martes, 7 de diciembre de 2021

Este jueves 9 de Diciembre, la Abogacía General de la Unión Europea hará públicas sus Conclusiones ante el Tribunal Europeo en la demanda de la Comisión Europea contra España por hacer la legislación española "excesivamente difícil" el conseguir obtener a particulares compensaciones por actos legislativos contrarios al Derecho europeo cometidos por el Estado

Según consta en el calendario del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, este jueves 09/12/2021 a las 09:30, la Abogacía General de la Unión Europea - en concreto el Abogado General Spuznar- emitirá su "Informe de Conclusiones" en el asunto C-278/20 o asunto "Comisión/España (Violación del derecho de la Unión por el legislador)", un recurso interpuesto por la Comisión Europea contra España ante el  Tribunal Europeo hace ya dos años y que culminaba el procedimiento de de infracción iniciado el 14/06/2017, y por el que la Comisión Europea considera que las normas españolas que regulan las compensaciones por daños y perjuicios causados por actos legislativos contrarios al Derecho de la Unión Europea, hacen "excesivamente difícil" obtener compensación (indemnizaciones por parte del Estado o las CCAA competentes), y por tanto, violan el principio de efectividad. El dictamen contenido en el informe de la Abogacía General de la UE suele coincidir la gran mayor parte de las veces, o en su mayor parte, con la sentencia final del alto tribunal europeo.

Así,  según ha comprobado la Comisión Europea, "la legislación española supedita la [posibilidad de obtener una] compensación a una serie de condiciones acumulativas: 

  1. debe haber una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la que se declare que un acto legislativo español vulnera el Derecho de la Unión; 
  2. la parte perjudicada debe haber obtenido, en cualquier caso, una sentencia firme por la que se desestime un recurso contra la decisión administrativa que causó el daño; 
  3. y la parte perjudicada debe haber alegado la infracción del Derecho de la Unión durante dicho procedimiento de recurso. "


Recordemos que los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias en su paso final como se encuentra ya éste,, son:

[Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción correspondiente al mes de diciembre: principales decisiones' [Abiertos procedimientos de infracción contra España por no transponer normas de la UE sobre lucha contra el fraude al presupuesto de la UE, sobre contratación pública y contratos de concesión, ...]

 'Cartas de emplazamiento

 [...]

Lucha contra el fraude: la Comisión insta a ocho Estados miembros a transponer las normas de la UE para luchar contra el fraude que afecta al presupuesto de la Unión

La Comisión ha decidido incoar procedimientos de infracción contra Grecia, España, Croacia, Letonia, Luxemburgo, Portugal, Rumanía y Finlandia por no transponer correctamente la normativa de la UE sobre la lucha contra el fraude que afecta los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal [Directiva (UE) 2017/1371]. Estas normas, que forman parte de la estrategia global de lucha contra el fraude de la Comisión, protegen el presupuesto de la UE mediante la armonización de las definiciones, las sanciones, las normas sobre competencia judicial y los plazos de prescripción relacionados con el fraude y otros delitos que afectan a los intereses financieros de la UE. Es preciso que los Estados miembros transpongan correctamente estas normas para que la Fiscalía Europea pueda llevar a cabo investigaciones y enjuiciamientos eficaces. El plazo para incorporar la Directiva al Derecho nacional expiró el 6 de julio de 2019. En su informe de transposición de la Directiva de 6 de septiembre de 2021 la Comisión identificaba varios problemas de cumplimiento. El informe muestra que es necesario introducir mejoras, especialmente para garantizar una transposición coherente de las definiciones de infracciones penales y la responsabilidad de las personas jurídicas y naturales, así como de las sanciones que se les impongan. Los ocho Estados miembros a los que la Comisión ha enviado hoy la notificación disponen ahora de dos meses para aclarar las medidas adoptadas a fin de garantizar la transposición correcta y completa de la Directiva.'

El SERMAS convocado concurso millonario que agrupa los contratos de soporte centralizado de varias aplicaciones departamentales que tenía de sus servicios centrales y de algunos hospitales: MANCHESTER de Triaje, FARHOS/FARMATOOLs de Farmacia, SERVOLAB/GESTLAB de Laboratorio, ENDOBASE, ...

