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miércoles, 4 de abril de 2018

Publicado el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2018: se extiende la posibilidad de convocatorias de los puestos temporales de larga duración sin fijar que sean de consolidación ; se habilita a convocar en OPE sin límites todos los puestos de indefinidos no fijos, cuy nombramiento administrativo se prohibe


el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado que entre su articulado del Título II "De los gastos de personal", las disposiciones adicionales y las disposiciones finales contiene importante normativa de recursos humanos, gran parte de ella tomada del recientemente suscrito recientemente suscrito acuerdo con sindicatos nacionales para "la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo".
 
Así, el proyecto de presupuestos recoge (todavía admite enmiendas):

  • subida salarial , también para el personal estatutario [artículo 28] en los tres próximos años de  entre un 6,1%  y  8,8%  repartido mediante una a parte fija de 1,75% en 2018, 2,25% en 2019 y un 2% en 2020, y  una parte variable  en función de la evolución del PIB de hasta  un máximo del 0,25% en 2018, 0,75% en 2019 y del 1,5% en 2020
  • [artículo 19.Uno.2 ] tasas de reposición que limitan el número de plazas normales a incluir en OPEs [se computa como la diferencia entre el personal fijo que ha dejado en el ejercicio anterior de prestar servicios  y el que se ha incorporado no procedente de una oferta de empleo público o de un reingreso con reserva de plaza]
    • el 100% en todos los sectores si la Administración Pública respectiva ha cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda y regla de gasto , pudiendo e incrementarlo en un 8% adicional en aquellos sectores que "requieran un refuerzo de efectivos"
    • del 100 % en sectores prioritarios y un 75%, del resto de sectores para las AAPP que no hayan cumplido, y un posible 5% adicional para refuerzo
    • los porcentajes adicionales para refuerzo sólo podrán aplicarse si hay jubilaciones masivas, nuevos servicios públicos o picos de servicio por turismo
  • [artículo 19.Uno.7 ] además, y, como en 2017, se habilita incluir en ofertas de Empleo Público, sin en ese límite de tasas de reposición y en todos los sectores, todas las plazas de los "indefinidos no fijos por sentencia judicial" [la "figura" más "estable" que está consiguiendo alcanzar en los tribunales españoles el personal temporal en fraude de ley por abuso de temporalidad], es decir, su principal motivo de cese "objetivo". Además se prohíbe en la Disposición adicional 40.2 a las Administraciones Públicas el nombramiento de esta figura de indefinido no fijo, reservándolo por tanto para las sentencias judiciales tras demandas personales
  • [artículo 19.Uno.9] procesos adicionales de "estabilización del empleo público"  con plazas ocupadas por temporales durante más de 3 años [pes decir, en  situación de "fraude de ley" según  la normativa europea y española por exceso de duración de la temporalidad]
    • se añaden a los sectores que ya estaban incluidos, como todos los servicios de salud y los centros educativos , por la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 más sectores "personal de los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos.", es decir, se universaliza la habilitación de convocar estos puestos a todos los servicios públicos
    • se extiende esta posibilidad a las las Administraciones Públicas incluidas las empresas públicas, fundaciones públicas, etc
    • y se fija como nueva fecha para computar la antigüedad de 3 años de los puestos el 31 de diciembre de 2017 (antes era el (pudiendo repartirse como deseen las AAPP)

viernes, 16 de marzo de 2018

[El País] El Gobierno regional prepara una Ley de Autoridad de los Profesionales del Servicio Madrileño de Salud

Informa El País este 15/03/2018 que el anteproyecto de Ley de Autoridad de los Profesionales del Servicio Madrileño de Salud propone elevar al rango de autoridad pública a los profesionales sanitarios para que así puedan contar con la  "presunción de veracidad y valor probatorio a las manifestaciones o testimonios de sus informes y declaraciones y ostentarán una especial protección" ante conductas ofensivas contra sus personas en el ejercicio de su profesión.

martes, 13 de marzo de 2018

Recordatorio. NOVEDAD JURÍDICA IMPORTANTE: juzgado de Madrid traslada al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años

