'Son numerosos los empleados públicos que desempeñan sus funciones al servicio de las distintas administraciones (estatal, autonómica y local) con carácter interino o con contratos temporales o eventuales durante largos períodos de tiempo y sin responder a necesidades provisionales o transitorias sino estructurales , lo que da lugar a situaciones difícilmente compatibles con las normas nacionales e internacionales relativas al trabajo temporal y con el marco jurídico y los principios que rigen el acceso y la permanencia en el empleo público establecidos en el ... Estatuto Básico del Empleado Público.'
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'En sucesivos informes anuales presentados ante las Cortes Generales e ha venido reiterando la necesidad de que las administraciones implicadas arbitren las medidas necesaria para limitar el recurso a las contrataciones y nombram9entos temporales, así como para paliar la situaciones de inestabilidad que afectan a las personas que prestan servicios en régimen de prorrogada temporalidad. '[...]
Son frecuentes las quejas planteadas por quienes padecen estas situaciones de prolongada temporalidad instando , en unos casos, la conversión directa del empleo temporal en permanente, en otros, la convocatoria de pruebas selectivas o concursos restringidos para este personal o, más en general, reclamando modificaciones normativas que sancionen efectivamente el abuso de la temporalidad y arbitren fórmulas como las ya descritas, y otras que den solución a quienes lo vienen padeciendo y eviten su reproducción en el futuro.
Estas reivindicaciones se han intensificado a partir de diversos pronunciamientos de la jurisprudencia europea, y particularmente las sentencias del TJUE 21 de noviembre de 2018, en el asunto C.619/17, y de 19 de marzo de 2020, en los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18, que han puesto de manifiesto la insuficiencia de las medidas previstas en el ordenamiento interno para prevenir y sancionar el abuso de la temporalidad' [...]