[29/04/2022] 'En el día de hoy ha tenido lugar una reunión de la Mesa Técnica de Selección al objeto de negociar la OEP 2022
para personal laboral y personal funcionario de Administración y Servicios.
En la misma, la Administración nos ha hecho llegar su propuesta de plazas a incluir en dicha OEP, siendo
evidente que la Oferta para acceso libre de laborales (150 plazas) y la Promoción Interna para el Personal
Laboral (50 plazas) son claramente insuficientes. También se nos ha informado que se publicarán 639 plazas
más a estabilización, de las cuales sólo 26 serán ofertadas a través del sistema de concurso de méritos que
establece la Ley 20/2021 y 613 se ofertarán a través del sistema de concurso-oposición, siendo su intención
acumular las de concurso-oposición a los procesos de estabilización correspondientes a 2017 y 2018 ya
convocados.
POSICIÓN DE UGT:
- Consideramos insuficientes las plazas convocadas a Oferta Libre y Promoción Interna para el Personal Laboral.
- No estamos de acuerdo con la acumulación de plazas correspondientes a las OEP de 2021 y 2022 a los procesos de estabilización ya convocados. A nuestro entender todas aquellas plazas que no hayan sido convocadas a día de hoy deben regirse por lo estipulado en la Ley 20/2021, y le hemos manifestado a la Administración que, si las acumula a los procesos convocados, solicitamos la renegociación de los criterios generales que rigen los procesos de estabilización de las OEP 2017 y 2018, a los efectos de incorporar que la fase oposición no sea eliminatoria y que se valore en el concurso de méritos la experiencia en la Comunidad de Madrid por encima de la experiencia en otras Administraciones.
- Le hemos solicitado a la Administración, igualmente, que como van a publicarse procesos de estabilización basados en el sistema de concurso de méritos, a partir de este momento los procesos de promoción interna (incluidos los procesos de funcionarización) se convoquen, con carácter general a través del sistema de concurso de méritos y en aquellos en los que por su singularidad se entienda que no puede ser sólo a través de concurso, mediante concurso-oposición, consistiendo en este caso la fase oposición en la superación de un curso selectivo.'
Fuente: Nota de UGT Servicios Públicos de Madrid de 29/04/2022
Resaltado en negrita cursiva subrayada y enlaces en el texto nuestros
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Comunidad de Madrid había computado en los anteriores procesos de estabilización derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 , supuestamente, todas las plazas todas de naturaleza estructural temporales más de 3 años a 31/12/2017 , por tanto, todas son plazas anteriores a 01/01/2015 y de más de 6 años a 31/12/2020, y que por tanto, totodas las plazas de los procesos de estabilización de la Comunidad de Madrid anteriores , por definición, cumplíam con los requisitos, para ser convocadas por Concurso de Méritos ya sólo por la Disposición Adicional 6ª,(UGT en esta nota se está refiriendo siempre exclusivamente al personal funcionario y laboral de la Administración y Servicios de la C. de Madrid: aparte va el personal de los Servicios de Salud, de la Administración de Justicia, los docentes no universitarios de Educación, los de las empresas publicas...). Pero la Comunidad de Madrid sigue publicó todas las convocatorias de plazas inclidas en esas OPEs de "estabilización" anteriores con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria que había acordado tiempo atrás con los sindicatos de la Comunidad, esquivando asi la obligación -según su interpretación de la nueva Ley- de convocar todas estos puestos a concurso de méritos puro (entre otrao más)
Recordemos ese
sistema selectivo de las convocatorias publicadas, el acordado entre la
Comunidad de Madrid y las secciones de sector Autonómico General de los
sindicatos CCOO, UGT y CSIF de Madrid, para las convocatorias de las
OPEs de
"estabilización" anteriores de personal de Administración y servicios de
la
Comunidad de Madrid, consistía en:
- Concurso-oposición salvo para los cuerpos de funcionarios A1 Administración General y los cuerpos/categorías de menos de 5 plazas que serán oposición pura
- oposición eliminatoria pasando a fase de méritos los aprobados, puntuando 55% oposición, 45% méritos cuando sea concurso-oposición
- 80% de los méritos por antigüedad en mismo cuerpo puntuando igual en cualquier AAPP]
