'La Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas de la CGT, FETAP-CGT, ha interpuesto una reclamación colectiva ante el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa contra el Reino de España, al amparo del procedimiento previsto en la Carta Social Europea revisada y en el Protocolo Adicional de 1995.
La reclamación ha sido registrada por el Consejo de Europa con el número 261/2026, bajo la denominación Federación Estatal de Trabajadoras de la Administración Pública, FETAP-CGT, contra España. El Comité ha dado traslado al Gobierno español y ha fijado el 7 de julio de 2026 como plazo para que presente sus observaciones escritas sobre la reclamación.
La acción ha sido impulsada por FETAP-CGT y dirigida jurídicamente por la abogada Beatriz González, dentro de la estrategia de defensa internacional del personal temporal e interino del sector público afectado por situaciones prolongadas de abuso en la contratación temporal.
La reclamación sostiene que España mantiene un sistema normativo y jurisprudencial que no garantiza de forma efectiva la estabilidad en el empleo público temporal, no establece una reparación adecuada frente al cese o despido de quienes han prestado servicios durante años en situación abusiva y genera una situación de discriminación indirecta por razón de sexo, al afectar de forma mayoritaria a mujeres en sectores esenciales de las Administraciones Públicas.
En concreto, FETAP-CGT denuncia la posible vulneración de tres preceptos de la Carta Social Europea revisada. En primer lugar, el artículo 1.1, relativo al derecho al trabajo y a la obligación de los Estados de promover el mantenimiento de un nivel elevado y estable de empleo. En segundo lugar, el artículo 20, referido al derecho a la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y profesión, sin discriminación por razón de sexo. En tercer lugar, el artículo 24.b), que reconoce el derecho de las personas trabajadoras despedidas sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada.
La reclamación parte de una realidad especialmente grave en el empleo público español donde personas que han prestado servicios durante 10, 20 o incluso 30 años cubriendo necesidades estructurales de las Administraciones Públicas pueden ser cesadas sin que exista una medida efectiva de estabilidad ni, en muchos casos, indemnización alguna. La situación resulta particularmente intensa en el caso del personal funcionario interino, cuyo cese se produce sin derecho a compensación, y también afecta al personal laboral temporal, cuya protección se considera insuficiente o limitada.
FETAP-CGT sostiene que la Ley 20/2021 no ha corregido esta situación de forma adecuada. La reclamación expone que los procesos de estabilización, las compensaciones tasadas de veinte días por año con límites máximos y el régimen abstracto de responsabilidades administrativas no constituyen una respuesta proporcionada, efectiva y disuasoria frente al abuso de temporalidad en el sector público. También se subraya que estas medidas no reparan a quienes ya se encontraban en abuso estructural antes de la reforma ni garantizan una protección real frente al cese.
La reclamación solicita al Comité Europeo de Derechos Sociales que declare que España incumple sus obligaciones derivadas de la Carta Social Europea revisada por no garantizar de forma efectiva la estabilidad en el empleo, por no establecer una indemnización adecuada u otra reparación apropiada frente al cese o despido del personal temporal abusado y por mantener una situación de discriminación indirecta por razón de sexo en el empleo público temporal.
Asimismo, se solicita que el Comité recuerde que las obligaciones asumidas por España al ratificar la Carta Social Europea afectan a todos los poderes públicos, incluidos el legislativo, el ejecutivo y el judicial, y que el Estado debe adoptar medidas reales, eficaces y medibles para garantizar los derechos sociales reconocidos en la Carta.
Para FETAP-CGT, esta reclamación colectiva constituye un hito en la defensa de los derechos del personal temporal e interino del sector público en el marco jurídico de la Unión Europea. La Federación considera que la situación española no puede seguir abordándose como un problema individual o aislado, sino como una cuestión estructural que afecta a la calidad del empleo público, a la continuidad de los servicios públicos y a la protección efectiva de los derechos sociales reconocidos en el ámbito europeo.
FETAP-CGT informará de los próximos avances del procedimiento ante el Comité Europeo de Derechos Sociales y continuará impulsando las acciones necesarias para que el Estado español adopte medidas efectivas frente al abuso de temporalidad en las Administraciones Pública.'
Fuente: Comunicado de FETAP-CGT de 09/6/2026
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25 comentarios:
No seremos 1 millón de afectados, pero somos cientos de miles en una situación de extrema vulnerabilidad y el gobierno español es el principal infractor y la Comisión Europea y el TJUE cómplices por la pasividad de los últimos 25 años.
Ahora vas y lo cascas
Sin trampas eh..
Que luego nos pillan.
ECLI:ES:TSJCL:2026:1845
De extrema vulnerabilidad, ya vulnerados.
Nos pusieron en peligro y los delincuentes lo aprovecharon, esa es la verdadera administración, entre delincuentes y enchufados, todos ffcc, con esa gentuza no vuelvo.
Es acojonante, con los enchufados que pillas tienes que disimular, no se vayan a ofender, encima.
