Acaba de publicarse en el CENDOJ una sentencia de 23/06/2021 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo -la que lleva los asuntos del personal funcionario interinos de las AAPP y el homólogo estatutario temporal de los servicios de Salud- en la que el alto tribunal español repite su sentencia de 16/12/2020 que ya comentamos ampliamente, reiterando su su doctrina de 26/09/2018 de que para la situación de abuso por concatenación excesiva de nombramientos estatutarios eventuales (sólo) concede como "sanción disuaosoria"del abuso el mero mantenimiento del puesto de trabajo hasta el estudio de la AAPP de si crear la plaza estructural que cubrir con interino de vacante o amortizar, y lo hace pese a que dos semanas antes se se conocía el importante "golpe" del Tribunal de Justicia Europeo, vía ni más menos que de su Auto de 02/06/2021 (es decir no de Sentencia con su procedimiento normal, al considerar el tribunal europeo que la respuesta "puede deducirse claramente de su jurisprudencia") al Asunto C-103/19 o "Asunto SUSH y Sanidad de Madrid CGT . Recordemos que en dicho Auto, el Tribunal Europeo afirmaba que una interinización en vacante no puede considerarse una sanción válida disuasoria al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público, por ta to mucho menos lo puede ser el mero estudio de la interinización en vacante que es lo que fija el doctrina el Supremo.... Es cierto, por otro lado, que en la demanda no se cuestionaba que la interinidad en vacante no valga como solución (de hecho, parece que es lo que se pedía).
- [21/11/2018] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su 2ª sentencia sobre el caso de la laboral pública interina de sustitución prolongada De Diego Porras, tras las dudas del Supremo en rebajar o ni dar indemnización alguna, responde que no es contraria a la norma europea la ley española que no indemniza al laboral interino de sustitución cesado por la cobertura normal de su puesto, salvo que se constate abuso de temporalidad para lo que debe existir al menos una medida eficaz para sancionarlo, algo que deja dirimir al Supremo. Y responde con carácter orientativo que la indemnización ante el cese planteada no es una medida suficiente por sí sola para sancionar el abuso en duración de temporalidad, si bien también le incumbe apreciarlo al juzgador nacional, en este caso un Tribunal Supremo que sostuvo que el pago de 12 días por año contemplado para los ceses de laborales por obra y servicio o por tiempo determinado sí sería una medida adecuada
- [30/05/2019] Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Tribunal Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización ante ceses, etc en empleados públicos temporales de duración excesiva. Novedades recientes.Lectura general no profesional de la compleja y cambiante situación
- [17/03/2020] Situación jurídica temporales. Novedades y cuestiones pendientes en el Tribunal Europeo y Supremo
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [06/04/2020] [Confilegal] Sentencia nacional -de primera instancia- por la jueza que consultó al Tribunal Europeo en el asunto Baldonedo Martín: aplicando la sentencia europea, desestima la indemnización al cese de la funcionaria interina de 7 años por basar en un principio la demanda en la normativa europea de no discriminación con el fijo en vez de la en la norma contra el abuso de temporalidad
- [15/06/2020] Jueza de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, premio a la Calidad del CGPJ, en una "didáctica" sentencia reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayuntamiento de Alicante siguiendo la Directiva Europea 1999/70/CE y las sentencias del Tribunal Europeo, especialmente la reciente de 19/03, asunto Sánchez Ruiz, que sigue minuciosamente para determinar que el abuso es evidente, que no vale como sanción ni OPE ni el proceso de estabilización ya emprendido con su puesto, ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco indemnizaciones al no existir para los funcionarios y ser inasumibles si se crearan específicas y realmente disuasorias, considerando más sensata la fijeza que además respeta el ordenamiento jurídico español al haber superado un proceso selectivo la demandante. UGT discrepa que sea legal, CSIF y CCOO exigen medidas sancionadoras urgentes a la vez que instan a ejecutar los procesos de estabilización ya acordados. La sentencia no es firme: el Ayuntamiento de Alicante recurrirá la sentencia.