Repitamos una vez más que, en cuanto ya. a toda la administración institucional de la Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta los Anexos III sobre plazas por tasa de estabilización de la OPE 2017 de la C. de Madrid (Decreto 144/2017, publicado el 14/12/2017), la OPE 2018 de la C. de Madrid (Decreto 170/2018, publicado el 20/12/2018) y el primer decreto de OPE 2019 de la C. de Madrid (Decreto 15/2019, publicado el 28/03/2019), el segundo Decreto de la Oferta Pública de Empleo en 2019 de la C. de Madrid , para Sanidad, (Decreto 318/2019, publicado el 30/12/2019) y, por último, el primer Decreto de OPE 2020 (Decreto 123/2020, publicado el 30/12/2020), las plazas que estabann en las anteriores OPEs de "estabilización" publicadas o aprobadas de la administración institucional de la propia Comunidad de Madrid (sin considerar sus empresas públicas y universidades),y por tanto, que al menos son las que quedan reconocidas oficialmente por tanto con más de 7 años de antigüedad temporales a día de hoy son:
- 17.237
del Servicio Madrileño de Salud explícitamente en dicha parte de
estabilización , pero a buen seguro que más de 19 mil teniendo en cuenta
las incluidas en la parte de reposición si se tiene en cuenta que en
dicha parte sólo se incluían -por ser en este caso por la primera ley de
presupuestos generales del Estado de 2017-todas las de antes de 2005 y
solamente el 90% de las
restante de más de 3 años. De hecho, el SERMAS anunció que acabaría
incluyendo entre ambas partes 19.700 plazas de larga duración.
Tienen publicadas convocatorias la inmensa mayor gran parte, habiendo publicado la Comunidad de Madrid días antes de entrada en vigor el gran bloque que le quedaba de los facultativos especialistas, estando la primera parte
de dichas convocatorias publicadas desde hace tiempo a punto de finalizar con la publicación anunciada de los primeros resultados finales para varias categorías , lo que traería los primeros ceses masivos en el SERMAS. Las bases fueron firmadas en su Mesa Sectorial pero no con unanimidad: un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, en primer lugar y eliminitoria y un 50% de peso para el concurso de méritos, pesando la antigüedad un 35% del total.
, - 8.167
de funcionarios y laborales de Administración y Servicios de la
Comunidad de Madrid (ya estaban incluidas hace años en publicación de Decreto de
Oferta Pública de Empleo todas las previstas por las OPEs 2017 y 2018
comentadas, y que fueron publicadas sus convocatorias en el mes de Diciembre de 2021 por parte de la Comunidad días antes de entrada en vigor de la Ley estatal 20/2021 y según bases de la orden del 11 de Mayo de 2021, concurso-oposición eliminatoria cuando con la nueva ley todas estas plazas (al menos) las tendría que haber convocado a concurso de méritos puro..
, - 6.757 plazas de personal docente de la Comunidad de Madrid (las 4.057 de docentes incluidas en la OPE 2017 y las 3.155- 455 nuevas incluidas en en el primer decreto de OPE 2019 de la Comunidad de Madrid ) presumiblemente ya todas
las previstas), con convocatorias de la primera fase de Secundaria y de Maestros YA
ejecutadas,
- Administración de justicia de la Comunidad de Madrid: todas ya incluidas en las 5.093 plazas OPE 2017 y 2018 del Estado entre su OPE de 2017 como su OPE de 2018 (con las convocatorias muy recientes), a quien le corresponde esa competencia incluso para los trabajadores de las CCAA. Ya hay varios procesos convocados pendientes de resolución final, con unas bases de concurso-oposición primando la oposición eliminatoria y con número limitado de paso al concurso de méritos, pesando la antigüedad el 20% del total.
El
Estado acabaría reaccionando ante esa sentencia -y las movilizaciones
de interinos y la presión de la Comisión europea- con la publicación el 29/12/2021 en el BOE
de una nueva Ley de reducción de temporalidad pública, que obliga a
todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales de antes de 2016 y las vacantes ocupadas
por personal temporal con antigüedad en la AAPP anterior a 2016, al
menos si no están ya en convocatorias en marcha que la AAPP no
decida paralizar/modificar. En días y semanas anteriores a la
publicación de esa ley hubo "carreras" por muchas
AAPP, entre ellas la Comunidad de Madrid, convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores , intentando así -aparentemente-esquivar tener que convocarlas al concurso de méritos de la nueva ley.
