jueves, 27 de octubre de 2022

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid aprueba los Presupuestos de 2023, que alcanzan los 25.738 millones (+11,7%) con una inversión histórica en Sanidad y Educación. Sanidad acapara la mayor inversión con cerca de 10.000 millones, el 38% del total, tras sumar 1.000 millones más enfocados a Atención Primaria y reducción de listas de espera

'El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Ley de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023 con un total de 25.738 millones de euros, un +11,7% con respecto a 2022. Las cuentas públicas madrileñas tienen una inversión histórica en políticas sociales (21.328 millones), donde destacan los crecimientos en Sanidad y Educación enfocados en Atención Primaria, seguir reduciendo listas de espera y la ampliación de plazas educativas públicas o mejoras salariales en docentes.

Se trata de unas cuentas que permitirán consolidar la recuperación económica con bajadas de impuestos y avanzar en las políticas públicas de apoyo a las familias, dando prioridad a la atención a la población más vulnerable, sanidad, educación y la ampliación del transporte público o la mejora del acceso a la vivienda.

miércoles, 26 de octubre de 2022

[AMYTS] Informe de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 26/10/2022 [RRHH presenta el documento de recomendaciones acordado por la Comisión de RRHH del SNS para el Concurso de Méritos en los Servicios de Salud, subida retroactiva desde Enero del 1,5% del sueldo, abono de la carrera profesional para el interino en Noviembre, ...]

Informa AMYTS este 26/10/2022 de la reunión ordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid del mes de Octubre que  tuvo lugar este mismo día, , aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen detallado  del que destacamos (con notas nuestras en cursiva entre corchetes):

  • Propuesta de baremos concurso de méritos según la ley 20/2021: RRHH informa que
    • se ha llegado a un acuerdo en la Comisión de RRHH del SNS para un documento de recomendaciones  "orientativo para las negociaciones en las diferentes mesas sectoriales"  [que hablaba de un 70% de peso la experiencia puntuando 2/3 con respecto a la del SERMAS, la de otros servicios de Salud]
    • RRHH recogerá las alegaciones de los sindicatos y  presentará una nueva propuesta a los sindicatos  la semana que viene

  • subida salarial del 1,5% retroactiva de 2022

Convocados los primeros concursos de méritos por ley 20/2021 para personal funcionario y laboral del sector de Administración y Servicios de la C. de Madrid, que entre todas las categorías sumaban sólo 433 plazas mientras que más de 8 mil plazas de antes de 2015 fueron convocadas con oposición días antes de la ley.

En el B.O.C.M. de ayer 25/10/2022 se publicaron las convocatorias de los tres primeros procesos selectivos por concurso de méritos excepcional de la ley 2021/22 en ese sector de personal funcionario y laboral de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (que no incluye al Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid), siguiendo los  criterios acordados con anterioridad en la mesa general de la Comunidad de Madrid.

Recordemos que que el número de plazas previstas  para estos concursos de méritos entre todos los cuerpos y categorías de una Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid que tiene 12 mil temporales es de sólo  de 433 plazas ,  plazas que  serían de la suma de
  • las 29 plazas de las 642 de estabilización  computadas en  la OPE 2022 de estabilización según Ley 20/2021 de la Comunidad de Madrid que  RRHH informó a los sindicatos
  • el resto (404), parte de las 1.109 plazas (135 de funcionarios  +896 de laborales convocadas como laborales +  78 de laborales para convocar como funcionarios) computadas en el Anexo III de la OPE 2021 de la C.de Madrid, publicada por Real Decreto Ley 14/2021 ,en vigor el 28/12/2021 (el resto de 705 plazas de esa OPE 2021, se han convocado a concurso-oposición ampliando las convocatorias de estabilización convocadas previamente a finales de 2021 con las plazas de  las anteriores OPEs de estabilización de Administración y Servicios de la C. de Madrid , siendo más de 9 mil las plazas a concurso-oposición)

Por tanto,la inmensa mayor parte de plazas temporales de más de 3 años y de las de antes de 2016 de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid se encuentran convocadas a concurso-oposición, siendo extremadamente bajo el número de plazas para estas convocatorias de concursos de méritos (y en algunas categorías, nulo).