- [22/06/2020] En un recurso de casación sobre si se indemniza el cese de funcionario interino de vacante de 11 meses, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo menciona por 1ª vez la reciente sentencia europea de 19/03/2020 de abuso de temporalidad para indicar que no corresponde aplicarla aquí. Como se esperaba, el Supremo desestima indemnizar el cese del funcionario interino aplicando la norma española que el Tribunal Europeo en su reciente sentencia europea del Asunto Baldonedo Martín estableció no viola la norma europea de no discriminación.. Sigue pendiente por tanto si el Supremo revisa su doctrina sobre demandas de abuso de temporalidad tras la otra sentencia europea, la del asunto Sánchez Ruiz de 19/03/2020.
- [18/08/2020] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo vuelve a mencionar la reciente sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz en caso de laboral interina de vacante 15 años cesada por la OPE de "consolidación" de la C. de Madrid de 2009: el Supremo dice que comparte con la sentencia europea que es fraude la vacante no cubierta de forma fija en un plazo "razonable", que su doctrina previa del "plazo injusticadamente largo" respeta la sentencia europea, y acaba desestimando la reclamación de indemnización por entender que no hay fraude por encontrar justificado por razones presupuestarias y de desarrollo de OPE la demora en el tiempo
- [20/08/2020] En un recurso de casación sobre si indemnizar el cese de funcionaria interina de vacante durante 11 años que demandó en base al principio europeo de no discriminación con el fijo y la 1ª sentencia europea de 2016 de De Diego Porras, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo vuelve a sentenciar que no corresponde esa indemnización porque no lo contempla la ley española que la sentencia del Tribunal Europeo del Asunto Baldonedo Martín estableció no violaba esa norma europea de no discriminación... Sigue pendiente que la Sala de lo Contencioso trate y en su caso revise su doctrina sobre demandas de abuso de temporalidad en funcionarios interinos tras la reciente sentencia europea del asunto Sánchez Ruiz de 19/03/2020
- [05/10/2020] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en un caso de una estatutaria interina de vacante 6 años del SACYL cesada revoca la sentencia que le concedía la indemnización al cese de 20 días por año que demandaba la empleada por su situación de abuso de temporalidad y en base a la sentencia del Tribunal Europeo de 2016 del asunto De Diego Porras: el Supremo dice que al ser único nombramiento no se aplica aquí la cláusula 5ª ni su propia jurisprudencia de 2018 establecida exclusivamente para las concatenaciones abusivas de nombramientos eventuales , y sin abuso no cabe indemnización al cese de una interina por aquella sentencia europea de 2016 -i.e. por el principio de no discriminación-, como ya había establecido tras la sentencia europea del asunto Baldonedo Martín. Sobre la Sentencia europea de 19/03/2020 "no debe analizarse la aplicación al caso".
- [11/01/2021] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo reitera su doctrina de 26/09/2018 para la situación de abuso por concatenación excesiva de nombramientos estatutarios eventuales aclarando que sólo concede como consecuencia del abuso el mero mantenimiento del puesto de trabajo hasta el estudio de la AAPP de si crear la plaza estructural que cubrir con interino de vacante o amortizar, no el reconocimiento del puesto estructural y la interinidad en sí ni el derecho a indemnización en el cese alguno. No menciona la sentencia europea de 19/03/2020 de los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz y otros"
- [|0/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo a la doctrina esta vez de la Sala de lo Contencioso del Supremo español de que la mera interinización en vacante sea una sanción al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público: en un Auto resuelve el otro asunto español que estaba pendiente sobre abuso de temporalidad , el asunto "SUSH/Sanidad de Madrid CGT" y rechaza que la interinización en vacante exponiendo al abusado a un cese por OPE posterior pueda ser una sanción, reiterando que tampoco lo pueden ser los procesos selectivos de futuro incierto para el personal en abuso. El Tribunal Europeo refiere , ante la falta de medidas válidas de sanción en la legislación nacional, a su Auto "Gondomar" , donde afirrmó que son contrarias a la directiva europea normas que en ese caso prohíban la fijeza ante la falta de medidas en la normativa para el sector público. El caso es, nuevamente, sobre el SERMAS, que ha incluido en las OPES "de estabilización" los puestos de sus interinzaciones en vacante masivas de 2015-2107
- [11/06/2021] [Araúz] Nota sobre el Auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2 de Junio de 2021 [ Los procesos selectivos no valen como medida sancionadora al abuso d etemporalidad en el empleo público, medida de sanción que no puede ser otra que la fijeza, ante la ausencia de medidas contempladas en la legislación española y el Auto de Gondomar referido en este nuevo Auto]
19 comentarios:
menudo PAÍS DE MIERDA, MENUDO TRIBUNAL DE ASCO!
