Publica el BOE de hoy 21/07/2021 que Víctor Francos Díaz ha cesado como Secretario de Estado Política Territorial y Función Pública para pasar a ser nombrado Secretario General de Cultura, bajo el Ministerio del que ahora es titular Miquel Iceta.
Publica el BOE de hoy 21/07/2021 que Víctor Francos Díaz ha cesado como Secretario de Estado Política Territorial y Función Pública para pasar a ser nombrado Secretario General de Cultura, bajo el Ministerio del que ahora es titular Miquel Iceta.
Este miércoles 21 de Julio tenía lugar en el Pleno del Congreso, dentro de su punto 3º del orden del día , la sesión de debate y votación de la convalidación del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021, (iniciativa de nº expte 130/000054).
Recordemos que el Gobierno del Estado había aprobado ese "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los sindicatos y que pro él se pretende un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades.
El Decreto-Ley ha tenido un fuerte rechazo por parte de las plataformas de temporales afectado y el socio de Gobierno Unidas Podemos pidió modificaciones a este proceso de estabilización del Real Decreto-Ley, diciendo que sin renunciar a la fijeza, "lo mínimo" es que la oposición no sea eliminatorias y pueda utilizarse la mejor nota en cualquier proceso anterior
La sesión plenaria puede versee íntegra en este enlaceIntervenciones:
[...] ' Independencia.
Informa Europa Press esta tarde de 20/07/2021 que el PSOE (120 diputados) sigue sin tener garantizada la mayoría simple necesaria para la convalidación del Real Decreto-ley 14/2021 de reducción de la larga temporalidad pública mediante más OPEs con los puestos temporales más de 3 años ahora a 31/12/2020, Decreto-Ley aprobado por el Gobierno y publicado el 7 de Abril tras un acuerdo con los sindicatos y que se votará este miércoles 21 de Julio.
El pasado jueves 15/07/2020 hubo Pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid , y como estaba previsto en el orden del día , tuvo lugar una Pregunta de contestación oral al Gobierno de la Comunidad de Madrid Gobierno del grupo Socialista "sobre las medidas que va a adoptar el Gobierno Regional para acabar con la temporalidad en la contratación de personal en la Administración Pública de la Comunidad de Madrid, tras el acuerdo alcanzado entre el Gobierno de España y los sindicatos" [vídeo íntegro].
La representante del PSOE, Pilar Sánchez-Acera, en su planteamiento de la pregunta recordó la comparecencia del pasado 16/12/2020 en la Asamblea de Madrid del entonces Dir. Gral de Recursos Humanos de la C. de
Madrid, Armando Resino, y que éste afirmó que "las medidas que pueden abordar pasan en estos momentos necesariamente por un cambio en el Estatuto Básico del Empleado Público", cambio que ya ha llegado tras el acuerdo alcanzado por el Gobierno del Estado con los sindicatos.
Respondió el Consejero que tiene las competencias de Función Pública, el de Consejero de Economía, Hacienda y Empleo , Javier Fernández-Lasquetty, [audio íntegro] quien empezó recordando el fallecimiento del Director General de RRHH, calificando su figura de "modelo de servidor público"
Informa la Coordinadora Madrileña de Empleados Públicos en Fraude de Ley que está convocada por varios sindicatos que defienden la fijeza una concentración frente al Congreso el miércoles 21 a las 11,30 contra la convalidación del Real Decreto-ley 14/2021 de reducción de la larga temporalidad pública mediante más OPEs con los puestos temporales más de 3 años ahora a 31/12/2020, Decreto-Ley aprobado por el Gobierno y publicado el 7 de Abril tras un acuerdo con los sindicatos y que se votará en la sesión de ste miércoles 21 de Julioen el Congreoso
'La Comisión Europea ha publicado hoy el segundo informe a escala de la UE sobre el Estado de Derecho, con una Comunicación en la que se analiza la situación en la UE en su conjunto y capítulos específicos sobre cada Estado miembro. El informe de 2021 examina lo acontecido desde el pasado mes de septiembre, profundizando en la evaluación de los problemas detectados en el informe anterior y teniendo en cuenta el impacto de la pandemia de COVID-19. En general, el informe muestra muchos avances positivos en los Estados miembros, incluidos los ámbitos en los que se están abordando los retos señalados en el informe de 2020. Sin embargo, siguen existiendo preocupaciones, que en algunos Estados miembros han aumentado, por ejemplo en lo que se refiere a la independencia del poder judicial y a la situación en los medios de comunicación. El informe también subraya la fortaleza de los sistemas nacionales durante la pandemia de COVID-19. Esta pandemia también puso de manifiesto la importancia de la capacidad de mantener un sistema de controles y equilibrios que respete el Estado de Derecho.
[Recordatorio de entrada publicada el 16/07/2021]
Este 13/07/2021 se publicaba en el Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña (página 37 del nº 81 de la XIV legislatura/primer período) la única propuesta de enmienda a la totalidad planteada , del grupo parlamentario "Socialista y Unidos para Avanzar", al texto original de la "Proposició de llei d’estabilització de les treballadores i els treballadors del sector públic" (nº iniciativa 202-00002/13) que a su vez había presentado por el Grupo Parlamentario CUP-NCG, y que consiguió obtener la vía de trámite de urgencia.
