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lunes, 6 de marzo de 2017

[La Voz de Galicia] F. Valero: La Xunta pasa a relación funcionarial a sus laborales temporales para poder cesarlos sin indemnización

Publica la Voz de Galicia este 01/03/2016 una tribuna del abogado Fabián Valero en la que comenta una medida incluida en la "ley de acompañamiento"a los Presupuestos de Galicia del pasado 9 de febrero y según la cual se contempla la  transformación de puestos de trabajo de personal laboral interino de la Xunta a puestos igualmente interinos pero de naturaleza funcionarial, conllevando el cese del temporal que no acepte esta transformación. El abogado comenta que lo que pretende realmente la Xunta no es simplemente homogeneizar relaciones laborales sino "cesar a miles de empleados públicos temporales sin abonarles indemnización alguna" o "impedirles ser indemnizados en el futuro" , al seguir no existiendo la posibilidad de indemnización en el ámbito funcionarial, y "pese a estar contratados antes de forma fraudulenta" por excesiva duración de la relación temporal [tal y como establecen las sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público]. 

viernes, 3 de marzo de 2017

[MATS] Carta abierta a la Mesa Sectorial [recuperación empleo perdido, consolidación temporal actual por concurso, etc]

'DE: MOVIMIENTO ASAMBLEARIO DE TRABAJADORES DE SANIDAD
A: DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS (PRESIDENTE DE LA MESA SECTORIAL DEL SERMAS)
                                                                                

A los miembros de la Mesa Sectorial:
Ante el proceso negociador en que se encuentra este órgano paritario, formado por la Consejería de Sanidad y CCOO, CSIT, SATSE, AMYTS y UGT, el Movimiento Asambleario de Trabajadores de Sanidad quiere hacer llegar las siguientes propuestas:

1- PLANTILLAS. La pérdida de profesionales (6.911, entre 2008 y 2016, según cifras de la propia Consejería) está repercutiendo gravemente en la calidad de la atención sanitaria y en la salud de los trabajadores y trabajadores del SERMAS. Por lo que consideramos una prioridad su recuperación a través de OPEs convocadas en los presupuestos de 2017.

2- EMPLEO FIJO. Es injustificable que, en un sector donde la demanda no cesa de aumentar, se haya superado el 35% de temporalidad. Proponemos que ante esta situación excepcional se utilicen soluciones excepcionales: se proceda a convertir esos puestos de trabajo temporales en fijos y que estos se cubran a través de un concurso de méritos de todas aquellas personas que trabajan o han trabajado en el SERMAS, convocado en los presupuestos de 2017.

jueves, 2 de marzo de 2017

[Redacción Médica] Informe de situación del Grupo de trabajo sobre “temporalidad del personal estatutario de los servicios de salud” [Madrid dice que no hay que cambiar el estatuto sobre eventuales y propone OPEs sucesivas limitadas en plazas para reducir el problema de la temporalidad]


Publica Redacción Médica este 02/03/2017 un informe de situación del Grupo de trabajo sobre “temporalidad del personal estatutario de los servicios de salud” de la  Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, formada por el Ministerio y las Consejerías de Sanidadd de cada CCAA.

El grupo de trabajo está dividida en tres subgrupos, que según el
informe, entre varias cosas , destacatamos
  1. Subgrupo de provisión de plazas: se trabaja en un sistema de baremación homogéneo, pero hay disparidades; hay consenso salvo 4 CCAA ausentes en las que deberían ser las causas válidas para nombramientos eventuales, adjuntando un amplio listado pero considerando que no sería necesario "formalizarlo" en una disposición normativa
  2. Subgrupo de  coordinación de OPEs: se trata de alcanzar un acuerdo de mínimos,  entre ellos las de "delimitar en las bases de las convocatorias el número de aspirantes de la fase de oposición que pasan a la fase de concurso", como el 100% adicional al número de plazas [utilizado sólo por el SERMAS en sus últimas convocatorias] o 3 por cada plaza ofertadas, en las baremaciones, etc si bien todavía no hay más acuerdo más que que el de "seguir profundizando"
  3.  Subgrupo de modificaciones normativas

