martes, 9 de marzo de 2021

Se debate y vota este jueves 11 de Marzo la Proposición No de Ley de Ciudadanos en el Congreso para instar al Gobierno del Estado a que regule una norma que obligue a las AAPP a inspeccionar el abuso de temporalidad y no incluyan los puestos en Ofertas Públicas de Empleo mientras no se aplique una sanción , cumpliendo con sentencias europeas. Máxima expectación tras las declaraciones del Ministro de Función Pública del pasado viernes acerca de este problema

Este Jueves 11 de Marzo y tras la finalización del Pleno del Congreso -presumiblemente ya por la tarde- tendrá lugar sesión de la Comisión de Política Territorial y Función Pública del Congreso en la que, según su orden del día, se debatirá y votará la Proposición No de Ley (nº 161/1894) que el  grupo de Ciudadanos en el Congreso  registró el pasado 11/01/2021 relativa al "establecimiento de sistemas específicos de inspección y régimen sancionador para las Administraciones que realicen conductas abusivas en materia de contratación pública, específicamente en la contratación sucesiva de personal temporal en fraude de ley"

La parte dispositiva de su texto íntegro (publicado en BOCG-Congreso nº 207 de 22/01/2021), tras exponer sus proponentes  Inés Arrimadas García y  Pablo Cambronero Piqueras la situación de "abuso sistemático de la temporalidad en la contratación pública" que "afecta a más de 800.000 familias españolas, y no solo a ellos, también a los 47 millones de españoles que reciben servicios públicos de manos de personas contratadas bajo una situación de fraude" y que los Tribunales de Justicia Europeos han  condenado  como la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 14 de septiembre de 2016 "requiriendo precisamente a la comprobación de la naturaleza y motivación de la renovación de estos contratos temporales", reza literalmente:


"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

1. La creación de un marco normativo en un plazo no superior a 6 meses para que las Administraciones Públicas, con carácter previo a una oferta de una plaza ocupada en temporalidad ininterrumpida al menos 3 años, ya sea ordinaria, de
estabilización, de consolidación, o por procedimientos internos de provisión, deban realizar la correspondiente comprobación para determinar motivadamente que la relación laboral del trabajador que la ocupa responde a las concretas y específicas
necesidades provisionales que la motivaron.


2. Que se establezca a la mayor brevedad, y en todo caso en plazo máximo de 6 meses, un sistema para que, en caso en que se evidencie una relación temporal sucesiva, la Administración de la que se trate no pueda ofertar la plaza hasta que
se aplique la correspondiente sanción al empleador público, motivando en todo caso las razones por las que la sanción es lo suficientemente disuasoria, así como el modo en que se evitará el uso abusivo por el empleador en un futuro y se resarcirán
los efectos de dicho abuso en el trabajador."

 El plazo para presentar enmiendas por los diversos grupos parlamentarios finaliza mañana 10/03/2021 por la tarde.

 

Este texto es el resultado de los contactos de este grupo parlamentario con plataformas de personal temporal público afectado, como la agrupación Trabajadores Temporales Publicos [TTPs], que apoya y pide en la campaña en redes #InspeccionYa el voto favorable a esta iniciativa parlamentaria, que ha alcanzado mayor importancia y expectativas si cabe por la postura e intervenciones de los diversos grupos y el propio Gobiernotras las recientes declaraciones en un discurso oficial del Ministro de Función Pública, Miquel Iceta acerca de que es necesario un "proceso que resuelva la cuestión de aquellos y aquellas que llevan ya mucho tiempo trabajando en la Administración desde este puesto de interinos y que tienen todo el derecho a que se les atribuya en permanencia una plaza" y que ha desatado un aluvión de cábalas entre los afectados, cuyos puestos están expuestos -si no ya convocados o con procesos en marcha o incluso a punto de finalizar- en los denominados "procesos de estabilización" sin derecho ni a indemnización alguna si resultan cesados.

 

Recuérdese una vez más que la sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz" de hace justoun aaño estableció que estos abusos  requieren -también en el sector público- de forma indispensable una sanción y que  no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo de libre concurrencia en el que quede "incierto" el futuro del personal en situación de abuso de temporalidad.

 


 

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