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el Decreto de OPE 2018 de la Comunidad de Madrid con 2ª fase de plazas
de OPE de estabilización que incluyen 9 mil plazas temporales más de 3
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- [11/05/2021] Publicada
en el BOCM la Orden con los criterios generales que deberán cumplir las
todavía futuras convocatorias de los procesos de estabilización de
puestos temporales ya más de 6 años de la Administración y Servicios de
la Comunidad de Madrid: concurso-oposición en general puntúando en los
méritos igual la antigüedad en otra AAPP; oposición para funcionarios A1
de Administración General y categorías de menos de 5 plazas al sumarse a
la convocatoria del turno libre normal
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- [29/12/2022] Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
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9 comentarios:
El espíritu Montoro, al que tiene Feijó calentando en la banda, que sigue presente.
https://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/jura-bandera-civil-fecha-hora-inscribirse-besar-bandera-20220502112533-nt.html#:~:text=C%C3%B3mo%20inscribirse%20para%20jurar%20la%20bandera&text=En%20el%20caso%20de%20Valencia,dirigirse%20al%20961%20963%20500.
Mirad el enlace qué bonito. Que noticia más bonita. Es en Valencia, pero también se va a hacer en otras ciudades de España. En concreto del Estado Social y Democrático de Derecho de España. Sobre todo Estado de Derecho.
Para celebrar el hecho de haber nacido en un Estado de Derecho, donde el propio Estado y sus Administraciones Públicas están sometidas al cumplimiento de la primacía de las leyes que se aprueban, ya sean éstas Reglamentos o Directivas de la Unión Europea y la jurisprudencia emanada del TJUE. Para celebrar que es un privilegio haber nacido y vivir en un Estado de Derecho para que no se produzcan abusos por parte de los poderes públicos.
El Estado de Derecho es un valor común a la UE y a sus Estados miembros. Tratado de la Unión Europea artículo 2. Además, es un requisito que debe reunir un Estado europeo para ingresar en el Consejo de Europa y en la Unión Europea. Y que por ello ese Estado de Derecho está sometido a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo y al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Tenéis que ir a apuntaros para ir como civiles a besar y jurar esa bandera que nos representa, símbolo de los valores del Estado, entre ellos el Estado de Derecho. Estado Social y Democrático de Derecho.
No solo los militares tienen derecho a jurar y besar la bandera de España. El personal civil también.
Hay que apuntarse hasta el día 5 de mayo en este enlace.
https://www.defensa.gob.es/defensa_yo/juras-bandera/listado/2022/1505-jura-bandera-valencia.html
Hay que ir por lo bien que trata, que ha tratado y que tratará España a sus ciudadanos, por encima de todo a los servidores públicos.
En Madrid podrían hacerlo en Vicálvaro, antaño pueblo, hoy en día barrio o distrito de Madrid tras su anexión al municipio de Madrid en los años 50. En concreto en el parque que se llama la Vicalvarada, que dicen que es bastante amplio.
El comportamiento de la Comunidad de Madrid es, cuando menos, repudiable.
¿Hay alguna forma de notificar a la Comisión Europea todos estos desmanes?
Constitución Española. Artículo 137. Municipios, provincias y Comunidades Autónomas
El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
Que nadie se olvide, también, que estos de UGT firmaron en 2019 esta "solución final" con el gobierno PP, han sido ellos (y sus otros dos secuaces CC.OO y Csif) quienes han engordado el bicho.
¿Y qué gana la Comunidad de Madrid convocando todos esos proceso selectivos antes de la nueva ley que favorecía al temporal que ha tenido en fraude de ley y sabiendo que se van a enfadar (lógicamente) siendo miles?
Votos
11:29 En mi opinión lo que consiguen es pan para hoy y hambre para mañana.
El obviar como poco un "problema" que legalmente es un abuso laboral del que se han beneficiado durante muchos años las administraciones públicas y los sindicatos, incumpliendo unas sus propias normas y los otros su verdadero trabajo y finalidad, la protección y representación de los trabajadores. Al mismo tiempo han conseguido dejar a la judicatura española con el culo al aire ante los propios servidores públicos abusados y ante lo que entiendo más debería preocuparles por lo que se juegan como Estado miembro ante las instituciones 🇪🇺.
Alargar está situacion además del deterioro e injusticia que estamos viviendo las personas que lo hemos sufrido sirve para alimentar el descrédito, la desconfianza y el desprecio hacia todas las instituciones que conforman nuestro país.
POSICIÓN DE UGT:
"donde más gambas se pesquen"
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