    Se está "básicamente de acuerdo" en la propuesta presentada por Madrid junto con Canarias sobre el tipo de OPE necesario para reducir la enorme tasa de temporalidad: la supresión de la limitación actual en el número de vacantes que se pueden convocar (el de la tasa de reposición) obligaría a OPEs masivas lo que "llevaría implícita la convocatoria de procesos de provisión y selección de todas las categorías profesionales
    incluidas en la plantilla orgánica de gran complejidad " proponiendo en su lugar "una programación de sucesivas OPEs anuales que abarcasen de forma escalonada un número determinado de categorías / especialidades profesionales dentro de las existentes en el vigente catálogo homogéneo de equivalencias, incluyendo respecto a las mismas todas las plazas vacantes cubiertas por funcionarios interinos, con independencia del ejercicio en que se hubiera efectuado el nombramiento" acompañada "para la adecuada ejecución" de "normativa básica estatal con algún tipo de limitación respecto a la cifra de plazas".

miércoles, 1 de marzo de 2017

[Redacción Médica] El Dir. Gral de RRHH del SERMAS reconoce que no tiene sentido el sistema de corte de la OPE 2015 y se muestra favorable a baremar más aspirantes

Informa Redacción Médica que el Dir. Gral de Recursos Humanos del SERMAS, Pablo Calvo, en el XIV Círculo Sanitario de AMYTS sobre  bases de oposiciones para personal del SERMAS, reconoció que el criterio de que sólo pase a fase de méritos el 100% [adicional]  de las plazas como en las convocatorias de la OPE 2015, "no tiene sentido", recordó que  la Consejería "intentó cambiar dichas bases de la OPE pero le fue imposible legalmente", valorando positivamente en negociación para las futuras convocatorias que se permita un mayor paso de aspirantes a la fase de baremación de méritos [para tener en cuenta la antigüedad y experiencia del personal interino cuyas plazas son las que se convocan generalmente y no nuevas], si bien se mantendría el peso total actual de la fase de oposición (el 50%) en la puntuación final.

El Dir. Gral también ha afirmado que "las tasas de temporalidad [en el SERMAS] son inasumibles", que la Consejería de Sanidad tiene la intención de acabar con ella" y que "todo el personal sea fijo " de tal forma que "los eventuales respondan a criterios coyunturales”, estimando esta necesidad en un 5,4 %. También recordó los procesos de interinización y estatutarización de profesionales que hay "en marcha".

martes, 28 de febrero de 2017

[CCOO San. Madrid] Resumen de la Mesa sectorial de Sanidad de 22 de febrero [sentencias TC, interinizaciones, etc]

Informa la Federación de Sanidad y Servicios Socio-Sanitarios de CCOO de  Madrid  este 27/02/2017, que contaba entre sus puntos del orden del día varios puntos de interés para la temática de este blog,  resumen del que destacamos algunos puntos:

  • Sentencias del Tribunal constitucional: RRHH informa del rdictamen del Tribunal Constitucional a los recursos del Estadocontra las estatutarizaciones del personal laboral de H. de Alcorcón, Fuenlabrada y UCR y funcionario informático de los Servicios Centrales del SERMAS y la interinización eventuales de la ley de acompañamiento de los  presupuestos 2016
  • Proceso de reconversión de personal eventual en interinos en Atención Hospitalaria y SUMMA 112 :RRRH informa que sólo los eventuales de más de dos años podrían ser reconvertidos en interinos. CCOO mantenía que todos los eventuales y sustittuos pudieran participar. RRHH dice que sacará un proceso de forma unilateral ante la falta de acuerdo

lunes, 27 de febrero de 2017

[UGT San. Madrid] Resumen de la Mesa sectorial de Sanidad de 22 de febrero [sentencias TC, interinizaciones, etc]

'Entregadas y aprobadas las actas pendientes da comienzo una reunión intensa, tensa y al límite de del dialogo cívico.

En el punto 2, información sentencia tribunal constitucional de 2 de febrero de 2017, la Administración hace un repaso de la sentencia e interpreta la misma sacando en conclusión lo que van a ser sus líneas de actuación respecto de la ley de medidas fiscales 9/2015.

