'Tras
conseguir en Mesa General que los procesos Extraordinarios sean por
CONCURSO-OPOSICIÓN, UGT [N.E: de la Junta de Andalucía] está trabajando las bases de la OEP
Extraordinaria de la Administración General [N.E: de la Junta de Andalucía], entre las que se encuentran
las siguientes PROPUESTAS:
- Trabajamos para conseguir un Concurso-Oposición donde la fase de concurso se lleve al límite permitido.
- Trabajamos para conseguir que los ejercicios de la oposición sean pruebas objetivas - EXÁMENES TIPO TEST -, con 3 respuestas alternativas sin penalización.
- Estamos trabajando para conseguir una reducción de temarios, al igual que ocurre en la promoción interna y la promoción cruzada - consideramos que un Interino ha superado con creces el periodo de prueba.
- Estamos trabajando para conseguir que el IAAP realice formación on line enfocada a las pruebas selectivas o bien elabore un temario de preparación de estos procesos selectivos para que vincule a las Comisiones de Selección.
- Queremos conseguir que en los cuerpos donde exista más de un ejercicio, estos sean SUMATORIOS para la puntuación total, nunca ELIMINATORIOS.
- Que en la FASE DE CONCURSO , LA ANTIGÜEDAD cuente como mérito.
- Trabajamos para conseguir que la TITULACIÓN, la FORMACIÓN y LAS PRUEBAS SELECTIVAS aprobadas se reflejen en UN ÚNICO APARTADO con el fin de no perder puntos.ASí los grupos inferiores pueden compensar con los puntos de formación la falta de titulación.
- Que la experiencia en los puestos de interinos provenientes de Fondos Europeos no reflejados en RPT, se computen igual que los de RPT.
- Hemos Propuesto la creación de una Comisión de Coordinación para unificar los criterios de todos los procesos, cumpliendo así con el principio de igualdad y evitando la judicialización.
- Queremos conseguir que los miembros de las Comisiones de Selección sean del mismo grupo que los aspirantes al cuerpo, con el fin de que los exámenes se adapten a sus funciones.
- Queremos negociar una acción positiva basada en la edad y larga temporalidad en el puesto, contemplando la posibilidad de permanecer en la plaza hasta la jubilación. Acción positiva basada en la normativa europea y nacional de referencia.
- Y seguimos trabajando para que sea de aplicación el artículo 61.6 del EBEP, que dice literalmente QUE "Solo en virtud de Ley podrá aplicarse con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos" .
Resaltados en negrita cursiva subrayada nuestros. Enlaces en el texto nuestros
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que el Estatuto Básico del Empleado Público recoge la posibilidad excepcional de procesos selectivos solamente con concurso de méritos para alcanzar la condición de fijo mediante en su artículo 61.6 para el personal funcionario y estatutario de Sanidad en virtud de una ley , que podría ser autonómica y para lo que en ese caso, por tanto, sería necesario su trámite y aprobación parlamentaria. Por otro lado , en su artículo 61.7, se recoge esa misma posibilidad para el personal empleado público de vinculación de contrato laboral (y no administrativa) pero directamente sin necesidad de ley. En cambio las leyes del Estado para "resolver" el problema de los temporales en abuso de duración de su temporalidad , las de prsupuesto genrales del Estado de 2017
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que el Estatuto Básico del Empleado Público recoge la posibilidad excepcional de procesos selectivos solamente con concurso de méritos para alcanzar la condición de fijo mediante en su artículo 61.6 para el personal funcionario y estatutario de Sanidad en virtud de una ley , que podría ser autonómica y para lo que en ese caso, por tanto, sería necesario su trámite y aprobación parlamentaria. Por otro lado , en su artículo 61.7, se recoge esa misma posibilidad para el personal empleado público de vinculación de contrato laboral (y no administrativa) pero directamente sin necesidad de ley. En cambio las leyes del Estado para "resolver" el problema de los temporales en abuso de duración de su temporalidad , las de prsupuesto genrales del Estado de 2017
y de 2018,
plantean que las AAPP convoquen a OPEs convencionales sus puestos, sin
fijar que sean procesos de consolidación, no digamos ya concursos de
méritos, en ambos casos tras un acuerdo con los sindicatos nacionales
Recordemos también que el personal temporal empleado público temporal más de 3 años se encuentra en una situación de abuso de temporalidad para la que la Directiva europea sobre temporalidad exige se recoja en la normativa española una compensación para combatir este fraude de ley, mientras que la "solución" que proviene del Gobierno del Estado consiste en que se convoquen en OPEs -convencionales pero que denominan de "estabilización"- los puestos de los temporales de más de 3 años,que serían cesados y sin indemnización alguna si no superan el proceso selectivo quedando en los primeros lugares entre el previsible enorme número de aspirantes.. Por otro lado, recientemente el Parlamento Europeo aprobaba una resolución por la que pie pide que se incluya en la normativa nacional la conversión a fijo como medida ante este abuso de temporalidad, sin perjuicio de una sanción a la administración pública y de una indemnización adicional, condenando todo despido de empleado en esta situación este fraude de ley. Por último, la Comisión Europea Lacaba de informar que ha recibido un gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles donde los empleados denuncian también que la "solución" planteada por el Gobierno de convocar sus puestos a OPEs violarí la normativa europea ,. anunciando la Comisión Europea que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo del caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
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