lunes, 17 de septiembre de 2018

[Economía Digital] Presión, demandas y denuncias en masa de los interinos en fraude de ley. La Unión Europea investiga a España judicialmente

Informa Economía Digital este 14/09/2018 que proliferan las protestas, demandas judiciales en España y denuncias ante la Unión Europea de empleados públicos interinos de muchas Administraciones Públicas españolas en "fraude de ley" por superar los 3 años máximos de  de interinidad establecidos por la ley para cubrir el puesto de  forma fija, exigiendo una regularización a su situación en base a sus méritos en lugar de la convocatoria planteada ahora de sus puestos a procesos seclectivos de Ofertas Públicas de Empleo convencionales.

El medio también se hace eco de la decisión de la Comisión Europea de investigar la "avalancha" de denuncias recibidas, también judicialmente, planteando el medio la "delicada situación" en la que podrían acabar las AAPP españolas si tiene éxito estas demandas:  podrían tener un trabajador que ganó una plaza en el proceos selectivo público y otro que la hubiera ganado en los tribunales.

[MATS] 'La Privatización de las Cocinas del Hospital La Paz paralizada'

'El pasado 5 de Septiembre de 2018 se declaró desierta la licitación del ”Servicio integral de restauración construcción equipamiento y mantenimiento del edificio de hostelería del Hospital Universitario La Paz”.

De haberse llevado a cabo este concurso hubiera supuesto la privatización del servicio de cocinas del Hospital Universitario La Paz, puesto que suponía la construcción y explotación por parte de una empresa privada durante 20 años de este servicio. Desde 2014 es el segundo intento de privatización que sufren las cocinas de este hospital.


domingo, 16 de septiembre de 2018

Entradas más vistas de la semana 10/09//2018-16/09/2018 en este blog: el fraude de ley de abuso de temporalidad en la Unión Europea , OPE extraordinaria excepcional o de consolodación, solución de indefinidos, ....

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viernes, 14 de septiembre de 2018

[El Diario] Un Juzgado de Madrid anula las convocatorias de proceso de consolidación de la Universidad Complutense de plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios, derivado de la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, por favorecer demasiado en méritos a los interinos cuyos puestos se convocan, estimando la demanda de un particular

Informa El Diario este 13/09/2018  [comentarios nuestros en cursiva entre corchetes] que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 20 de Madrid ha dictado sentencia, ante la demanda particular del conocido trabajador del Ayuntamiento de Málaga -y abogado- Wencesalo Alonso, de anulación de las convocatorias de la Universidad Complutense de más de 100 plazas de personal funcionario de administración y servicios , todas cubiertas de forma interina desde antes de 2005 [ y muy probablemente con personal temporal de más de 13 años de antigüedad en la mayoría de los casos], que la Universidad había convocado según la Disposición Transitoria 4ª de Procesos de Consolidación del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP], una vez que el uso de esta Disposición fue permitido por la ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 para  la totalidad de los puestos interinos anteriores a 2005 en cualquier Administración Pública sin límites de tasa de reposición.


Recordemos que la Universidad había elegido [en aparente consonancia con la propia Disposición Transitoria 4ª del EBEP , en especial su punto 3º, y a buen seguro que en compensación al daño cometido al mantener tantos años en fraude de ley estos puestos], un concurso-oposición con la fase de oposición eliminatoria como exige esa Disposición para esos procesos de consolidación según EBEP, y  con una fase de concurso de méritos con la principal puntuación, 20 puntos de los 22 puntos , por un apartado de "experiencia profesional" que baremaba sólo la antigüedad en los propios puestos convocados, posibilidad que parece expresamente recogida en dicho punto 3ª de la Disposición Transitoria 4ª del EBEP: "podrá valorarse, entre otros méritos [...]  la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria." [posibilidad que parece razonable si es que han de llamarse procesos de "consolidación"]. En consonancia con el "entre otros méritos" de la Disposición, la fase de méritos incluía también un apartado de méritos en formación, si bien solamente de 2 puntos.

El juez ha estimado las demandas de Wenceslao Alonso acerca de que se favorecía de forma excesiva hasta el punto de considerarla ilegal a los interinos cuyos puestos son los que se convocaban porque:

[MEDSAP] #MareaBlanca72 este Domingo 16: manifestación desde Callao a la Puerta del Sol por una Atención Primaria 100% pública ante el piloto iniciado "Proyecto de Centros de Salud en Transición

Informa la Mesa en Defensa de la Sanidad Pública de Madrid [MEDSAP] que ha convocado para este domingo 16 de Septiember su 72ª Marea Blanca  , en la forma de una manifestación desde las 12h en Callao y hasta la Puerta del Sol con el lema "La Atención Primaria en peligro" , y especilmente contra el Proyecto de Centros en Transición de los Centros de Salud de la Comunidad de Madrid cuyo piloto ha iniciado mediante la empresa CYMAP en el Centro de Salud de Orcasitas junto con otros 5 centros previstos, que hace temer por una nueva forma de privatización en la Atención Primaria.

