se produce en el ámbito familiar. Así lo han anunciado el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, y la directora de Salud Pública, Elena Andradas, que esta mañana han comparecido para informar sobre la situación epidemiológica y asistencial de Madrid.

También desde este próximo lunes se mantiene durante dos semanas más en la región –hasta el 14 de marzo, inclusive- la limitación de movilidad nocturna hasta las 23:00 horas y que el sector de la hostelería y de la restauración pueda permanecer abierto hasta esa hora, quedando prohibida la entrada de nuevos comensales después de las 22:00 horas.

[Tribunal de Justicia de la Unión Europea] 'Se condena a España a pagar una suma a tanto alzado de 15.000.000 de euros y una multa coercitiva diaria de 89.000 euros por no haber transpuesto aún una Directiva ni comunicado las medidas de transposición de ésta. Se trata de la Directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales'

'La Comisión solicitó al Tribunal de Justicia que declarase que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales [1].  La Comisión considera que ese Estado miembro no ha adoptado las medidas nacionales de transposición de la Directiva ni comunicado dichas medidas. Por lo tanto, solicitó al Tribunal de Justicia que impusiera a España, con arreglo al artículo 260 TFUE, apartado 3, por una parte, una multa coercitiva diaria de 89 548,20 euros por cada día de retraso a partir de la fecha del pronunciamiento de la sentencia en el presente asunto, y, por otra, una suma a tanto alzado de unos 15 500 000 euros [2].  El 20 de julio de 2018, al no haber sido informada por España sobre las medidas de transposición de la Directiva al término del plazo fijado (el 6 de mayo de 2018), la Comisión había remitido a dicho Estado miembro un escrito de requerimiento para que le comunicara esas medidas. Dado que dicho escrito no surtió efectos, la Comisión remitió a España un dictamen motivado el 25 de enero de 2019 en el que la exhortaba a adoptar las medidas necesarias en un plazo de dos meses.

En su respuesta al dictamen motivado, de 27 de marzo de 2019, España indicó que el procedimiento administrativo para la adopción de las medidas de transposición de la Directiva estaba en curso y debía concluir a finales del mes de julio de 2019, y que el procedimiento parlamentario debía concluir a finales del mes de marzo de 2020. Indicaba, además, que el retraso en la transposición se derivaba esencialmente del contexto político particular y de la necesidad de transponer la Directiva mediante una ley orgánica.

[AMYTS] 'AMYTS convoca la huelga indefinida de médicos de Atención Primaria en Madrid para el 10 de marzo '

'AMYTS ha registrado este jueves la convocatoria de huelga indefinida de médicos de Atención Primaria en Madrid para el 10 de marzo. Un paso que llega ante el abandono continuo de este nivel asistencial clave sumado a la altísima sobrecarga asistencial y a los incumplimientos de la Comunidad de Madrid.

La situación que viven los centros de salud y los dispositivos del Servicio de Atención Rural (SAR) es insostenible. La Consejería de Sanidad no ha implementado soluciones para terminar con los problemas que hay en las consultas médicas. Ejemplo de ello son las más de 800 plazas de médicos de Familia y pediatras que están sin cubrir por ausencias de compañeros.

[Gobierno del País Vasco] 'El Gobierno Vasco "no comparte" la resolución del Tribunal Constitucional que anula una parte de la Ley de Policía del País Vasco y considera que da la "espalda" a los mandatos del tribunal europeoLakua no cejará en el empeño de buscar soluciones a la alta interinidad en la Administración y conmina al Gobierno español a que modifique el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). '

'El Gobierno Vasco “no comparte” la resolución del Tribunal Constitucional que considera inconstitucional el segundo apartado de la disposición transitoria décima de la Ley 7/2019, de 27 de junio, de quinta modificación de la Ley de Policía del País Vasco. Esta disposición ahora anulada señala que, de existir en la categoría correspondiente del cuerpo de Policía Local-Udaltzaingoa un porcentaje de interinidad superior al 40%, podrá incorporarse al proceso especial de consolidación de empleo un turno diferenciado de acceso para quienes acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en la administración convocante en la categoría de la policía local a la que pertenecen las plazas convocadas.

La resolución del Tribunal Constitucional responde al recurso presentado por el Gobierno español referente a la consolidación de empleo. El Ejecutivo vasco considera que esta decisión del alto tribunal está “fuera de la realidad” actual por cuanto que impide dar solución a la situación de alta interinidad del empleo público en la Administración. El Gobierno vasco subraya que los esfuerzos realizados para poner fin a la temporalidad vuelven a chocar con las decisiones recentralizadoras, recurriendo a la vía judicial y a la normativa básica, bloquea las medidas adoptadas por Lakua.

jueves, 25 de febrero de 2021

[Noticias de Gipuzkoa] El Tribunal Constitucional tumba a instancias del Estado la misma disposición sobre procesos especiales de consolidación de empleo de la ley de Policía Vasca que va en el actual Proyecto de Ley de Cuerpos y Escala del Gobierno Vasco