Para ellos la estatutarización de los profesionales de Fuenlabrada y Alcorcón e informáticos de servicios centrales pasa por la modificación del decreto de la Comunidad de estatutarización 8/2007 y las convocatorias a través de órdenes del Consejero, cuando se celebren otros procesos de estatutarización.

UGT exige la convocatoria inmediata de los procesos, publicación de órdenes o lo que reglamentariamente proceda para la integración inmediata de los profesionales conforme a las últimas integraciones como el personal de los nuevos hospitales o lo que sería mejor, la disolución de las empresas y su integración plena en el SERMAS.

Respecto de los interinos el Director General expone que la no declaración de inconstitucionalidad de la disposición final primera en su punto 4, da lugar a la reconversión inmediata a tenor literal del texto.

UGT no da crédito del desprecio hacia los representantes de los  trabajadores, hacia la Mesa Sectorial y a las reuniones que sobre el tema se han mantenido durante el último año por parte de la Dirección General de RRHH. UGT se mantiene firme en su postura por ser coherente, compatible con la legislación y complementaria a la misma, nuestra postura sigue siendo la misma y exponemos claramente que la no declaración de  inconstitucionalidad de la postura de la administración no implica que otras posturas lo sean y que la opción planteada por UGT y por el resto de organizaciones sindicales vayan en contra de la postura del Tribunal constitucional..'

jueves, 23 de febrero de 2017

[Acta Sanitaria] Según AMYTS, estancados los temas de la Mesa Sectorial

Informa Acta Sanitaria de las declaraciones del secretario general del sindicato médico AMYTS, Julián Ezquerra, tras la reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad  de ayer 22 de Febrerodonde se habrían abordado muchos puntos como el proceso de interinizaciones masivas de eventuales, la carrera profesional, la esentencia del Constitucional avalando la  estatutarización del personal del H,. de Alcorcón, Fuenlabrada o la UCR, etc pero que seguirían todos estancados

miércoles, 22 de febrero de 2017

[Redacción Médica] Un juzgado de Extremadura reconoce interina a estatutario eventual aplicando sentencia europea [pero rechaza su pretensión de indefinida]

Informa Redacción Médica este 21/02/2017 de la sentencia  17/2017 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Badajoz por la que el juez aplicando las sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público concede el reconocimiento de estatutaria interina a  una estatutaria eventual del Servicio Extremeño de Salud que concatenaba nombramientos ya durante más de 10 años ante el "evidente" fraude de ley por  “llevar la injustificable cifra de diez años con nombramientos sucesivos”.

[Nota del editor: pero leyendo el contenido de las sentencia,  se ve que la eventual pedía el reconocimiento de laboral indefinida "no fija" y que la sentencia tiene una IMPORTANTE parte en la que el juez, indica que debe ceñirse al marco estatutario y  rechaza la demanda principal de la recurrente y no  concediendo ninguna condición de "indefinido", sino la de interina sometida a la posiblidad discrecional de la administración de amortización  o de sometimiento de su puesto a proceso selectivo".

Curiosamente esa misma sentencia del Tribunal Europeo utilizada por el juez, la sentencia del asunto C-16/15, no sólo concluye lo utilizado del reconocimiento como puesto estructural el utilizado mediante nombramientos eventuales durante mucho tiempo, sino también concluye que la norma europea contradice a la española en cuanto ésta permite , en el caso de decisión de creación de dichos puestos estructurales, su provisión mediante nombramientos estatutarios interinos , situación que es nuevamente temporal  afirmando el juez europeo que con  nombramientos como los de interino para los eventuales en fraude de ley "la situación de precariedad de los trabajadores perdura, mientras que el Estado miembro [España] de que se trata [España] tiene un déficit estructural de puestos fijos en dicho sector."