[Recordatorio de entrada publicada el 06/03/2018
 
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid acaba de plantear [ver auto judicial] una importante y novedosa cuestión prejudicial a Europa , es decir una nueva consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE], como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable, podría tener consecuencias de dimensiones trascendentales y favorables para la estabilidad de los más de 100 mil estatutarios temporales de los servicios de Salud de las diferentes Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión el resto de centenares de miles de funcionarios temporales de todas las Administraciones públicas:

El juzgado madrileño traslada al tribunal europeo si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (interino, eventual o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en cuestión, el P.A. 193/2017 del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación una iniciativa del síndicato médico AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demandó que se le reconociera una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada, aplicando una normativa básica europea, la famosa Directiva 1999/70/CE, a su situación de evidente abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio  carácter permanente.


La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad]


lunes, 12 de marzo de 2018

[CSIF Madrid] 'CSIF pide la convocatoria urgente de la Mesa de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para abordar el histórico acuerdo firmado el pasado viernes con el ministro de Hacienda'

'La Unión Autonómica de Madrid de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones, ha remitido una carta al consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, Ángel Garrido, en la que le solicita la convocatoria urgente de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos para abordar los distintos puntos del histórico acuerdo firmado el pasado viernes, 9 de marzo, por CSIF y el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

“Como usted seguro que conocerá, el pasado viernes el Ministerio de Hacienda y Función Pública y las tres organizaciones sindicales más representativas del conjunto de las Administraciones públicas, entre ellas CSIF, firmaron un acuerdo en el que junto con la subida salarial general para los próximos tres años se establecen una serie de cláusulas cuyo contenido se remite al desarrollo de las mismas y a la negociación en el ámbito de las Mesas de negociación respectivas”, indica la carta remitida por el presidente de CSIF Madrid, Manuel González Molina.


viernes, 9 de marzo de 2018

[AMYTS] 'El Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidirá sobre el fraude a los trabajadores temporales del Servicio Madrileño de Salud'

'El Juzgado de lo Contencioso nº 8 de Madrid ha planteado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en relación con los reiterados incumplimientos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) en la aplicación de la Directiva 1999/70/CE, que prohíbe los contratos temporales sucesivos para cubrir puestos de actividad ordinaria.
AMYTS, en colaboración con el Despacho de Abogados Araúz de Robles, ha llevado adelante varias demandas interesando la aplicación de la Directiva 1999/70/CE, para que se condene a transformar la relación temporal abusiva mantenida por el SERMAS con sus empleados estatutarios temporales, en una relación fija estable, o al menos equiparable a la de los empleados estatutarios fijos. Según cálculos de AMYTS esta es una situación que afecta al 40% de la plantilla de 70.000 trabajadores del SERMAS.

Las “cuestiones prejudiciales” son un mecanismo jurídico, cuyo objetivo es garantizar la aplicación efectiva y homogénea del Derecho de la Unión Europea y evitar interpretaciones divergentes. A través de este mecanismo, que tiene que ser planteado por un juez de uno de los Estados miembro, el TJUE tiene que pronunciarse y su respuesta es de obligado cumplimiento.

martes, 6 de marzo de 2018

NOVEDAD JURÍDICA IMPORTANTE: juzgado de Madrid traslada al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid acaba de plantear [ver auto judicial] una importante y novedosa cuestión prejudicial a Europa , es decir una nueva consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE], como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable, podría tener consecuencias de dimensiones trascendentales y favorables para la estabilidad de los más de 100 mil estatutarios temporales de los servicios de Salud de las diferentes Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión el resto de centenares de miles de funcionarios temporales de todas las Administraciones públicas:

El juzgado madrileño traslada al tribunal europeo si es adecuado conceder la fijeza al personal estatutario temporal (interino, eventual o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en cuestión, el P.A. 193/2017 del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino durante más de 17 años en el mismo puesto al que accedió tras un proceso selectivo público de libre concurrencia y con formato de concurso-oposición para alcanzar la condición de interino de vacante, y que, siguiendo mediante esta asociación una iniciativa del síndicato médico AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demandó que se le reconociera una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada, aplicando una normativa básica europea, la famosa Directiva 1999/70/CE, a su situación de evidente abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio  carácter permanente.