Pues a este lo puso el PP...
No se han valorado aquí las sentencias del TJUE de junio de 2021 porque supongo no se han introducido... TRANQUILIDAD!
Enorme el Supremo 👏 👏 👏 👏
Y los recursos de casacion desde enero que?. Se van a ir de vacaciones con los deberes sin hacer?
Esos están siempre de vacaciones. Qué vergüenza de país.
Ya apuntaba Diario 16 en un artículo de hace poco que había una gran preocupación en Europa por el atentado directo contra los principios democráticos de la Unión Europea fomentado por el poder judicial polaco y húngaro, pero que también empezaba a preocupar y mucho, España.
A qué esperan para actuar con la contundencia que merece?. Soy europeo pero por vivir en España no tengo los mismos derechos en cuanto a la tutela judicial efectiva, me enfrento a unos jueces que se niegan a acatar la jurisprudencia del TJUE, hasta cuándo?. Yo quiero vivir en un Estado de pleno Derecho, en la nación de naciones que es Europa, pero todos estos lo están impidiendo. Actúen ya.
Si al final sancionan a España por culpa de las sentencias de la sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Supremo. El TS no perderá nada de prestigio, en su posición, no pueden perder prestigio.
Los sátrapas del TS son la prefiguración del anticristo.
🇪🇺 Europa corrupta!
🇪🇸 Españexit ya!
Tranquilidad, se reunirán después del verano para cambiar doctrina en el ámbito contencioso: inf+20 días.
Se admiten apuestas!!
Estos no van a dar fijeza hasta que la OTAN rodee el TS con tanques, hammers y demás
A esto le llaman democracia?. Me río yo del partido de la memoria Democrática.
pues tiene pinta de lo que han dicho, esto va por capítulos
ya se aplica en lo social qeu fueron los que se reunieron, pero no se dan por aludidos en lo contencioso, pero caerá
ahora sólo falta que cumplan el 99% restante de lo que les indicó el TJUE
Ya sé que paciencia es difícil tener con este atropello a la democracia y al Estado de derecho, pero precisamente en la queja de Navas incluye la postura del TS, así que tendrá que rectificar al igual que tendrán que modificar el RDLey. Si la UE no se compromete con España lo suficiente podemos acudir a otros tribunales como el de la OIT... Esta guerra no está terminada, acaba de empezar.... Y al de los aplausos espero que al final cuando nos den la razón y las indemnizaciones, que por cierto, no paga nuestro sufrimiento, espero verle aplaudir tb.
Os dejó enlace https://www.ilo.org/tribunal/about-us/lang--en/index.htm
Un saludo y nada de desanimarse
Y los jueces ninguno son españoles, con lo cual mejor que mejor...
Tenemos la cosa muy complicado, como no consigamos un cambio nos van ha esterminar. Cada día tengo menos esperanza.
Os vuelvo a recordar que Europa de cada 10 euros que ha recaudado por sanciones 7 son del reino de España. El camarada Iceta ya les dijo en la estación de trenes de Sevilla a la pregunta de los trabajadores de quien iba a pagar las indemnizaciones, y respondio que sería el pueblo ( quien si no ) . Son más de 70 millones de euros lo que España lleva pagados. Vosotros creéis que ha està sanguijuela le va a importar que la Europa de burgueses impongan una sanción más ( si no la va a pagar él ). Y además para cuando lleguen las sanciones si llegan este ejercito de parásitos ya no estarán. Esterán bien colocaditos en empresas privadas, porque los favores se pagan.
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