Blog de APISCAM
miércoles, 16 de mayo de 2018
[Redacción Médica] El Estatuto Básico del Empleado Público contempla la vía del concurso de méritos para pasar a fijo sin examen, y clave para las demandas de los empleados públicos en abuso de temporalidad
lunes, 14 de mayo de 2018
[Redacción Médica] La Justicia española pregunta al Tribunal de Justicia Europeo si declarar fijo por la normativa europea al estatuario temporal de Sanidad con más de 3 años de antigüedad en fraude de ley por el caso de un informático del SERMAS
El medio se hace eco de las consecuencias de esta consulta, que en caso de ser favorable en sus cuestión sobre fijeza podría obligar a estabilizar a más de 100.000 empleados públicos de todos los servicios públicos de salud que se encuentren en situación de temporalidad desde hace más de 3 años, sin pasa por ningún proceso de oposición.
ACTUALIZACION: [Reflejo y comentarios a esta noticia en Menéame]
Por un lado, nótese que la noticia de Redacción Médica es una noticia a partir de una noticia nuestra sobre la consulta realizada hace unos meses por el Juzgado nº8 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, y ahora publicada su recepción por el Tribunal de Justicia Europea el Diario Oficial de la Unión Europea . Agradecemos a Redacción Médica la difusión de esta información. OJO lógicamente , y como es habitual, el medio de prensa utiliza una lenguaje periodístico no técnico y sin precisión jurídica con el fin de que sea comprensible. Para una completa precisión sobre el contexto, razonamientos y cuestiones vinculantes presentadas al tribunal europea, consultar el propio auto de la jueza o las cuestiones judiciales que tendrá que responder el Tribunal de Justicia Europeo.
viernes, 11 de mayo de 2018
[El Boletín] La Justicia madrileña pregunta al Tribunal Superior de Justicia Europeo si debe conceder la condición de fijo a los empleados de Sanidad en abuso de temporalidad por uel caso -con AMYTS- de un informático del SERMAS que lleva 17 años como interino
El medio recoge precisamente las declaraciones, Ángela Hernández, responsable del sector de Atención Hospitalaria de AMYTS, que opina que si el tribunal europe falla a favor en eeste caso "la repercusión sería tremenda, la gente se lanzaría a la vía jurídica" al ser jurisprudencia directa para los cerca de 30 mil temporales que podría haber en fraude de ley en el SERMAS.
La noticia en la portada de El Boletín |
jueves, 10 de mayo de 2018
[AMYTS] Avanza la vía de la justicia europea para la fijeza contra el abuso de la temporalidad en el SERMAS
martes, 8 de mayo de 2018
IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]
De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas, que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"] tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"], de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los ámbitos estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza
Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.
La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad, y tampoco lo está siendo en la cuestión de fineza al personal empleado público de relación "laboral"]
lunes, 26 de marzo de 2018
El Tribunal Superior de Justicia europeo sentencia contrario a la Directiva europea del trabajo temporal excluir al Personal de Administración y Servicios temporal de la Universidad de Zaragoza de la Carrera Profesional horizontal
En días pasado se hacía pública la "sentencia" del Tribunal del Justicia Europeo de 22/03/2018 [1] del Asunto C-315/17 o Centeno Meléndez ante una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Zaragoza ante el reglamento de la Universidad de Zaragoza que reserva para su Personal de Administración y Servicios la carrera profesional horizontal a los funcionarios de carrera [es decir fijos ]y al personal laboral fijo excluyendo por tanto al funcionario interino y al personal laboral temporal y ante el caso de una funcionaria interina de más de 5 años en el mismo puesto a la que no se le había aceptado su solicitud de carrera por no ser fija.
El juzgado pregunta si se debe aplicar el "principio de no discriminación" entre personal fijo y temporal de la cláusula 4, apartado 1 del Acuerdo Marco incluido en la famosa directiva europea 1999/70/CE, que prohíbe todo trato desfavorable en las condiciones de trabajo al personal temporal con respecto al fijo comparable a menos que haya "razones objetivas" que lo justifiquen.
