miércoles, 26 de octubre de 2022

Convocados los primeros concursos de méritos por ley 20/2021 para personal funcionario y laboral del sector de Administración y Servicios de la C. de Madrid, que entre todas las categorías sumaban sólo 433 plazas mientras que más de 8 mil plazas de antes de 2015 fueron convocadas con oposición días antes de la ley.

En el B.O.C.M. de ayer 25/10/2022 se publicaron las convocatorias de los tres primeros procesos selectivos por concurso de méritos excepcional de la ley 2021/22 en ese sector de personal funcionario y laboral de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (que no incluye al Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid), siguiendo los  criterios acordados con anterioridad en la mesa general de la Comunidad de Madrid.

Recordemos que que el número de plazas previstas  para estos concursos de méritos entre todos los cuerpos y categorías de una Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid que tiene 12 mil temporales es de sólo  de 433 plazas ,  plazas que  serían de la suma de
  • las 29 plazas de las 642 de estabilización  computadas en  la OPE 2022 de estabilización según Ley 20/2021 de la Comunidad de Madrid que  RRHH informó a los sindicatos
  • el resto (404), parte de las 1.109 plazas (135 de funcionarios  +896 de laborales convocadas como laborales +  78 de laborales para convocar como funcionarios) computadas en el Anexo III de la OPE 2021 de la C.de Madrid, publicada por Real Decreto Ley 14/2021 ,en vigor el 28/12/2021 (el resto de 705 plazas de esa OPE 2021, se han convocado a concurso-oposición ampliando las convocatorias de estabilización convocadas previamente a finales de 2021 con las plazas de  las anteriores OPEs de estabilización de Administración y Servicios de la C. de Madrid , siendo más de 9 mil las plazas a concurso-oposición)

Por tanto,la inmensa mayor parte de plazas temporales de más de 3 años y de las de antes de 2016 de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid se encuentran convocadas a concurso-oposición, siendo extremadamente bajo el número de plazas para estas convocatorias de concursos de méritos (y en algunas categorías, nulo).

El baremo acordado para estos concursos de méritos del personal laboral y funcionario  de Administración y Servicios de la C. de Madrid es:

  •  70 puntos para la experiencia
    • en el mismo cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid0,30 puntos por mes trabajado.
    •  en distinto cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid0,20 puntos por mes trabajado.
    • en el mismo o equivalente cuerpo/escala/categoría en otra Administración Pública0,15 puntos por mes trabajado.
  • 30 puntos por otros méritos:
    • Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: Hasta un máximo de 20 puntos, para cursos de un mínimo de 10 horas
    •  Superación de, al menos, un ejercicio en una convocatoria anterior para el acceso al mismo cuerpo/escala/categoría: 5 puntos por cada una, hasta un máximo de 10 puntos.

 

Nótese el peso importante que tiene la experiencia en otro puesto del sector de Administración de la Comunidad de Madrid, con lo que estos procesos selectivos por méritos pueden convertirse en un proceso de promoción interna encubierta al poder presentarse personal ya fijo durante mucho tiempo en otras categorías y ser importante el peso de la puntuación por antigüedad en otro cuerpo o escala.


Recordemos una vez más, que la Comunidad de Madrid  había computado via sus  OPE 2017 de la C. de Madrid (Decreto 144/2017, publicado el 14/12/2017),  OPE 2018 de la C. de Madrid  (Decreto 170/2018, publicado el 20/12/2018), el primer decreto de OPE 2019 de la C. de Madrid (Decreto 15/2019, publicado el 28/03/2019),  y, por último, el primer Decreto de OPE 2020 (Decreto 123/2020, publicado el 30/12/2020) , en los denominados "procesos de estabilización de estabilización del empleo" anteriores derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018  que CSIT solicitaba paralizar y renegociar,  todas las plazas de naturaleza estructural temporales  más de 3 años a 31/12/2017 , por tanto, todas las plazas son por definición plazas anteriores a 01/01/2015 y de más de 6 años a 31/12/2020, y  por tanto, todas las más de 8 mil plazas de dichos procesos de estabilización de la Comunidad  de Madrid anteriores , por definición, cumplían con los requisitos, para ser convocadas por Concurso de Méritos ya sólo por la Disposición Adicional 6ª de la nueva ley estatal 20/2021 . Pero la Comunidad de Madrid  publicó a finales de 2021  todas las convocatorias de plazas de Administración y Servicios incluidas en esas OPEs de "estabilización" anteriores 2017-2020, derivadas de las leyes estatales 2017 y 2018, con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria que había acordado tiempo atrás con los sindicatos de la Comunidad, esquivando así la obligación -según su interpretación de la nueva Ley- de convocar todas estos puestos a concurso de méritos puro (entre otros más). 

Si no los hubiera convocado o si decidiera anular/modificar esas convocatorias para adaptarlas al concurso de mértios de la ley 20/2021, la C. de Madrid tendría que convocar, además de estas 433 reconocidas, otras más de  8 mil plazas a concurso de méritos.

 

 

 

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