Se ha publicado la licitación de un concurso nuevo centralizado de Tecnologías de la información del SERMAS, el concurso público denominado "Mantenimiento y soporte de determinadas aplicaciones departamentales para centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud", nuevo en el sentido de que hasta ahora no existía como tal si bien reemplazará a muchos contratos separados que había ya centralizados , especificándose
que el contrato tendrá un plazo de ejecución de 3 años de inicio previsto  el 1 de Febrero de 2022, no  prorrogable y un presupuesto base estimado para de  10 millones de euros (a cargo del programa 720 de los presupuestos de la Comunidad de Madrid),admitiéndose por otro lado la subcontratación .

 
El adjudicatario de la nueva licitación, tal y como estipula el  pliego de prescripciones técnicas  deberá prestar  los siguientes servicios centralizados de "mantenimiento correctivo, perfectivo, evolutivo y preventivo, además del soporte especializado" y licencias, para las siguientes aplicaciones departamentales, instaladas en servicios centrales o en  hospitales , que contaban con contratos de soporte separados centralizados:

Recordatorio. Debate del Pleno del Congreso del Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, PSOE, Unidas Podemos, PNV y ERC defienden su pacto de concurso de méritos para los puestos temporales y los temporales de más de 5 años a 31/12/2020, Coalición Canaria, la CUP y Cs afirman que no cumple con la norma y sentencia europea y debe haber fijeza a extinguir para más de 3 años, ... El texto se aprueba por mayoría pero con gran abstención y con el mismo texto que salió de la Comisión al rechazarse ampliamente las enmiendas mantenidas por los grupos minoritarios y el Partido Popular

 [Recordatorio de entrada publicada el 02/12/2021] Este Jueves 2 de diciembre tuvo lugar sesión de Pleno del Congreso para debatir y votar, incluidas las enmiendas  que habían decidido mantener los grupos más nuevas posibles "transaccionales" negociadas que en su caso pudiera haber,  del ya famoso "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), destinado presumiblemente a mejorar el Real-Decreto Ley  publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que entró en vigor desde el 8 de Julio (y sigue en vigor).

 

En el Pleno de 15/12/2021 del Tribunal Constitucional se "darán cuentas" sobre el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno del Estado contra la disposición del Parlamento de La Rioja que convirtió en fijos al personal interino de larga duración del propio Parlamento. La Disposición quedó suspendida, por prerrogativa del Presidente del Gobierno , pero llegaría a su fin el plazo máximo de 5 meses de suspensión

El próximo 15 de diciembre habrá Pleno del Tribunal Constitucional y en su orden del día figura "dación de cuentas de autos"  en el recurso de inconstitucionalidad (nº 4585.2021) que planteó el Gobierno del Estado contra la disposición transitoria del Estatuto del personal de su Parlamento publicada el 15/04/2021 en el Boletín de la Rioja , disposición que reconocía directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años ante el fraude de ley de abuso de temporalidad, en concreto, 5 empleados de más de 7 años de temporalidad.

El pasado 16/09/2021 fue  admitido a trámite este recurso por el Tribunal Constitucional, donde dictó ( como no podría ser de otra forma al haber sido solicitado por el Presidente del Gobierno y ser prerrogativa suya) la  suspensión de "la vigencia y aplicación del precepto impugnado, pero con efectos desde la fecha de interposición del recurso –6 de julio de 2021– para las partes del proceso (como el propio Parlamento de La Rioja) y desde el día en que apareció publicada la suspensión en el “Boletín Oficial del Estado” -el 22/09/2021- "para los terceros". Nótese que la normativa sobre recursos de inconstitucionalidad limita la duración de la suspensión a 5 meses, con lo que en cuanto a las partes estaría próxima a vencer: el 6 de Enero (si es que el mes de agosto es inhábil a los efectos del cómputo de este plazo).

