Recabamos a continuación, enlaces a algunos análisis de juristas (profesores y magistrados) -algunos recopilados gracias a la labor del profesor Eduardo Rojo Torrecilla- en reacción a la sentencia del asunto Obadal del Tribunal de Justicia de la UE de este
14/04/2026, sobre abuso de
temporalidad en empleados públicos españoles, donde , a nuestro juicio,
el alto tribunal europeo ha declarado que no vale como sanción al
abuso de temporalidad del empleado público la doctrina del indefinido no
fijo de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ni las medidas que
indicó el propio Tribunal Supremo, ni sueltas ni en su conjunto:
indemnizaciones topadas al cese ni elevadas a 33 días por año con tope
de 24 mensualidades , el régimen
de responsabilidad de las AAPP existente si es inconcreto (como lo es
ni la
convocatoria de procesos mientras sean abiertas a personal no en abuso y
de futuro incierto para el personal en abuso (como lo son los procesos
de estabilización de la ley 20/2021, y, por supuesto, todos los
ordinarios), reiterando en el texto de la sentencia que
la prohibición de fijeza como sanción de una norma nacional o
interpretada por su Supremo, no es conforme con la normativa UE si no
existen medidas válidas de sanción al abuso (enlaces a sus análisis están sobre el nombre):
- [profesor Ignasi Beltrán de Heredia] 'Comentario crítico de urgencia al asunto Obadal (STJUE 14/4/26)'
- [profesor Eduardo Rojo Torrecilla] '¿Cuánto durará el partido de tenis, perdón el conflicto jurídico, entre los tribunales españoles y el TJUE? Examen de la sentencia de 14 de abril de 2026 (asunto C-418/24), ya con abundantes aportaciones de la comunidad jurídica'
- [profesor Andrés Boix] '¿Hacia el fin de la hipocresía en la temporalidad pública?: El TJUE critica de nuevo el modelo español en el asunto Obadal (C-418/24)'