En concreto, el juzgado preguntaba si la carrera profesional es una condición de trabajo en el sentido de la directiva europea, opinando que no tanto el juzgado como el Gobierno español que había presentado observaciones al caso y si , en caso de que fuera una condición de trabajo, si el ser temporal podría ser una razón objetiva que justificara la diferencia de trato, opinando tanto el juzgado como el Gobierno español que sí, especialmente por que el personal fijo ha superado un proceso selectivo especial.
viernes, 2 de marzo de 2018
[PI] 'El Plan para la mejora del empleo público, un tongo en toda regla' Una plataforma de interinos "longevos" en todo el Estado demanda regularizar su situación mediante una estabilización de las personas y no de los puestos, y plantea denunciar la situación masivamente a la Unión Europea
Este acuerdo se firma ante la obligación impuesta a España por la UE de reducir la temporalidad en la Administración Pública en base a la Directiva 1999/70/CE del Consejo de Estado de 28 de junio, y el Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada. El Estado español tenía obligación de transponer la Directiva a su normativa interna en un plazo que vencía en julio de 2001, más un año de prórroga. La legislación laboral, con mayor o menor acierto, ha adaptado la normativa europea.
Sin embargo, 16 años después, no se ha transpuesto la Directiva al ámbito de la Administración Pública. El abuso en la contratación del personal temporal al servicio de la Administración Pública viene de muy atrás. Más concretamente, en los años de la Directiva existía la figura del “meritorio”, así se denominaba al interino que una vez cesado continuaba realizando el mismo trabajo sin cobrar retribución alguna, durante semanas o meses hasta que era nombrado nuevamente.
Esta práctica se erradicó, pero la Administración sigue contratando sistemáticamente de forma fraudulenta a sus empleados, como lo demuestra el hecho de que la cifra de interinos en lugar de reducirse, ha seguido aumentando.
El abuso continuado de contratos temporales para cubrir puestos permanentes consideradas por el TJUE contrataciones “en fraude de ley”, ha supuesto una sanción por parte de la Unión Europea al Estado Español por incumplimiento de la normativa comunitaria de 100.000.000 de euros.
martes, 27 de febrero de 2018
Recordatorio [@PInterinos en change.org] Campaña de recogida de firmas [ya más de 50 mil] y denuncias a la Unión Europea por la 'Estabilidad del interino longevo: aplicación del del artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público por excepcionalidad [o proceso de conversión a fijos del personal temporal en abuso de temporalidad por concurso de méritos]
[campaña de firmas en change.org] 'Queremos una ley que desarrolle y aplique el 61.6 mediante concurso a todos los interinos longevos en fraude de ley que estamos en la administración pública independiente del sector o departamento que se trabaje.
Urge legislar la situación de más de 700.000 interinos que hay a nivel nacional.
NO al ERE encubierto que se pretende hacer con las OPES que el gobierno y sindicatos han firmado.
Queremos una estabilidad Real y merecida tras muchos años y décadas al servicio de la administración y dedicando nuestros mejores años laborales viendo como ahora se nos obliga a aprobar o se nos despide.
ESTABILIDAD YAAA POR CONCURSO Y MERITOS, 61.6.
Los interinos longevos en fraude de ley demandamos se regule la situación fraudulenta, para ello se ha hecho esta Denuncia a Europa de todos los colectivos interinos. Mandando miles de denuncias podrían obligar al Estado español a hacer indefinidos a los temporales con mas de 3 años.
lunes, 26 de febrero de 2018
Recordatorio [PI] 'El Plan para la mejora del empleo público, un tongo en toda regla' Una plataforma de interinos "longevos" en todo el Estado demanda regularizar su situación mediante una estabilización de las personas y no de los puestos, y plantea denunciar la situación masivamente a la Unión Europea
'La Plataforma de Interinos PI*, que agrupa a diferentes asociaciones de interinos independientes de todos los ámbitos de la Administración Pública, denuncia públicamente que el acuerdo firmado entre el Gobierno y los Sindicatos CCOO, CSIF Y UGT, el 29 de marzo de 2017 denominado Plan para la mejora del empleo público, conocido como el ‘ACUERDAZO’ es un tongo en toda regla.