La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad]


lunes, 5 de marzo de 2018

[Salamanca24horas/Salamanca al Día/Diario de León] Nueva sentencia en Castilla y León de indemnización a estatutaria interina cesada en abuso de temporalidad. Se prevén reclamaciones masivas ante los ceses de las OPE de enfermería que supondrían 3 millones de euros al erario público

Informaba Salamanca24horas el pasado 14/02/2018 que un  Juzgado  de lo Contencioso-administrativo de Salamanca ha reconocido una indemnización de 20 días por año trabajado, con el límite de 12 mensualidades, a una estatutaria interina que fue cesada en 2016 7 años después de su nombramiento.

El juzgado ha dictaminado el abuso de contratación temporal para satisfacer necesidades permanentes en los términos de las recientes sentencias de la Unión Europea, y ha seguido para su aplicación la reciente e importante sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que reonocía las mismas  indeminzaciones a un grupo de médicos estatutarios, como si fueran personal laboral.

Al trascender esta sentencia, sobre la que no cabe recurso de apelación, informan varios medios como Salamanca al Día el pasado 28/02/2018 o Diario de León este 01/03/2018 que las enfermeras cesadas al cubrirse sus puestos por reciente OPE de enfermería, la gran mayoria de mucha antigüedad, reclamarán las mismas indemnizaciones lo que supondría un coste de 3 millones de euros al erario público.


[Aragón Digital] ANIL recurre la OPE de Educación de Aragón por incluir los puestos de los interinos de más de 3 años sin reconocer sus méritos de antigüedad

Informaba Aragón Digital el pasado 01/03/2018 que la Asociación Nacional de Interinos y Laborales [ANIL] ha interpueso recurso judicial ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón contra el Decreto de la la Oferta de Empleo Público de Educación de 2017 que convoca l763 plazas de sus interinos, de más de tres años de antigüedad y sin  "tener en cuenta los méritos" ni su situación de fraude de ley [por abuso de temporalidad, especialmente tras las famosas sentencias europeas] que debería suponer "u nreconocimiento de derechos laborales".


jueves, 1 de marzo de 2018

Recordatorio. [blog de Ignasi Beltrán] Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid traslada cuestión judicial a Europa sobre si tiene derecho a inmdenización una funcionaria temporal. Sigue pendiente la sentencia del Supremo sobre el caso de los estatutarios eventuales

[Recordatorio de entrada publicada el 19/02/2018] 
Informa Ignasi Beltrán en su blog este 13/02/2018 que se ha planteado una nueva cuestión prejudicial a Europa , es decir una consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo, sobre el derecho al cobro de indemnizaciones en el caso de empleados públicos temporales  de larga duración si son cesados por cobertura normal de su plaza, en este importate caso, se trata de la cuestión planteada por una jueza del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid sobre el caso de una funcionaria temporal del Ayuntamiento de Madrid  con abuso en su temporalidad.


La jueza duda del argumento muy usual sobre que los empleados públicos sujetos al derecho administrativo (el caso del personal funcionario y estatutario de Sanidad) no tengan derecho a indemnización por aplicación del principio europeo de no discriminación al no tener ese concepto el personal fijo funcionario y estatutario [porque precisamente no puede ser cesado por causas como un nuevo proceso selectivo o concruso de traslados] y ante el hecho que se derivaría de que serían los únicos trabajadores sin derecho a indemnización, la jueza plantea al tribunal Europeo si para aplicar la normativa europea en este caso no habría que comparar con los trabajadores  laborales, que sí tendrían derecho a esta indemnización. 
 
Además, Ignasi Beltrán  también informa  que está pendiente de resolución por parte del Tribunal Supremo un recurso de casación es decir, que  aunque proviene de un caso, sentaría jurisprudencia generalizada en España, al respecto del personal estatutario eventual afectado por una "utilización abusiva de nombramientos temporales" [en la práctica,  nombramientos encadenados más de 3 años], en estas dos cuestiones:

lunes, 26 de febrero de 2018

[blog de Ignasi Beltrán] Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid traslada cuestión judicial a Europa sobre si tiene derecho a inmdenización una funcionaria temporal. Sigue pendiente la sentencia del Supremo sobre el caso de los estatutarios eventuales