[Redacción Médica] El Ministro de Hacienda contesta en el Senado que no va a eliminar la tasa de reposición de empleados públicos

Informa Redacción Médica que el Ministro  de Hacienda, Cristóbal Montoro,  ha contestado con respecto a las preguntas sobre tasa de reposición de los empleados públicos realizada por el  PSOE y PNV en el Senado, que no va a eliminarla. aludiendo especialmente alos trabajadores de sanidad y educación. El ministro ha dicho que  realizará "un análisis del porcentaje de interinidad de los servicios públicos especialmente en educación y sanidad para buscar la fórmula de dar estabilidad a la plantilla del personal". 

martes, 21 de febrero de 2017

[AMYTS] Mesa Sectorial de Sanidad mañana 22 de Febrero: proceso interinizaciones, sentencia del Constitucional, traslados procesos OPE 2015, et

Informa el sindicato AMYTS este 20/02/2017 que la Dir. Gral de RRHH del SERMAS ha convocado  Mesa Sectorial de Sanidad para la fecha prevista del miércoles 22 de Febrero con este orden del día previsto:
  1. Lectura y aprobación del Acta de la reunión anterior.
  2. Información sobre la sentencia del Tribunal Constitucional l de 2 de febrero de 2017.
  3. Proceso de reconversión de personal eventual en interinos en Atención Hospitalaria y SUMMA 112.

viernes, 17 de febrero de 2017

Recordatorio. El Tribunal Constitucional tajante contra los argumentos del Estado en su recurso a la interinización de eventuales de la ley de acompañamiento: no contradice el EStatuto Marco sino que le da cumpliemiento. Califica de "irregular situación" la de los eventuales

[Recordatorio de entrada publicada el 10/02/2017] En el día de ayer saltaba la noticia de la sentencia del Tribunal Constitucional [TC] sobre el recurso interpuesto del Gobierno del Estado , el num 5190/2016, a varios a artículos que la oposición había aprobado en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid, desestimando la mayor parte del recurso, estando entre lo desestimado la demanda de anulación del artículo de estatutarización del personal laboral y funcionario informático de los SSCC del SERMAS o del artículo de interinización automática de los eventuales de más de 2 años si existen vacantes que tratamos más en detalle en esta entrada, ya con el texto íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional.

(Aparte, el TC estimó
sólo parcialmente, el recurso contra el artículo de estatutarización, movilidad y promoción del personal del H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR decidiendo mantener intacto el apartado que posibilita su estatutarización o la participación en los procesos selectivos  estatutarios computando su antigüedad igualmente)

Sobre el recurso a la interinización, empecemos recordando el texto de la Disposición Final Primera.4 de la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa o "ley de acompañamiento de los presupuestos", aprobado a propuesta y con los votos a favor de la oposición en la Asamblea de Madrid, y , con el voto en contra del Gobierno de la Comunidad de Madrid:

[Redacción Médica] El Gobierno dice que ahora "no hay límite" de renovaciones temporales en Sanidad

Informa Redacción Médica de la respuesta del Gobierno del Estado  a la pregunta parlamentaria  que le había realizado Compromís sobre los contratos temporales de duración determinada y sus posibles renovaciones en el sector público a raíz de la sentencia del Tribunal europeo en el caso de la temporal del SERMAS María Elena Pérez López,que llevaba concatenados varios nombramientos temporales  de fecha de fin determinada [denominados "eventuales" en el caso del personal "estatutario"] durante más de 4 años y 4 meses, declarando el Tribunal europeo esta concatenación  injustificada  y a la norma española que lo permite,el Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, contraria a la normativa europea.


jueves, 16 de febrero de 2017

[CSIT-UP] Sentencia del Tribunal Constitucional refuerza los procesos de conversión de eventuales a interinos

Informa CSIT-UP Sanidad este 16/02/2017 ude la reciente sentencia del Tribunal constitucionalcontra los argumentos del Estado en su recurso a la interinización de eventuales de la ley de acompañamiento comentando que el proceso de interinización de hasta 6 mil eventuales del SERMAS que se está tratando en Mesa Sectorial de Sanidad quedaría "reforzado" por esta sentencia, sumándose al aval que ya suponían las sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público ,  e informando que han solicitado al Dir. Gral de RRHH del SERMAS que se trate el contenido de esta sentencia en la próxima Reunión de Mesa Sectorial de Sanidad [prevista para la mañana del próximo miércoles 22 de Febrero]

martes, 14 de febrero de 2017

[Min. Empleo] 'Báñez recibe el informe de expertos sobre la indemnización de los contratos de interinidad y lo remite a la Mesa del Diálogo Social para la Agenda Integral por la calidad en el empleo'

'La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha recibido hoy de manos del grupo de expertos el informe  elaborado, a propuesta del Gobierno y de los Interlocutores sociales, para determinar el alcance de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 14 de septiembre de 2016, sobre la indemnización por extinción de los contratos de interinidad.


lunes, 13 de febrero de 2017

[MATS] 'Una propuesta para acabar con la falta de personal y la precariedad. Oposiciones para recuperar los 7000 puestos perdidos concurso de meritos para acabar con 25.000 puestos precarios'

'El gobierno de Cristina Cifuentes no va acabar con la precariedad laboral: su partido la ha creado y ella no deja de fomentarla. Es lógico, facilita su política de recortes y privatizaciones.

