Blog de APISCAM
miércoles, 15 de julio de 2020
[Poder Judicial] El Tribunal Supremo establece que los trabajadores con contratación temporal irregular en sociedades mercantiles estatales deben ser declarados personal indefinido no fijo [en lugar de fijo como hasta ahora para sociedades mercantiles públicas] Cuenta con el voto particular de un magistrado
martes, 14 de julio de 2020
Proposición de ley para la estabilización de temporales de larga duración del sector público presentada al Parlamento de Cataluña por Unitat Popular - Crida Constituent
[AMYTS] 'El Tribunal Supremo inadmite recurso de casación del SERMAS y deja firme sentencia que concede carrera profesional a eventuales y sustitutos'
'Mediante Providencia de fecha 2 de junio de 2020, el Tribunal Supremo inadmite el recurso de casación interpuesto por el SERMAS, por considerar que el criterio mantenido por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sección 7º en la sentencia recurrida es el correcto y coincidente con la mantenida por la propia Sala. Además condena en costas. (1000 euros)
lunes, 13 de julio de 2020
[Diario 16] Sentencia del juzgado de uno de los casos de la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020: la fijeza sería una opción en casos de procesos selectivos superados así como una indemnización disuasoria fuerte que no se pedía en este caso. Desestima la única petición de fijeza al no darse la condición de proceso selectivo exigida [Texto íntegro de la sentencia
- el temporal aprobó un proceso selectivo convocado para obtener la condición de fijo sin obtener plaza
- o accedió al puesto interino tras superar un proceso selectivo convocado para obtener la condición de interino, estando el concurso de méritos permanente de una bolsa de empleo incluido en este caso
Esto, junto con su opinión de que dicha sentencia es un "auténtico tratado de derecho" lleva al medio de prensa a calificar esta sentencia de "victoria total de los interinos" sugiriendo que marcará el camino a a seguir [recordemos en todo caso que se trata de una sentencia de primera instancia ante la que cabe recurso]
Recordemos una vez más que en la esperanzadora sentencia europea de 19/03/2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que
Recordatorio. Jueza de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, premio a la Calidad del CGPJ, en una "didáctica" sentencia reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayuntamiento de Alicante siguiendo la Directiva Europea 1999/70/CE y las sentencias del Tribunal Europeo, especialmente la reciente de 19/03, asunto Sánchez Ruiz, que sigue minuciosamente para determinar que el abuso es evidente, que no vale como sanción ni OPE ni el proceso de estabilización ya emprendido con su puesto, ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco indemnizaciones al no existir para los funcionarios y ser inasumibles si se crearan específicas y realmente disuasorias, considerando más sensata la fijeza que además respeta el ordenamiento jurídico español al haber superado un proceso selectivo la demandante. UGT discrepa que sea legal, CSIF y CCOO exigen medidas sancionadoras urgentes a la vez que instan a ejecutar los procesos de estabilización ya acordados. La sentencia no es firme: el Ayuntamiento de Alicante recurrirá la sentencia.
Esta misma solución ya está siendo concedida por algunos juzgados de lo Social y por la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia , para la misma situación en empleados públicos temporales de larga duración pero bajo contrato de personal laboral y que han superado algún tipo de proceso selectivo de libre concurrencia para acceder a ese puesto, siempre como sanción al abuso de temporalidad en base a la citada directiva europea que regula los límites de los empleos temporales.
Recordemos que esa esperanzadora sentencia del Tribunal de Justiica de la Unión Europea de 19/03/2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que -en contra en la práctica de la jurisprudencia superior contencioso-administrativa española- también hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal empleado público bajo relación administrativa, que como exige la normativa europea ante el abuso constatado , requiere de forma "indispensable" de una sanción, sentenciando que le corresponde al ordenamiento español fijar pero realizando la orientación de que en todo caso que no puede valer como tal sanción ni la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de los procesos de estabilización decididos desde el Gobierno del Estado como solución para todos los puestos temporales de más de 3 años- ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco una indemnización salvo que sea específica contra el abuso y suficientemente disuasoria. En cuanto a la fijeza el más Alto Tribunal se limitó a recordar que no es una sanción obligatoria siendo "indispensable" que en todo caso existe una medida de sanción suficiente y disuasoria, y que el juzgado remitente de las cuestiones prejudiciales había afirmado que el ordenamiento jurídico español no permite obtener la fijeza si no se ha superado un proceso selectivo.
viernes, 10 de julio de 2020
[Blog de Ignasi Beltrán] Sentencia de Tribunal Superior de Madrid que haciendo uso de la sentencia europea Sanchez Ruiz y otras, estima la demanda de alcanzar la condición de "indefinido" a una laboral interina de sustitución 9 años de una empresa pública, sin entrar en si indefinida fija o indefinida no fija porque no se detallaba en la dema da, apuntando el Tribunal que la concesión de la figura del indefinido no fijo como sanción por sí sola al abuso pueda ser válida tras la sentencia la de 19/03/2020z.