Informa Noticias De Gipuzkoa este 25/02/2021 que finalmente el Tribunal Constitucional , resolviendo el  recurso de inconstitucionalidad [nº 3681-2020 de 09/09/2020] que interpuso el Gobierno del Estado, ha decidido anular por inconsitucional Disposición transitoria décima de la  laLey vasca 7/2019  de modificación de la Ley de Policía publicada en 2019, que se encontraba suspendidas por prerrogativa del Estado desde entonces y que establecía para el caso de la policía de las AAPP de esta CCAA las entidades locales cuyo Cuerpo de Policía local tuviera un  porcentaje de interinidad superior al 40% pudieran realizar procesos especiales de consolidación de empleo con un turno diferenciado de acceso restringido a los propios interinos con más de 8 años de antigüedad en la administración convocante  en la categoría de las plazas convocadas, apuntando el medio que, si bien estos procesos contarían además de la fase de méritos con una fase de oposición, ésta sería práctica con pruebas de pericia en las tareas habituales del puesto.


Se da la circunstancia de que en unas disposición transitoria idéntica ha sido incluida por el Gobierno Vasco en su Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas, que aprobó en Diciembre aprobó en Diciembre del año pasado y que estos días se encontraba presentando en aras a su aprobación como ley por el parlamento vasco.

Recordatorio: [22/10/2020] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea , ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués, resuelve en un Auto que ya tiene establecido que es contraria a la Directiva europea una normativa nacional, como la del empleado público en Portugal, que prohíbe la conversión en fijo en todo caso en un sector público, si la normativa nacional no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad en ese sector. Cita, entre otras, la reciente sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros"

[Recordatorio de entrada publicada el 22/10/2020] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha publicado recientemente su decisión en el Asunto C-135/20 o asunto "J.S./Cámara de Gondomar", una "petición de decisión prejudicial"  [consultas vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales nacionales] relacionada con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público, en el caso de una empleado pública portuguesa cesada tras 13 años de contratos temporales en una piscina municipal , petición que había planteado el 12/03/2020 el Tribunal Supremo Administrativo portugués con dos preguntas al Tribunal Europeo en dicha petición, básicamente:

  • si es contraria a dicha cláusula 5ª una normativa nacional que prohíbe "en todo caso" la transformación de los empleados temporales de entidades públicas en fijos
  • si la transformación en fijo es la única medida contra los abusos compatible con la Directiva

Como era de esperar tras la sentencia el año anterior del Tribunal Europeo al  asunto C-331/17 o "Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma", el Tribunal Europeo ha respondido en la forma rápida de Auto (es decir no de Sentencia con su procedimiento normal y muy largo con Vista y Conclusiones), al considerar que la respuesta "puede deducirse claramente de su jurisprudencia",

Así, este Auto de fecha 30/09/2020 [ver aquí el original disponible en portugués, y en francés por el TJUE y ahora también en español gracias a la traducción jurada realizada por el Despacho de Javier Arauz], el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reitera que :
  • la Directiva Europea 1999/70//CE no establece una obligación general para los Estados de la Unión Europea de convertir los contratos temporales en fijos , quedando en principio, a discreción de los Estados miembros la determinación de las condiciones sobre cuándo hacerlo, y cita sus sentencias de 4 de julio de 2006, Asunto "Adeneler y otros" i C - 212/04 y la sentencia italiana mencionada de 25 de octubre de 2018, "Asunto Sciotto" o C - 331/17
  • pero , la Directiva sí que exige que los Estados miembros, para evitar, y en su caso sancionar, la celebración indebida [abusiva] de sucesivos contratos o relaciones laborales temporales, adopten de forma efectiva al menos una medida eficaz,  como ha recordado en su  famosa reciente sentencia de 19/03/20020 de los asuntos acumulados "Sanchez Ruiz/Fernández Álvarezy otros", sobre abuso de temporalidad en sector público español por casos del Servicio Madrileño de Salud (un informático nuestro y 5 odontólogas)
  • dichas medidas "no deben ser menos favorables que las que regulan situaciones similares de carácter interno" (principio de equivalencia) ni imposibilitar, en la práctica, o dificultar excesivamente el ejercicio del derecho de la Unión (principio de efectividad), como establecieron la sentencia del asunto "Adelener y otros" y la de 7 de marzo de 2018, asunto "Santoro", y se recuerda en la reciente del Asunto Sánchez Ruiz
  • y como se estableció en la sentencia del Asunto "Sciotto" mencionado, si los organismos jurídicos nacionales determinan que no existe una medida efectiva en un sector donde se prohíbe la conversión a fijo por una normativa nacional, pueden optar por dicha conversión a fijo [pese a esa prohibición de la normativa nacional]

Recordatorio. Retrasado el XVIII Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud de la SEIS al 19 y 20 de Mayo, en Oviedo. Inscripción virtual ya abierta

 Como parte de su reorganización del cronograma de las actividades previstas para 2021 ante la evolución de la pandemia, la Sociedad Española de Informática de la Salud ha retrasado al 19 y 20 de Mayo el  el XVIII Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud  , que iba tener lugar el 10 y 11 de Marzo. En principio tendrá parte presencial en Oviedo además del formato virtual y contará con la colaboración del Servicio de Salud de Asturias bajo el lema "Protección de datos y seguridad de la información en tiempos de pandemia". 