[Diario Médico] La Comisión Europea agrupa las denuncias recibidas e investiga la legislación española por el abuso en la duración de la contratación temporal en el empleo público. Se esperará en su respuesta al caso del informático del SERMAS en el Tribunal del Justicia Europeo

Informa Diario Médico el 11/09/2018 que la Comisión Europea ha comunicado que
  • agrupa en una denuncia múltiple todas las denuncias recibidas de  empleados públicos temporales españoles  sobre  su situación de  de fraude de ley por su Administración Pública [AAPP] por abuso en la duración de su temporalidad personal y que hubo un acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos del Gobierno del Estado pretende "blanquear" su situaciçón evitando la infracción [y la obligada compensación al trabajador por la normativa Europea).
  • que está evaluando la conformidad de la legislación española a la la normativa europea contra el abuso en al contratación temporal [la famosa Directiva 1999/70]. que exige que la ley española también en el sector público tenga medidas eficaes para prevenir  y sancionar el abuso
  • que para su conclusiones se esperará al pronunciamiento del Tribunal de Justicia Europeo del asunto del informático estatutario interino más de17 años del SERMAS [asunto  C-103/18 Sánchez Ruiz] tras haber sido elevado el caso por el  juzgado nº 8 de lo Contencioso de Madrid siguiendo lo planteado en la demanda, en la que se pide la equiparación con el fijo como solución al fraude acorde a la normativa europea, por  el despacho de Abogados Araúz de Robles (que lleva este tema para el sindicato AMYTS)

[CSIF Madrid] 'CSIF vota no al Acuerdo de Estabilización de empleo del Ayuntamiento de Madrid por entender que es un ERE encubierto que puede conllevar despidos masivos'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha votado no a la Propuesta de Acuerdo de la Mesa de Empleo sobre Criterios a aplicar en el Proceso de Estabilización y Consolidación de Empleo en el Ayuntamiento de Madrid, aprobada ayer, 11 de septiembre, con los votos favorables de CCOO, UGT y CITAM. El no rotundo de CSIF a este acuerdo se basa en que considera que estamos ante un ERE encubierto que puede terminar en despidos masivos. CSIF ha remitido hoy mismo un escrito a la alcaldesa, Manuela Carmena, en el que deja claro que está de acuerdo en que se desarrollen los procesos para terminar con la precariedad laboral, pero “no a cualquier precio”. “No podemos adherirnos a un proceso impuesto desde el principio en todos sus términos y en el que el derecho a la negociación colectiva ha brillado por su ausencia, al venir impuesto el modelo de convocatoria única”, señala la misiva.

“Entendemos que la propuesta aprobada en el día de ayer no solo pone en riesgo el futuro laboral del personal en situación precaria (personal laboral e interino) de este Ayuntamiento de Madrid, si no que cercena con todas sus consecuencias el derecho a la carrera profesional de los funcionarios de carrera”, afirma la misiva de la sección sindical de CSIF en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.
CSIF no comparte unos criterios que considera “leoninos” plasmados en un “proceso oscurantista elaborado al dictado de intereses particulares y partidistas” que quebranta “todos los principios de independencia y objetividad”. Por ejemplo, el acuerdo prima la pertenencia a otras administraciones públicas por encima de la antigüedad, el grado y la experiencia en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.



jueves, 13 de septiembre de 2018

Acuerdo de la Mesa General de Empleo del Ayuntamiento de Madrid de 11/09/2018 sobre los criterios a aplicar en los procesos de estabilización y consolidación derivados de los acuerdos nacionales incluidos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018: serán concurso-oposición, incluso para laborales y se convocarán todos los puestos de más 3 años a 31/12/0217 y los de los indefinidos no fijos por sentencia

El acuerdo , firmado por el Gobierno del Ayuntamiento y los sindicatos CCOO UGT y CITAM y NO firmado por las secciones sinciales del Ayuntamiento de los sindicatos CSIF y CGT, establece que, gracias a los permitido por los acuerdos nacionales "de estabilización del empleo temporal" incluidos con rango de ley en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 (aquí para un grupo de sectores como Servicios de Salud y educativos) y de 2018 (ya universalizado a todos los sectores públicos y plazas):

martes, 11 de septiembre de 2018

[Redacción Médica] La Comisión Europea unifica en una "macrodenuncia" las denuncias recibidas de empleados públicos sanitarios [y otros] por abuso en la duración de su temporalidad. Sigue pendiente en el Tribunal de Justicia Europea el caso del informático del SERMAS

Informa Redacción Médica este 11/09/2018 de la importante noticia sobre  que la Comisión Europea ha decidido unificar en la única denuncia múltiple cuya evolución podrá seguirse en esta página web de la Comisión Europea todas las denuncias recibidas de  empleados públicos temporales españoles  - a los que está informando enviando una carta -. 
Estos empleados se consideran en situación de fraude de ley por su Administración Pública [AAPP] ante el abuso en la duración de su temporalidad personal en contra de la normativa de la Unión Europea-, la directiva 199/70 ,  y habían denunciado de forma masiva su situación a la Comisión Europea. - [ También denunciaban el acuerdo con los sindicatos del Gobierno del Estado por el que se pretende acabar con esta situación en lugar de convirtiendo cada relación de empleo temporal abusiva en indefinida pues convocando sus puestos procesos selectivos públicos  que acabará contratando a otros trabajadores sin ninguna sanción para la Administración ni compensación al trabajador, como establece la normativa europea]


[CCOO Educacion] 'CCOO pide al Ministerio de Educación a abordar un modelo extraordinario de acceso a la profesión docente El sindicato pide que esté operativo de cara a las próximas oposiciones' [Pide pruebas no eliminatorias y peso de la experiencia al máximo permitido por la jurisprudencia]

'[El sindicato] valora positivamente las declaraciones de la ministra de Educación, que ha mostrado su intención de reabrir la negociación del Real Decreto que regula el proceso de oposiciones, tal y como le exigió FECCOO el pasado 26 de julio.