Se trata de una sentencia de una Sala de lo Social de nada más ni menos que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, [suponemos por su carácter positivo para el empleado público de contrato laboral temporal que la misma sección que elevó recientemente cuestiones perjudiciales al Tribunal Europeo cuestionando que la jurisprudencia de la Sala de lo Social del Supremo pueda ser compatible con la claúsula 5 sobre abuso de temporalidad de la Directiva Europea. Otra sección de la misma Sala del TSJM por contra está siendo especialmente "negativa" para las aspiraciones de los temporales, estando alineada en sus tesis el Supremo ]
En concreto , la sentencia "de la STSJ Madrid 24 de junio 2020 (rec. 237/2020)," que haciendo uso de la doctrina Sanchez Ruiz y otras, especialmente la del caso Impact), estima la demanda de alcanzar la condición de "indefinido" a un laboral interina de sustitución 9 años de una empresa pública, sin entrar en si indefinida fija o i definida no fija porque no se detallaba en la dema da, apuntando el Tribunal eso sí que la concesión de la figura del indefinido no fijo como sanción por sí sola al abuso pueda ser válida tras la sentencia la del asunto Sánchez Ruiz.
Apreciación última en la que coincide el profesor pero en cambio discrepa con que una sustitución real de esa duración sea un abuso, considerando que podría ser una "razón objetiva" de las permitidas por la Directiva
jueves, 9 de julio de 2020
[CCOO Sanidad Marid] 'CCOO consigue, que el personal interino estatutario del SERMAS tenga derecho a cobrar la Carrera Profesional. CCOO gana la primera sentencia firme que reconoce el pago de Carrera Profesional al personal estatutario interino.'
[Gob. CLM] 'Castilla-La Mancha registra un total de 10.437 solicitudes para las OPE de 21 categorías del SESCAM [ 883 plazas de un primer grupo de categorías de las OPE de "estabilización" con los puestos temporales ya de más de 6 años]
miércoles, 8 de julio de 2020
Nueva sentencia de Juzgado de lo Contencioso de Murcia nº 3 cita la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 en una demanda con petición máxima de fijeza de un funcionario interino ya de vacante expuesta a OPE tras concantenar interinidades de programa durante más de 9 años y reconoce que aquí sí hay abuso de temporalidad pero la "sanción" que aplica es la actual doctrina del Tribunal Supremo, en este caso, quedarse como ya estaba de interino de vacante expuesto a una OPE ya publicada y sin derecho ganado a indemnización. CCOO de Murcia, que llevaba su caso, "muestra su satisfacción" por la sentencia y resalta que obliga a que no se oculten pruestos estructurales que se convoquen a procesos selectivos como los de estabilización ya acordados con los puestos temporales de larga duracion
Se trata en concreto de la sentencia a la demanda de una funcionaria interina 12 años que concatenó durante 9 años, más de los 3 años como máximo previsto por el Estatuto Básico del Empleado Público, nombramientos de funcionaria interina de programa para un programa municipal del Ayuntamiento de Murcia, acabando transformada de oficio en interina de vacante en 2017, vacante incluida en la OPE de 2018 del Ayuntamiento de Murcia, y demanda en la que solicitaba como sanción al abuso de temporalidad en base a las cláusula 5ª de la Directiva europea y ante la ausencia de medidas sancionadoras eficaces en la legislación española, la "transformación de su nombramiento en otro de carácter estable": "funcionaria de carrera", "empleada pública fija" o "indefinida" (por ese orden).
