martes, 18 de octubre de 2022

Juzgado de lo Social de Barcelona sentencia la fijeza del empleado público, temporal 17 años de la Universidad, del caso del Auto del Tribunal Europeo de 26/04/2022 donde dijo que el "indefinido no fijo" es un temporal más ante la Directiva europea

Se ha publicado en el  CENDOJ la  sentencia de 27/06/2022 del Juzgado de lo Social n° 3 de Barcelona al recurso  P.O. 308/2019 A , es decir la sentencia del juzgado nacional al caso del auto de 26/04/2022 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea   al asunto C-464/21   o "QL contra Universitat de Barcelona" , recordemos un asunto de cuestiones prejudiciales planteadas por este juzgado de Barcelona al Tribunal Europeo, quien acabó respondiendo que la figura del indefinido no fijo que se concede en España como sanción judicial al abuso de temporalidad del empleado público laboral español no deja de ser un temporal más según la normativa europea, sin entrar a valorar si podía valer como sanción al abuso dado que el juzgado no se lo preguntaba explícitamente. 

El recurrente del caso, un técnico 17 años en contratos laborales temporales de la Universidad de Barcelona- demandaba la fijeza (es decir , el carácter de laboral indefinido de verdad en lugar del "indefinido no fijo"), como la sanción adecuada al abuso de temporalidad según la Directiva y jurisprudencia europeas.


Y el juzgado razona que ante la evidente situación de abuso de temporalidad del demandante y la respuesta del Tribunal Europeo a su cuestión prejudicial así como teniendo en cuenta las recientes sentencias europeas sobre abuso de temporalidad como la de 13/01/2022 (sobre profesores de religión italianos) , no puede conceder la figura de la doctrina general (salvo casos en que se hubiera superado un proceso selectivo para ser fijo sin obtener plaza o algunos colectivos de regulación especial como los artistas contratados temporales del INAEM   o los profesores públicos de religión) actual (desde su sentencia de 28/06/2021 tras la sentencia europea del asunto IMIDRA y que sigue manteniendo) de  la Sala de lo Social del Tribunal Supremo para laborales públicos temporales más de 3 años , el indefinido no fijo, por ser una figura temporal a los ojos de la normativa europea y ser "evidente" que no se puede sancionar un abuso de temporalidad con otra temporalidad,  concluyendo que:

"teniendo en cuenta lo que se ha expuesto y valorando las circunstancias concretas del caso que nos ocupa, la única respuesta que se puede dar es la de reconocer que la relación laboral de demandante con la Universitat de Barcelona es indefinida, sin otra especificación, lo que significa estimar íntegramente la demanda."

 

Recordemos una vez más que la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  también elevó tres peticiones  de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia Europeo, en las que cuestiona que la figura del indefinido no fijo del la Sala de lo Social Supremo para empleados públicos laborales pueda valer como sanción al abuso de temporalidad y cuestiona también  que los procesos de estabilización, incluido el  concurso de méritos de libre concurrencia, indemnizados al cese con un tope de 1 año de sueldo. de la nueva ley 20/2021 puedan valer como sanción, y así evitar una declaración judicial de fijeza. en concreto se trataba de las peticiones de decisión prejudicial elevadas:

Todos estos asuntos están por tanto en marcha en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea 

 

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7 comentarios:

Anónimo dijo...


Me alegro por el trabajador y por los que se empeñaron en que la única, la más idónea y justa sanción frente al abuso en la temporalidad perpetrado por las AAPP es la Fijeza. Enhorabuena! 👏👏👏

Anónimo dijo...

A que espera el gobierno de sanchez para arreglar tales situaciones ,que vayamos uno a uno a juicios?, en las elecciones te va a votar tu ....

Anónimo dijo...

Lo que ocurre es que los que ocupamos plazas y seguimos este tema lo que estamos viendo es que aprobaron una ley y unos concursos en los que lo que hacen es regalar nuestras plazas a quien les interesa. Nosotros parece que tenemos que conformarnos con que nos hagan fijos, y si nos hacen.

Osea mi plaza la regalan a alguien que no está en abuso que a mi ya me harán fija en algún momento.

Tenían que habernos hecho fijas desde un principio y no tomarnos el pelo con eso de que no querían crear una figura rara y que mejor funcionarios para luego jugarnosla a la primera de cambio y aprovecharse de los derechos que generamos unos por nuestro abuso para regalar a otros por política.
Es una vergüenza.

Anónimo dijo...


Lo que hace la Comunidad de Madrid con el beneplácito de los sindicatos mayoritarios contra los trabajadores temporales abusados además de una vergüenza es otra cosa por la que espero que en algún momento sean condenados.

Anónimo dijo...

Se calcula con el concurso de méritos que más de la mitad de interinos en fraude de ley acabarán en la calle.

Enhorabuena a los que se salven y mucho ánimo a los que se queden en la calle.

Esto se ha hecho para salvar a unos pocos

Anónimo dijo...

Salvar a unos pocos y regalar el resto de plazas a quien les place.
Tenían que haberse repartido esas plazas entre personas en abuso pero lo que han hecho o van a hacer es regalar las plazas a personas que no lo están, y no unas pocas plazas residuales...
Tenía que haber sido fijeza o, lo que ya dijo Europa en la sentencia de Sanchez, "procesos ordenados", es decir, que no tenía porqué ser fijeza si lo que se hacía eran unos procesos ordenados. Esto que han hecho no es un orden de prelacion entre personas en abuso, que se entendería es lo que posibilitaba Europa. Al resto de personas en abuso se podía haber organizado una indemnización como sanción, eso dijo Europa.
España no quiso fijeza pero tampoco procesos ordenados de consolidación o adjudicación con sanciones por el abuso para los que se quedaran fuera.
La indemnización para los que se queden fuera es como si fuera fin de contrato, no sanción. Europa no hablaba de aprovechar estos procesos para proporcionar estabilidad o promoción a otras personas por otros motivos.

Anónimo dijo...

tranquilo compapero/a. Esto no ha hecho más que empezar.
Es verdad que muchos han cesado y se han ido sin un duro, que otros también cesarán en los concuros de méritos y se salvará un tercio.

Pero el follón judicial va a ser muyyyy grande, recursos de un lado, del otro. Los jueces españoles todavía tienen que mucho que decir con cautelares, sentencias tumbando convocatorias...

Esto es muy largo y todavía no ha acabado