viernes, 19 de agosto de 2022

Publicado en el Boletín el Acuerdo que fija los criterios del Concurso de Méritos excepcional de la ley 20/2021 para personal funcionario y laboral del sector de Administración General de la C. Valenciana: peso de sólo el 60% por la experiencia puntuando 1/4 la antigüedad en la categoría en otra AAPP con respecto a en la categoría en Administración de la C.Valenciana y 1/3 en otra categoría de Administración de la C. Valenciana

En el D.O.C.V de hoy 19/08/2022 se ha publicado el  Acuerdo de 5 de Agosto de 2022 , alcanzado entre sindicatos mayoritarios y el Gobierno de la Comunidad Valenciana en la Mesa Sectorial de Función Pública autonómica, para "el desarrollo de la oferta de empleo público para la reducción de la temporalidad en el empleo público que aprueba el Decreto 69/2022, de 27 de mayo, del Consell" , es decir a oferta de empleo público extraordinarias de personal funcionario y laboral de la Administración general de la Generalitat Valenciana, con 3.088 plazas de ese ámbito computadas según la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública, detallando cuáles deben convocarse por el sistema excepcional del concurso de méritos de las Disposiciones adicionalaes 6ª y 8ª de la citada ley y cuáles por concurso-oposición:  2514 plazas para concurso de méritos y 574 plazas por concurso-oposición , además de 739 plazas por promoción interna.

Recordemos que finalmente la C. Valenciana decidió mantener las convocatorias de  las plazas correspondientes a la ejecución de las Ofertas de Empleo Público de los años 2017, 2018 y 2019, que ya fueron publicadas antes de la entrada en vigor de la Ley 20/2021 "como actos administrativos definitivos en la vía administrativa que son, deben ser ejecutadas en sus propios términos"  .

 

En cuanto al baremo fijado por este Acuerdo para los concursos de méritos del personal laboral y funcionario  de Administración General de la C. Valenciana., los 100 puntos máximos del concurso de méritos se valorarán así:


  •  60 puntos para la experiencia (60%)
    • en puestos con funciones del cuerpo/escala/categoría convocado,  en la Administración de la Generalitat0,32 puntos por mes trabajado. (Se alcanza el máximo por tanto con casi 16 años)
    •  en puestos de trabajo distintos  en la Administración de la Generalitat0,11 puntos por mes trabajado.
    • en en puestos con funciones del cuerpo/escala/categoría convocado, en otra Administración Pública0,08 puntos por mes trabajado.

 

  • 40 puntos por otros méritos (40%):
    • conocimiento de idiomas:
      • valenciano: hasta 15 puntos
      • idiomas oficiales de la UE diferentes del español: 4 puntos
    • Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: Hasta un máximo de 10 puntos, para cursos de un mínimo de 5 horas
    •  Superación de exámenes en una convocatoria anterior convocada en los últimos 10 años para el acceso al mismo cuerpo/escala/categoría: 4 puntos por cada examen, hasta un máximo de 12 puntos
    • titulaciones académicas superiores: 4 puntos por cada titulación hasta un máximo de 8 puntos


Nótese el peso importante del idioma valenciano y que la antigüedad en puestos como los convocados en la misma AAPP valenciana puntúa el tripe que en otros puestos y el cuádruple que en puestos equivalentes de otras AAPP, por tanto, limitando en cierta forma la posibilidad de un "concurso de traslados" entre AAPP o una promoción interna "encubiertos". Aún así,  una experiencia de más de 26 años en otra AAPP superaría la de un temporal de 6 años y medio cuya plaza se convoca al concurso de méritos, y que, tras las recientes sentencias europeas, e, incluso, de Tribunal Supremo español , se encontraría en una situación de abuso de temporalidad que requiere de una "sanción" a la AAPP reparadora para el trabajador. Recuérdese  que la ley 20/2021 contempla una "compensación" económica de sólo 20 días de retribuciones fijas por año trabajado , con un tope de 12 mensualidades  al temporal que acabe cesado por uno de estos procesos selectivos.


Estas bases, en especial, NO son de aplicación a los procesos selectivos del servicio valenciano de salud, (la "Agencia Valenciana de Salud"), cuya OPE de procesos de estabilización aplicando la ley estatal 20/2021 va aparte, y para la que, por ahora, sólo se ha publicado, el 31/05/2022 el DECRETO 71/2022, de 27 de mayo, del Consell "por el que se adaptan las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocatoria, se ejecuta la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se aprueba la oferta de empleo público del año 2022 en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública", decreto en el que:

  • se recordaba que "la mayor parte  de las plazas y/o puestos existentes en las plantillas que están siendo ocupadas de forma temporal" estaban incluidas en las OPE ́s de los años 2017 (estabilización y tasa de reposición), 2018 (estabilización y tasa de reposición) y 2019 (estabilización) habiendo 124 categorías convocadas, que suponen 11.858 plazas ya convocadas, y quedando solamente 9 categorías profesionales sin convocar

  • afirma que las  convocatorias ya fueron publicadas antes de la entrada en vigor de la citada Ley estatal, "como actos administrativos definitivos en la vía administrativa que son, deben ser ejecutadas en sus propios términos"

  • con l oque sólo 119 puestos de las anteriores OPEs de estabilización serán convocados al concurso excepcional deméritos junto con 9 mil de OPEs ordinarias recientes que no se llegaron a convocar


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