lunes, 26 de octubre de 2020

Comparecencias de la semana pasada en el Parlamento Andaluz de "agentes sociales" por la Iniciativa Legislativa Popular de Concurso de Méritos para los interinos de larga duración

 Hace 7 días   tenía lugar la sesión de  comparecencias  de los "agentes sociales" en la Comisión de Presidencia, Administración Pública e Interior del Parlamento de Andalucía como siguiente e importante trámite tras la aprobación de la toma de consideración hace ya más de un año de la Iniciativa Legislativa Popular [ILP](Expediente: 10-18/ILPA-1)de consolidación por concurso de méritos de empleados públicos temporales  de larga duración de la Junta de Andalucía promovida por empleados públicos temporales, entre ellos la Asociación de empleados públicos de Profesionales Valoradores de la Dependencia de la Junta de Andalucía [APROVADA].

 Ver aquí el  Texto original propuesto para Ley  en esta ILP. La retransmisión  íntegra de la sesión puede verse en este enlace

De los comparecientes previstos según el orden del día no asistieron finalmente:

- Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO).

- ANPE

- Plataforma de Opositores y Funcionarios de la Junta de Andalucía

- Asociación Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública.

- Defensor del Pueblo Andaluz.

A continuación mostramos resúmenes esquemáticos, enlaces a la comparecencia o resumen o incluso enlaces a audios íntegros de varias de las comparecencias, que sí tuvieron lugar, siguiendo el orden final del día:;

domingo, 25 de octubre de 2020

Publicado en el BOE el Real Decreto del Estado de Alarma de restricciones nocturnas a la movilidad y de la habilitación a las CCAA de confinamientos perimetrales

Acaba de publicarse en un B.O.E. extraordinario de hoy Domingo 25 de Octubre de 2020 el "Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2" y por el que se restringe la movilidad de 23h a 06 de la mañana en todo el territorio nacional salvo Canarias, con la posibilidad de desplazar cada CCAA 1h antes o después los límites -en el caso de Madrid presumiblemente de 00 a 06h según su orden previa , y la habilitación a las CCAA para poder realizar confinamientos perimetrales de la CCAA íntegra (además de la de por zonas, municipios o provincias para la que ya tenían competencia)

Asimismo, "se establece la posibilidad de limitar la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados. Así, se persigue la reducción de la movilidad social de manera significativa y, por tanto, se pretende detener la expansión de la epidemia."

sábado, 24 de octubre de 2020

Publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid las nuevas medidas restrictivas generales en la Comunidad de Madrid deparalización de la actividad y prohibición de reuniones de 00 a 6 horas y las específicas adicionales en 32 zonas básicas de salud de limitación de la movilidad

Se ha publicado en el B.O.C.M. de hoy 24/10/2020 :

 

 que implementan lo anunciado ayer por el Gobierno de la Comunidad de Madrid

[CSIF] 'Función Pública convoca a los sindicatos la próxima semana para negociar los Presupuestos de 2021' [Mesa General de las Administraciones Públicas este lunes 26 de Octubre]

'El Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha convocado para el próximo lunes a la Mesa General de las Administraciones Públicas (ámbito de negociación con los sindicatos más representativos de este ámbito) para abordar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

 

viernes, 23 de octubre de 2020

[Fundación Everis] '19ª edición del Premio everis para impulsar el emprendimiento, la innovación y el talento Un sistema para detectar problemas cardiacos de forma temprana y no invasiva gana el Premio everis España 2020 al emprendimiento'

 'La fundación everis ha seleccionado al proyecto tecnológico IDOVEN como el ganador del Premio everis España 2020 entre más de 700 propuestas por su solución que redefine la manera en que se diagnostican las arritmias cardíacas. El proyecto consiste en un software basado en inteligencia artificial que permite analizar los latidos (electrocardiogramas) de los corazones de los pacientes como si los analizara un especialista para ayudar a detectar de forma temprana y no invasiva los posibles problemas del corazón.

La selección ha recaído en un jurado multidisciplinar y de reconocida trayectoria con la responsabilidad de elegir al proyecto que mejor represente el espíritu de la Fundación: un proyecto escalable, sostenible, innovador  y capaz de  imprimir una huella transformadora y positiva en la sociedad.

