'RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueba la relación definitiva del personal integrado en las categorías estatutarias del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones.'
'De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Decreto 69/2010, de 30 de septiembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula la integración de empleados públicos de la Comunidad de Madrid en las categorías del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones dependientes del Servicio Madrileño de Salud, esta Dirección General
Primero
Integrar en las categorías estatutarias del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones al personal que figura relacionado en el Anexo I a la presente Resolución, con expresión de la categoría en la que resulta integrado y de la institución sanitaria a la que queda adscrito.
Segundo
Los efectos jurídicos y económicos de la integración como personal estatutario fijo, de aplicación al personal relacionado en el Anexo I, serán los que se recogen en los artículos 7 y 8 del Decreto 69/2010, comenzando a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero
Queda excluido del proceso de integración como personal estatutario fijo en las categorías del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones el personal que presentó solicitud de integración, relacionado en el Anexo II a la presente Resolución, con indicación expresa de la causa de exclusión.
Cuarto
De conformidad con la disposición adicional tercera del Decreto 69/2010, las plazas o puestos de trabajo vacantes que a la entrada en vigor del mismo vinieran siendo desempeñados por personal estatutario, funcionario o laboral de carácter interino, en los que se realicen las funciones de informática previstas en el artículo 10 de la Ley 10/2009, de 23 de diciembre, se transformarán en plazas o puestos de las categorías estatutarias del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, procediendo a expedir al personal que las desempeñe un nombramiento estatutario temporal de carácter interino, siempre que los interesados reúnan y acrediten el requisito de titulación exigido legalmente.
Asimismo, se expedirá un nuevo nombramiento en la categoría que le corresponda del ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones al personal que viniera desempeñando dichas funciones con carácter eventual, manteniendo la naturaleza eventual de dicho nombramiento. Estos nuevos nombramientos se expedirán siempre que los intere-
sados reúnan y acrediten el requisito de titulación exigido legalmente.
Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer recurso de alzada previo al contencioso-administrativo ante la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria, según lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dado en Madrid, a 24 de octubre de 2011.—El Director General de Recursos Humanos, Armando Resino Sabater.'
Fuente y texto completo incluyendo las relaciones de personal incluido y excluido: BOCM nº 256 de 28/10/2011
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13 comentarios:
Perdonar que insista, los fijos del listado desde mañana están en las nuevas categorías sin más, no ocurre también lo mismo con los interinos y eventuales por lo que dice el punto Cuarto de la Resolucion?
Efectivamente ocurre lo mismo con interinos y eventuales, tal como dice la Resolución. En mi centro de gasto hemos intentado hablar con la dirección de gestión y servicios generales, nos han dicho que no tienen información antes el próximo miércoles 2 de noviembre.
Me temo que la Resolución de hoy no dice que la transformación (forzosa) de los interinos y eventuales tiene efecto o se hará al día siguiente de la publicación. De hecho el punto Cuarto de la Resolución es prácticamente una copia de la Disposición Adicional Tercera del Decreto de Integración que se publicó el 4 de Octubre de 2010 y eso no significó que al día siguiente se transfomaran de hecho o de derecho los puestos interinos y eventuales, como aclaró el Dir. Gral de RRHH en la reunión con APISCAM y se explicó en la siguiente Asamblea.
Tanto el texto del Decreto como la copia que va en la resolución de hoy no dice fecha ni plazo concreto para esa transformación, sólo habla de un futuro "se transformarán". Es más creo que podían haber omitido ese punto hoy, no aporta nada nuevo.
Por supuesto, esto no impide que el mismo próximo lunes RRHH de Sanidad dé la orden a cada centro de transformar las plazas que le plazca o que pasen los días y los meses y los nombramientos de los interinos sigan igual en la función administrativa ...
pues en mi centro de gasto como lo llamáis no tenían ni idea de esto hoy y eso que la resolución tiene fecha de hace 4 días
Ha llegado el certificado de defunción de la mayoría de los informáticos.
Felicidades a los premiados.
En mi hospital siguen sin saber nada de nada, sólo han visto el boletín y no tienen instrucción alguna sobre su aplicación.
Como decís arriba y deja bien claro el Decreto y la Resolución los agraciados son ya informáticos de las nuevas categorías. Otra cosa es que en próximos días les den un papel del nombramiento
Del tema de la transformación de los interinos y eventuales aquí dicen que se atendrán sólo a las instrucciones explícitas que lleguen y sólo cuando lleguen. Ni la resolución ni el decreto tienen fechas ni plazos para esto.
¿En el resto de centros pasa lo mismo?
Es una estrategia claramente premeditada - crear confusión, dar falsas esperanzas justo antes de la reunión del colectivo de APISCAM. Pero claro, sin dar fechas específicas, plazos o pasos concretos.
Es como las treguas de ETA - una mentira adaptada al momento electoral e igual de miserable.
Se ha aprobado el decreto para los hospitales tradicionales y grandes. Nadie o casi nadie de los medianos y pequeños pasa, lo que hace pensar que a corto plazo sobrarán. Otro punto son los Laborales Fijos que quedan fuera por el artículo 13, sin más explicación. Supongo que podrán recurrir porque es sumamente arbitrario.
Los agraciados por este listado de fijos lo son porque es un paso que no pueden evitar para cualquier integracion que hagan. No creo que a la administracion en su intencion de minimos le haya hecho mucha gracia ya que no puede elegir. Posiblemente responda a dar una muestra que apenas le cuesta para apaciguar cabreos y evitar movilizaciones ahora.
Otra cosa sera la integración de los pocos interinos que hay, que veremos si la hacen ahora o no. La tienen que hacer ya para que no se pierdan en concursos de la función administrativa.
Aun haciendola, no significa que los respectivos sean los agraciados definitivos, sino que habría a disposicion un numero de plazas (unos 30 si son ciertos los números publicados por APISCAM) con la que jugar en un futuro para consolidar allí a la estructura mínima propia de dirección y control con la que sí parecen querer contar y que con la integración de los fijos actuales no queda cubierta (algún fijo sí que es un jefe o responsable en la actualidad e hizo el cursito pero no la mayoría).
El quiz de la cuestión está en si se dotan de algunas plazas para el resto mayoritario o no. Si no es así, ya nos están diciendo el futuro de plantilla que desean.
sabeis si en algun centro ya han llamado para darles plaza de interino en las nuevas categorias a los interinos o incluso a algun sustituto, o D o eventuales?
todavia sigo esperanzado y algo incredulo de que la administración pueda perpetrar algo tan injusto como lo que se comenta
La solución es evidente, convocar tres asambleas mas antes del 20N, porque esta claro que esto es lo unico que mueve a esta gente. Apiscam, por favor, convoca otras tres asambleas, asi no tenemos que esperar otros 4 años
Hombre, yo creo que las huelgas insistentes en período pre y electoral de 2007 también habrán contribuido algo ...
que huelgas son esas que decís?
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