'Ante la publicación en el BOE del 29 de diciembre, de la Ley 20/2021 de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, desde la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO, queremos manifestar lo siguiente:
1. Hemos solicitado a nuestros Servicios Jurídicos una valoración exhaustiva de todos aquellos aspectos que se han modificado en el trámite parlamentario, con respecto al texto inicial del Acuerdo firmado por nuestro sindicato el pasado 5 de julio, y contemplados en el RDL 14/2021, de 6 de julio, puesto que para la FSS-CCOO sigue siendo prioritario nuestro objetivo de dar estabilidad laboral a los profesionales del SNS y por tanto reducir la inaceptable temporalidad actual, pero garantizando que todos los procesos de estabilización gocen de seguridad jurídica suficiente, para que no se vean ralentizados o paralizados por recursos o contenciosos interminables.
2. Exigimos al Ministerio de Sanidad la convocatoria inmediata de la Comisión Nacional de Recursos Humanos, en la que están presentes la totalidad de las Comunidades Autónomas, con objeto de avanzar en el establecimiento de criterios generales transversales y homogéneos en los procedimientos con los que poner en marcha los procesos contemplados en la disposición adicional sexta, sobre la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración.
3. Así mismo, instamos al Ministerio de Sanidad a que convoque el Ámbito de Negociación para proceder al estudio de la aplicación de la nueva Ley en el conjunto del Sistema Nacional de Salud, y a la negociación de los criterios y procedimientos que fuera necesario implementar con carácter general.
4. Finalmente, solicitamos al Ministerio de Sanidad que realice cuantas actuaciones sean precisas para conseguir un acuerdo con las comunidades autónomas para que las necesarias adaptaciones de los procesos de selección y provisión de las plazas a estabilizar en cada ámbito territorial, sean negociadas en las correspondientes Mesas Sectoriales de Sanidad de cada CCAA.'
Fuente: Comunicado de la Federación de Sanidad y Sectores SocioSanitarios de CCOO nacional de 29/11/2021Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros
- [29/07/2017] Publicados los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90% de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición PERO sin fijar bases de consolidación) y subida del 1% sueldo empleados públicos
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [06/11/2019] [ultimocero.com] La Audiencia Nacional sentencia desestimar la demanda de ANIL contra el primer acuerdo sindical de OPEs con los puestos públicos temporales de larga duración o de indefinidos no fijos: "no hay base legal para que se les exima" de una oposición para ser fijo. La AN recuerda que el indefinido no fijo tiene el derecho únicamente a permanecer en el puesto hasta que sea "cubierto por alguno de los sistemas de provisión de puestos de trabajo". [Texto de la sentencia]
- [08/11/2019] [Javier Arauz] 'Nota sobre la sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 4 de Noviembre de 2019' [que desestima la demanda de ANIL contra los acuerdos sindicales de OPEs con los puestos públicos temporales más de 3 años: no hay norma española que dé estabilidad como sanción al abuso, esta sentencia no es obstáculo para los asuntos prejudiciales en curso en el Tribunal Europeo invocando la normativa comunitaria, única posibilidad para la estabilidad]
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [01/03/2021] El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la disposición de Ley vasca que habilitaba procesos restringidos de consolidación en los cuerpos de Policía locales por no estar contemplados en la Ley estatal del Estatuto Básico del Empleado Público y sólo tener el Estado competencias sobre normativa básica del funcionario. Ni se usó por el Estado el argumento de violación del artículo 23 de la Constitución de igualdad en el acceso a la Función Pública. La misma disposición ya para todos los cuerpos y escales va en un Proyecto actual de Ley vasca.
- [05/07/2021] [Gobierno del Estado/CCOO/CSIF/UGT] 'Acuerdo sobre Plan de choque para reducir la temporalidad en el empleo público' [Texto íntegro]
- [05/07/2021] [FESP
UGT/Gabinete Técnico] Documento explicativo: 'Acuerdo sobre medidas en
materia de temporalidad en las Administraciones Públicas'[ "nuevo
proceso de estabilización", "novedoso con respecto a los proceso
anteriores", "ofrece segurida djurídca", "prevé una compensación
económica", "supone latransposición de la Directiva 1999/0/CE"]
- [07/07/2021] [IMPORTANTE]
Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de
reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los
sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de
plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no
estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018:
un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e
indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal
que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [21/07/2021] Convalidado
el REAL DECRETO-LEY de reducción de la temporalidad en el empleo
público acordado con los sindicatos fijando un último proceso
extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de
más 3 años a 31/12/2020 con el compromiso de modificaciones por
proyecto de ley urgente de posibilidad de oposición no eliminataroia y
concursos de méritos para personal +10a en mismoi puesto
- [06/08/2021] IMPORTANTE La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones futuras anunciadas por la nueva Ministra
- [10/12/2021] La Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias
- [29/12/2021] Publicada en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de reducción de temporalidad pública. Entra en vigor mañana 30/12/2021. Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores y así no les afecta esta nueva ley
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