Desde la firma del Acuerdo para la mejora del empleo de 29 de marzo de 2017, que contempla la reducción al 8% del número de docentes en situación de interinidad, CCOO ha defendido un modelo extraordinario de acceso a la profesión docente que, entre otras cosas, incorpore pruebas no eliminatorias; aumente el peso de la experiencia al máximo permitido por la jurisprudencia; e incremente el número de plazas convocadas. Solo con estos cambios será posible articular un proceso de oposiciones justo, garantista y transparente en el que todas las personas opositoras puedan demostrar su valía. 

[El Diario.es/Gobierno] Dimite la ministra de Sanidad, Carmen Montón. Le sustituirá Maía Luisa Carcedo.

Informan todos los medios, como El Diario.es, que la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Carmen Montón ha dimitido a raíz del caso de supuestas irregularidades en su máster realizado en la Universidad Rey Juan Carlos , asegurando que lo hace para no perjudicar al Gobierno de Pedro Sánchez.

Le sustituirá como nueva ministra, María Luisa Carcedo , Licenciada en Medicina y Cirugía, que hasta ahora ocupaba el cargo de alta comisionada para la lucha contra la pobreza infantil.

lunes, 10 de septiembre de 2018

[SomosSindicalistas] 'Propuesta de SOMOS SINDICALISTAS para la estabilización del empleo en las Administraciones Públicas ' [ Pide que los empleados públicos temporales más de 3 años pase a un tipo de indefinido hasta la jubilación y no se vea afectado por las OPEs]

[16/08/2018] ' EL PERSONAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS QUE ESTÁ CONTRATADO EN FRAUDE DE LEY SEGÚN RECONOCEN YA TODOS LOS TRIBUNALES ESPAÑOLES Y EUROPEOS, NO ES PERSONAL INTERINO, ES PERSONAL INDEFINIDO NO FIJO.

Para justificar el mayor ERE encubierto  de la historia, el Gobierno anterior y algunos Sindicatos pretenden convencernos de que los empleados públicos que llevan contratos de más de tres años son personal interino.  Con ese falso e injusto argumento pretenden sacar a concurso oposición las plazas que ellos quieran para dejar el objetivo marcado de tasa de interinidad en un máximo de un 8 %.  (tampoco sabemos si este 8% es en cómputo general, por administración, por órgano, etc).  Mucho nos tememos que ese 8% sea el caladero de los enchufados.


[FesP UGT Andalucía] 'UGT [de Andalucía] trabaja para lograr que la Oferta de Empleo Público Extraordinaria [de la Administración General de la Junta] sea excepcional.' [ Pide concurso de méritos puro según artículo 61 EBEP o que los que no superen un concurso-oposición no sean despedidos en base a la normativa Europa, ...]

'Tras conseguir en Mesa General que los procesos Extraordinarios sean por CONCURSO-OPOSICIÓN, UGT [N.E: de la Junta de  Andalucía] está trabajando las bases de la OEP Extraordinaria de la Administración General [N.E: de la Junta de  Andalucía], entre las que se encuentran las siguientes PROPUESTAS:

[AMYTS] 'Posición con respecto al Proyecto de Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid' [Posible eliminación de puestos de trabajo]

'La nueva ley, además de liberalizar el horario de apertura de las oficinas de farmacia, les otorgaría atribuciones para su participación en la Asistencia Sanitaria a los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.

Dicha participación se realizaría en base al establecimiento de Conciertos entre la Administración Sanitaria y el Colegio de Farmacéuticos como representante de las oficinas de farmacia.

En el texto de dicho proyecto de ley:

VII Reunión de la Plataforma Tecnológica para la Innovación de la SEIS, del 26 al 27 de Septiembre. Programa preliminar y objetivos

Del 26 al 27 de Septiembre tendrá lugar en Murcia la VII Reunión de la Plataforma Tecnológica para la Innovación, organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] con el lema  "Innovar para transformar. Transformar para innovar recisión y Salud"
y el objetivo de "poner en sintonía a ciudadanos, profesionales de la salud, organizaciones sanitarias públicas y privadas, investigadores, centros tecnológicos y empresas para desarrollar soluciones innovadoras, que se adecuen totalmente a las necesidades reales de los ciudadanos y del SNS, al mismo tiempo, gracias a la movilización coordinada de la investigación y la empresa lograr la generación de riqueza".

domingo, 9 de septiembre de 2018

Entradas más vistas de la semana 03/09//2018-09/09/2018 en este blog: el fraude de ley de abuso de temporalidad en la Unión Europea y nuevas sentencias nacionales, OPes extra con sus puestos, Convenio Laboral CM y Carrera Profesional SERMAS

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IMPORTANTE. La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"

La Comisión Europea ha estado enviando una carta a empleados públicos temporales españoles que, considerándose en situación de fraude de ley por su Administración Pública [AAPP] ante el abuso -en contra de la normativa de la Unión Europea- en la duración de su temporalidad personal , habían denunciado de forma masiva su situación a la Comisión Europea, las 3.500 primeras por socios de la Asociación Nacional de Interinos y Laborales ANIL, como aclara su Presidente, y muchas después especialmente tras la campaña de denuncias organizada desde la Plataforma de Personal temporal estatal Pi [por donde conocimos y difundimos esta posibilidad de denuncia según su modelo que puede descargarse de  aquí].


