domingo, 7 de marzo de 2021

Entradas más vistas de la semana 01/03/2021-07/03/2021 en este blog: el Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación de abuso de temporalidad de estatutarios del SERMAS, la Comisión Europea exige a España solucionar el problema de la temporalidad pública para poder recibir los fondos europeos, el ministro de Función Pública dice que habrá u proceso para resolver los temporales de mucho tiempo y que tienen derecho a la permanencia en una plaza, ...

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1 comentario:

Anónimo dijo...

https://drive.google.com/file/d/1fpl5WRH59r3N7hM3CETMy7NMRnsCN2eP/view?usp=drivesdk

*Sentencia Bombazo:*

Por primera vez desde que empezó la campaña de interinos hemos conseguido un éxito considerable.

El juzgado de lo social 11 de Bilbao, acaba de dictar sentencia ante una demanda de una trabajadora temporal de la Universidad del País Vasco que habíamos presentado dentro de nuestra campaña, y la declara FIJA, dado que considera que su contrato era abusivo, ya que llevaba en precariedad desde 2003. No la declara indefinida no fija, sino FIJA directamente, La sentencia son 16 páginas, y es impecable, y llena de referencias jurisprudenciales, no solo del TJUE, sino tambien del TS y en cuanto a lo de que la trabajadora no entró por oposición, que es lo que cacarea siempre la Administración, la sentencia termina con este párrafo tan contundente:

Cuarto.- Y ello no supone vulneración de los artículos 9 y 103 de la Constitución Española, el segundo de los cuales impone el respeto a los principios de mérito y capacidad en el acceso al empleo público, pues dichos principios y por tanto dichos preceptos constitucionales
han de ser respetados por la Administración no ahora el 2021 sino cuando se accede -sea de modo temporal o definitivo- a dichos puestos, con lo que es la Administración la que debió, en 2003, fijar el proceso selectivo adecuado para ingresar en ella incluso como interino y si no lo hizo o el proceso que ideó no se estima suficiente debió haberlo modificado, no siendo el ciudadano el pagano de las inadecuadas actuaciones de dicha Administración.


La sentencia es pionera y es más rotunda que la de Guadalajara porque está más fundamentada. Es comparable a la famosa sentencia del Juzgado contencioso-administrativo 4 de Alicante, pero esta es para laborales.