'Ante las campañas de algunas organizaciones sindicales, que confunden al personal estatutario temporal faltando a la verdad, queremos INFORMAR a todos los facultativos, interinos y temporales, acerca de cual es el estado actual de las cosas:
- En el Congreso de los Diputados ha entrado, para su próxima aprobación, un proyecto de Ley de Temporalidad que pretende establecer límites a la contratación precaria, establecer indemnizaciones en caso de fraude de ley y garantizar la celebración periódica de OPEs. El documento, que cuenta ya con respaldo mayoritario en la ponencia que lo ha redactado, también establece que las convocatorias de estabilización contempladas en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado desde 2017-2018 deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 (corresponden a parte de las plazas de nuestras OPEs 2017, 2018 y 2019). Y el proyecto también permite que, antes de junio de 2022, se pueda convocar un nuevo proceso de estabilización. Estos procesos se llevarían a cabo en principio por concurso-oposición.
- Pero también contempla una excepción: Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y, por el sistema de concurso, aquellas plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos establecidos en esta norma. Esto podría afectar a plazas ya convocadas en las OPES aunque se desconoce todavía si será así y de qué modo.
- Es importante subrayar que lo que se plantearía es una OPE con oferta de las plazas que cumplan esos requisitos. No se refiere a profesionales que lleven ese tiempo como interinos (ni siquiera en la misma plaza), dado que todos deberían concursar escoger plaza de destino en base a la puntuación obtenida. La condición de carácter ininterrumpido de ocupación sería de las plazas y no de las personas. Por tanto, sería un proceso no restringido, abierto a cualquier aspirante de todo el territorio nacional y tenga la antigüedad que tenga. Aunque, obviamente, el sistema de concurso favorece el tiempo trabajado para el Sistema Nacional de Salud, frente a otros méritos con menor peso en el baremo.
- La Consellería de Sanidad, para garantizar cierta seguridad jurídica a los opositores cuyos procesos están en marcha y al personal temporal en general, ha procedido a retrasar por un máximo de tres meses los exámenes cuya fecha estaba fijada y que eran todos de funcionarios de Salud Pública. Tampoco se fijarán fechas para otras categorías, ni para las estatutarias, en dicho periodo. Este plazo finalizará cuando la nueva Ley sea publicada y se clarifiquen sus consecuencias.
- Hay que dejar claro que no existe por ahora suspensión de las convocatorias en curso. Es decir, los concursos-oposición ya publicados están en vigor a falta sólo de fijar las fechas de los exámenes. Dado que las expectativas son inciertas una suspensión podría no ser legal en estos momentos.
- No obstante, cuando se publique la Ley se solicitará un informe a los servicios jurídicos de la Generalitat para que establezcan en qué situación quedarían estas convocatorias. Si deberían ser suspendidas definitivamente o bien no se verían afectadas con carácter retroactivo por la nueva norma.
- A pesar de lo dicho, aún no se encuentra aprobada dicha Ley, por lo que podría sufrir modificaciones imprevisibles antes de su publicación y entrada en vigor.'
Fuente : Comunicado del Sindicato médico de la Comunidad. Valenciana CESMV de 30/11/2021
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