Recordatorio [Gobierno Comunidad de Madrid] 'La Comunidad de Madrid renueva el sistema del Centro de soporte a usuarios de la sanidad regional. El Consejo de Gobierno ha autorizado la contratación por 20 millones mediante un concurso y para los próximos cinco años.' [Se trata de la unidad centralizada "CESUS" de la DGSIS, totalmente externalizada, cuyo última adjudicación , a Accenture, venció hace 3 años y sigue prorrogándose por meses de forma extraordinaria]

 [Recordatorio de entrada publicada el 30/11/2021] 'El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha autorizado, en su reunión del pasado miércoles, la contratación, por procedimiento abierto con pluralidad de criterios, del Centro de soporte a usuariosde las aplicaciones y sistemas de información de la Consejería de Sanidad. El nuevo acuerdo se establecerá entre los años 2022 y 2026 por un total de 20.840.723,89 euros.


Recordatorio. Proyecto de Presupuestos 2022 de la Comunidad de Madrid - I. Articulado de recursos humanos: subida del 2% de sueldos siguiendo lo dicho por el Estado, sin mención del pago de la carrera profesional al personal temporal, ... Calendario de tramitación.

[ Recordatorio de entrada publicada el 02/11/2021Del proyecto completo de ley de Continuamos ahora analizando el proyecto completo de ley de presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2022, aprobado,tras dos ejercicios prorrogando los presupuestos para 2019,  en el  pasado Consejo de Gobierno para su remisión a la Asamblea de Madrid, donde puede recibir enmiendas tanto en fase de Comisión de Presupuestos como en Pleno, y ya publicado en el Portal de la Comunidad de Madrid, queremos empezar nuestra serie habitual de entradas dedicadas a ellos por esta entrada que extrae de su Libro I "Articulado de la ley" algunas partes relevantes sobre recursos humanos de Sanidad, que puede resumirse en:

 

viernes, 3 de diciembre de 2021

[CCOO nacional Enseñanza][ 'CCOO exige al Ministerio y a las CC. AA. que todas las convocatorias de procesos selectivos docentes de 2022 se realicen con la nueva normativa estatal' [ CCOO se pondráben contacto con el resto de las organizaciones sindicales firmantes del acuerdo de reducción de la temporalidad de las administraciones públicas para el establecimiento de criterios comunes ]

 'CCOO defiende ante el Ministerio y en todas las comunidades autónomas que se aprueben las plazas para reducir la temporalidad al 8%, pero que estas no se convoquen hasta que esté aprobada la normativa estatal para definir, en virtud del Acuerdo y de la Ley para reducir la temporalidad y estabilizar el empleo, las bases de los procesos selectivos para cubrir las plazas en el ámbito docente.

El sindicato considera que convocar ahora, sin esperar a la nueva normativa básica estatal, usando el modelo de ingreso de 2018, e incluso el de 2007, es un intento de boicotear la nueva normativa y el espíritu tanto del Acuerdo de plan de choque para reducir la temporalidad, suscrito por CCOO, UGT y CSIF, como de la nueva Ley de medidas urgentes para reducir la temporalidad en las administraciones públicas.

Unidas Podemos-IU presenta enmiendas al proyecto de Presupuestos para 2022 de la C. de Madrid para que se elabore por cada Consejería un informe de personal temporal que podría estar en abuso de temporalidad

 Acaban de publicarse las enmiendas al  Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 de cada grupo parlamentario (página web de la inciativa), entre ellas ,las enmiendas de  Unidas Podemos-Izquierda Unida-Madrid en Pie , y entre sus enmiendas se encuentra una para cada consejería como esta enmienda P 539 para Sanidad, "Elaboración de un informe del personal temporal de la Consejeria de Sanidad que podría estar afectado por abuso de temporalidad", y cuya justificación "se dará en Comisión de Sanidad" (si es que pasa el primer filtro del "veto presupuestario", los proponentes aseguran que no implica aumento de cŕedito):

[CSIF Nacional] 'CSIF exige a Gobierno y CCAA que respeten la norma para reducir la temporalidad en las oposiciones de docentes de 2022' ["CSIF se pondrá en contacto con el resto de organizaciones sindicales firmantes del acuerdo de reducción de la temporalidad de las administraciones públicas (CCOO y UGT) para el establecimiento de criterios comunes"]

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, exige al Gobierno y a las CCAA que las convocatorias mediante concurso-oposición de los procesos selectivos a los cuerpos docentes de 2022 respeten los criterios del acuerdo para la reducción de la temporalidad.