Recordemos que el texto para la ley que la CUP propone consiste en la
estabilidad administrativa directa del personal temporal más de 3 años
de todo el sector público catalán, sin adquirir la condición de régimen
de funcionario de carrera.
Por otro lado, el texto alternativo del grupo socialista en su enmienda a la totalidad propone convocar en u n proceso de "estabilización" todas las plazas de carácter estructural, ocupadas por personal temporal durante más de 3 años a la entrada en vigor de esta norma, en la forma de una convocatoria de proceso selectivo de libre concurrencia, "de forma preferente a través de concurso-oposición, con la valoración de la fase de concurso de un 40% en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia como trabajador público acumulada y desarrollada en el sitio de trabajo o plaza objeto de estabilización" , regulando en el caso de cese del personal temporal de la plaza una compensación económica de 20 días de sus retribuciones fijas por año de servicio,, hasta un máximo de doce mensualidades. y previendo que "esta ley será de aplicación, sin perjuicio de la establecido como legislación básica" en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
[Recordatorio de entrada publicada el 14/07/2021]
[...] 'El objetivo de la campaña es sensibilizar a todos los diputados y hacerles partícipes de nuestra visión del problema.
[Recordatorio de entrada publicada el 15/07/2021] Acaba e publicarse en la página de convocatorias de sesiones plenarias del Congreso de los Diputados, que el próximo martes 21 de Julio desde las 09:00 de la mañana habrá Pleno del Congreso, y contará en su punto 4º del orden del día con la convalidación del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021, (iniciativa de nº expte 130/000054).
Recordemos que el Gobierno del Estado aprobó ese "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los sindicatos y que pro él se pretende un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades.
Para la convalidación del un Decreto-ley basta la mayoría simple de los que voten.
[Recordatorio de entrada publicada el 10/06/2021] Nuevo golpe de efecto a la jurisprudencia española sobre abuso de temporalidad: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto en un Auto (es decir no de Sentencia con su procedimiento normal, al considerar el tribunal europeo que la respuesta "puede deducirse claramente de su jurisprudencia"), el otro asunto sobre abuso de temporalidad en el empleo público que estaba pendiente, esta vez sobre casos en las demandas nacionales de personal estatutario/funcionario y no laboral; el Asunto C-103/19 o "Asunto SUSH y Sanidad de Madrid CGT con las cuestiones "prejudiciales"de un Juzgado de lo Contencioso de Madrid , nuevamente por personal del Seervicio Madrileño de Salud, sobre que la "interinización en vacante" de temporales que no son ya interinos de vacante (como el personal estatutario de servicio de Salud temporal eventual ue se renueva por días,meses o años) de duración excesiva pueda ser una solución suficiente ante la normativa europea a este abuso de temporalidad. Y la respuesta contundente del Tribunal Europeo es que dejar al temporal como temporal pero en una vacante no puede considerarse una sanción válida al abuso, por no ser ni efectiva ni disuasoria , como tampoco pueden serlo procesos selectivos de libre concurrencia toda vez que no quede garantizada la fijeza para el personal en abuso, reiterando lo dicho en la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz" y otros , si bien con la coletilla usual (obligada por la forma de la normativa que usa, una directiva que trasponer) de que le corresponde a la justicia española corroborar su "orientación"
[Recordatorio de entrada publicada el 09/07/2021] Acaba de publicarse en el CENDOJ una sentencia de 23/06/2021 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo -la que lleva los asuntos del personal funcionario interinos de las AAPP y el homólogo estatutario temporal de los servicios de Salud- en la que el alto tribunal español repite su sentencia de 16/12/2020 que ya comentamos ampliamente, reiterando su su doctrina de 26/09/2018 de que para la situación de abuso por concatenación excesiva de nombramientos estatutarios eventuales (sólo) concede como "sanción disuaosoria"del abuso el mero mantenimiento del puesto de trabajo hasta el estudio de la AAPP de si crear la plaza estructural que cubrir con interino de vacante o amortizar, y lo hace pese a que dos semanas antes se se conocía el importante "golpe" del Tribunal de Justicia Europeo, vía ni más menos que de su Auto de 02/06/2021 (es decir no de Sentencia con su procedimiento normal, al considerar el tribunal europeo que la respuesta "puede deducirse claramente de su jurisprudencia") al Asunto C-103/19 o "Asunto SUSH y Sanidad de Madrid CGT . Recordemos que en dicho Auto, el Tribunal Europeo afirmaba que una interinización en vacante no puede considerarse una sanción válida disuasoria al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público, por ta to mucho menos lo puede ser el mero estudio de la interinización en vacante que es lo que fija el doctrina el Supremo.... Es cierto, por otro lado, que en la demanda no se cuestionaba que la interinidad en vacante no valga como solución (de hecho, parece que es lo que se pedía).
'El próximo miércoles, día 21, se somete a votación el RDL 14/2021 de medidas urgentes contra la temporalidad. Todos los colectivos interinos nos hemos movilizado para pedir a todos los grupos políticos que voten NO y esta norma NO se apruebe.
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