[UGT/CCOO/USO Diputación de Sevilla] Comunicado conjunto de 21/10/2020 'Apuesta por la estabilización de empleados públicos en fraude de ley de la Diputación de Sevilla' [ tras la sentencia europea de 19/03/2020 se debe buscar una solución EXCEPCIONAL]

[...]

[En varios párrafos repasan la sentencia del Tribunal Europeo, el anuncio de la Ministra de Función Pública de modificar el EStatuto Básico del Empleado Público como respuesta a dicha sentencia, la ILP en el parlamento andaluz promovida por empleados públicos temporales, ...]

[...] 'la intervención de Esperanza Morales, Secretaria del Sector Autonómico de UGT Andalucía en la Comisión de Presidencia, Administración Pública e Interior del Parlamento Andaluz, como trámite previo al debate político en dicho Parlamento de la ILP antes mencionada apoyando a la solución  de   la temporalidad en la administración de la Junta de Andalucía, presenta  un soplo de aire fresco.

Estas secciones sindicales comparten el contenido de su comparecencia:
[...]
  • Las Ofertas de Empleo Público de Estabilización y Consolidación amparadas en la Ley de Presupuestos de 2017 no están resultando efectivas y está suponiendo la pérdida de empleo del personal que llevaba desempeñando su trabajo como empleados públicos
  • Ante esta nueva situación y ante este nuevo escenario político y presupuestario se`plantee un nuevo marco normativo, con una nueva Oferta de Empleo Público que venga a resolver esta situación [que ya consideramos excepcional y estructural de la administración

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid paralizará la actividad a partir de mañana de 00:00 a 06:00 horas y establece 32 zonas básicas de salud con límites de movilidad.Las restricciones de movilidad en las entradas y salidas de las zonas básicas seleccionadas por la Dirección General de Salud Pública entran en vigor el lunes. Afectan a 12 municipios: Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja.'

'La Comunidad de Madrid va a paralizar a partir de mañana la actividad social desde las 00:00 horas hasta las 06:00 horas, dentro de las medidas puestas en marcha por el Gobierno regional contra el COVID-19. Además, la Dirección General de Salud Pública establece restricciones de movilidad en 32 Zonas Básicas de Salud de 12 municipios de la región (Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja), que entrarán en vigor desde el lunes, 26 de octubre.

Como ha explicado el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, en rueda de prensa desde la Real Casa de Correos, la Consejería de Sanidad publicará en el Boletín Oficial de la a Comunidad de Madrid (BOCM) la modificación de la Orden 668/220 introduciendo nuevos límites horarios y restricciones para determinadas actividades que se aplicarán en toda la región a causa del coronavirus COVID-19 a partir de las 16:47 horas de este sábado, cuando decae el vigente estado de alarma.

La Consejería de Sanidad establece que entre las 00:00 horas y las 06:00 horas las reuniones sociales o familiares se limitarán a convivientes, salvo motivos de asistencia, cuidado a mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o por cuestiones laborales. En el resto de las horas del día se mantiene la limitación de un máximo de 6 personas.

Además, en toda la Comunidad de Madrid, la hostelería, restauración, cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes, establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, residencias universitarias, colegios mayores, instalaciones deportivas, parques, jardines, y establecimientos de juegos y apuestas deberán cerrar como máximo a las 00:00 horas y no podrán abrir antes de las 06:00 horas. En el caso de la hostelería y restauración no podrán admitir clientes a partir de las 23.00 horas.

Todos los establecimientos comerciales, minoristas y de prestación de servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06:00 horas y deberán cerrar a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00:00 horas.

AFOROS

[FeSP UGT nacional] 'UGT, CCOO y CSIF exigen a la ministra de Función Pública que garantice la negociación y recuperación del poder adquisitivo de los empleados/as públicos' ['Demandan el cumplimiento íntegro de los Acuerdos suscritos en el 2017 y 2018 en materia de empleo, estabilización y consolidación, ...]