Este acuerdo se firma ante la obligación impuesta a España por la UE de reducir la temporalidad en la Administración Pública en base a la Directiva 1999/70/CE del Consejo de Estado de 28 de junio, y el Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada. El Estado español tenía obligación de transponer la Directiva a su normativa interna en un plazo que vencía en julio de 2001, más un año de prórroga. La legislación laboral, con mayor o menor acierto, ha adaptado la normativa europea.
Sin embargo, 16 años después, no se ha transpuesto la Directiva al ámbito de la Administración Pública. El abuso en la contratación del personal temporal al servicio de la Administración Pública viene de muy atrás. Más concretamente, en los años de la Directiva existía la figura del “meritorio”, así se denominaba al interino que una vez cesado continuaba realizando el mismo trabajo sin cobrar retribución alguna, durante semanas o meses hasta que era nombrado nuevamente.
Esta práctica se erradicó, pero la Administración sigue contratando sistemáticamente de forma fraudulenta a sus empleados, como lo demuestra el hecho de que la cifra de interinos en lugar de reducirse, ha seguido aumentando.
El abuso continuado de contratos temporales para cubrir puestos permanentes consideradas por el TJUE contrataciones “en fraude de ley”, ha supuesto una sanción por parte de la Unión Europea al Estado Español por incumplimiento de la normativa comunitaria de 100.000.000 de euros.
lunes, 19 de febrero de 2018
[@PInterinos en change.org] Campaña de recogida de firmas [ya casi 50 mil] y denuncias a la Unión Europea por la 'Estabilidad del interino longevo: aplicación del del artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público por excepcionalidad [o proceso de conversión a fijos del personal temporal en abuso de temporalidad por concurso de méritos]
Urge legislar la situación de más de 700.000 interinos que hay a nivel nacional.
NO al ERE encubierto que se pretende hacer con las OPES que el gobierno y sindicatos han firmado.
Queremos una estabilidad Real y merecida tras muchos años y décadas al servicio de la administración y dedicando nuestros mejores años laborales viendo como ahora se nos obliga a aprobar o se nos despide.
ESTABILIDAD YAAA POR CONCURSO Y MERITOS, 61.6.
Los interinos longevos en fraude de ley demandamos se regule la situación fraudulenta, para ello se ha hecho esta Denuncia a Europa de todos los colectivos interinos. Mandando miles de denuncias podrían obligar al Estado español a hacer indefinidos a los temporales con mas de 3 años.
lunes, 29 de enero de 2018
[Redacción Médica] La Abogada General de la Unión Europea defiende la readmisión del temporal despedido ilegalmente
[NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Abogada General emitió recientemente un "sorprendemente" dictamen en el que opinaba que los trabajadores interinos, incluso laborales, no deben cobrar ninguna indemnización ante un cese por una cobertura normal de su puesto (oposición, concurso de traslados, etc) por mucho tiempo que lleve , obviando el argumento de abuso en la situación de temporalidad en que se apoyaban las 3 famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público de 2015. Precisamente, se teme ahora que el Tribunal europeo pueda cambiar de criterio ante la importante cuestión prejudicial que le ha elevado el Tribunal Supremo Español , que realmente preguntanba si debe conceder 12 días o 20 apelando a la doctrina en una de lass 3 sentencias, en concreto la del caso Diego Porras, más que poner en duda el derecho a la propia indemnización.