Gracias a la precariedad, cambian turnos, libranzas, servicios y hasta funciones. De ese modo, suavizan la disminución de plantillas y terminan extendiendo el empeoramiento de condiciones al conjunto.

La precariedad sólo acabará con la lucha. La cuestión no es pedir que acabe, sino buscar los medios para obligar a que acabe. Y una gran parte del personal afectado no se moverá por unas Oposiciones en las que te juegas el todo por el todo. La movilización se producirá si la gran mayoría percibe que es un camino hacia la mejora, de todos, no sólo de los afectados.

Por ello proponemos pedir OPEs para recuperar las plantillas, y para acabar con la precariedad convertir las plazas temporales en fijas, y regular el acceso a las mismas a través de un Concurso de Méritos en el que puedan participar todas aquellas personas que estén trabajando o hayan trabajado o el SERMAS.

viernes, 10 de febrero de 2017

El Tribunal Constitucional tajante contra los argumentos del Estado en su recurso a la interinización de eventuales de la ley de acompañamiento: no contradice el EStatuto Marco sino que le da cumpliemiento. Califica de "irregular situación" la de los eventuales

En el día de ayer saltaba la noticia de la sentencia del Tribunal Constitucional [TC] sobre el recurso interpuesto del Gobierno del Estado , el num 5190/2016, a varios a artículos que la oposición había aprobado en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid, desestimando la mayor parte del recurso, estando entre lo desestimado la demanda de anulación del artículo de estatutarización del personal laboral y funcionario informático de los SSCC del SERMAS o del artículo de interinización automática de los eventuales de más de 2 años si existen vacantes que tratamos más en detalle en esta entrada, ya con el texto íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional.

(Aparte, el TC estimó
sólo parcialmente, el recurso contra el artículo de estatutarización, movilidad y promoción del personal del H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCRa decidiendo mantener intacto el apartado que posibilita su estatutarización o la participación en los procesos selectivos  estatutarios computando su antigüedad igualmente)

Sobre el recurso a la interinización, empecemos recordando el texto de la Disposición Final Primera.4 de la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa o "ley de acompañamiento de los presupuestos", aprobado a propuesta y con los votos a favor de la oposición en la Asamblea de Madrid, y , con el voto en contra del Gobierno de la Comunidad de Madrid:

"Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, regule un procedimiento extraordinario de nombramiento en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud de todo el personal estatutario eventual que lleve más de dos años encadenando contratos sucesivos y ocupando una plaza prevista en la plantilla orgánica como personal estatutario interino."







 

Como puede verse en el texto íntegro del recurso interpuesto por el Estadola Abogacía del Estado argumentaba que esa disposición de la ley de acompañamiento:
  • viola la ley del Estatuto Marco del Personal estatutario de los Servicios de Salud  en su artículo 9.3,  que establece que la Administración "podrá" estudiar la creación de una plaza vacante (que se podría cubrir temporalmente sólo por personal interino) pasados 2 años de sucesivos nombramientos de personal eventual en un puesto, pero no establece la obligación de crear dicha vacante, como pretendía la disposición recurrida según el abogado del Estado [sic!] [N.E.: nótese que el Estatuto Marco no recoge como obligación de creación de dicha plaza pero tampoco recoge ninguna prohibición expresa a creaciones automáticas de plazas en las circunstancias de la ley recurrida].

  • viola el mismo artículo de dicho Estatuto Marco porque pasaría a tener el nuevo interino unas condiciones de cese diferentes (las de interino fijadas en el artículo 9.2) de las establecidas por el Estatuto como condiciones de fin para un eventual y que eran las asumidas por su nombramiento inicial de eventual [sic, dicho de otro modo, el abogado del estado plantea ilegal la transformación de un eventual en un interino porque entonces ... ¡ya no sería eventual!]