En esta carta [descargar] la Comisión Europea informa que unifica todas las denuncias recibidas con la misma queja en la única denuncia múltiple, la CHAP(2013)01917, cuya evolución podrá seguirse en esta página web de la Comisión Europea dedicada a este tipo de denuncias múltiples.


Y en dicha página web , recientemente la Comisión Europea ha publicado una importante nota [ver texto íntegro aquí] en la que informa:
  • que la Comisión ha recibido "un gran número de denuncias" en relación a  "un posible abuso" en la duración de relaciones temporales  ["contratos de duración determinada" en la nomenclatura europea] en el sector público español
  • que en dichas denuncias se "indica que el Gobierno de España celebró un acuerdo con los sindicatos" por el que , según los denunciantes, "el Gobierno de España pretende regularizar y blanquear"  esta situación de  abuso de temporalidad de los empleados del sector público y así "evitar los procedimientos de infracción" de la Unión Europa, en lugar de convertiendo esta relación de empleo temporal abusiva en indefinida [es decir fija en la terminología española]  pues convocando sus puestos procesos selectivos públicos  por lo que se acabará contratando a otros trabajadores sin ninguna sanción para la Administración


viernes, 7 de septiembre de 2018

[Diario Médico] Castilla y León: el Consejero de Sanidad dice que ningún grupo político apoyar la consolidación de los médicos interinos por concurso de méritos

Informaba Diario Médico el pasado 3/09/2018 que el Consejero de Sanidad Castilla y León ha trasladado que todos los grupos políticos del parlamento regional coinciden en que "no sería legal por no respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad" la solución demandada por SIMECAL, y cuyo compromiso de estudio en el parlamento por parte de Sanidad sirvió para desconvocar su huelga: un proceso de consolidación por concurso de méritos.

SIMECAL responde que precisamente lo que buscan es que el Parlamento legisle desarrollando lo establecido en el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público [que recoge esta posibilidad "en virtud de ley"]

[Diario Médico] Una UCI de laboratorio para desvelar los ciberataques existentes y futuros del entorno sanitario

Informa Diario Médico el 3/09/2018 de un laboratorio de pruebas de seguridad informática del grupo S2 que recrea una Unidad de Cuidados Intensivos y la expone en Internet a ciberataques y así puede ser útil desvelar "sobre el terreno cuál es el efecto real de la falta de seguridad informática en la seguridad de las instalaciones, las personas e, incluso, el medio ambiente”, según explica el director del Área  Salud de S2, Juan Carlos Muria, en un sector, el de salud, que según confirman los informes del Centro Criptológico Nacional se ha convertido en un objetivo importante de los ciberatacantes. El objetivo final es securizar estos entornos

jueves, 6 de septiembre de 2018

[Amyts] Resumen de la Reunión Grupo de Trabajo de Carrera Profesional y Mesa Sectorial Extraordinaria del SERMAS de 5/09/2018. Documento de dudas actualizado. Constituida mesa negociación para temporales

Informa AMYTS este 06/09/2018 de la reunión del Grupo de Trabajo sobre Carrera Profesional de  la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar el día anterior:
  • actualizado el documento de dudas sobre la evalución, con la inclusión de una adenda sobre el personal que er interino y  que ha alcanzado la condición de fijo este año 2018
  • Constitución del grupo de trabajo para negociar la inclusión de todo el personal no fijo, a todos los efectos en el modelo de Carrera profesional, para lo que se realizó una Mesa Sectorial Extraordinaria con ese único punto del orden del día


[ FeSP de UGT de Madrid] Resumen de la Reunión Grupo de Trabajo de Carrera Profesional del SERMAS de 5/09/2018

'El pasado lunes UGT solicitábamos de manera urgente la convocatoria de una reunión a la DGRRHH, ante las diversas y diferentes informaciones que sobre la Carrera Profesional estaban circulando entre los profesionales generadas por las direcciones de gestión de los centros y muchas veces con el sesgo de la interpretación particular del emisor.

La reunión se ha celebrado en la tarde del día de hoy abordando los temas que aparentan controversia con respecto a la evaluación excepcional de 2018 de la Carrera Profesional.

Para poder entender bien el procedimiento y las consecuencias de esta evaluación tenemos que hacer un esfuerzo en simultanear varias premisas:

1- Existen unos modelos de carrera profesional Anexos I, II y III

2- Partimos de un acuerdo de implantación y recuperación progresiva de la carrera profesional

3- Hablamos de recuperación y de evaluación excepcional tras un periodo de suspensión de más de 10 años y se procede como si se hubiera desarrollado el sistema de carrera de forma ordinaria en ese periodo a efectos de reconocimiento de niveles.