viernes, 29 de diciembre de 2017
[Consalud] Ciberseguridad en Sanidad: Informe en EEUU dice que aumentará la inversióny guía europea de ENISA de buenas prácticas en centros sanitarios
También informa que la Agencia Europea para la Seguridad de las Redes y la Información (ENISA)tiene una guía de buenas prácticas para fomentar la conexión de dispositivos y sistemas de información en hospitales y centros de salud y de los riesgos sanitario s que pueden suponer tanto por la vía de vulnerabilidades como de fallos humanos [ NOTA DEL EDITOR: se refiere al documento Cyber security and resilience for Smart Hospitals]
martes, 17 de octubre de 2017
Tras la sentencia europea de 2014 Mascolo y la reacción judicial italiana, el Gobierno italiano acaba aprobando una norma legislativa excepcional para realizar procedimientos restringidos para convertir en indefinidos empleados del sector público con más de 3 años de temporalidad, que se suma al proceso excepcional restringido de personal docente ya realizado
Recordemos que en el caso de Italia, se da una situación similar a la española de exigencia de un proceso selectivo para acceder a un puesto fijo en la Administración Pública, en el caso italiano exigencia regulada con el máximo rango por el artículo 97 de su Constitución (en España, la constitución rebaja el nivel de exigencia a los principios genéricos de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que en la jurisprudencia se han interpretado como exigentes de un proceso selectivo de libre concurrencia, sólo en casos muy excepcionales puede ser restringido).
Así Italia había aprobado el 06/09/2001 el Decreto Legislativo nº 368 de (supuesta) transposición de la Directiva Europea 1999/70/CE del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada -es decir sobre el empleo temporal--, pero dejaba sin protección adecuada suficiente para las exigencias de dicha Directiva al empleado de su sector público, tal y como determinó la famosa sentencia del Tribunal europeo en el Asunto Mascolo de Noviembre de 2014, precisamente en un caso muy similar a la de los funcionarios docentes interinos por curso españoles que son cesados cada verano para ser reincorporado una y otra vez en diferentes plazas cada año, tratándose todas de puestos realmente permanentes y por tanto esta práctica de un enorme fraude de la directiva europea.
- las "bajas" indemnizaciones ante el cese a tanto alzado recogidas en una ley general previa (en principio , la de 2010 parece ser de hasta 6 mensualidades si la antigüedad no supera los 10 años, pudiéndose elevar a 10 meses si supera los 10 años y 14 meses si supera los 20 años)
- una indemnización particular en cada caso en concepto de "reparación del perjuicio vinculado a la pérdida de oportunidades" (de no haber podido tener la oportunidad de ser fijo antes ante el incumplimiento de la AAPP en su obligación de los procesos selectivos)
- la pérdida de productividad del responsable de la AAPP en el caso de que un puesto temporal bajo su responsabilidad no haya quedado cubierto en el plazo de 36 meses, el límite máximo marcado a la temporalidad que la modificación introdujo también en el sector público
miércoles, 5 de abril de 2017
eHealth Week 2017, congreso de la informática de salud europea por HIMSS Europe 10-12 de Mayo en Malta
Según su apretado programa contará con exposiciones, conferencias y mesas de debates con ponentes representantes de diversas AAPP europeas, empresas y diferentes organismos relacionados con la informática de la salud en Europa
miércoles, 22 de marzo de 2017
Resumen de la inauguración y mesa de Consejeros de #INFORSALUD 2017. El Gasto TI en Sanidad baja al 1.23% del total. Reducción del 5% del gasto público total en TI de Sanidad. Ausencia del Consejero de Sanidad de Madrid
En la mesa de inauguración, el presidente de la SEIS, Luciano Sáez Ayerra, aprovechando que es el 20 aniversario del Congreso, recordó el origen de la SEIS en 1977 bajo el el nombre de Sociedad Española de Informática Médica y cómo el primer Congreso tuvo un inicio complicado al sufrir un incendio la sede prevista pocos días antes. Afirmó que la tecnología disponible está provocando ya un cambio en la forma de prestación de la salud. Finalizó, como es tradicional, adelantando algunos datos globales del Estudio del gasto en Tecnologías de la Información y Comunicaciones [TIC] en Sanidad del año anterior o ÍNDICE SEIS que finalizarán en unas semanas: se experimenta un ligero crecimiento del gasto TIC en Sanidad pero de menor ritmo que el total, con lo que la proporción de gasto TI en Sanidad sobre el total baja , situándose en el 1,23% . En concreto, en 2016 las Comunidades Autónomas [CCAA] dedicaron 677 millones de euros a las TIC en Sanidad. Además, si se añade la inversión del Ministerio de Sanidad y el ente estatal Red.es, menor que en 2015, la cifra total de gasto público en TI de Sanidad habría sido en 2016 de 688 millones, casi un 5% menos que el de 2015 [724 millones], hecho que Luciano Sáez calificó de "decepcionante".
