- el asunto "Sánchez Ruiz" o asunto C-103/18 del caso de nuestro informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años nuestro informático estatutario interino de vacante más de 17 años en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal en el empleo público como
la medida de sanción disuasoria y efectiva exigida por la Directiva
Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª ante la falta de
medidas válidas en el ordenamiento legal y jurídico español,siendo las preguntas del juez nacional, entre otras:
- si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica dicha cláusula 5ª,
entendiendo el juez nacional que sí (mientras que el Gobierno del
Estado y de la Comunidad de Madrid han defendido que no en el juicio)
, - o la de si hacer fijo a temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la Constitución, entendiendo el juez nacional también que sí sería (defendiendo el Gobierno del Estado y de la Comunidad de Madrid que en el caso de considerar el Tribunal europeo que a este caso debe aplicarse la cláusula 5ª del abuso, ya existe una solución acorde que son las OPEs llamadas de "estabilización" por decisión con rango de ley del Gobierno del Estado y con acuerdo de los sindicatos)
- si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica dicha cláusula 5ª,
entendiendo el juez nacional que sí (mientras que el Gobierno del
Estado y de la Comunidad de Madrid han defendido que no en el juicio)
- el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros" , que el Tribunal europeo decidió acumular con posterioridad , del caso de 5 odontólogas también del SERMAS y también tras la misma demanda con el mismo gabinete[ver aquí más información]), sumando estas importantes cuestiones adicionales a las anteriores:
- si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad acorde a la exigencia de la Directiva (defendiendo la jueza que no)
- idem si conceder la figura del "indefinido no fijo" asentada en la jurisprudencia nacional para personal público laboral pero rechazada por el Supremo para el personal funcionarial), entendiendo la jueza que tampoco al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
- en caso de que la respuesta del Tribunal europeo a la pregunta de la fijeza fuera negativa, si sería una medida acorde y suficiente una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral
Ahora
nos encontramos no con el caso de demanda personales de fijeza como
sanción al abuso de duración de temporalidad personal, sino del recurso
judicial (nº 207/2017 del Juzgado de lo CA nº 24 de Madrid) de los
sindicatos SUSH y Sanidad de CGT, con el letrado Miguel Angel
Santalices, a la Orden 406/2017 de 8/05/20187 de la Consejería de Sanidad,
por la que se dictaban instrucciones para el procedimiento
extraordinario de transformación en nombramientos interinos por vacante
del Servicio Madrileño de Salud exclusivamente a estatutarios eventuales
de más de 2 años cuando hubieran vacante ya prevista en su centro, es
decir, el que luego fuera denominada
primera fase de regularización de eventuales
, demandando los sindicatos la nulidad de la orden por el personal
temporal no interino de vacante de más de dos años excluido. Después el
SERMAS acabaría realizando una segunda fase más amplia.