miércoles, 1 de diciembre de 2021

[AMYTS] Informe de la reunión de la de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 30/11/2021 [RRHH piensa publicar antes de 20/12/2021 las convocatorias de médicos especialista derivadas de OPEs anteriores, aunque llevan plazas de" estabilización" -temporales de más de 3 años a 31/12/2016, ahora ya de más de 7 años- que podrían acogerse a la nueva ley que tramita el Congreso]

Informa AMYTS este 30/11/2021 de la reunión ordinaria  de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que  tuvo lugar el mismo día, aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen nuevamente de forma abierta, del que destacamos de algunos puntos del día (y con comentarios nuestros entre corchetes):

  • Convocatorias específicas [de procesos selectivos para ser fijo] de personal Facultativo Especialista [con "específicas" se refiere a perfiles de funciones subepecializados por los que separar las convocatorias]
    • se  habla de los perfiles  que tendrían sus convocatorias específicas, en diversas categorías de Facultativo Especialista, como Pediatría y Psiquiatría
    • RRHH indica que las convocatorias de las  plazas de categorías de Facultativo Especialista ya incluidas en la OPEs 2018-2019 del SERMAS tienen que publicarse en el BOCM antes del 20 de diciembre "antes de que decaigan"  [son 29 especialidades médicas  de la OPE 2018 del SERMAS publicada el 20/12/2018 y 17 especialidades médicas de la OPE 2019 del SERMAS publicada el 30/12/2020 , todas con las plazas de estabilización que el SERMAS según la ley del Estado con el acuerdo estatal sindical de 2017, es decir, plazas temporales más de 3 años a 31/12/2016, por tanto, ya temporales más de 8 años y ya casi, más de 9 años]
    • AMYTS dice que se necesita un análisis urgente de estas especialidades sobre qué "plazas están en juego", "cuántas quedarían vacantes cuando se ocupen" con estas OPE en marcha y "cuántas cumplen con los criterios que se están manejando con la ley de consolidación/concurso pendiente de publicación, porque se debe garantizar que no se vea afectado ningún profesional"
      ,
  • convocatorias de TCAE y Celadores  [ya no de las OPEs de "estabilización" derivadas de esa ley de 2017 cuyas convocatorias tanto de TCAE y celadores ya  se realizaron por el SERMAS, si bien siguen pendientes de publicar la resolución definitiva ... y los ceses]: se alega por las organizaciones sindicales que también se ponga como corte en la fase de oposición el 50% de las 10 mejores notas
  • ruegos y preguntas:
    • RRHH informa que se continúa con los procesos de estatutarización de los laborales por los centros Lafora, José Germain, Guadarrama,
      Cantoblanco, Centro de Transfusiones y Virgen de la Poveda, dejando el H. Gregorio Marañón para el final



NOTA DEL EDITOR: recordemos una vez más que la gran mayor parte de  los puestos ofrecidos en las OPEs citadas del SERMAS de 2017, 2018 y  2019 son plazas computadas por los "procesos de estabilización" según lo estipulado en la Ley  de Presupuestos Generales del Estado de 2017  tras un acuerdos sindical estatal, que correspondían por tanto a puestos temporales  más de 3 años  a 31/12/2016, es decir, ya  todas más de 7 años en la actualidad y en muchos casos más de 10, 15 y 20 años, una situación que el Tribunal Europeo en su  sentencia del 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" (justo el asunto principal un informático del SERMAS, interino de vacante en una de estas plazas) ha establecido se trata de abuso de temporalidad (no sólo en la concatenación de eventuales sino también en la interinidad de vacante prolongada más de 3 años) que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, afirmando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre como son precisamente estos procesos de estabilización .  Precisamente, APISCAM ha coordinado l a presentación de un recurso múltiple contra la OPE 2019 "de estabilización" del SERMAS en cuanto a la inclusión de las plazas de más de 3 años de temporalidad de los informáticos y la mayor parte de los informáticos que tienen a su vez  demandas de abuso de temporalidad -la mayoría pendientes de la justicia, algunos del Supremo- han presentado demandas de exclusión de su plaza de esta OPE.

Recuérdese que las bases para los procesos selectivos con esas plazas "de estabilización" derivadas de la ley estatal de 2017 son las que se acordaron en la Mesa Sectorial del SERMAS  por gran mayoría, pero no unanimidad, con el desacuerdo de AMYTS precisamente