 
El foro vendrá un año más precedido por la reunión (cerrada) del Comité Técnico de Seguridad de Información de la Salud, con representantes de seguridad de información de los servicios de salud autonómicos, las agencia de protección de datos, etc  
 

miércoles, 24 de febrero de 2021

[AMYTS/UGT] Informe de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 24/02/2021 [en semanas primeros resultados de la OPE 2017 de estabilización del SERMAS, publicación convocatorias 2ª fase OPE 2018 hasta al menos Mayo, Sanidad presenta borrador de Acuerdo de Teletrabajo...]

Informa AMYTS este 24/02/2021 de la reunión aordinaria de Enero de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar el mismo día, aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen nuevamente de forma abierta,, y el Sector de Sanidad de la Federación de Servicios Públicos de UGT nos ha hecho llegar su habitual "Informa". Destacamos de la información de ambos:

  • estado de procesos selectivos  del SERMAS:

[Ayuntamiento de Valencia] ' Instaremos al gobierno central a regular la situación del personal interino para reducir la temporalidad. Desde Gestión de Recursos, promoveremos una declaración institucional que, en caso de no fructificar, pasará al debate como moción al Pleno del jueves.'

'El Ayuntamiento instará al gobierno central a cumplir con la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo -el decreto de la que pronto hará un año- que instaba al gobierno a tomar las medidas necesarias para acabar con el abuso de la temporalidad en la función pública española. La concejala de Gestión de Recursos, Luisa Notario, ha anunciado que promoverá una declaración institucional al respecto y, caso de no fructificar, se garantizará el debate al Pleno de febrero que se celebrará el jueves.

La iniciativa tendrá como objetivo instar a los poderes públicos competentes para que realicen de manera urgente las modificaciones normativas pertinentes del Estatuto Básico del Empleado Público para dar estabilidad y poner fin a la situación de abuso en que se puedan encontrar las personas interinas que vienen ocupando puestos en las administraciones públicas en virtud de nombramientos temporales a fin de dar cumplimiento a lo que declara dicha sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Compromís volvió a presentar su Proposición de Ley para regularizar al empleado temporal público más de 3 años con una nueva opción adicional a las ya contempladas: la inclusión en el EBEP de la figura del Empleado Público Fijo como la de la sentencia del juzgado de Alicante, siempre para adecuarse a las exigencias de la Directiva y sentencias europeas sobre abuso de temporalidad

El Senador de Compromís, Carles Mulet , ha retirado el que era ya tercer texto propuesto para  una  "Proposición de Ley de medidas para garantizar en el ámbito del empleo público, el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada" ( la de nº de iniciativa 622/56 y fecha 12/02/2021) para registrar el pasado 15/02/2021 una nueva Proposición de Ley de igual título (nº de iniciativa 622/57) añadiendo al texto una opción más de  conversión de las relaciones temporales abusivas en relaciones fijas, para el "personal que se enc6uentren  en plazas  desempeñadas interina o temporalmente durante tres o más años": "la inclusión en el EBEP de la figura de Empleado Público Fijo, con la misma estabilidad, derechos y deberes que sus homólogos fijos, y en el caso de las relaciones funcionariales, también inamovilidad, sin alcanzar la condición de Funcionario de Carrera; tomando como referencia la Sentencia nº 252/2020 del Juzgado nº 4 de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, que crea esta figura jurídica para dar cumplimiento a la Directiva Europea 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada". La nueva Proposición de Ley registrada fue "calificada" ayer 23/02/2021 por la Mesa del Senado  figurando ya en la página web de Iniciativas del Senado  en el estado de pendiente de publicación en el Boletín del Senado tras el que quedará en el estado de en plazo de "Presentaciones de Proposiciones de Ley alternativas".

Recordemos que el primer texto que Compromís  registró el 14/12/2020   (nº iniciativa 622/51), consistía, exclusivamente, en una consolidación extraordinaria por concurso puro de méritos según artículo 61 del EBEP,  por tanto, de libre concurrencia, de todos los puestos públicos temporales más de 3 años con valoración preferente en esaúnica fase de méritos  la antigüedad en los puestos convocados, además de la constitución de un "grupo de expertos y expertas con el cometido de diagnosticar las causas del incorrecto funcionamiento de los sistemas de selección del personal y propondrá posibles mejoras para evitar la formación de bolsas de temporalidad en el empleo público".