El baremo acordado para estos concursos de méritos del personal laboral y funcionario  de Administración y Servicios de la C. de Madrid es:

  •  70 puntos para la experiencia
    • en el mismo cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid0,30 puntos por mes trabajado.
    •  en distinto cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid0,20 puntos por mes trabajado.
    • en el mismo o equivalente cuerpo/escala/categoría en otra Administración Pública0,15 puntos por mes trabajado.
  • 30 puntos por otros méritos:
    • Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: Hasta un máximo de 20 puntos, para cursos de un mínimo de 10 horas
    •  Superación de, al menos, un ejercicio en una convocatoria anterior para el acceso al mismo cuerpo/escala/categoría: 5 puntos por cada una, hasta un máximo de 10 puntos.

 

Nótese el peso importante que tiene la experiencia en otro puesto del sector de Administración de la Comunidad de Madrid, con lo que estos procesos selectivos por méritos pueden convertirse en un proceso de promoción interna encubierta al poder presentarse personal ya fijo durante mucho tiempo en otras categorías y ser importante el peso de la puntuación por antigüedad en otro cuerpo o escala.

[AMYTS] 'Los médicos SAR rechazan el preacuerdo entre el Comité de Huelga y la Consejería de Sanidad'

'AMYTS, sindicato mayoritario entre los médicos madrileños, ha trasladado a los médicos este martes 25 de octubre de 2022 el contenido del preacuerdo alcanzado en el día de ayer entre el Comité de Huelga SAR-SUAP y la Comunidad de Madrid por el conflicto con el nuevo modelo de Urgencias Extrahospitalaria.

Y los médicos afectados en esta reestructuración han decidido que se rechace el documento consensuado en la tarde de ayer tras siete horas. 

 

martes, 25 de octubre de 2022

[AMYTS] Convocada Mesa sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid para este miércoles 26/10/2022. [Baremo para el concurso de méritos excepcional de la ley 20/2021 en el SERMAS, proceso de interinización de eventuales, productividad variable 2021,........]

Informa AMYTS este 25/10/2022 que  la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS ha convocado la reunión ordinaria de Octubre de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid  para este miércoles 26/10/2022 con este orden del día previsto:  

  1. Lectura y aprobación de las actas correspondientes a sesiones anteriores.
  2. Baremo concurso de méritos ley 20/2021.
  3. Convocatorias de categorías perfiladas proceso extraordinario ley 20/2021
  4. Información sobre la transformación de nombramientos eventuales en interinos.

Documento con el acuerdo definitivo entre el Ministerio de Sanidad y las CCAA de "recomendaciones" para la aplicación de los proceso de estabilización del Ley 20/2021 en los servicios de salud: para los concursos de méritos, que la experiencia puntúe el 70%, limitando sólo a 2/3 si es en un servicio de salud distinto del convocante y que se impida el nombramiento de fijo a quien ya haya aceptado uno en otra CCAA

 Ha publicado este 25/10/2022 el sindicato canario SEPCA en su informe de la Mesa Sectorial de la Sanidad canaria de ayer 24/10/2022 el  documento titulado "Acuerdo de recomendaciones para la aplicación del proceso de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el ámbito de los servicios de salud" , documento entregado por entregado por el Servicio Canario de Salud en dicha mesa con el texto del acuerdo alcanzado "por unanimidad" en la reunión de la  Comisión de RRHH del SNS el  21/10/2022, "para establecer los criterios comunes de los  procesos de estabilización" derivados de la Ley 20/21 de reducción de temporalidad pública según citó la Ministra de Sanidad en su nota de prensa del pasado viernes, y

El Acuerdo finalmente es un acuerdo de "recomendaciones", es decir, sin ningún tipo de fuerza legal, pero habiendo sido supuestamente adoptado por unanimidad por todas las CCAA , presumiblemente cada una de ellas decidirá seguir las recomendaciones en los procesos de estabilización de sus servicios de Salud y acabará, en su caso, publicando unas bases de los procesos de estabilización de la citada ley, que incluyan lo recomendado por este acuerdo. Las reclamaciones y recursos judiciales deberán, por tanto, realizarse contra cada publicación de bases/convocatoria de cada CCAA.