Informa Ignasi Beltrán en su blog este 13/02/2018  que se ha planteado una nueva cuestión prejudicial a Europa , es decir una consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo, sobre el derecho al cobro de indemnizaciones en el caso de empleados públicos temporales  de larga duración si son cesados por cobertura normal de su plaza, en este importatte caso, se trata de las cuestiones del asunto "Baldonedo Martín" [nº C-177/18] y planteada por auto de una jueza del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid sobre el caso de una funcionaria temporal del Ayuntamiento de Madrid  con abuso en su temporalidad.


miércoles, 14 de febrero de 2018

[Economía Digital] Hacienda no prevé indemnizaciones para el despido masivo de miles de interinos por las oposiciones extraordinarias


Informaba Economía Digital el pasado 10/02/2018 que - ante los los  "despidos masivos" previstos por las oposiciones masivas que se se plantean desde el Gobierno del Estado , en  acuerdo con los sindicatos nacionales , con sus puestos de trabajo mantenidos de forma fraudulentamente durante muchos años al no convocarse oposiciones regulares- el Ministerio de Hacienda  opina que los interinos no tienen derecho a indemnización alguna, y que por tanto sólo sólo pagará la indemnización en los casos en los trabajadores lo logren en los tribunales.
El medio recuerda que el Gobierno del Estado, pero sobre todo muchas admiitraciones públicas de las CCAA, han  abusado de la contratación de interinos sin realizar convocatorias pública de empleo fijo no sólo durante los años de crisis sino desde antes, hasta el punto de que hay interinos de 20 años, estimándose en 700 mil el total de  empleados públicos en fraude de ley , es decir, temproales por períodos mucho más extendidos de los 3 años que marca la ley para que la administración pública convoque como mucho sus puestos.

martes, 13 de febrero de 2018

Recordatorio. XV Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud de la SEIS del 14 al 15 de Febrero en Valencia Programa y Ponentes de Sanidad de Madrid

[Recordatorio de entrada publicada el 05/02/2018]

Del 14 al 15 de Febrero tendrá lugar en Valencia el XV Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud, organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [ SEIS] bajo el lema "RGPD: ¿Que nos exige a las Organizaciones Sanitarias?"

El programa cuenta entre sus  sesiones, con espacio dedicado al nuevo Reglamento General de Protección de Datos que recordemos será de obligada aplicación el ya muy próximo  25 de Mayo de 2018.
Entre los ponentes participarán de Sanidad de Madrid:


viernes, 9 de febrero de 2018

[CCOO Sanidad Madrid] 'El Tribunal Supremo da la razón a la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Madrid y anula los pactos de gestión de hospitales que no hayan sido negociados'

'En noviembre de 2015, la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Madrid (FSS CCOO Madrid) presentó una demanda contra los Pactos de Gestión de la Consejería de Sanidad del Gobierno de la Comunidad de Madrid, por entender que vulneraban el derecho a la negociación colectiva, puesto que modificaban las condiciones laborales de los trabajadores de los hospitales públicos.

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado el recurso de casación interpuesto por la FSS CCOO Madrid contra los Pactos de Gestión.

La sentencia anula con retroacción al año 2015, en el que se interpuso el primer recurso contencioso administrativo, todas las actuaciones de los Pactos de Gestión, para su negociación en la Mesa Sectorial de Sanidad, puesto que el TS entiende que al personal estatutario tiene derecho a la negociación colectiva en los mismos términos que el resto de Funcionarios, al serles de aplicación el Estatuto Básico del Empleado Público.


jueves, 8 de febrero de 2018

[CSIF Madrid] 'El Tribunal Superior de Justicia de Madrid comienza a condenar en costas a la Comunidad de Madrid por sus reiterados recursos contra indemnizaciones a interinos por despido' [caso de laborales; indemnización de 20 días por año]

'La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ha modificado un ápice su criterio en lo relativo a confirmar las sentencias de juzgados de lo social que otorgan indemnizaciones a los trabajadores interinos de la Administración regional que fueron despedidos en virtud de procesos de consolidación de empleo. Sin embargo, varias sentencias del más alto órgano judicial de Madrid, además de confirmar las sentencias de instancia, han empezado a condenar en costas a la Comunidad en la resolución de los recursos que ésta presenta.