Pues más vale que luches por la readmisión, porque si piensas en una indemnización que te arregle la vida, ¡¡ vas bueno !!
Guau. Juez Sustituto
En 2022 le cesan por falta de idoneidad
En 2024 le indemnizan, por error cometido por el TSJ de Cataluña. STS 404/2024 - ECLI:ES:TS:2024:404
TREINTA Y CUATRO.- Por el Ilmo. Sr. Secretario de Gobierno se da cuenta a la Comisión de la Sala de Gobierno de las diligencias de referencia expediente personal de juez sustituto Sr. ** y en particular del acuerdo del Presidente del TSJ de Cataluña, de fecha 18 de junio de 2024, que toma conocimiento de la Sentencia de la Sala 3a del Tribunal Supremo de fecha 26 de enero de 2024 que estima sustancialmente el recurso interpuesto por xx contra el acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ en relación al nombramiento de magistrados suplentes y jueces sustitutos para el año judicial 2022/2023, y en su vista, la Sala de Gobierno ACUERDA darse por enterada.
En 2026. Le niegan la fijeza, y no le indemnizan.
Y por el camino, se pierde capital humano con más de 17 años de experiencia, y se condena en costas con 4.000 euros al CGPJ en 2024, y en 2026 al juez sustituto.
Resumido.
Nunca serás fijo en un juzgado por ser sustituto, por muchos errores e ilegalidades, q cometa tu administración. Lo de los dineros si llegan, será por otro tipo de vicios.
Por cierto, no es cierto que no puedan ir rápido. (2-3 semanas)
Una sentencia del 18 de junio del 24 del TS, la trata el consejo de gobierno del TSJ de Cataluña el 2 de Julio del 24
La sentencia Obadal del 14 de abril, "la votó" el TS el 5 de mayo.
No hay sentencias indemnizatorias y de fijeza + Inspección de trabajo, en Tribunales que no sean de primera instancia desde el 5 de mayo. Obedecen a ... ?
Al inspector de trabajo en el ayuntamiento de madrid , le deben haber hecho un monumento ...
Habrá pensado "una y no más ... "
Y luego, le sueltan esto, y se da media vuelta... https://www.madrid.es/FWProjects/transparencia/RecursosHumanos/EstadisticasRRHH/Ficheros/informe_rrhh_2024.pdf
Informe hecho por una Técnico/a Superior
(Técnico/a de Organización), estabilizada en 2021 tras, el Proceso de Estabilización q surge de los Acuerdos para la mejora del Empleo Público entre Sindicatos y Administración firmados en marzo de 2017 y marzo de 2018. El objetivo es reducir la alta temporalidad del sector público, tras la fuerte recomendación de la Unión Europea al Gobierno de España para que disminuya la temporalidad hasta un máximo del 8%. El acuerdo indica que se van a estabilizar los puestos de trabajo cubiertos de forma temporal que cumplen una serie de criterios.
4:45 Por lo que sea, se le pasó pasar por la EMVS
https://diariosabemos.com/analisis/interinos-gobierno-sanchez-condena-consuma-su-venganza_517310_102.html
Están planteándose que los interinos tengan derecho a indemnización, esto indica que no contemplan la fijeza...mal asunto gente.
El Gobierno cubrirá con interinos a personal laboral que se jubile anticipadamente
La AGE hará contratos "transitorios" de temporales para cubrir retiros anticipados, aunque se compromete a convocar plazas anuales para transformar los reemplazos en fijos. En paralelo, los sindicatos piden subidas salariales a Hacienda.
Una trabajadora municipal de Pamplona logra que le reconozcan como fija tras encadenar contratos desde julio de 2019
La trabajadora llevaba desde julio de 2019 encadenando contratos temporales y había superado un proceso selectivo municipal sin obtener plaza por falta de vacantes. Sala Social.
Pues, si van a aplicar la nueva doctrina del TS de lo social eso no cumple con Europa, entonces vamos a más sanciones.
Estoy desde 2019 y desde 2014 no se han convocado plazas en mi administración, me hace menos válida? Mi acceso fue por bolsa, extraordinaria porque no hay forma que saquen oposiciones.
14:55 No cumple con Europa nada, ni las indemnizaciones ni la fijeza del Social porque hace depender la sanción al abuso de la abusadora administración pública, el proceso selectivo elegido por ésta y si se han realizado con la periodicidad requerida o incumpliendo la convocatoria de éstos durante años.
En fin, JUSTICIA ninguna.
La administración española se beneficia de su propia desidia y encima hay que rendirle pleitesía.
Ole, ole y olé con los cráneos.
Apiscam de antemano gracias y si pudiesen abrir un hilo sobre el siguiente articulo es de lo mejor que he leído en estos últimos tiempos
https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/asunto-obadal-se-pueden-pedir-peras-al-olmo-1.html
Brillante. Ojalá lo leyera los dirigentes del gobierno, para entender la indefensión de los abusados, y la necesidad de legislar para que resarcir el daño y cumplir con Europa.
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