Dicho esto, esta versión en principio final del acuerdo, supone una modificación del acuerdo previo o borrador de acuerdo que se divulgó  , reduciéndose el peso de la diferenciación entre la antigüedad en la categoría si es en el servicio de salud convocante o en otro, si bien, también recomienda introducir medidas que dificultarían a las personas con mucha antigüedad plantearse presentarse en otros servicios de salud ajenos al suyo.


En concreto,  en las  convocatorias para el proceso excepcional por concursos de méritos, el documento recomienda a los servicios de salud:

Recordatorio [12/01/2022] . Primeras sentencias de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo a demandas de fijeza y derechos de carrera y movilidad del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020. Sigue la línea de su sentencia de 30/11/2021: pasa a reconocer el abuso en interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza como sanción como está rechazando la indemnización, por no estar contemplada por la ley nacional

 

 [Recordatorio de entrada publicada el 12/01/2022, OJO DE HACE 9 MESES]

  • Reitera su doctrina consolidada del derecho a la carrera profesional por la normativa europea de no discriminación con el fijo (y ante sentencias europeas explícitas que forzaron a asumirla)

  • Pero sigue sin pasar a reconocer el derecho a la movilidad (promociones internas, concursos de traslados, ...) por la misma normativa europea, sin detallar la "razón objetiva" que es necesaria exista en concreto para permitir la discriminación con el fijo



[12/01/2022] Hace unas semanas publicábamos una  entrada sobre la importante  sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de empleados públicos funcionarios de cualquier AAPP y estatutarios de los servicios de Salud) del Tribunal Supremo  de 30/11/2021 (rec. nº 6302/2018)  ante la demanda de reconocimiento de un situación de abuso de temporalidad (según la cláusula 5 del Acuerdo Marco en la Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE y las sentencias europeas que la interpretan) y  del derecho de indemnización al cese de 20 días por año trabajado como sanción a dicho abuso de temporalidad en el caso de una estatutaria interina de vacante tras varios nombramientos eventuales.

En dicha sentencia de 30/11/2021, esta Sala del Supremo pasaba , tras incluir ya tanto la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"  como su "corroboración" o aclaración, la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA, a reconocer de forma pionera en un empleado público funcionario/estatutario que ya es interino de vacante, la situación de abuso de temporalidad en el sentido de la Directiva europea pero no concedía la indemnización por abuso de temporalidad solicitada argumentando que no está contemplada en la legislación nacional, y tras realizar la afirmación más general  que de las sentencias del Tribunal de Justicia del Unión Europea sobre abuso de temporalidad en empleo público,  incluyendo las citadas,  "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante este tipo de abuso si la sanción demandada no está explícitamente contemplada en la legislación nacional para el funcionario  o estatuario de servicio de salud, correspondiéndole a las autoridades legislativas regularla.


Tras esta ("provocadora" calificábamos) sentencia, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha estado aplicando en varias sentencias seguidas que se han publicado en Diciembre de 2021 la "doctrina" general mencionada en esa sentencia de 30/11/2021, trasladando en estas sentencias subsiguientes amplios pasajes de ella, para pasar a reconocer abusos de temporalidad en personal interino de vacante prolongada o encadenada a otros tipos de nombramientos temporales anteriores pero no concediendo en ningún caso  por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para este tipo de personal  ni la indemnización, ni la figura del indefinido no fijo de los laborales ni la fijeza, que se habían demandado en diferentes combinaciones según los recursos (algunos con varias peticiones, empezando con la fijeza , y subsidiariamente una indemnziaión; otras solicitando sólo una figura como la del indefindio no fijo una indemnizacion por abuso de temporlidad, etc).