Así lo establece en dos sentencias ganadas por CSIF, fechadas el 22 de diciembre de 2017 y el pasado 16 enero, que condenan en costas a la Comunidad de Madrid (Consejería de Políticas Sociales y Familia) por importe de 300 y 600 euros, respectivamente.

Es decir, al importe de la indemnización que ratifica el TSJ hay que sumar sus correspondientes intereses y el Gobierno regional aún debe hacer frente a un pago extra: el de las costas judiciales. Importe que aún puede verse incrementado si la Comunidad decide recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, ya que en ese caso deberá depositar 600 euros más.

Con todo ello, se está encareciendo aún más el coste de la aplicación de la doctrina europea, que asumió la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, para la indemnización del personal indefinido no fijo (interino) de la Administración que sea despedido. Por ello, CSIF no entiende la insistencia del Gobierno de Cristina Cifuentes en recurrir las sentencias favorables a los trabajadores de los juzgados de lo social, ya que este empecinamiento le está costando aún más dinero a las arcas regionales.


lunes, 5 de febrero de 2018

XV Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud de la SEIS del 14 al 15 de Febrero en Valencia Programa y Ponentes de Sanidad de Madrid

Del 14 al 15 de Febrero tendrá lugar en Valencia el XV Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud, organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [ SEIS] bajo el lema "RGPD: ¿Que nos exige a las Organizaciones Sanitarias?"

El programa cuenta entre sus  sesiones, con espacio dedicado al nuevo Reglamento General de Protección de Datos que recordemos será de obligada aplicación el ya muy próximo  25 de Mayo de 2018.
Entre los ponentes participarán de Sanidad de Madrid:

lunes, 29 de enero de 2018

[Redacción Médica] La Abogada General de la Unión Europea defiende la readmisión del temporal despedido ilegalmente

Informaba Redacción Médica el pasado 25/01/2018 de un nuevo pronunciamiento de la Abogada General de la Unión Europea, Juliane Kokott, sobre empleados públicos temporales :  el laboral temporal ante un despido que sea declarado nulo por la justicia, por despido ilegal, debe tener derecho a la readmisión al igual que tiene ese derecho el laboral fijo.

[NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Abogada General emitió recientemente un "sorprendemente" dictamen en el que opinaba que los trabajadores interinos, incluso laborales, no deben cobrar ninguna indemnización ante un cese por una cobertura normal de su puesto (oposición, concurso de traslados, etc) por mucho tiempo que lleve , obviando el argumento de abuso en la situación de temporalidad en que se apoyaban las 3 famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público de 2015.  Precisamente, se teme ahora que el Tribunal europeo pueda cambiar de criterio  ante la importante cuestión prejudicial que le  ha elevado el Tribunal Supremo Español , que realmente preguntanba si debe conceder 12 días o 20 apelando a la doctrina en una de lass 3 sentencias, en concreto la del caso Diego Porras, más que poner en duda el derecho a la propia indemnización.


martes, 23 de enero de 2018

[ConSalud] El presidente de la asociación de interinos que ha presentado recurso contra el Acuerdo para las OPEs extraordinarias: "va a ser un ERE como un camión” [de personal interino de mucha antigüedad]

Publica Consalud este 16/01/2018 declaraciones del  presidente de la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL), Manuel Martos, tras  la  demanda  de su asociación que ha llegado al Tribunal Supremo  contra el acuerdo entre Gobierno del Estado para reducir la temporalidad en el empleo público y su correspondiente publicación  en la Ley de Presupuestos del Estado  , que, recordemos incluye la posibilidad para las Administraciones Públicas de convocar  procesos selectivos extraordinarios [sin límites por tasa de reposición] de estabilización [ofertan los puestos de los empleados públicos temporales  de mucha antigüedad como solución al problema de abuso de temporalidad reconocido por las sentencias europeas].

