miércoles, 27 de octubre de 2021

[AMYTS] Informe de la reunión de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 26/10/2021 [el SERMAS dice que empezará a pagar parte de carrera profesional al temporal en 2022, nuevo proceso de interinización de eventuales más de 2 años a mayo de 2020, nuevo proceso de estabilización con puestos temporales más de 3 años a 31/12/2020 por el Decreto-Ley 14/2021 descontando lo ya convocado en las OPEs de estabilización anteriores,...]

Informa AMYTS este 26/10/2021 de la reunión ordinaria  de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que  tuvo lugar el mismo día con el orden del día previsto, aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen nuevamente de forma abierta, del que destacamos (con comentarios nuestros entre corchetes):

  •  situación carrera profesional personal temporal:
    • RRHH informa que se va a empezar a destinar desde 2022 presupuesto para el pago , con una incorporación progresiva, del cobro de  la carrera profesional al personal temporal
    • RRHH estiman necesario 83 millones para poder abonarla completa y destinarán 28  para el ejercicio 2022, que habrá que repartir, AMYTS estima 200 millones [la cantidad dependerá evidentement mucho del personal temporal de larga duración que no acabe cesado por las OPEs de "estabilización" con sus puestos,todos pendientes de resolución completa todavía en el SERMAS]
    • AMYTS recuerda que ha sido "una vez más" las demandas judiciales y su [largo] recorrido jurídico el que ha llevado a esta posibilidad de cobro de la carrera en la C. de Madrid
    • AMYTS traslada las respuestas de Sanidad a sus denuncias de incumplimiento del acuerdo en 2018 por el que en dos meses entonces como máximo se negociaría la incorporación de esta carrera profesional:  "Todos los acuerdos, convenios, pactos o instrumentos similares de la Administración de la Comunidad de Madrid ... requerirán, para su plena efectividad, el informe previo y favorable de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda", [que no habría llegado hasta ahora y sólo para empezar a pagar parte al temporal de lo que le correspondería de no haber discriminación con el fijo; actualmente por jurisprudencia del Supremo establecidad como doctrina tras sentencias europeas, se gana "de serie" en la justicia el cobro -desde el día de la reclamación-de la carrera profesional para el temporal en igualdad de condiciones que el fijo ]
      ,
  •  información "estabilización" eventuales:
    • RRHH SERMAS propone un proceso similar  al último de 2017 de transformación en interinidades [en vacante, que es lo que llama "estabilización" elSERMAS] de todo el personal con nombramientos eventuales durante más de 2 años a fecha de mayo de 2020 en puestos estructurales
      ,
  • oferta de Empleo 2021: tasa de reposición y proceso extraordinario de estabilización:
    • el Estado aprobó el Real Decreto-ley 14/2021,, publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que tiene dos partes:
      • limitación a la duración  de nuevos nombramientos y derecho a indemnizaciones en su caso: entrará  en vigor el 8/07/2022
      • nuevo proceso de empleo de estabilización temporal que "autoriza" una tasa "adicional" (sin límites por la tasa de reposición) que "tiene" que  que incluir las plazas estructurales que hayan estado ocupadas de forma temporal durante más de tres años a 31 de diciembre de 2020: RRHH informa que analizará el total de efectivos, descontando las plazas "ya convocadas" de los procesos de estabilización de las OPES del SERMAS 2017 a 2019  , y la convocatoria se definirá en mesas  sectoriales extraordinarias

NOTA DEL EDITOR: recordemos una vez más que la gran mayor parte de  los puestos ofrecidos en las OPEs citadas del SERMAS de 2017 a 2019 son plazas computadas por los "procesos de estabilización" según lo estipulado en las Leyes Generales de Presupuestos Generals del Estado de 2017 y 2018 tras sendos acuerdos sindicales, que orrespondían a puestos temporales  más de 3 años  a 31/12/2016, es decir, ya casi todas más de 7 años en la actualidad y en muchos casos más de 10, 15 y 20 años, una situación que el Tribunal Europeo en su  sentencia del 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" (justo el asunto principal un informático del SERMAS, interino de vacante en una de estas plazas) ha establecido se trata de abuso de temporalidad (no sólo en la concantenación de eventuales ino también en la interinidad de vacante prolongada más de 3 años) que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, afirmando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre como son precisamente estos procesos de estabilización .  Precisamente,s APISCAM ha coordinado al presentación de un recurso múltiple contra la OPE 2019 "de estabilización" del SERMAS en cuanto a la inclusión de las plazas de más de 3 años de temporalidad de los informáticos y la mayor parte de los informáticos que tienen a su vez  demandas de abuso de temporalidad -la mayoría pendientes de la justicia, algunos del Supremo- han presentado demandas de exclusión de su plaza de esta OPE.

Recuérdese que las bases para los procesos selectivos con esas plazas "de estabilización" son las que se acordaron en la Mesa Sectorial del SERMAS  por gran mayoría, pero no unanimidad, con el desacuerdo de AMYTS precisamente

  • un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria que se supera con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas, sin limitar el número máximo de personas que superan esta fase
  • fase de concurso: 35 de los 50 puntos por experiencia profesional , contando la antigüedad en la misma categoría en otro servicio público de Salud , lo mismo que en el SERMAS  , y 15 puntos porcursos de formación acreditados
Por otro lado, este verano, se aprobaba y se publicaba ese  famoso Real Decreto-ley 14/2021del Gobierno del Estado, que ampliaba el número de plazas que debe incorporarse en Ofertas Públicas de Empleo sin limites por tasa de reposición - diciendo que es por "tasa adicional de estabilización" - a todas las plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020 (y que no estuvieran ya incluidas en las OPEs de estabilización previas), especificando que el sistema de proceso selectivo sea de concurso-oposicion libre (por tanto, no válido como sanción al abuso de temporalidad según la sentencia europea) y que al personal temporal que sea cesado por las futuras convocatorias - si se presenta- también tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades (también,  según la misma sentencia europea sería insuficiente como sanción al abuso)
 
Precisamente a finales de Junio y pocos días antes de la publicación,del Real Decreto-ley 14/2021del Gobierno del Estado,  el SERMAS publicaba las convocatorias que faltaban de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de estabilización (salvo las de facultativos especialistas), entre ellas las de las 3 categorías A1, A2 y C1 de la Función Administrativa -las que ahora se  tratará la fecha del examen esta mesa sectorial-. De esta forma, la inmensa mayor parte de las plazas de "estabilización" del SERMAS según las Leyes Generales de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018 ya están convocadas, quedando las categorías minoritarias en volumen de plazas de médicos especialistas y algunas residuales o "especiales".  De las palabras de la Dir. Gral de RRHH del SERMAS, cabe entender que el SERMAS asume que las plazas de procesos de estabilización en categorías no convocadas , aún ya incluidas en las OPEs 2017 a 2019, deberían realizarse teniendo en cuenta el Real Decreto-Ley y su posible modificación que ahora se tramita en el Congreso
 

Entradas relacionadas:

CONVOCATORIAS OPEs  DE "ESTABIILIZACIÓN" DEL SERMAS

 

 CARRERA PROFESIONAL

 

1 comentario:

Anónimo dijo...

Menos aplicar la directriz europea...lo que sea, y esto lo están firmando CC.OO, UGT y CSIF, otra vez.