Ahora nos hacemos eco de las  primeras sentencias del Tribunal Supremo a  demandas  en personal estatutario interino de vacante  del SERMAS de declaración de abuso de temporalidad , la fijeza como sanción a este abuso pero con la particularidad de argumentar en la demanda que es la única sanción posible y obligada por la jurisprudencia europea al  no estar contemplada ninguna otra sanción válida a ojos europeos en la normativa nacional , y el reconocimiento de los derechos  la carrera profesional y la movilidad horizontal (concursos de traslados) y vertical (promoción interina)  por el principio de no discriminación con el fijo, del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la citada sentencia europea de 19/03/2020 (si bien en estas sentencias del Tribunal Supremo no se encuentra la del propio informático del SERMAS "Sánchez Ruiz", que sigue pendiente de sentencia en instancias inferiores). Esta asociación de informáticos del SERMAS), APISCAM, apostó por esta línea en 2015 al conocer  la directiva europea y sentencias del Tribunal Europeo de 2006 como la del asunto Adeneler) y coordinó la presentación ya en 2016 de 21 demandas con el gabinete de Javier Araúz, el único con el que contactamos entonces que defendía esa línea pionera y, creemos, que la correcta, en aquella fechas donde la jurisprudencia española no reconocía ni la posibilidad de abuso en un interino de vacante.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza plantear cuestiones al Tribunal europeo sobre que la figura del indefinido no fijo valga como sanción al abuso de temporalidad porque no tiene "duda razonable de la adecuación de nuestra norma" al derecho de la UE y reitera que debe aplicarse igualmente al personal en abuso de las sociedades mercantiles públicas si no han superado un proceso selectivo para fijo

Recientemente se ha publicado en en el CENDOJ la Sentencia de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 29/09/2022 al recurso de casación nº 2068/2019 - recurso del Abogado del Estado en nombre de RTVE contra la sentencia de fijeza del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ante un caso de abuso de temporalidad- en el que el alto tribunal español  que lleva  las demandas de empleados públicos bajo contrato laboral no sólo:

  1. recuerda que la sanción al abuso de temporalidad en un empleado público de contrato laboral es la figura creada por el propio Supremo del "indefinido no fijo" si no tiene superado un proceso selectivo para fijo, en especial, no siendo suficiente la superación de un proceso selectivo para temporal (reafirmado recientemente pese a las sentencias europeas en su sentencia de Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, de 25/11/2021)
  2. y reitera su doctrina reciente de que por la Disposición Adicional 1ª del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] a los empleados de una sociedad mercantil pública -como AENA o RTVE - les son de aplicación las mismas restricciones al acceso del artículo 55 del EBEP que a los empleados públicos, es decir, por procesos selectivos regidos por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad , y, por tanto, la figura del indefinido no fijo debe aplicarse igual a las sociedades mercantiles estatales (Sentencia de Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 18/06/2020 al recurso 1911/2018, con doctrina reiterada más recientemente en la sentencia de 23/02/2022 al recurso 3697/2018)

sino que además rechaza la solicitud del empleado de RTVE de que se plantee una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea -sobre la validez del indefinido no fijo como sanción en su caso ante la normativa y jurisprudencia europea, debemos suponer-  porque, según esta sección de la Sala de lo Social de Tribunal Supremo:

[AMYTS] 'Comunicado del Comité de Huelga SAR-SUAP tras la reunión del 24 de octubre con la Consejería de Sanidad previa a la huelga indefinida' [suspensión temporal de 48 horas de la huelga tras un principio de acuerdo]

 'Tras más de 7 horas de reunión mantenida en el día de hoy entre el Comité de Huelga y la Administración, ha habido un acercamiento de posturas entre ambas partes.

[Madridiario] Almudena Quintana Morgado será la nueva gerente de Atención Primaria del SERMAS

Informa Madridiario  este 24/10/2022 que  Almudena Quintana Morgado, médica de urgencias en el Hospital General de Villalba, será la nueva gerente de Atención Primaria del SERMAS, tras la dimisión de la antereior  gerente Sonia Martínez

 

lunes, 24 de octubre de 2022

[Arauz] 'El Ayuntamiento de Sevilla reconoce a los funcionarios interinos el derecho a participar en los procedimientos destinados a proveer una plaza en régimen de comisión de servicios',

'El Ayuntamiento de Sevilla rectifica, y reconoce a los funcionarios interinos el derecho a participar en los procedimientos destinados a proveer una plaza en régimen de comisión de servicios, pudiendo participar en estos procesos, invocando sus méritos, en libre concurrencia con los funcionarios fijos o de carrera.