El Tribunal Constitucional se opone tajantemente a estos argumentos. , en la línea además de las alegaciones presentadas por la "letrada de la Asamblea de Madrid"
[no del SERMAS] a este recurso de inconstitucionalidad . 

Del primer argumento razona ampliamente:

[Redacción Médica] El Constitucional deja sin efecto parte de la Ley de presupuestos que afecta a los hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada. Interpretación de la Consejería de Sanidad de la sentencia.


Informa Redacción Médica este 09/02/2017 de la sentencia del Tribunal Constitucional [que publica íntegra] por la que estima pacialmente parcialmente el recurso que había realizado el Gobierno del Estado contra varios artículos de la ley de acompañamiento  de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid , declarando nulos el punto 2 del Artículo 27 y la parte del punto 3 donde se dice “incluidos los procesos internos de movilidad voluntaria y promoción interna, que se convoquen por el Servicio Madrileño de Salud, en las mismas condiciones que el personal estatutario”, y traslada la intepretación a esta sentencia de la Consejería de Sanidad: que los efectos prácticos a su entender  es que se  "deje  los trabajadores laborales de estos hospitales y de la UCR como estaban así como su su " lamento" por la  "inseguridad jurídica" que a su juicio los grupos de la oposición habían introducido por “hacer un guiño a los trabajadores”, traslada el medio.

[El Mundo] El Tribunal Constitucional tumba el recurso del Estado contra la estatutarización del personal laboral y funcionario informático de los SSCC del SERMAS. También tumba el recurso contra el artículo de interinización de los eventuales de más de 2 años que aprobó la oposición. Estimasólo parcialmente el recurso contra la estatutarización de H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR. Texto del fallo de la sentencia

Publica El Mundo este 09/02/2017 que el Tribunal Constitucional ha dictado sentencia el pasado 2 de Febrero sobre el recurso que había interpuesto  el Gobierno del Estado al Tribunal Constitucional contra varios  artículos que se había aprobado con los votos de la oposición en la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa, más conocida como ley de acompañamiento de los presupuestos 2016 de la Comunidad de Madrid:

  • la Disposición Final 1ª.3  que posibilita la integración voluntaria del personal laboral y funcionario informático de los Servicios Centrales  del SERMAS en las categorías estatutarias de informática del SERMAS que la misma ley extendía allí en su  artículo 24: el Tribunal Constitucional ha decidido desestimar esta parte del recurso, por lo que volvería a ser vigente este artículo (suspendido por prerrogativa del Presidente del Gobierno al presentar el recurso)
  • la Disposición Final 1ª.4 sobre la necesidad de un proceso extraordinario de interinización para los eventuales de más de 2 años existiendo plazas vacantes: esta parte del recurso también ha decidido desestimarla  el Tribunal Constitucional, por lo que vuelve a ser vigente
  • el artículo 27  de estatutarización,  movilidad y promoción de personal laboral propio de los  hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la UCR, que el Tribunal Constitucional estimado parcialmente y quedarían anulados los apartados 27.2 -quedar en situación de ‘Servicio en otras Administraciones Públicas’ tras estatutarizarse, y parte del 27.3 - participación en movilidad voluntaria y promoción interna- , con lo que  no se anula el apartado 27.1 o la  opción de la estatutarización en sí ni lo contemplado en el resto del 27.3: podrán participar en todos los procesos de selección de estatutarios, computándose igualmente el tiempo trabajado

[enlace al texto íntegro de la sentencia que publica Redacción Médica;
reproducimos íntegro a continuación el texto del fallo::

"SENTENCIA del 2 de febrero del TC en relación el recurso de inconstitucionalidad núm. 5190/2016 interpuesto por el Presidente del Gobierno contra el art. 27 y los apartados 3 y 4 de la disposición final primera de la Ley 9/2015, de 8 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid

FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido estimar parcialmente el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia:

1) Declarar que son inconstitucionales y nulos el art. 27.2 y el inciso "incluidos los procesos internos de movilidad voluntaria y promoción interna, que se convoquen por el Servicio Madrileño de Salud, en las mismas condiciones que el personal estatutario" del art. 27.3 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid.