 'CCOO, UGT y CSIF se han dirigido por escrito a la Ministra de Política Territorial y Función Pública reclamando la apertura inmediata de la negociación de un tercer Acuerdo que garantice, entre otros, la recuperación del poder adquisitivo y la creación de empleo público para erradicar los déficits estructurales en las plantillas de las distintas Administraciones Públicas.

Los tres sindicatos mayoritarios de la Función Pública demandan el cumplimiento íntegro de los Acuerdos suscritos en el 2017 y 2018 en materia de empleo, estabilización y consolidación, planes de igualdad, retribuciones, jornada y resto de materias contenidas en los mismos.

[Ministerio de Sanidad] 'El pleno del Consejo Interterritorial del SNS acuerda un documento de actuaciones de respuesta coordinada frente a la pandemia.Las CCAA decidirán cuándo y qué medidas se aplican, informando al Ministerio de Sanidad antes de su implantación'

 'El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han acordado este jueves, en el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, un documento de Actuaciones de respuesta coordinada para hacer frente a la pandemia por Covid-19.

Se trata de un marco de criterios comunes para la interpretación de los indicadores epidemiológicos, acordado técnicamente por todas las CCAA. Está dirigido a garantizar la coordinación suficiente entre territorios, posibilitando que las CCAA tomen las medidas complementarias que consideren oportunas.

El texto tiene como objetivo permitir a cada CCAA evaluar el riesgo, establecer un nivel de alerta y adoptar medidas proporcionales, adaptables a la situación y al contexto de cada territorio.

jueves, 22 de octubre de 2020

[TTPs] 'EI día 5 de Noviembre tendrá lugar el "I Encuentro de Trabajadores Públicos sobre el uso y el abuso de la temporalidad" sobre “El limbo jurídico del trabajador temporal público en el marco de las políticas estructurales para reducir la temporalidad” '. [Organizada por USCAL. Con juristas y la especial participación de Presidencia y Función Pública de Castilla y León. Envío de preguntas hasta el 24/10/2020]

'EI día 5 de Noviembre tendrá lugar el "I Encuentro de Trabajadores Públicos sobre el uso y el abuso de la temporalidad". Esta iniciativa, en la que participarán expertos jurídicos y agrupaciones de trabajadores públicos en situación de temporalidad,  debatirá acerca de “El limbo jurídico del trabajador temporal público en el marco de las políticas estructurales para reducir la temporalidad”.

El encuentro será telemático y se podrá seguir a través de la página de los Trabajadores Temporales Públicos: https://www.ttps.es/

[...]'

Fuente y texto completo: Nota de Prensa de TTPs de 21/10/2020 recibida en  APISCAM

[ Programa[Detalle de las ponencias]

NOTA DEL EDITOR: organizada por USCAL (Unión Sindical de Castilla y León) con la colaboración de la unión  "Trabajadores Temporales Públicos".  Inauguración y clausura a cargo de la Junta de Castilla y León. 

NOTA DEL EDITOR: Es posible enviar preguntas a los ponentes antes del sábado 24 de octubre en  https://ttps.es/preguntas


[ Extractos del documento de  Detalle de las ponencias 

[CGT] 'CGT modifica la fecha de Huelga General en Madrid para el próximo 11 de noviembre tras sumar más apoyos de organizaciones y colectivos de la sociedadCGT reivindica que unos servicios públicos de calidad, gratuitos y universales para todas las personas y exige que en esta nueva crisis no recaiga en las más desfavorecidas de la sociedad. '

 'La Confederación General del Trabajo (CGT) ha anunciado un cambio en la fecha de la Huelga General cuyos trámites legales para hacer efectiva la convocatoria comenzó hace unos días. En este sentido, la organización anarcosindicalista ha explicado que trasladan la jornada de Huelga General al próximo miércoles 11 de noviembre de 2020, tras conocerse la voluntad de otros colectivos y organizaciones sociales y sindicales de secundar y participar activamente en esta jornada reivindicativa.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea , ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués, resuelve en un Auto que ya tiene establecido que es contraria a la Directiva europea una normativa nacional, como la del empleado público en Portugal, que prohíbe la conversión en fijo en todo caso en un sector público, si la normativa nacional no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad en ese sector. Cita, entre otras, la reciente sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros"