Un nuevo logro por tanto, a favor del personal temporal: se le reconoce el derecho a ser nombrado en una plaza en régimen de comisión de servicios.'
 

[CCOO Sanidad C. Valenciana] 'La propuesta de baremo para la OPE de estabilización, presentada por la Conselleria de Sanidad, pone en riesgo todo el proceso ya que incorpora elementos que ya han sido anulados por el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y incluso el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de forma reiterada por ser discriminatorios e incumplir los principios de igualdad, mérito y capacidad. [Sería traslado de la acordada entre CCAA y el Min. de Sanidad el viernes]

'Existe sobrada jurisprudencia que anula el establecimiento de una baremación distinta, así como el no reconocimiento de los servicios prestados en otro servicio de salud integrado en el SNS o en Instituciones Sanitarias del SNS cuyo régimen jurídico es funcionario o laboral. 

Pese a que la Conselleria incide en que su propuesta coincide con los criterios comunes que serán aprobados por el Consejo Interterritorial, no nos proporciona el documento.

CCOO considera que debe aplicarse el baremo vigente, que está recogido en la orden de baremos aprobada en Mesa Sectorial y que se viene aplicando en el resto de procesos selectivos, nombrando a los tribunales auxiliares que sean necesarios para agilizar el proceso , tal y como prevé el decreto de selección y provisión.  

Publicada otra elección de plazas de procesos selectivos del SERMAS convocados con plazas de "estabilización" según la ley estatal de 2017, todas plazas temporales ya más de 8 años: pediatras de Atención Primaria . Fueron convocadas con las bases aprobadas en 2017 como concurso-oposición eliminatoria sin indemnización, superando el número de plazas a las cubiertas por interinos actualmente. Tuvo un muy alto porcentaje de aprobados y pocos aspirantes

Se ha publicado en el BOCM  de este 21/10/2022 la resolución del SERMAS que inicia el proceso de elección de plazas del proceso selectivo para alcanzar la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Pediatras de Atención Primaria, proceso que fue convocado en Febrero de 2019 , tuvo su examen en marzo de 2019 , en junio de 2020  los listados de aprobados de la oposición y en julio de 2022 sus calificaciones finales tras la baremación de méritos

 Pueden verse en la web general del proceso selectivo además:

Recuérdese que hubo sólo 740 aspirantes para 355 plazas con 567 aprobados, cubriéndose por tanto finalmente ese número de 355 plazas ofertadas, que habían sido computadas 114 por la parte de reposición  y 241 plazas por  la tasa adicional permitida por la ley de "estabilización" de 2017 autorizando la convocatoria fuera de la tasa de reposición del 90%  de las plazas temporales más de 3 años restantes.

Según los datos actuales de plantillas efectivas del SERMAS , publicados en el Portal Estadístico de Personal del SERMAS, a fecha de 30/09/2022 , en cuanto a Celadores (agrupando la información de estatutarios y laborales y para todos los centros) hay:

  • 454 fijos
  • 229 interinos
  • 37 eventuales

Es decir, en esta categoría, la cifra ofertada de plazas en la OPE 2017 supera a la de los interinos, siendo de suponer la existencia de plazas vacantes no cubiertas por personal  interino en la plantilla orgánica.

[RTVE] Según la delegación de Gobierno asistieron 50 mil personas a la manifestación pidiendo a la Comunidad de Madrid más recursos y mejores condiciones laborales en la sanidad pública

Informa RTVE, trasladando la noticia de la agencia EFE, este 22/10/2022 que, según la Delegación del Gobierno en Madrid participaron, 50 mil personas asistieron a la Manifestación por la Sanidad Pública del sábado , con los  sindicatos d(e la mesa sectorial de sanidad)  Satse, CCOO, Amyts, CSIT-UP y UGT al frente de la marcha, para exigir a la Comunidad de Madridmás recursos y mejores condiciones laborales en el servicio  madrileño de Salud, en medio de las protestas por las urgencias extrahospitalarias, convocada por dichos sindicatos.


[MATS Sanidad] 'Los sindicatos SUMAT Y MATS con el apoyo de la plataforma del SAR: convocamos huelga!'

 

Fuente y texto completo: Comunicado de 21/10/2022