martes, 7 de diciembre de 2021

[Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción correspondiente al mes de diciembre: principales decisiones' [Abiertos procedimientos de infracción contra España por no transponer normas de la UE sobre lucha contra el fraude al presupuesto de la UE, sobre contratación pública y contratos de concesión, ...]

 'Cartas de emplazamiento

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Lucha contra el fraude: la Comisión insta a ocho Estados miembros a transponer las normas de la UE para luchar contra el fraude que afecta al presupuesto de la Unión

La Comisión ha decidido incoar procedimientos de infracción contra Grecia, España, Croacia, Letonia, Luxemburgo, Portugal, Rumanía y Finlandia por no transponer correctamente la normativa de la UE sobre la lucha contra el fraude que afecta los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal [Directiva (UE) 2017/1371]. Estas normas, que forman parte de la estrategia global de lucha contra el fraude de la Comisión, protegen el presupuesto de la UE mediante la armonización de las definiciones, las sanciones, las normas sobre competencia judicial y los plazos de prescripción relacionados con el fraude y otros delitos que afectan a los intereses financieros de la UE. Es preciso que los Estados miembros transpongan correctamente estas normas para que la Fiscalía Europea pueda llevar a cabo investigaciones y enjuiciamientos eficaces. El plazo para incorporar la Directiva al Derecho nacional expiró el 6 de julio de 2019. En su informe de transposición de la Directiva de 6 de septiembre de 2021 la Comisión identificaba varios problemas de cumplimiento. El informe muestra que es necesario introducir mejoras, especialmente para garantizar una transposición coherente de las definiciones de infracciones penales y la responsabilidad de las personas jurídicas y naturales, así como de las sanciones que se les impongan. Los ocho Estados miembros a los que la Comisión ha enviado hoy la notificación disponen ahora de dos meses para aclarar las medidas adoptadas a fin de garantizar la transposición correcta y completa de la Directiva.'

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'Contratación pública: la Comisión insta a ESPAÑA a cumplir con las normas de contratación pública y concesiones

La Comisión ha decidido incoar un procedimiento de infracción contra España en relación con la conformidad de su legislación nacional con las normas de la UE sobre contratación pública y adjudicación de contratos de concesión. Los Estados miembros debían incorporar la normativa (Directiva 2014/24/UE, Directiva 2014/25/UE y Directiva 2014/23/UE) al Derecho nacional a más tardar el 18 de abril de 2016. A raíz de la notificación de la transposición por parte de España y del control de conformidad realizado por la Comisión, existen dudas sobre si la legislación española cumple las Directivas de la UE. La Comisión ha identificado deficiencias relacionadas, en particular, con el ámbito de aplicación de las Directivas, las normas aplicables a la modificación de contratos y el cálculo del valor estimado de los contratos en casos específicos. Al asegurar una aplicación adecuada de las normas de contratación pública se garantiza la mejor relación calidad-precio de las compras públicas, se consigue que para las pequeñas y medianas empresas (pymes) sea más fácil y más barato participar en los contratos públicos y se ofrecen más oportunidades de negocio a las empresas. La carta de emplazamiento sigue a las enviadas a otros Estados miembros en enero de 2019, octubre de 2019 y junio de 2021 sobre el mismo asunto. España dispone ahora de dos meses para responder a las alegaciones presentadas por la Comisión. de lo contrario, la Comisión podría optar por enviarle un dictamen motivado.

 

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Fuente y texto completo: nota de prensa de la Comisión Europea de 2/12/2021

NOTA DEL EDITOR: Los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias en su paso final, son:

0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción

1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En dos meses debe haber observaciones

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no es satisfactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas


Hay que recordar que  la Comisión Europea mantiene abiertos  dos procedimiento de infracción contra España en el primer estado de "Carta de Emplazamiento" enviada - el 2014/4224 sobre violaciones de la   Directiva 1999/70/CE en empleo público  en cuando a discriminación de los temporales con el fijo y  y el  2014/4334, sobre incumplimiento de la cláusula 5ª sobre el abuso de temporalidad de la misma directiva, tras la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles CHAP(2013)01917 de la que en su  información oficial de Octubre de 2020, la Comisión europea dijo que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, y que evaluaría que la futura reforma del Estatuto del empleado Público -anunciada entonces por el Gobierno español y realizada en parte ahora por el Real Decreto-ley 14/2021 en modificación por Proyecto de Le ahora en el congreso-  es conforme a la Directiva . También está el Procedimiento  de  infracción por ahora previo o informal EU‐Pilot  8422/16/EMPL sobre el incumplimiento de la misma Directiva 1999/70/CE en  los funcionarios de justicia españoles.

Además, la  Comisión Europea llevó ya a España ante el Tribunal de Justicia Europeo 2019 (asunto C-278/20 del TJUE) por otro procedimiento de infracción abierto de interés para estos asuntos, dado que es por las normas españolas sobre la compensación de los daños y perjuicios  causados por el Estado al adoptar legislación contraria al Derecho de la Unión, asegurando la Comisión Europea que las normas españolas hacen excesivamente difícil la concesión de indemnizaciones por parte del Estado por infracciones del Derecho de la Unión y, por tanto, violan el principio de efectividad.

 

 

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