A juicio de Martos estos acuerdos pueden suponer un “perjuicio” para el personal interino hasta el punto de asegurar que  “esto va a ser un ERE como un camión”. De hecho, el Presidente de ANIL, y abogado, considera que para conseguir la "igualdad en el acceso" exigida por la ley se debe tratar "de forma desigual situaciones diferentes" como son la del interino "longevo", cuyo puestos de trabajo es el que está en juego,  frente a la del "nuevo opositor".

lunes, 22 de enero de 2018

[Redacción Médica] Sanidad de CCOO nacional: la demanda de ANIL no tiene posibilidades reales de suspender las Oferta Pública de Empleo extraordinarias

Informa Redacción Médica ete 22/01/2018 de las reacciones a la noticia de la  demanda  de la asociación de interinos ANIL que ha llegado al Tribunal Supremo contra las OPEs extraordinarias por convocar los puestos de los temporales longevos sin reconocer sus derechos establecidos por las sentencias europeas sobre abuso de temporalidad, pidiendo su suspensión cautelar.

Así, para el secretario general de FSS-CCOO, Antonio Cabrera, esta demanda "no tiene posibilidad de prosperar" al basarse en “posturas falsas”, afirmando que "no se puede mentir a la gente y decirle que van a ser fijos por la cara" y que "ésta es la única forma de acceder a un empleo público".

jueves, 18 de enero de 2018

[CCOO Enseñanza] 'Informe jurídico de la Federación de Enseñanza de CCOO. Tras analizar la jurisprudencia existente, CCOO defiende un sistema selectivo que adopte la forma de concurso-oposición. En concreto, aboga por una oposición compuesta por una única prueba y una valoración del 55 % en el cómputo global, y una fase de concurso con un peso del 45 %, tal y como señala la sentencia del Tribunal Constitucional 185/1994, de 20 de junio.'

'El art. 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para 2017, consecuencia del Acuerdo de Consolidación de Empleo firmado por CCOO, hace posible la puesta en marcha de un proceso excepcional de consolidación de empleo docente cuyo objetivo es reducir la precariedad entre el numeroso colectivo de interinos e interinas.

No se trata de un proceso restringido, proscrito por el art. 23 de la Constitución española, sino libre, ya que no se impediría el acceso a quienes no sean funcionarios interinos.

Tras analizar la jurisprudencia existente, CCOO defiende un sistema selectivo que adopte la forma de concurso-oposición. En concreto, aboga por una oposición compuesta por una única prueba y una valoración del 55 % en el cómputo global, y una fase de concurso con un peso del 45 %, tal y como señala la sentencia del Tribunal Constitucional 185/1994, de 20 de junio.


lunes, 15 de enero de 2018

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reconoce la indemnización como indefinidos no fijos, a un grupo de personal estatutarios sanitarioS cesados por oposiciones tras 6 años de temporalidad

Ha trascendido en días pasados  la importante sentencia de una sala de lo Contencionso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por la que, en el caso de un grupo de 18 médicos y enfermeros de Atención Primaria demandantes, estatutarios temporales durante más de 6 años que fueron cesados por la cobertura de su puesto, tras una OPE que incluyó su vacante, que aplicando las famosas sentencias del Tribunal europeo sobre abuso de la  temporalidad en empleo público , se debe considerar que tenían una condición de "indefinidos no fijos" cuando el cese con efectos en tener el derecho a la indemnización, que el juez fija en los 20 días por año trabajado (con límite en 1 año) fijados como jurisprudencia por el Supremo para ese tipo de casos.


Los sanitarios habían recurrido la sentencia que perdieron en la  primera instancia , cuyo juez desestimó sus pretensiones argumentando que esas sentencias no eran de aplicación al personal estatutario sino sólo al laboral y que además en este caso no había habido fraude de ley.



Según resumen la sentencia, en el recurso de apelación de los sanitarios , se recuerda que una de las sentencias europeas [la sentencia del asunto C-16/15, sobre un caso  del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo  nº 4 de Madrid) sobre una demanda de una  empleada del SERMAS, María Elena Pérez López, que llevaba concatenados varios nombramientos estatutarios ] versa evidentemente el ámbito estatutario y, en la sentencia se señala explícitamente que el Acuerdo marco europeo sobre temporalidad en el que se basan las tres sentencias, por supuesto incluye al personal empleado público cuya relación se rige por el Derecho Administrativo [el funcionario y estatutario de Sanidad]. También argumentaban que dicho Acuerdo Marco y las sentencias establecen claramente que deben establecerse medidas compensatorias para el personal temporal en situación de abuso en su temporalidad que sean sanción para la administración respectiva, si bien en las sentencias no establecen las sanciones específicas.