4- Evidentemente estas evaluaciones excepcionalmente tienen en cuenta consideraciones particulares sobre los requisitos y procedimientos ordinarios de la carrera.

miércoles, 5 de septiembre de 2018

Recordatorio: [Plat Pers Temp CM] 'Ante la noticia de que el Parlamento Europeo pide a la administración pública española que resuelva el abuso cometido con 700 mil empleados temporales convirtiéndolos en fijos (en vez de despedirlos mediante oposiciones como ocurrirá para miles por las OPEs extraordinarias de"estabilización") '

[Recordatorio de entrada publicada aquí el 06/06/2018



Ante la importante noticia de la resolución aprobada el 31/05/2018 en el  Parlamento Europeo contra el abuso cometido por la Administración Pública española con más de 700 mil de sus empleados (y de otros países) en la duración de los contratos temporales, violando la legislación superior de la Unión Europea sobre empleo temporal,  (donde destaca el abuso de la Comunidad de Madrid con más de 50 mil temporales de más de 3 años de antigüedad), y teniendo en cuenta que dicha resolución insta a España:
  • a convertir en personal fijo al personal temporal abusado 
  • a sancionar a sus administraciones incumplidoras , como la Comunidad de Madrid y algunos ayuntamientos
  •  y explicita que condena que se despida a este personal reconocido en "fraude de ley",

y ante la ley del Gobierno del Estado en 2017 tras un acuerdo con los tres sindicatos nacionales mayoritarios ("el Acuerdazo") que insta a las CCAA y sus ayuntamientos a scar en Ofertas Públicas de Empleo convencionales [OPE] precisamente los miles de puestos de esos trabajadores/as temporales de más de 3 años en fraude de ley:



esta Plataforma de Personal Temporal de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid que recientemente realizó una concentración con más de mil de empleados públicos afectados ante la Asamblea de Madrid, exige:

  • a la Comunidad de Madrid y sus ayuntamientos que no prosigan con las OPE derivadas del "Acuerdazo" y otras previas que ofrecen los puestos del personal temporal de más de 3 años, por ser totalmente contrarias a la normativa europea al obligar al mismo personal temporal que Europa exige que se le convierta en fijo, que supere una oposición ante miles de aspirantes para poder seguir trabajando. Esto supondrá el despido de miles de estos empleados públicos temporales



  • a la justicia española (Audiencia Nacional) que decrete la paralización cautelar de todos las OPEs derivadas de dicho Acuerdazo, como solicita en su recurso judicial al  "Acuerdazo" ANIL o "Asociación Nacional de Interinos y Laborales" , con la que  no mantiene ningún vínculo esta Plataforma (ver nuestro comunicado]



  • al  nuevo Gobierno del Estado español y a la Comunidad de Madrid que cumpla la Resolución del Parlamento Europeo y anule la ley de esas OPEs para publicar nuevas leyes que convoquen justos proceso masivo de consolidación del personal por el concurso excepcional de méritos que ya permite la propia ley española en su artículo 61 del Estatuto Básico del Empleado Público

Recordatorio. Convocatorias de la Universidad Complutense de plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios según los procesos de estabilización de ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 con méritos casi sólo por antigüedad en los propios puestos convocados tal y como permite la disposición de consolidación del Estatuto Básico del Empleado Público vinculada para esas plazas por la ley de PGE17

[Recordatorio de entrada publicada el 11/07/2018]

La Universidad Complutense de Madrid publicó el 25 de Abril de 2018 en el BOCM su "Oferta parcial de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios del año 2018, en el marco del proceso de estabilización del personal", con 110 plazas de personal de administración y servicios , 106 de ellas de funcionario y  4 plazas de laboral, , como tasa adicional permitida dentro de los procesos de estabilización de empleo temporal ,que fueron computadas según el artículo 19.Uno.6, párrafo 7 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, o Ley de Presupuestos por el Generales del Estado para el año 2017 [PGE17] por cumplir los requisitos de la disposición transitoria cuarta de "Consolidación de empleo temporal" .del Estatuto Básico del Empleado Público [DT4 EBEP] es decir, son puestos cubiertos de forma interina desde antes de 2005 , y autorizados a ser ofertados sin tirar de tasas de reposición por tanto según la ley de PGE 17 , como también lo estaban en sectores de Sanidad, Educación y otros, el 90% de los puestos temporales de más de 3 años de antigüedad , si bien en este caso más general sin indicar la ley de PGET17que les sería de aplicación lo habilitado  por la DT4 EBEP o alguna nueva disposición similar que se pudiera haber introducido con rango de ley (pero NO se hizo). 

En la misma resolución de esta OPE 2018 parcial de estabilización de la UCM también se ofertan 3 puestos de empleados declarados laboral indefinido no fijo por sentencia, en base a la habilitación contenida en la misma ley de PGE17 de poder ofertar TODAS ls plazas de los indefinidos no fijos fuera de límites de tasa de reposición.
 

Nótese que ese párrafo 7 del artículo 19.Uno.6 de la Ley de PGE17 finaliza estableciendo "A estas convocatorias les será de aplicación lo previsto en el apartado tercero de la citada disposición transitoria", es decir, lo recogido en  el apartado 3º de la disposición transitoria cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público:
  • "El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso podrá valorarse, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria."
  • "Los procesos selectivos se desarrollarán conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 3 del artículo 61 del presente Estatuto."