El acuerdo, firmado por CSIF, junto con CC.OO y UGT y transpuesto en Ley, exige a las administraciones la aprobación de las plazas necesarias para reducir la temporalidad al 8 por ciento.

En el mismo articulado, se exige que la ejecución de dichas ofertas sea a través de un concurso-oposición en la que la fase de concurso tenga un peso de un 40% y que las pruebas de la fase de oposición puedan ser no eliminatorias. Establece también que Educación y Sanidad tienen que modificar su legislación para tal efecto.

[Araúz] 'Nota sobre Proyecto de ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobado por el Congreso de los diputados eL 2/12/21' ["Este avance es insuficiente y vulnera la normativa comunitaria"]

'Una vez examinado el Proyecto de Ley aprobado por el Congreso de los Diputados en el día de ayer, nos cumple hacer las siguientes reflexiones:


PRIMERA
.- Es indudable que, comparativamente hablando, y tomando en consideración la situación de partida, pues hasta la fecha los empleados públicos temporales estaban sometidos a un régimen de despido o cese prácticamente libre y gratuito, el Proyecto de Ley entraña un importante avance en el reconocimiento de los derechos que resultan de la Directiva 1999/70/CE.


Aunque, como veremos más adelante, en nuestra opinión, este avance es insuficiente, toda vez que el Proyecto de Ley no soluciona todos los problemas de precariedad en el empleo provocados por las Administraciones empleadoras y, a nuestro criterio, vulnera la normativa comunitaria.'

Texto oficial del proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad pública que pasa al Senado tras su aprobación por el Pleno del Congreso . En el Senado puede ser modificado todavía si lo deseara una mayoría. El Gobierno tiene urgencia, por compromisos ante la Comisión Europea en relación a los fondos, en tener una reforma publicada antes del 31/12/2021.

  • El texto actual obliga a incluir en "proceso de estabilización" toda plaza temporal que cada AAPP o ente reconozca "de naturaleza estructural" más de 3 años a 31/12/20, y en todo el sector público
  • Se debe convocar toda plaza de estabilización a Concurso de méritos abierto si es  una plaza temporal más de 5 años (a 31/12/20) junto con toda vacante cubierta  con un temporal que lleve  más de 5 años en la AAPP o ente
  • el resto a concurso-oposición con opción de oposición no eliminatoria,
  • todo siempre y cuando la plaza no esté ya  en convocatoria en marcha que la Administración responsable no decida anular/modificar.

 

Ayer 02/12/2021 se aprobó por parte del Pleno del Congreso sin cambio alguno el  "Dictamen de la Comisión" del Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063) o Proyecto de Ley de modificación del anterior Real Decreto-Ley 14/2021 [RDL] de reducción de temporalidad pública publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que entró en vigor desde el 8 de Julio (y que sigue en vigor).

Por tanto, la nueva Ley pasa al Senado con el mismo texto que quedó  tras su paso por  Comisión de Función Pública y, por tanto, el texto que debatirá el Senado es exactamente el mismo que el  publicado en el Boletín del Congreso de los Diputados el 01/12/2021 Por supuesto, este texto, aunque publicado en un Boletín"oficial" no representa ninguna nueva ley en vigor ... todavía: el texto, puede ser  rechazado , enmendado o aprobado en el Senado (como lo establezcan mayorías), teniendo que volver al Congreso sólo en los dos primeros casos.

