'Se ha cumplido un año, desde la firma en Mesa General
de Negociación de los empleados públicos de la Administración de la
Comunidad de Madrid, del Acuerdo de 4 de noviembre de 2015, aprobado por
el Consejo de Gobierno el (24 de noviembre de 2015) y publicado en el
BOCM el (2 de diciembre de 2015), para el abono de las cantidades
pendientes de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 y la concesión
de días adicionales de permiso por asuntos particulares y de vacaciones
por antigüedad.
En este período, el Gobierno de la Comunidad de Madrid ya ha incumplido el citado Acuerdo.
En primer lugar, por retrasar el abono de las cantidades pendientes de la paga extraordinaria de
diciembre de 2012, al mes de enero de 2017, al aplicar la previsión
recogida en el punto tercero 1.b, sin cumplir con la obligación recogida
en el artículo 38.10, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público (RDL 5/2015, de 30 de octubre): "Se garantiza el
cumplimiento de los Pactos y Acuerdos, salvo cuando excepcionalmente...
los órganos de gobierno suspendan o modifiquen el cumplimiento de los
Pactos y Acuerdos..". En estos casos, las Administraciones Públicas
deberán informar a las organizaciones sindicales de las causas de la
suspensión o modificación, aspecto que con carácter oficial ha obviado
la Comunidad de Madrid.