Discurso del presidente de la SEIS, junto a la Dir. Gral. |
martes, 21 de febrero de 2017
[El Economista] El Presidente del Tribunal europeo dice que no se comprende bien su sentencia sobre indemnizaciones a interinos y que habrá nuevos pronunciamientos
viernes, 27 de enero de 2017
[Redacción Médica/Diario Médico] Asturias. Sentencia en base a normativa europea: la carrera profesional debe incluir por igual al temporal de larga duración
viernes, 20 de enero de 2017
[Europa Press] ANIL impugnará el acuerdo de interinizaciones del Servicio Andaluz de Salud: interino no es suficiente para satisfacer sentencias y normativa europea
lunes, 5 de diciembre de 2016
[JuntaAndalucía] La UE premia a Andalucía por el proyecto de Historia clínica digital en movilidad en entorno extrahospitalario de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias
viernes, 2 de diciembre de 2016
[lawatrends] Las 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española [ El abuso en la concatenación de relaciones eventuales es contrario a la normativa europea Y la 1ª sentencia dice ADEMAS que nombrar interinos ante abuso de temporalidad también sería contrario a la norma europea por ser la relación interina temporal]
- la sentencia del asunto C-16/15 o asunto Pérez López (una petición de decisión prejudicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo [JCA] nº 4 de Madrid) sobre una demanda de una empleada del SERMAS, María Elena Pérez López, que llevaba concatenados varios nombramientos estatutarios [N.E.: los "funcionarios" especiales de Sanidad, de carácter funcionarial -y no laboral- en cuanto a la ley del Estatuto Básico del Empleado Público] temporales de duración determinada con fecha de fin [denominados "eventuales" en el caso estatutario] durante 4 años y 4 meses , el ultimo de ellos de 3 meses al que interpuso recurso alegando que desarrollaba funciones estructurales y no coyunturales, como quedaba demostrado al realizarlas durante más de dos años y que por tanto los nuevos nombramientos eventuales eran fraude de ley, demandando la transformación de su relación laboral a una sobre plaza de carácter estructural.El juzgado de Madrid realizaba varias cuestiones al de la Unión Europea, entre ellas si el artículo 9,.3 de la ley española que regula el Estatuto Marco del personal estatutario era contraria a la normativa europea al no fijar la duración máxima de los sucesivos nombramientos de carácter eventual y estipular meramente que transcurridos dos años de nombramientos eventuales para un mismo puesto se dejar al arbitrio de la Administración el estudio de su conversión a plaza estructural [que en ese caso, se ocuparía con nombramientos de carácter interino hasta su cobertura fija definitiva].El juez de la Unión Europea sentencia ante esta cuestión que el Estatuto Marco español para el personal estatutarioes contrario a lo estipulado por el apartado 1 de la cláusula 5 de la Directiva europea 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999 sobre el trabajo de duración determinada, al:
- no contener la obligación de conversión en plazas estructurales de puestos cubiertos abusando en el tiempo mediante nombramientos eventuales sucesivos y al
- permitir , en el caso de decisión de creación de dichos puestos estructurales, su provisión mediante nombramientos estatutarios interinos , situación que es nuevamente temporal [contra lo que lucha precisamente la directiva] [N.E.: sic! leer apartado 1) de la sentencia, última página de aquí]