martes, 7 de julio de 2020
[ImMedico] Resumen de la primera jornada de la X Reunión del Foro de Interoperabilidad en Salud de la SEIS del pasado 1-2 de Julio
lunes, 6 de julio de 2020
Publicados los listados de aprobados de la fase de oposición de 2 categorías del primer grupo de convocatorias 2019 de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de "estabilización" de puestos temporales de larga duración: Pinche y Técnico de Radiodiagnóstico
- Pinche [ web del proceso]: 2.271 aprobados [ por orden alfabético] de 5.153 admitidos para 617 plazas (574 de turno libre + 43 de turno discapacidad)
- Técnico Superior Especialista en Radiodiagnóstico [web del proceso]: 1.471 aprobados [ por orden alfabético] de con 3.286 admitidos para 281 plazas (261 de turno libre + 20 de turno discapacidad)
Se posponen al 21-23 de Septiembre las XXVII Jornadas de Innovación y Salud en Andalucía, el congreso de verano de la Sociedad Española de Informática de la Salud, ante los rebrotes de COVID-19 recientes en Málaga
[Área Pública de CCOO nacional] 'El secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública se compromete con CCOO a negociar un nuevo acuerdo y a cumplir íntegramente los anteriores Tras conocer la valoración y los datos expuestos por CCOO, el secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública trasladará a las CCAA y a la FEMP la necesidad de cumplir los acuerdos y la urgencia de culminar las ofertas de empleo público ordinarias y los procesos de estabilización y consolidación.'
En primer lugar, CCOO ha puesto de manifiesto la falta de diálogo durante tanto tiempo. Si bien ha podido estar justificada por la crisis sanitaria producida por la Covid-19, no es menos cierto que este se podía haber tenido como se ha hecho en el ámbito de la mesa de coordinación del empleo público con las CCAA y la FEMP.
Esta ausencia de diálogo ha generado una falta de coordinación de las medidas que se han ido implementando en las distintas administraciones públicas durante todo el período de confinamiento y desescalada, y una falta de desarrollo de los acuerdos suscritos con función pública en los años 2017 y 2018, hecho que ha repercutido gravemente en los servicios públicos, solo resuelto en parte por el empeño y profesionalidad de las empleadas y empleados públicos.
CCOO no puede aceptar la visión inicial, planteada por el Secretario de Estado, de que el grado de cumplimiento del Acuerdo es bueno en general. El sindicato no considera que se hayan cumplido los objetivos principales, ni de recuperación de poder adquisitivo ni de disminución de la temporalidad y la precariedad.
Dicho lo anterior, desde el Área Pública de CCOO hemos reclamado al Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública un calendario que nos permita impulsar los compromisos adquiridos e iniciar la negociación de un nuevo acuerdo que permita seguir recuperando empleo y salarios, implementar las medidas de igualdad y corresponsabilidad en todas las administraciones públicas, recuperar la jornada de 35 horas, una regulación seria del teletrabajo o modalidad no presencial, jubilación anticipada, entre otros.
En este sentido, para el sindicato es necesario acabar con la precariedad laboral implantada en el ámbito de las administraciones públicas y terminar con la alta tasa de temporalidad existente, así como recuperar el empleo público perdido desde la anterior crisis de 2008. Para ello es imprescindible eliminar la tasa de reposición y culminar las ofertas de empleo público ordinarias, así como los procesos de estabilización y consolidación.
[Blog del Magistrado Chaves] La doctrina del Tribunal Supremo de los "opositores de buena fe": una sentencia sobre procesos selectivos pasados no puede dejar sin plazas a los que ya fueron declarados aprobados
Publica el conocido magistrado Chaves en su blog este 01/07/2020 una amplia entrada sobre la doctrina del Tribunal Supremo conocida como del "opositor de buena fe", acerca de los efectos de una sentencia posterior sobre los aprobados de un proceso selectivo , tal que si se hubiera cumplido en su momento lo dictado por la sentencia habría unos aprobados en lugar de otros: no pierden la plaza los ya declarados aprobados y , si les correspondía con la sentencia a los demandantes, debe darse otra "duplicada" a dichos demandantes.
domingo, 5 de julio de 2020
Entradas más vistas de la semana 29/06/2020-05/07/2020 en este blog: Sala de lo Social del Supremo dice que no aplica sentencia europea 19/03/2020 si interinidad prolongada por falta de OPEs ante restricciones presupuestarias, Diario 16 informa de la sentencia del juzgado de uno de los casos de la sentencia europea, sentencia de Alicante concede fijeza por la sentencia europea ...
-
La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral ) del Tribunal Supremo -la máxima instancia ...
-
Informa Diario 16 que ya se ha dictado sentencia por parte del juzgado remitente de uno de los asuntos de de la Sentencia Europea de 19/03...
-
' Araúz tenía razón: la fijeza es la única solución viable para dar cumplimiento a la Directiva 1999/70/CE. El Juzgado de lo Contenci...