Recordatorio. Concurso de méritos en la Universidad de Granada para alcanzar la condición de empleado público laboral fijo , categoría de Técnico Auxiliar de Limpieza, acorde con el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Público

[Recordatorio de entrada  publicada el 18/06/2018]

El pasado 28 de Marzo se publicaba en el BOE la convocatoria para cubrir 30 plazas de Personal Laboral fijo en turno libre de la categoría de Técnico Auxiliar de Limpieza en la Universidad de Granada, con la importante particularidad de que el sistema selectivo elegido es el del concurso de méritos puro, es decir, para alcanzar la condición de personal fijo sin fase de oposición, algo contemplado  como posibilidad directa para  puestos de régimen laboral por el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP]. Para los puestos con vinculación de empleo bajo  régimen administrativo, es decir, funcionarios y estatutarios de los Servicios de Salud también lo contempla el EBEP en su artículo 61.6 pero "en virtud de ley" (es decir, requiere que se aprueba una ley , algo que es sólo competencia del Estado o la CCAA.

Los méritos valorados en estas convocatoria con fase de concurso de méritos únicamente se reparte en un 75% por antigüedad y experiencia (con puntuación especial para el desempeño en idéntico puesto de contrato laboral con la Universidad de Granada) y un 25% por formación.
En la propia convocatoria se menciona que este proceso "respeta los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad" así como el Estatuto Básico del Empleado Público, (máxima normativa nacional para todos los empleados públicos y que contempla la posibilidad de concursos de méritos en su artículo 61)



Hace unos días publicábamos aquí una convocatoria de concurso de méritos del Ayuntamiento de Getafe y otra de la Autoridad Portuaria de Alicante para alcanzar la condición de laboral fijo en turno libre en ambos casos





Precisamente, la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP (regional y entidades locales) en la Comunidad de Madrid  exige , tanto a la Asamblea de Madrid como al Gobierno de la Comunidad  , que habiliten una ley que permita convocar un proceso excepcional de consolidación por concurso de méritos por la vía de los art. 61.6 y 61.7 del  EBEP  en todos los casos (funcionarios y laborales) para las plazas de empleados públicos de la administración regional y entidades locales en fraude de ley por abuso de temporalidad por parte de la Comunidad de Madrid, ayuntamientos y otras Administraciones públicas regionales y locales tras incumplir sus gobiernos reiteradamente la normativa europea de obligado cumplimiento sobre empleo temporal, animando, naturalmente, a las AAPP a que realicen directamente concursos de méritos para su personal laboral en esa situación de fraude de ley que consideren fundamentalmente la antigüedad del puesto que se convoca.

Recordatorio: Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley

[Recordatorio de entrada publicada aquí el 4/06/2018]

Como resultado de numerosas peticiones que llegaron a la Unión Europea sobre precariedad laboral y abuso de la relación de empleo temporal, incluyendo entre ellas especialmente los abusos cometidos en la administración pública de varios estados miembros con sus empleados públicos [en la que destacan numerosas AAPP de España como la misma Comunidad de Madrid con un Servicio Madrileño de Salud con un 39% de temporalidad en la inmensa mayor parte de casos sobre puestos que son de necesidades evidentemente permanentes (el propio SERMAS ha reconocido más de 22 mil puestos ocupados de forma temporal más de 3 años a fecha 31/12/2016)] , la Presidenta del Comité de Peticiones, Cecilia Wikström, decidió dar traslado al Parlamento Europeo por la vía de una pregunta oral  que  hatrató en el Parlamento Europeo  la semana pasada, acompañada de una de una propuesta   de resolución del parlamento  como respuesta (la iniciactiva parlamentaria RSP 2018/2600)

Hay que avisar que la normativa europea, formalizada en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal - norma que está por encima de toda la legislación española-,  utiliza la nomenclatura de "contratos de duración determinada" para denotar cualquier relación de empleo con fin definido por una fecha o por una condición preestablecida como sería el ejemplo de la cobertura del puesto por un proceso selectivo de una Oferta de Empleo Público en una Administración Pública española. De esta manera un empleado público interino de vacante , incluyendo los que están bajo relación de empleo administrativa (como la de los funcionarios y la de los estatutarios de los Servicios de Salud , también es un "contrato de duración determinada" y no sólo lo es el empleado público temporal ( funcionario o laboral) con nombramientos o con contratos de, por ejemplo un año o meses (la denominación para el personal estatutario de los servicios de salud es de estatutario eventual) [Es más, pareciera que la relación de "indefinido no fijo", creada y asentada jurisprudecialmente en España en el ámbito de empleados públicos laborales, ¿no debería considerar igualmente un "contrato de duración determinada" en la terminología europea -es decir, una temporalidad en cuanto las condiciones de cese-  a la vista evidente de que tiene como condición de cese la cobertura de su puesto ofrecido a OPE?]

Finalmente, el Parlamento Europeo decidió aprobar una Resolución el 31/05/2018  [ver  aquí el texto de esta Resolución definitiva  aprobada ] que ha mantenida intacta la propuesta que se trataba en cuanto a los puntos sobre empleo público. Así la Resolución aprobada del Parlamento Europeo contiene estos importantes puntos [comentarios nuestros entre corchetes] para el problema del fraude de ley por abuso de temporalidad en la Administraciones públicas españolas [y, por ende para las reivindicaciones de estabilidad directa por parte de los centenares de miles de empleados públicos temporales en situación de abuso de temporalidad, que ahora quedan, sin duda, reforzadas]:

  • [punto 16] se denuncia que el uso continuado de "contratos de trabajo de duración determinada" para cubrir necesidades permanentes  es una violación de la Directiva 1999/70/CE [y esto  incluye por tanto la situación de un nombramiento interino de vacante de duración larga en el tiempo, más de 3 años según la jurisprudencia española]

