'El Consejo de Ministros ha aprobado un Real
Decreto-ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en
el empleo público, tras la celebración de dos Conferencias Sectoriales
de Administración Pública, la reunión de la Mesa General de Negociación
de las Administraciones Públicas y el posterior acuerdo alcanzado con
los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF.
Esta reforma viene motivada por distintas causas, que justifican su aprobación:
- Es
una solución eficaz a un problema heredado, enquistado, fruto de una
regulación inapropiada y de años de un conjunto de prácticas
inadecuadas.
- Un salto imprescindible hacia una Administración moderna y dimensionada a las necesidades de sus servicios.
- Seguridad
jurídica, frente a la situación actual de incertidumbre que afecta
tanto a los empleados temporales como a las administraciones públicas.
- Una apuesta consciente y decidida de esta Administración por ser ejemplo de empleo estable y de calidad.
En cuanto a la urgencia de la reforma, obedece a dos razones fundamentales:
Primero,
es una exigencia derivada de la última jurisprudencia del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo (TS), que
compromete la legislación actual.
Segundo, es
un compromiso de reforma de la Administración pública que debemos
cumplir en el Plan para la Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR).
Tomando como referencia estas
recomendaciones, el componente 11 del PRTR incorpora como la primera de
las medidas de la Reforma 1 la adopción de un nuevo instrumento
normativo, para situar la tasa de temporalidad por debajo del 8% en el
conjunto de las administraciones públicas españolas.