Este texto contiene , por tanto y sólo en relación a su parte sobre reducción de la temporalidad masiva actual, estas modificaciones  con respecto al Real Decreto-Ley en vigor desde el 8 de Julio,  que ya comentamos en otra entrada y repetimos aquí (entre corchetes nuestros comentarios):

La Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias

En los Boletines Oficiales de la Comunidad de Madrid de estos miércoles 01/12/2021, jueves 02/12/2021, y viernes 03/12/2021, se han seguido publicando, como en los días y semanas anteriores, más convocatorias de más procesos selectivos de las Ofertas Pública de Empleo de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid de estabilización -de puestos- , convocatorias con plazas todas de naturaleza estructural temporales  más de 6 años a 31/12/2020 ( ya más de 7 años en la práctica) y que siguen la Orden  de la C. de madrid con los criterios generales para las convocatorias de los procesos de estabilización de puestos temporales de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid que trasladaba el acuerdo de Febrero de 2021, entre la C. de Madrid y  CCOO, UGT y CSIF,  y por el que el sistema selectivo para dichas convocatorias  con las plazas de los apartados de estabilización de las OPEs 2017 a 2020, derivadas de las leyes estatales de 2017 y 2018, siempre exclusivamente en cuanto a esa orden del personal de Administración y servicios de la Comunidad de Madrid consistía en

  • Convocatorias exclusivamente de turno libre , es decir de libre concurrencia "sin que puedan tener ningún tipo de carácter restringido, sin perjuicio de la reserva de plaza al cupo de discapacidad)
  • Concurso-oposición salvo para los cuerpos de funcionarios A1 Administración General y los cuerpos/categorías de menos de 5 plazas  que serán oposición pura
  •  oposición eliminatoria pasando a fase de méritos los aprobados, puntuando 55% oposición, 45% méritos cuando sea concurso-oposición
  • 80% de los méritos por antigüedad en mismo cuerpo puntuando igual la antigüedad en cualquier AAPP, es decir un 36% del total


(Aparte van  personal docente , el personal del Servicio de Salud ni de la Administración de Justicia o las empresas públicas de la C. de Madrid que tienen sus mesas de negociación sobre OPEs  y procesos selectivos diferentes y, por supuesto,  los ayuntamientos y universidades en la C. de Madrid).
 
Nótese que el famoso REAL DECRETO-LEY  del Gobierno del Estado publicado el 7/07/2021 , en vigor desde el día siguiente en cuanto a los procesos de estabilización, regulaba que las convocatorias de procesos de estabilización pendientes pasaban a tener como tope para su convocatoria el 31/12/2022 , ampliando de "facto" el anterior plazo hasta fin de este año para publicar las convocatorias de los procesos de estabilización y dando por tanto la opción a las AAPP de esperarse a adaptar las plazas de esas OPEs a la nueva e inminente  Ley para modificar el RDL que ya con suma probabilidad , tras la aprobación del texto ayer en Plenod el Congreso  introducirá la  que sería obligación de concurso de méritos para las  convocatorias de todas estas plazas de estabilización si no se encontraran ya en convocatorias en marcha. AEn concreto, la nueva ley obligará  que todas las plazas   de naturaleza estructural  temporales desde antes de 1/1/2016 y las vacantes actuales ocupadas por un temporal así desde antes de 1/1/2016 en la misma AAPP (es decir, temporales más de 5 años a 31/12/2020),  se convoquen por concurso de méritos puros de libre concurrencia  , siempre y cuando no estén las plazas ya en convocatorias publicadas  y en curso (o lo estén pero no  decida modificar la convocatoria la propia AAPP, claro). 
 
Todas las plazas de los procesos de estabilización de la Comunidad  de Madrid de estas convocatorias de las que nos hacemos eco , por definición, cumplen con los requisitos, al ser plazas todas temporales más de 3 años a 31/12/2017 (y por tanto, temporales más de 6 años a 31/12/2020) .
Naturalmente, si la C. de Madrid sigue  publicando ahora estas convocatorias de los procesos de estabilización no  van a quedar apenas puestos temporales de naturaleza estructural anteriores a 2016 sin convocar, y, por tanto, salvo marcha atrás, no "tendría" que aplicar a nadie la nueva "obligación" del concurso de méritos para estabilizar a su propio personal por méritos.