  • [punto 17] se recuerda que el Tribunal de Justicia Europeo ya ha dictaminado en su sentencia de 26/11/2014 del asunto "Mascolo" que la conversión de "contrato de duración determinada" [es decir, de una relación de empleo temporal en la terminología española], en un  contrato de duración indefinida [relación fija o como la del personal fjio en la terminología española] es una medida adecuada a la normativa europea para "prevenir el uso abusivo de los contratos de duración determinada " [Nótese que precisamente una petición judicial de la conversión a equivalente a fijo de un estatutario interino de 17 años del SERMAS está ya  en manos del Tribunal de Justicia Europeo, al considerar el juzgado español que la normativa española no da una respuesta a este abuso de la temporalidad en el empleo público adecuada a la exigida por la normativa europea].

[Diario Médico] El piloto de teledermatología en Bages arroja una reducción de costes del 45%

Informaba Diario Médico el pasado 29/08/2018 que según un estudio publicado en la revista en la revista BMC Health Services Research  la prueba piloto de 2012 de teledermatología en  a región catalana del Bages, consistente en fotografías realizadas al paciente en el Centro de Atención Primaria que se envían al especialista, ha dado como resultado una disminución de  costes de un 45% en comparación con el circuito tradicional de consultas físicas en Atención Especializada

martes, 4 de septiembre de 2018

Se amplia dos años más la entrada en vigor de la exigencia de la Administración electrónica

El Consejo de Ministros del pasado 31/08/2018 aprobó un Real Decreto-ley que, entre otras, modifica la disposición final séptima de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común para ampliar en dos años el plazo inicial de entrada en vigor de las previsiones relativas a la puesta en marcha de la Administración electrónica.

Esta modificación entró en vigor este 04/09/2018  tras la publicación en el BOE del Real Decreto. De esta manera todas la nueva normativa sobre  registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, el punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico, es decir , la denominada "Administración Electrónica" pasan a ser obligatorias sólo  a partir del día 2 de octubre de 2020.


lunes, 3 de septiembre de 2018

Nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que concede "indefinido no fijo" a estatutaria temporal, ahora interina, del Servicio Vasco de Salud ante el fraude de ley por abuso de temporalid, cuestión pendiente tanto en el Tribunal de Justicia Europeo como en el Supremo

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado sentencia el 13/06/2018 al recurso de apelación 224/2018 por el que concede la condición solicitada de "indefinido no fijo"  - figura asentada en la jurisprudencia española por ahora sólo en el orden social (es decir para empleados públicos temporales de tipo laborales)- a una temporal estatutaria del Servicio Vasco de Salud que llevaba prestando servicios durante más de 17 años encadenando numerosos nombramientos eventuales (de obra y servicios o con fecha de fin), si bien con posteridad al inicio de su demanda obtuvo un nombramiento estatuario interina.

La jueza de la primera instancia había descartado  que esta concatenación de sucesivos contratos laborales pudiera ser calificada de "abusiva", estimando que entraba dentro de la "potestad autoorganizativa de la administración".

Recordemos que precisamente la misma Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia [TSJ  del País Vasco  es la que había planteado ni más ni menos que una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea,  como parte de los asuntos acumulados C-184/15 y C-197/15 , que acabaría dando lugar a una de las 3 famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público de Septiembre de 2016, sobre cómo actuar ante un caso precisamente de concatenación excesiva de nombramientos estatutarios eventuales de un empleado del Servicio Vasco de Salud.

Luego en la sentencia del caso consultado al tribunal europeo, el mismo TSJ del País Vasco (616/2018) interpretó la sentencia europea que ante la  relación abusiva  la solución que decidía aplicar era la misma respuesta de la jurisprudencia del orden social: la condición de indefinido no fijo que conlleva el cese "sólo" ante la cobertura reglamentaria de una plaza  ahora  estructural (por ejemplo, por convocatoria a proceso selectivo) y además con derecho a indemnización, dictando en ese caso la readmisión dado que la persona demandante había sido cesada por fin del último nombramiento temporal


[León Noticias 20/08/2018] Castilla y León. SIMECAL desconvoca la huelga tras obtener el compromiso de la Consejería de traslaear al Parlamento regional estudiar las posiblidades legales de una consolidación

Informaba León Noticias el pasado 20/08/2018 que el Sindicato Médico de Castilla y León [SIMECAL], tras alcanzar un acuerdo con la Consejería de Sanidad, había desconvocado  la huelga de  especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria de Castilla y León por la que exigían estabilidad por méritos en su plaza temporal actual tras no haberse realizado nunca con anterioridad convocatorias de procesos selectivos.

Así entre los puntos del acuerdo figura el compromiso de la Consejería a instar a los grupos parlamentarios de las Cortes de Castilla y Léon a estudiar la posibilidad legal de un proceso extraordinario de consolidación que debe tener sus conclusiones antes del 20 de septiembre. Se da la circunstancia de que los sindicatos de la Mesa Sectorial se oponen a un .


NOTA DEL EDITOR: Recordemos que el Estatuto Básico del Empleado Público recoge la posibilidad excepcional de procesos selectivos solamente con concurso de méritos para alcanzar la condición de fijo mediante en su artículo 61.6 para el personal funcionario y estatutario de Sanidad en virtud de una ley , que podría ser autonómica y para lo que en ese caso, por tanto, sería necesario su trámite y aprobación parlamentaria. Por otro lado , en su artículo 61.7, se recoge esa misma posibilidad para el personal empleado público de vinculación de contrato laboral (y no administrativa) pero directamente sin necesidad de ley. 