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado". Dada en Madrid, a 2 de febrero de 2017]



NOTA DEL EDITOR: Recordemos que previamente el Consejo de Estado había "tumbado" en su informe preceptivo previo a la interposición final del recurso del Estado, la demanda que también realizaba el Gobierno del Estado de anulación del artículo 24 de esa ley de acompañamiento y que establecía la extensión o posibilidad de uso de las las categorías estatutarias de informática en los Servicios Centrales [SSCC] del SERMAS , artículo también aprobado por la oposición.

De esta manera, caen TODAS las discrepancias que había visto el Gobierno del Estado a la presencia de informáticos de Sanidad en los Servicios Centrales del SERMAS. tema que ya había provocado "agrios" debates en el Pleno de la Asamblea de Madrid entre oposición -incluido Ciudadanos, socio de "investidura" del Gobierno regional- y el partido del Gobierno regional

Este artículo 24 resulta esencial para el futuro de la inmensa mayor parte del colectivo de personal informático propio del Servicio Madrileño de Salud, el "estatutario",  y para poner freno a la privatización "encubierta" de la informática de Sanidad emprendida por el Gobierno de Esperanza Aguirre mediante la fórmula de una centralización creciente y -prevista casi total- de la función informática que se realiza en los centros sanitarios del SERMAS a unos SSCC de Informática del SERMAS que conformó 100% externalizados mediante contratos a empresas de cada una de sus unidades y que irían creciendo según crecían las unidades al ir centralizando la función informática que actualmente se realiza desde los hospitales, privatizando la informática del SERMAS en la práctica.  Es más, la Consejería de Sanidad habría estado utilizando como "excusa" para privatizar la informática el supuesto hecho de que "no podía tener informáticos propios en los SSCC del SERMAS" , cuando bastaba un sencillo artículo para modificar el ámbito inicial de las categorías de informática -restringido a los centros sanitarios-, algo que ha quedado demostrado ser totalmente legal como ha establecido el propio Consejo de Estado.



[SER Madrid] El Constitucional avala que el personal de H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR sean estatutarios

Informa la Cadena SER de Madrid este 09/02/2017 que una sentencia del Tribunal Constitucional  ha estimado sólo parcialmente el recurso que había realizado el Gobierno del Estado contra el artículo 27 de la última ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid, sobre "estatutarización", movilidad y promoción del personal laboral propio de los centros de Sanidad tipo "empresa  pública", Hospitales de Fuenlabrada y de Alcorcón y la Unidad Central de Radiodiagnóstico [UCR], de tal forma que, en especial. el Tribunal ha decidido que debe mantenerse intacto el apartado 27.1 que establece  que este personal opte a ser nombrado personal estatutario [el "funcionario" especial que puede haber en los servicios de Salud], mientras que sí habría estimado anular el artículo  27.2 y [parte de] el 27.3, que, de no haberse anulad,permitiría participar al dicho personal en los procesos de movilidad voluntaria y promoción interna en todo el SEMAS.


jueves, 9 de febrero de 2017

[Redacción Médica] El Ministerio quiere acuerdo en dos meses sobre temporalidad. Eliminaría la tasa de reposición

Informa Redacción Médica este 09/02/2017 de la segunda reunión de la Comisión de Recursos Humanos del SNS sobre el problema de la temporalidad laboral en la Sanidad pública trasladando declaraciones del Secr. Gral de Sanidad de CCOO, Antonio Cabrera según el cual:
  • el Ministerio de Sanidad quiere cerrar un acuerdo en menos de dos meses
  • estarían de acuerdo Ministerio, CCAA y  sindicatos en eliminar la tasa de reposición, coordinar  OPEs extraordinarias con bases homogéneas pero de cada CCAA
  • las CCAA no consideran necesario modificar la normativa , mientras que los sindicatos sí y las CCAA no quieren sacar todas las plazas estructurales
  • los sindicatos piden soluciones para los interinos estatutarios en Sanidad, tras conocer que el grupo de expertos del Min. de Empleo no sobre las Sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público no los ha considerado , por estar fuera del Estatuto Básico de los Trabajadores