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha publicado recientemente su decisión en el Asunto C-135/20 o asunto "J.S./Cámara de Gondomar", una "petición de decisión prejudicial"  [consultas vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales nacionales] relacionada con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público, en el caso de una empleado pública portuguesa cesada tras 13 años de contratos temporales en una piscina municipal , petición que había planteado el 12/03/2020 el Tribunal Supremo Administrativo portugués con dos preguntas al Tribunal Europeo en dicha petición, básicamente:
  • si es contraria a dicha cláusula 5ª una normativa nacional que prohíbe "en todo caso" la transformación de los empleados temporales de entidades públicas en fijos
  • si la transformación en fijo es la única medida contra los abusos compatible con la Directiva


Como era de esperar tras la sentencia el año anterior del Tribunal Europeo al  asunto C-331/17 o "Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma", el Tribunal Europeo ha respondido en la forma rápida de Auto (es decir no de Sentencia con su procedimiento normal y muy largo con Vista y Conclusiones), al considerar que la respuesta "puede deducirse claramente de su jurisprudencia",

Así, este Auto de fecha 30/09/2020 [ver aquí el original disponible en portugués, y en francés por el TJUE y ahora también en español gracias a la traducción jurada realizada por el Despacho de Javier Arauz], el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reitera que :
  • la Directiva Europea 1999/70//CE no establece una obligación general para los Estados de la Unión Europea de convertir los contratos temporales en fijos , quedando en principio, a discreción de los Estados miembros la determinación de las condiciones sobre cuándo hacerlo, y cita sus sentencias de 4 de julio de 2006, Asunto "Adeneler y otros" i C - 212/04 y la sentencia italiana mencionada de 25 de octubre de 2018, "Asunto Sciotto" o C - 331/17
  • pero , la Directiva sí que exige que los Estados miembros, para evitar, y en su caso sancionar, la celebración indebida [abusiva] de sucesivos contratos o relaciones laborales temporales, adopten de forma efectiva al menos una medida eficaz,  como ha recordado en su  famosa reciente sentencia de 19/03/20020 de los asuntos acumulados "Sanchez Ruiz/Fernández Álvarezy otros", sobre abuso de temporalidad en sector público español por casos del Servicio Madrileño de Salud (un informático nuestro y 5 odontólogas)
  • dichas medidas "no deben ser menos favorables que las que regulan situaciones similares de carácter interno" (principio de equivalencia) ni imposibilitar, en la práctica, o dificultar excesivamente el ejercicio del derecho de la Unión (principio de efectividad), como establecieron la sentencia del asunto "Adelener y otros" y la de 7 de marzo de 2018, asunto "Santoro", y se recuerda en la reciente del Asunto Sánchez Ruiz
  • y como se estableció en la sentencia del Asunto "Sciotto" mencionado, si los organismos jurídicos nacionales determinan que no existe una medida efectiva en un sector donde se prohíbe la conversión a fijo por una normativa nacional, pueden optar por dicha conversión a fijo [pese a esa prohibición de la normativa nacional]

Así el auto del Tribunal Europeo concluye en la sección de respuesta final : "la Cláusula 5 [...] de la Directiva 1999/70/CE se opone a la normativa de un Estado miembro que prohíbe absolutamente en el sector público la transformación de una sucesión [abusiva] de contratos temporales en un contrato fijo , si esa normativa no incluye  ninguna otra medida eficaz para prevenir y, en su caso, sancionar el uso abusivo de los contratos temporales en el sector público  ".  