Recordatorio: Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo [caso Vernaza Ayovi]: no choca con la ley europea que la garantía de readmisión en personal público laboral ante un despido disciplinario declarado improcedente sea sólo para el laboral fijo y no para el laboral temporal ni el indefinido no fijo

[Recordatorio de entrada publicada el 25/07/2018] Tal y como anunciábamos ayer el Tribunal de Justicia de la Unión Europeo ha dictado  sentencia hoy miércoles 25/07/2018 en el Asunto C-96/17  [Gardenia Vernaza Ayovi ] por una cuestión planteada por el  Juzgado de lo Social de Terrassa ante el caso de una empleada pública laboral "indefinida no fija", que, tras ser declarado improcedente su despido disciplinario solicitaba la readmisión como tienen garantizado para el mismo caso el personal laboral fijo.



Como ya expuso la Abogada General de la Unión Europea en sus preceptivas conclusiones, el Tribunal de Justicia Europeo considera la figura creada por la justicia española del "indefinido no fijo" como un temporal más ante el derecho de la Unión Europea (un "contrato de duración determinada" en terminología de la Directiva sobre empleo temporal ,  la 1999/70/CE) y da respuesta a la cuestión más general del caso de personal laboral temporal.



Pero en contra de la opinión previa de la Abogada General, el Tribunal Europeo ha sentenciado que no es contraria a la normativa europea la normativa española (el artículo 96.2 del Estatuto Básico del Empleado Público) que concede sólo al personal laboral fijo la garantía de readmisión ante un despido disciplinario declarado luego improcedente, mientras que para el personal laboral igualmente pero de contrato "laboral temporal" o de "indefinido no fijo" la administración tiene  la opción (derivada del Estatuto General  de los Trabajadores) de no readmitirlo indemnizándolo




lunes, 27 de agosto de 2018

Texto del Nuevo Acuerdo de Personal Funcionario e la Comunidad de Madrid publicado en el BOCM. Extractos sobre estabilidad del empleo: concurso-oposición en general para las plazas de los procesos de estabilización, oposición si convocatoria única con puestos de tasa de reposición

En el boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del pasado 23/08/2018, se  publicaba el nuevo Acuerdo de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid para el período 2018-2020 ,  tras el acuerdo del pasado 20/07/2018 entre la Administración de la Comunidad de Madrid, y  las organizaciones sindicales mayoritarias  Comisiones Obreras, CSIT Unión y UGT. En el mismo Boletín se publicaba el nuevo Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid considerado ya aquí en otra entrada
ste Acuerdo de personal funcionario no es aplicable en general al personal estatutario del servicio de salud  ni al personal laboral bajo el Convenio Colectivo general de la Comunidad de Madrid, que precisamente también se se publicaba su actualización en el mismo Boletín ni a los posibles convenios laborales de ciertos entes públicos de la CM.
A continuación realizamos un extracto literal del articulado  sobre estabilidad del personal Entre corchetes algún comentario nuestro ajeno al texto; resaltados en negritas nuestros]
Artículo 19. Sistema selectivo.
'El sistema de selección para el personal funcionario de nuevo ingreso será el de oposición. No obstante, para el acceso a cuerpos y escalas de Administración Especial, y en atención a la cualificación singularizada que se requiere en los mismos, podrá hacerse uso, excepcionalmente, del   sistema de concurso-oposición.'


Disposición adicional décima. Procesos de estabilización.

'1. Durante los ejercicios 2017 a 2020 se dispone de una tasa adicional para la estabilización del empleo temporal en los términos previstos en los respectivos artículos 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017  [que habilita a las AAPP a sacar a OPEs hasta el 90% de los puestos temporales más de 3 años a 31/12/2016 en ciertos sectores -que incluyen los servicios públicos de salud- y todos los puestos de antes de 2015  en los términos de la Disposición Adicional 4ª de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público , instando a las AAPP a que realizce  estos procesos para que la temporalidad no supere el 8%]  y de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 [que universaliza esa habilitación a todos los sectores de la AAPP y puestos de más de 3 años a 31/12/2017] conforme a los cuales las ofertas de empleo público que articulen estos procesos de estabilización deberán aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en dichos años.


5ª Edición 2018-2019 del Máster en Dirección de Sistemas y TIC para la Salud de la SEIS. Plazo para matriculación

La Sociedad Española de Informática de la Salud en colaboración con el Instituto de Salud Carlos III y la Escuela Nacional de Sanidad  convoca la Quinta Edición del Máster en Dirección de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la Salud, de 60 créditos y 96 horas lectivas  presenciales  (2 días al mes) durante 1 año, con el objetivo de "la especialización de profesionales de la gestión directiva de las TIC en Salud en el ámbito público, privado y de las empresas proveedoras de soluciones tecnológicas y la revisión de casuísticas que se producen en el ámbito de las TIC de la salud en la presentación de casos de éxito que ayuden a su resolución", y dirigido en general a profesionales que deseen desarrollar su carrera en la Dirección  de TIC para la Salud estando  abierto el Plazo de Matriculación hasta el 15 de octubre de 2018.