  • un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria que se supera con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas, sin limitar el número máximo de personas que superan esta fase
  • fase de concurso: 35 de los 50 puntos por experiencia profesional , contando la antigüedad en la misma categoría en otro servicio público de Salud , lo mismo que en el SERMAS  , y 15 puntos porcursos de formación acreditados
Pero este verano, se aprobaba y se publicaba en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , entrando en vigor desde el 8 de Julio (y sigue en vigor .el  famoso Real Decreto-ley 14/2021 del Gobierno del Estado, conocido como el "Icetazo", que tras muchos anuncios previos de que el Gobierno español iba a reaccionar a la sentencia europea con fórmulas de estabilización del personal, finalmente lo aprobado se limitaba a ampliar el número de plazas que debe incorporarse en Ofertas Públicas de Empleo sin limites por tasa de reposición - la  "tasa adicional de estabilización" -  esta vez a todas las plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020 (y que no estuvieran ya incluidas en las OPEs de estabilización previas derivadas de las leyes estatales de 2017 y 2018), especificando que el sistema de proceso selectivo fuera  de concurso-oposición libre (por tanto, no válido como sanción al abuso de temporalidad según la sentencia europea, y como ya estaba realizando el SERMAS) con la única novedad de que al personal temporal que sea cesado por las futuras convocatorias - si se presenta- tuviera  derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades (que ,también,  según la misma sentencia europea sería insuficiente como sanción al abuso).

Además, dicho RDL especificaba que las convocatorias de los procesos selectivos derivados de una OPE de estabilización tendrían que ser publicadas por cada AAPP  antes  de 31/12/2022 , siendo interpretado por muchas AAPP que esto afecta también a las convocatorias pendientes de publicar  con plazas de las OPE de estabilización derivadas de esas  leyes de 2017 y 2018, con lo que, de hecho, se ampliaba el plazo para convocarlas a 31/12/2022, no "caducando" por tanto este año 2021 en ese caso (siempre en cuanto a sus plazas computadas como de estabilización9. Recordemos que el SERMAS decidió realizar convocatorias conjuntas de las plazas computadas por tasa de OPE de estabilización derivadas de la ley de 2017 (por tanto, todas  de temporalidades muy prolongdas) con las computadas por tasa de reposición , por lo que probablemente por este hecho sigue afirmando RRHH del sERMAS que tiene que publicar las convocatorias de las OPEs 2018 aún con plazas de estabilización antes de 20/12/2021 (cuando llegaría a los 3 años desde la publicación del Decreto de la OPE 2018). Pero nótese que  siempre puede "extraer" de dichas OPES el número de plazas que  fueran no sólo computadas por estabilización entonces, sino ya todas las temporales de más de 3 años a 31/12/2020 (o dejar caducar en ese número de plazos) para incluirlas en la nueva OPE de estabilización que  el Real Decreto-ley 14/21 fija nuevamente no se les aplica el límite de tasa de reposición (con lo que "no se pierde" ninguna plaza: evidentemente, sólo  pueden perderse oportunidad de convocar plazas que se computaron con límites de tasa y ahora se seguirían computando con límites de tasa).

Precisamente a finales de Junio y pocos días antes de la publicación,del Real Decreto-ley 14/2021 del Gobierno del Estado,  el SERMAS publicaba las convocatorias que faltaban de las categorías salvo las de facultativos especialistas de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de estabilización , entre ellas las de las 3 categorías A1, A2 y C1 de la Función Administrativa. De esta forma, la inmensa mayor parte de las plazas de "estabilización" del SERMAS según las Leyes Generales de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018 ya están convocadas, quedando las categorías minoritarias en volumen de plazas de médicos especialistas y algunas residuales o "especiales" , que , en cuanto a las temporales de antes de 31/12/2020 podrían acogerse todas a la nueva legilsación.

Por si fuera poco, el Gobierno del Estado, ante las presiones políticas de afectados y parece ser que de la Comsión Europea, está tramitando un"Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), con el objetivo de mejorar el Real-Decreto Ley para incorporar nuevas posibilidad de estabilizaciones , contemplándose por el momento  concurso de méritos a plazas de larga duración (temporales de mś de 5 años a 31/12/2020) y fase de oposición no eliminatorias para todas las restantes temporales de más de 3 años (a 31/12/2020), posibilidades a las que podrían acogerse  plazas de facultativos especialistas, si es que el SERMAS no publican su convocatoria en los próximos días. Nótese que la Comunidad de Madrid  está publicando convocatorias  de esas OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero de 2021 y no se está esperado a la reforma del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad actualmente en el Congreso bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias
 
 
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CONVOCATORIAS  DE OPEs  DE "ESTABIILIZACIÓN" DEL SERMAS DERIVADAS DE LAS LEYES DE 2017 Y 2018

 

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Qué podrían acogerse a la nueva ley que tramita el Congreso???

Anónimo dijo...

Sí, si el SERMAS no publica sus convocatorias antes de que se publique (y entre en vigor) la nueva ley que mañana se vota en el Congreso.

Es más, no sólo podría, sino que el SERMAS estaría obligado a cumplir la nueva ley, que , tal y como está el borrador ahora, obliga a convocar a concurso de méritos con todas esas plazas computadas como de "estabilización" en esas OPEs anteriores del SERMAS (más todas aquellas que no computados entonces, tengan más de 5 años a 31/12/2020)

Anónimo dijo...

Pero parece que la convocatoria va a salir antes del 20 de diciembre...se publicará antes la nueva ley?

Anónimo dijo...

Eso puede que dependa de lo que se muevan los propios agectados