[ADDENDUM 23/10/2020] Hay que destacar que en la respuesta final del auto del Tribunal Europeo - vinculante para todos los estados de la Unión Europea como la propia España - aunque reitera doctrina previa suya "obvia"  leyendo su jurisprudencia, a la hora de elegir el literal de la respuesta y a diferencia de la previa del asunto Martina Sciotto donde usó "una norma como la controvertida en el litigio principal ... en el  sector de actividad de las fundaciones líricas y sinfónicas" aquí ha dejado su doctrina con un literal general de "en el sector público ... de un Estado miembro". Sin duda , esta jurisprudencia del Tribunal Europeo es de obligada aplicación en España aunque sea un asunto portugués, como la propia sala de lo Social del Tribunal Supremo ha entendido con respecto a la sentencia europea del asunto italiano Sciotto en una sentencia sobre artistas del Ballet Nacional que comentamos hoy aquí.

miércoles, 21 de octubre de 2020

[Diario Lírico] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo sentencia la fijeza a 5 contratados temporales del Ballet Nacional porque su regulación laboral especial con la entidad pública del INAEM no excluye la aplicación de la transposición de la Directiva Europea de abuso de temporalidad al Estatuto General de los Trabajadores

'Informaba Diario Lírico este 18/10/2020 de la sentencia de 23/09/2020 de la Sala de lo Social [la que lleva los casos de personal público con contrato laboral] del Tribunal Supremo  (sentencia al recurso de casación para la unificación de doctrina nº 791/2020 que el medio reproduce íntegramente al final de su noticia)  por la que el alto tribunal español  ratifica a sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había declarado fijos a una cantaora y cuatro músicos con contrato laboral de la entidad pública Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música [INAEM] para trabajar el Ballet Nacional de España  por mantenerlos durante  mas de 5 años y medio con contratos temporales, cuando realizan "labores estructurales y ordinarias" .

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la regulación de la relación laboral especial de los artistas con este organismo público (el Real Decreto 1435/1985),  pese a que dicha regulación autoriza en su artículo 5 las "prórrogas sucesivas de los contratos de duración determinada" sin límite alguno,  no excluye la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores", el artículo que ordena la conversión a fijo del temporal durante más de 24 meses en un periodo de 30 meses incorporado al derecho español la cláusula sobre abuso de temporalidad de la famosa Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE, directiva europea que para esta Sala de lo Social del Supremo "es de obligado cumplimiento" y " está por encima de lo que señala el Real Decreto específico para los artistas"

[Ciudadanos Parlamento Europeo] 'Ciudadanos insta nuevamente al Gobierno a dar una solución definitiva a los interinos que sufren abuso de temporalidad. El eurodiputado Jordi Cañas envía una carta a la ministra de Política Territorial en la que le recuerda que España debe resolver esta situación “injusta e incompatible con el derecho de la UE” '

' El eurodiputado de Ciudadanos  Jordi Cañas ha enviado hoy una carta a la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, en la que le insta a tomar “la iniciativa” e impulse “urgentemente” todas las acciones necesarias que den una “solución a los trabajadores interinos que viven esta situación injusta e incompatible con el derecho de la Unión Europea”. 

En este sentido, el eurodiputado le recuerda que la nueva legislación en esta materia debe “garantizar” la permanencia en el puesto de trabajo de estos interinos, y que se ponga fin a una “larga trayectoria de inestabilidad laboral”. 

Jordi Cañas asegura en la carta remitida a la ministra que “en España, en el último trimestre de 2019, el 27,8% de los trabajadores del sector público tenían un contrato temporal, 1,5 puntos porcentuales más que el año anterior y 8 puntos más que en 2014. Unas cifras que están muy lejos del objetivo del 8% marcado para finales de 2020”.

[FeSP de UGT del País Valenciano] ' UGT pide no avanzar en las OPEs' [ante la espera a la reforma legislativa sobre el abuso de temporalidad tras la sentencia europea de 19/03/2020 y la pandemia de COVID19]

 'Desde UGT hemos reiterado, como cuestión previa a toda la reunión, lo comentado en la reunión anterior respecto a la situación de las OPEs en marcha, y que la misma no debe avanzar en más trámites -sobre todo la realización de ejercicios- debido a dos motivos:

  • 1º Estamos a la espera del debate en el seno de la Comisión de Control de Empleo Público para una reforma legislativa que dé solución al abuso de temporalidad, tras la sentencia del TJUE de 19 de marzo de 2020
  • 2º La evolución de la pandemia de la COVID-19 nos preocupa sobre la realización de exámenes